TEMA: un trabajador despedido estando enfermo y sin el permiso del Ministerio de Trabajo, podría tener derecho a la estabilidad laboral reforzada

 


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TEMA: un trabajador despedido estando enfermo y sin el permiso del Ministerio de Trabajo, podría tener derecho a la estabilidad laboral reforzada

 

 

 Ha dejado constancia la CORTE en sus sentencias que todo trabajador retirado estando enfermo de su cargo o trbajo es ilegal,  viola el articulo 26 de la ley 361 de 1997 y tiene el derecho a ser REINTEGRADO con reubicación laboral y al pago de salarios y prestaciones por todo el periodo que dure el retiro ineficaz o inexistente.

 

Si el despido se considera ilegal debido a la enfermedad y a la falta de autorización del Ministerio, el trabajador podría solicitar el reintegro a través de acciones legales, como una demanda laboral o una tutela si se vulneran sus derechos fundamentales.

 

El derecho a la estabilidad laboral reforzada: La ley protege a trabajadores con condiciones de salud que los hacen vulnerables, como enfermedades que afectan su capacidad laboral.

 

Se genera un despido ilegal y ratifica la corte que si el despido ocurre sin justa causa, especialmente en casos de enfermedad, se considera ilegal y el trabajador puede solicitar el reintegro.

 

El reintegro implica que el trabajador sea restituido a su puesto de trabajo con las mismas condiciones laborales que tenía antes del despido y la ley exige un requisito que es el permiso del Ministerio

 

En algunos casos, como despidos por enfermedad, se requiere la autorización del Ministerio de Trabajo para que el despido sea válido.

 

Orienta al empleado para que agote los pasos a seguir:

1. Acciones legales: El trabajador puede iniciar acciones legales para solicitar el reintegro.

2. Tutela: Si se vulneran derechos fundamentales, se puede interponer una tutela para proteger la estabilidad laboral.

3. Demanda laboral: En caso de despido injustificado, se puede presentar una demanda laboral para exigir el reintegro y otras indemnizaciones.

4. Solicitud al Ministerio: Se puede solicitar al Ministerio de Trabajo que investigue el caso y determine si el despido fue legal.

 

En cuanto al plazo de 10 años: Aunque la sentencia que ordena el reintegro se da a partir del momento en que se interpone la demanda, el trabajador puede haber sido despedido hace varios años.

 

El tiempo transcurrido no impide la posibilidad de reintegro si se demuestra que el despido fue ilegal y se vulneraron los derechos del trabajador.

 

Importante: Es recomendable que el trabajador consulte

El fuero de estabilidad laboral reforzada constituye un pilar en la protección de los trabajadores en situaciones de vulnerabilidad

En Colombia, la estabilidad laboral reforzada es un derecho fundamental para que trabajadores con afectaciones de salud, acudan a la justicia a reclamar la declaratoria de la nulidad del acto y como resultado se debe ordenar el REINTEGRO y demás derechos que ello genera

 

Favor leer la sentencia T-364/24 – la Sentencia T-076 de 2024 - sentencia SU-075 de 2018  - Sentencia T-195 del 03 de junio de 2022 - Sentencia de Unificación SU-396 de 2024 - Sentencia T-035 de 2022 - Sentencia de Unificación SU-061 de 2023 - Sentencia T-045 de 2025 - SENTENCIA SL1817 DE 2023 –

 

En la Sentencia T-364/24 se decide sobre el DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA EN CONTRATO A TERMINO FIJO y establece que la violación de este derecho vulnera por terminación de vínculo laboral sin permiso de autoridad competente a trabajador en estado de debilidad manifiesta por razones de salud

 

Protege el DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA diciendo que la acción de tutela si es procedente en forma  excepcional para su protección cuando el trabajador se encuentra en estado de debilidad manifiesta

 

Trata sobre el PRINCIPIO DE ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA EN CONTRATO A TERMINO FIJO O POR OBRA LABOR y que s su vencimiento del término no significa necesariamente una justa causa para su terminación sin que medie autorización del inspector de trabajo

 

Valora el derecho fundamental y el fuero analizando la ley 361/97

 

La Sala Segunda de Revisión estudió una acción de tutela presentada por un hombre de 68 años, quien demostró haber mantenido una relación laboral bajo contrato a término fijo con la demandada desde 1996. El accionante argumentó que la parte accionada decidió no renovar su contrato de trabajo sin tener en cuenta su estado de salud, el cual era plenamente conocido por esta, y sin solicitar autorización al Ministerio del Trabajo, lo que desconoció su condición de debilidad manifiesta. Por otro lado, la parte demandada sostuvo que la terminación del vínculo laboral se debió a una causal objetiva, esto es, el "vencimiento del plazo pactado" y que, contrario a lo manifestado por el actor, no se configuró un acto de discriminación por su condición de salud. Además, argumentó que el actor no se encuentra en un estado de vulnerabilidad, ya que cuenta los requisitos para acceder a la pensión.

 

Si usted amigo y amiga lectores considerar solicitar asesorías jurídicas por un retiro INEFICAZ consulte al abogado PEDRO LEON TORRES BURBANO llame al 3146826158 – PEDRO LEON TORRES BURBANO gerente de la ONG FENALCOOPS

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