TEMA: RETIRO INEFICAZ, QUEJA A PROCURADURIA, DENUNCA ANTE FISCALIA Y OTRAS PETICIONES
Blog abogado Pedro Leon
Torres Burbano
TEMA: RETIRO INEFICAZ,
QUEJA A PROCURADURIA, DENUNCA ANTE FISCALIA Y OTRAS PETICIONES
El ciudadano xx servidor
publico retirado en forma ineficaz de un cargo de carrera administrativa RADICA
queja y DERECHO DE PETICION y en
ejercicio de mis derechos especiales como DISCAPACITADO para pedirles por favor
registrar mi queja y realizar toda investigación para llegar a la verdad verdadera
y se ordene mi REINTEGRO sin solución de continuidad valorando el contenido del
articulo 26 de la ley 361 de 1997 y considerando la CN, la ley de victimas, la
ley de la DISCAPACIDAD y demás normas aplicables a mi favor PERO especialmente
considerando las ratio decidendis obligatorias y vinculantes que indican los
preceptos emitidos por las altas cortes de cierre y que se sustentan en mis
REPETITIVOS derechos de petición formulados al director de DANSOCIAL pero sin
respuestas de fondo, argumentadas y motivadas en las normas antes referidas
Solicito con todo respeto
ordenar la REUBICACION LABORAL considerando que soy profesional tres veces y
soy especializado tres veces como lo indico en mi HOJA DE VIDA que anexo y que
existe en el DANSOCIAL porque fue entregada a esta entidad debidamente
soportada
Favor considerar que el
DIRECTOR de DANSOCIAL pudo cometer los delitos de PREVARICATO en sus diferentes
modalidades que solicito a la señora FISCAL el favor de investigar y también al
PROCURADOR para que se emita sentencia condenatoria si se llegare a probar la comisión
de delitos y registrarme como VICTIMA en cada proceso
Favor considerar que para
quejas por omisión en la respuesta a derechos de petición por parte de
servidores públicos, se puede acudir a la Procuraduría General de la Nación, la
cual tiene la función de supervigilancia sobre la conducta de estos
funcionarios y tiene el DEBER de compulsar copias a tras autoridades para que
ejerzan sus funciones.
La Procuraduría puede
solicitar a la entidad o servidor público que responda al derecho de petición y
comunique la respuesta al peticionario.
Los Pasos a seguir:
1. Presentar la queja: La
queja debe contener la descripción de los hechos que evidencian la omisión, los
datos de identificación del servidor público o entidad, y los datos de contacto
del quejoso. Sobre este requisito todo
esta probado en los infinitos derechos de petición, en mi tutela tramitada y
donde se ha negado justicia encontrándose mi tutela en REVISION ante la CORTE
CONSTITUCIONAL pero sin respuestas y menos sin considerar mi condición de altísima
vulnerabilidad por mi discapacidad, mi vulnerabilidad y otros factores que me
afectan y favor solicitar a cada entidad y especialmente al DANSOCIAL remita
todo expediente incluyendo el concurso que hice para vincularme al DANCOOP hoy
DANSOCIAL y considerar que estando trabajando para esta entidad me sacrifique y
estudie dos de mis tres carreras y fui obligado por CONSTREÑIMIENTO, por ACOSO
LABORAL y otras circunstancia a RENUNCIAR pero se acepta mi renuncia sin haber
tramitado permiso ante el MINTRABAJO y sin haberme calificado de mis enfermedades
laborales y mi accidente laboral que sufri estando al servicio de DANCOOP lo
que hace que se violo mis derechos fundamentales y especialmente mi DIGNIDAD
HUMANA, el trato digno como trabajador o empleado publico, mi derecho a la
estabilidad reforzada por salud estando enfermo y otros derechos fundamentales
violados que ni siquiera el juez de tutela quiso considerar negándome justicia
2. Presentación ante la
Procuraduría: La queja puede ser presentada ante cualquier oficina de la
Procuraduría, incluyendo las Regionales. Radico mi queja en los correos electrónicos de
la PROCURADURIA y de cada entidad invitada a conocer y pronunciarse sobre mi
PETITUM
3. Seguimiento: Se
recomienda realizar seguimiento a la queja para verificar su trámite y
resultado. En el LINK o correos de cada
entidad estaremos pendientes realizando el seguimiento a mi queja aclarando que
no es la PRIMERA que presento ante el señor PROCURADOR porque existen muchas
mas radicadas pero sin resolver cometiendo también el PROCURADOR posible delito
de PREVARICATO y favor ordenar traslado de cada queja radicada para formar un
solo expediente y se resuelva de fondo sobre mi queja
Información adicional: La
Procuraduría tiene la función de velar por el cumplimiento de la ley y la
protección de los derechos humanos, por lo que puede investigar y sancionar a
los servidores públicos que incumplan sus deberes.
