TEMA: RETIRO INEFICAZ, QUEJA A PROCURADURIA, DENUNCA ANTE FISCALIA Y OTRAS PETICIONES

 


Blog abogado Pedro Leon Torres Burbano

 

TEMA: RETIRO INEFICAZ, QUEJA A PROCURADURIA, DENUNCA ANTE FISCALIA Y OTRAS PETICIONES

 

El ciudadano xx servidor publico retirado en forma ineficaz de un cargo de carrera administrativa RADICA queja  y DERECHO DE PETICION y en ejercicio de mis derechos especiales como DISCAPACITADO para pedirles por favor registrar mi queja y realizar toda investigación para llegar a la verdad verdadera y se ordene mi REINTEGRO sin solución de continuidad valorando el contenido del articulo 26 de la ley 361 de 1997 y considerando la CN, la ley de victimas, la ley de la DISCAPACIDAD y demás normas aplicables a mi favor PERO especialmente considerando las ratio decidendis obligatorias y vinculantes que indican los preceptos emitidos por las altas cortes de cierre y que se sustentan en mis REPETITIVOS derechos de petición formulados al director de DANSOCIAL pero sin respuestas de fondo, argumentadas y motivadas en las normas antes referidas

 

Solicito con todo respeto ordenar la REUBICACION LABORAL considerando que soy profesional tres veces y soy especializado tres veces como lo indico en mi HOJA DE VIDA que anexo y que existe en el DANSOCIAL porque fue entregada a esta entidad debidamente soportada

Favor considerar que el DIRECTOR de DANSOCIAL pudo cometer los delitos de PREVARICATO en sus diferentes modalidades que solicito a la señora FISCAL el favor de investigar y también al PROCURADOR para que se emita sentencia condenatoria si se llegare a probar la comisión de delitos y registrarme como VICTIMA en cada proceso

 

Favor considerar que para quejas por omisión en la respuesta a derechos de petición por parte de servidores públicos, se puede acudir a la Procuraduría General de la Nación, la cual tiene la función de supervigilancia sobre la conducta de estos funcionarios y tiene el DEBER de compulsar copias a tras autoridades para que ejerzan sus funciones.

 

La Procuraduría puede solicitar a la entidad o servidor público que responda al derecho de petición y comunique la respuesta al peticionario.

Los Pasos a seguir:

1. Presentar la queja: La queja debe contener la descripción de los hechos que evidencian la omisión, los datos de identificación del servidor público o entidad, y los datos de contacto del quejoso.  Sobre este requisito todo esta probado en los infinitos derechos de petición, en mi tutela tramitada y donde se ha negado justicia encontrándose mi tutela en REVISION ante la CORTE CONSTITUCIONAL pero sin respuestas y menos sin considerar mi condición de altísima vulnerabilidad por mi discapacidad, mi vulnerabilidad y otros factores que me afectan y favor solicitar a cada entidad y especialmente al DANSOCIAL remita todo expediente incluyendo el concurso que hice para vincularme al DANCOOP hoy DANSOCIAL y considerar que estando trabajando para esta entidad me sacrifique y estudie dos de mis tres carreras y fui obligado por CONSTREÑIMIENTO, por ACOSO LABORAL y otras circunstancia a RENUNCIAR pero se acepta mi renuncia sin haber tramitado permiso ante el MINTRABAJO y sin haberme calificado de mis enfermedades laborales y mi accidente laboral que sufri estando al servicio de DANCOOP lo que hace que se violo mis derechos fundamentales y especialmente mi DIGNIDAD HUMANA, el trato digno como trabajador o empleado publico, mi derecho a la estabilidad reforzada por salud estando enfermo y otros derechos fundamentales violados que ni siquiera el juez de tutela quiso considerar negándome justicia

