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TEMA: Derechos de una HIJA DE CRIANZA

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  BLOG abogado PEDRO LEON TORRES BURBANO   TEMA: Derechos de una HIJA DE CRIANZA     Los DERECHOS a reclamar como HIJA DE CRIANZA   caso   SERVIDORA como CUIDADORA de su MADRE ANCIANA y enferma MENTAL   Toda hija de crianza SI tiene pleno derecho a heredar en Colombia, y dado que la madre no tiene esposo ni hijos biológicos o adoptivos, ella se ubicaría en el primer orden hereditario.   Este derecho fue reconocido formalmente por la Ley 2388 de 2024 y ratificado por la histórica Sentencia SC2430-2025 de la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, para poder reclamar la casa y los lotes, la interesada debe primero iniciar un proceso judicial para ser declarada oficialmente como hija de crianza, ya que este derecho no opera de forma automática.   Respecto a la alternativa de cobrar derechos laborales, no es viable demandar laboralmente a la madre por cuidarla, dado que el cuidado se dio dentro de un contexto de solidarida...

EMA: DIVERSOS ASPECTOS sobre los HIJOS DE CRIANZA como HEREDEROS y como CUIDADORES de ADULTO MAYOR

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  BLOG abogado PEDRO LEON TORRES BURBANO   TEMA: DIVERSOS ASPECTOS sobre los HIJOS DE CRIANZA como HEREDEROS y como CUIDADORES de ADULTO MAYOR   Los abogados vinculados a la ONG FENALCOOPS en reunión llevada a cabo en CHACHAGUI evaluamos el CASO de una trabajadora en servicio domestico   para reclamar como TRABAJADORA el reconocimiento de derechos laborales, prestaciones sociales y especialmente la PENSION de VEJEZ a lo que tiene derecho a pesar de que su empleadora que es una anciana de 90 años de edad y   señora con problemas psiquiátricos   y tiene un bien CASA LOTE en el Municipio registrado a nombre de la EMPLEADORA y que se quiere adueñar un sobrino llegando a realizar actos delictuosos por lo que se ha solicitado medidas cautelares y reintegro al cargo de la trabajadora y reintegro a su sitio de residencia y trabajo que es el techo donde vivio por mas de 40 años de servicios domesticos y tiene 71 años de edad y merece protecciones especiales ...

TEMA: PETICION – QUEJA – DENUNCIA – SUPLICA de una TRABAJADORA retirada ENFERMA y por MIEDO Y TEMORES no reclamo derechos laborales y de la seguridad social integral ANTES de los TRES AÑOS de su RETIRO INEFICAZ y continua enferma por secuelas del ACCIDENTE LABORAL y de las ENFERMEDADES LABORALES generadas en ejercicio de sus ACTIVIDADES LABORALES por CULPA del EMPLEADOR y de la ARL

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  BLOG abogado PEDRO LEON TORRES BURBANO   TEMA: PETICION – QUEJA – DENUNCIA – SUPLICA de una TRABAJADORA retirada ENFERMA y por MIEDO Y TEMORES no reclamo derechos laborales y de la seguridad social integral ANTES de los TRES AÑOS de su RETIRO INEFICAZ y continua enferma por secuelas del ACCIDENTE LABORAL y de las ENFERMEDADES LABORALES generadas en ejercicio de sus ACTIVIDADES LABORALES por CULPA del EMPLEADOR y de la ARL   Una señora MADRE CABEZA DE FAMILIA que laboro al servicio de un medico en su consultorio   por tiempo superior a 20 años y es retirada por este empleador por haber sufrido accidente laboral y llega el dia de la terminación de su contrato que fue siempre a termino fijo de un años renovables y no es llamada mas a laboral, pero durante todo un años que sufrio después del accidente laboral recibió toda clase de malos tratos intentando el medico ABURRIRLA para que renunciara y no tener que asumir las cargas prestacionales por el accidente lab...