En casos de omisión en la
respuesta a derechos de petición, la Procuraduría puede solicitar a la entidad
que responda y le comunique la respuesta al peticionario. Pero no puede ser cualquier respuesta sino una
argumentada en las normas citadas anteriormente pero además aceptando o
desvirtuando en forma amplia y concreta y esa ARGUMENTACION no puede ser sino concisa
contradiciendo lo que dicen las altas cortes en sus ratio decidendis y deben
ser claros en tal argumentación porque es desvirtuar las razones esgrimidas en
cada ratio decidendi obligatoria que indica cada precepto. Caso contrario no
existe respuesta clara, precisa, concisa y clara y me asiste el derecho a
acudir a la TUTELA, a la demanda contencioso administrativa y a la justicia
internacional si no se acepta lo pedido por este discapacitado en sus
repetitivos derechos de peticion
También se puede acudir a
la Defensoría del Pueblo para recibir asesoría y acompañamiento en la
presentación de la queja. He solicitado asesorías
pero como todo servidor publico hacen caso omiso o las asesorías son únicamente
para cumplir requisitos pero no para encontrar resultados
Favor considerar señor
PROCURADOR QUÉ ES LA FUNCIÓN DE SUPERVIGILANCIA de su entidad y ayudarme
investigando y sancionando a los servidores públicos omitentes y compulsar
copias para que se investiguen los posibles delitos cometidos o no por los servidores
públicos
Cuando los solicitantes,
por la omisión o el retardo en el cumplimiento de las normas existe el deber
del señor PROCURADOR y mas aun si es una petición de un vulnerable como yo que
soy discapacitado, soy desplazado, soy victima del conflicto debe USTED considerar
con especial atención la queja y resolver de fondo en el menor tiempo posible
Recuerde que el ejercicio
del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de
representación a través de abogado, o de persona mayor cuando se trate de personas
incapaces y recordar que el ejercicio
del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de
representación de ninguna clase
Con todo respeto le solicito
el favor de valorar la Sentencia T-230/20 entre muchas otras que tratan el tema
del DERECHO DE PETICION, la OMISION en su respuestas y otros aspectos
importantes para proteger al ciudadano garantizando un buen servicio publico y
el cumplimiento del FIN del estado social de derecho previsto en el articulo 2
de la CN
El ciudadano se siente
vulnerado en sus derechos y puede acudir a la denuncia por PREVARICATO por
OMISION o por ACCION CONTRA los servidores públicos incluido el PROCURADOR, la
FISCAL y otras autoridades de la JUSTICIA al negársele justicia y al desconocer
las RATIO DECIDENDIS y VIOLAR en forma directa la CN y la LEY y además violar
el JURAMENTO realizado al posesionarse de su cargo
Si tiene un caso similar comuníquese
con el abogado Pedro Leon Torres y Favor
NOTITICAR al correo fenalcoopsas@gmail.com
o al correo fundempresas_pelet@hotmail.com o llamar al 3146826158 o escribir a
la dirección en Pasto, calle 18 No. 23 36 Oficina 401. PEDRO LEON TORRES BURBANO
abogado especializado

Comentarios
Publicar un comentario