2. Presentación ante la Procuraduría: La queja puede ser presentada ante cualquier oficina de la Procuraduría, incluyendo las Regionales.  Radico mi queja en los correos electrónicos de la PROCURADURIA y de cada entidad invitada a conocer y pronunciarse sobre mi PETITUM

3. Seguimiento: Se recomienda realizar seguimiento a la queja para verificar su trámite y resultado.  En el LINK o correos de cada entidad estaremos pendientes realizando el seguimiento a mi queja aclarando que no es la PRIMERA que presento ante el señor PROCURADOR porque existen muchas mas radicadas pero sin resolver cometiendo también el PROCURADOR posible delito de PREVARICATO y favor ordenar traslado de cada queja radicada para formar un solo expediente y se resuelva de fondo sobre mi queja

Información adicional: La Procuraduría tiene la función de velar por el cumplimiento de la ley y la protección de los derechos humanos, por lo que puede investigar y sancionar a los servidores públicos que incumplan sus deberes.

En casos de omisión en la respuesta a derechos de petición, la Procuraduría puede solicitar a la entidad que responda y le comunique la respuesta al peticionario.  Pero no puede ser cualquier respuesta sino una argumentada en las normas citadas anteriormente pero además aceptando o desvirtuando en forma amplia y concreta  y esa ARGUMENTACION no puede ser sino concisa contradiciendo lo que dicen las altas cortes en sus ratio decidendis y deben ser claros en tal argumentación porque es desvirtuar las razones esgrimidas en cada ratio decidendi obligatoria que indica cada precepto. Caso contrario no existe respuesta clara, precisa, concisa y clara y me asiste el derecho a acudir a la TUTELA, a la demanda contencioso administrativa y a la justicia internacional si no se acepta lo pedido por este discapacitado en sus repetitivos derechos de peticion

También se puede acudir a la Defensoría del Pueblo para recibir asesoría y acompañamiento en la presentación de la queja.  He solicitado asesorías pero como todo servidor publico hacen caso omiso o las asesorías son únicamente para cumplir requisitos pero no para encontrar resultados

 

Favor considerar señor PROCURADOR QUÉ ES LA FUNCIÓN DE SUPERVIGILANCIA de su entidad y ayudarme investigando y sancionando a los servidores públicos omitentes y compulsar copias para que se investiguen los posibles delitos cometidos o no por los servidores públicos

 

Cuando los solicitantes, por la omisión o el retardo en el cumplimiento de las normas existe el deber del señor PROCURADOR y mas aun si es una petición de un vulnerable como yo que soy discapacitado, soy desplazado, soy victima del conflicto debe USTED considerar  con especial atención la queja  y resolver de fondo en el menor tiempo posible

 

Recuerde que el ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación a través de abogado, o de persona mayor cuando se trate de personas incapaces  y recordar que el ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación  de ninguna clase

 

Con todo respeto le solicito el favor de valorar la Sentencia T-230/20 entre muchas otras que tratan el tema del DERECHO DE PETICION, la OMISION en su respuestas y otros aspectos importantes para proteger al ciudadano garantizando un buen servicio publico y el cumplimiento del FIN del estado social de derecho previsto en el articulo 2 de la CN

 

 

El ciudadano se siente vulnerado en sus derechos y puede acudir a la denuncia por PREVARICATO por OMISION o por ACCION CONTRA los servidores públicos incluido el PROCURADOR, la FISCAL y otras autoridades de la JUSTICIA al negársele justicia y al desconocer las RATIO DECIDENDIS y VIOLAR en forma directa la CN y la LEY y además violar el JURAMENTO realizado al posesionarse de su cargo

 

Si tiene un caso similar comuníquese con el abogado Pedro  Leon Torres y Favor NOTITICAR al correo fenalcoopsas@gmail.com o al correo fundempresas_pelet@hotmail.com o llamar al 3146826158 o escribir a la dirección en Pasto, calle 18 No. 23 36 Oficina 401. PEDRO LEON TORRES BURBANO abogado especializado

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