TEMA: Reclamaciones por daños y perjuicios, Si el vehículo presenta defectos graves que no eran conocidos por el comprador al momento de la compra y que hacen imposible o difícil su uso

 


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TEMA: Reclamaciones por daños y perjuicios, Si el vehículo presenta defectos graves que no eran conocidos por el comprador al momento de la compra y que hacen imposible o difícil su uso

 

Es posible o se puede ejercer la acción de saneamiento por vicios ocultos.

 

Esta acción permite al comprador optar entre la rescisión del contrato (devolución del vehículo y precio) o una rebaja proporcional del precio. Además, si el vendedor conocía los vicios y no los comunicó, se puede solicitar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos y hasta se puede configurar delitos que se denuncian ante la justicia penal registrándose como victima el comprador y todo su grupo familia para ser indemnizados por el VENDEDOR que oculto esos vicios

 

Un vicio oculto es un defecto grave en el vehículo que existía antes de la compra, que no es fácilmente detectable a simple vista y que impide o dificulta su uso normal.

 

El Plazos que tiene el comprador para realizar la acción es de seis meses, desde la entrega del vehículo, para reclamar por vicios ocultos.

 

La Accion puede ser la  redhibitoria que resuelve el contrato, devolviendo el vehículo y recibiendo el precio pagado, más los gastos que haya ocasionado.

 

Otra Acción  llamada quanti minoris que consiste en rebajar una parte proporcional del precio del vehículo.

 

La indemnización consiste en primero conocer si el vendedor conocía el vicio y no lo comunicó, el comprador puede reclamar una indemnización por los daños y perjuicios causados, además de optar por una de las acciones anteriores.  Esos daños y perjuicios se establecen según la sana critica del juez y se reclama por todo el grupo familiar afectado producto de la COMPRA con vicios ocultos

Las sentencias de unificación son decisiones judiciales que establecen jurisprudencia obligatoria para casos similares y aunque no hay sentencias de unificación específicas sobre vicios ocultos en compraventa de vehículos, las decisiones de las altas cortes sobre vicios ocultos en general pueden servir como guía para casos similares.

 

La Prueba es fundamental que el comprador pueda demostrar la existencia del vicio oculto, su gravedad y que era previo a la compra.

 

Si el comprador es un profesional (mecánico, perito, etc.), se espera que tenga un mayor conocimiento sobre el vehículo y pueda detectar defectos más fácilmente

 

Es importante conservar toda la documentación relacionada con la compraventa y los vicios, como facturas, contratos, informes periciales, etc.

La reclamación por vicios ocultos en la compraventa de vehículos es un derecho del comprador, que puede ejercerse dentro de los plazos y condiciones establecidos por la ley.

 

Si requiere asesorías para resolver un contrato de compra venta de un vehiculo que fue adquirido con VICIOS OCULTOS puede llamar al abogado PEDRO LEON TORRES BURBANO al 3146826158

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