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Chachagui, 8 de julio de 2025

 

Señores

NUEVA EPS

Señores EPS SANITAS

Señor AUDITOR MEDICO de cada EPS: NUEVA EPS Y SANITAS

Señor JUEZ QUINTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE PASTO

Señor PROCURADOR GENERAL DE LA NACION

Señor MINISTRO DE SALUD

Señores PROVEEDORES de las EPSs

E.S.C.E.

 

REF:  DERECHO DE PETICION  DE UN DISCAPACITADO trasplantado de RIÑON

 

SEGUNDO PEDRO LEON TORRES BURBANO, persona mayor de edad, domiciliado en Chachagui en el CONJUNTO PUERTAS DEL SOL casa 30,  Producto del DESPLAZAMIENTO FORZADO al que sometieron a toda mi familia los delincuentes de las FARC con correo electrónico de fenalcoopsas@gmail.com  o fundempresas_pelet@hotmail.com - celular 3146826158  ASISTO ante ustedes en  ejercicio del derecho de PETICION para solicitarles el favor de CUMPLIR con la tutela que me ampara y la ORDEN impartida por el Honorable JUEZ QUINTO DE familia del CIRCUITO DE PASTO y a la EPS SANITAS le suplico por favor considerar mi estado de vulneración y ordenar las atenciones de mi hija NILCE JHOANA TORRES SILVA quien fue mi donante del riñon para que sea atendida en todos los procedimientos post cirugía de RIÑON en la CLINICA VALLE DEL LILI considerando que es deber de la EPS SANITAS y de cualquiera otra EPS en el país brindar un servicio de calidad tanto al donante como al que recibe el riñon

 

Favor no OBLIGARME a radicar tutela en contra de la EPS SANITAS como me obligo la NUEVA EPS y por desacato a las ordenes de brindar una atención integral y total al cotizante que soy yo PEDRO LEON TORRES BURBANO, ahora tiene que pagar multas, cárcel y cumplir con lo que incumplueron y solo dilatan la atención pero se ven abocados a asumir nuevos costos por el MAL SERVICIO y la tardía atención lo que no solo genera DESACATO sino demandas de REPARACION DIRECTA o DEMANDAS DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL con importantes condenas y con repetición contra los omitentes funcionarios

 

Favor cumplir con su deber sin tener que congestionar la justicia, sin asumir costos por la negligencia y la omision de prestar un buen servicio y ser sancionados por los organismos de vigilancia  y control a las OMITENTES EPSs generando no solo daños y perjuicios sino valores considerables por las sanciones que emite la SUPERSALUD, la PROCURADURIA y otros organismos en sus decisiones previa investigación a las que realizare los seguimientos y estaré pendiente para hacer cumplir las decisiones judiciales y la CN y la LEY como los TRATADOS INTERNACIONALES sobre derechos humanos

 

Con todo respeto acudo ante las EPSs SANITAS y NUEVA EPS al igual que ante los organismos de vigilancia y control para garantizar el BUEN SERVICIO PUBLICO o PRIVADO en la salud FAVOR decidir a favor mis peticiones y ordenar las atenciones de mi hija donante de riñon en la CLINICA VALLE DEL LILI de cali quien además de ser mi donante es mi acompañante a todas mis diligencias por mi condicion de DISCAPACITADO como conoce ampliamente la NUEVA EPS y mi juez de tutela y anexo mi DICTAMEN que registra una PCL del 83.68% y requiero por eso de acompañante y la NUEVA EPS en todo este proceso de DIALISIS y luego de la CIRUGIA DE RIÑON ha estado cancelando los gastos para dos personas que asistimos a los controles a la CLINICA VALLE DEL LILI y no se puede colocar en riesgo a la DONANTE en razón a que el servicio de IPSs en PASTO esta probado es deficiente, escaso y no cuentan con todos los equipos requeridos para atender estos casos extremos de enfermedades crónicas y prefieren ganarse las DEMANDAS DE REPARACION DIRECTA o de RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL con importantes sentencias condenatorias por es mal servicio que asumir el COSTO de contratar el servicio de seguimiento a la DONANTE en la misma clínica que me realizaron el TRASPLANTE DE RIÑOS

 

Favor colaborarme atendiendo con la atención integral de mi hija NILCE JHOANA TORRES SILVA y no improvisar ensayando en otras IPSs que pueden generar daños y perjuicios por la falta de los equipos minimos necesarios

 

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