BLOG ACCIDENTES DE TRANSITO RESPONSABILIDADES

 


Pasto, 7 de junio de 2025

 

Señores LECTORES BLOG del ABOGADO PEDRO LEON TORRES BURBANO

 

TEMA: ACCIDENTES DE TRANSITO

 

Hemos tratado en capítulos anteriores sobre el ACCIDENTE LABORAL y ahora vamos a analizar los ACCIDENTES DE TRANSITO  que ocurren a diario y existen muertos, lesionados y muchas victimas muchas veces por la imprudencia de conductores irresponsables, otras veces por negligencia del estado y su mal servicio en el mantenimiento de la red vial, otras veces por fallas mecánicas al no realizar revisiones periodicas como lo ordena la ley y muchas mas por abusos en excesos de velocidad o viajar sin cinturos de seguridad o sin asegurar el pasajero, el vehiculo y otras fallas humanas

 

Quien responde en los accidentes de transito. En los vehículos particulares llamese moto, piagios, camionetas, camperos, automóviles, y cualquiera otro tipo de vehículos o rodantes responde primero el CONDUCTOR en lo penal y en lo civil, en segundo lugar el propietario del rodante registrado como tal, en tercer lugar puede existir responsabilidad del estado por el mal servicio publico o tardío servicio

 

Pero si se trata de un rodante de servicio publico, oficial o que no sea particular, la responsabilidad la asume en lo penal y también civil en primera medida el CONDUCTOR. Luego esta el Propietario, después la EMPRESA, también responde el estado por la falta de vigilancia oportuna en ejercicio de sus funciones publicas y puede ser el MINISTERIO DE TRANSPORTE, el INVIAS o cualquiera otra entidad. Tambienn responden las aseguradoras

 

Que se necesita para reclamar por los daños y perjuicios: toda clase de pruebas documentales, testimoniales, periciales, medios electrónicos, medios como videos o grabaciones de drones y cualquiera otro tipo de PRUEBAS que se aportara al JUEZ COMPETENTE y tiene el deber de darle el valor probatorio que sea necesario

 

Se necesita realizar un intento de conciliación y si no asisten a la diligencia o asisten y no concilian se levanta un acta o una certificación de no COMPARECENCIA o de NO CONCILIACION y se radica en un juzgado la demanda de responsabilidad civil o contractual o extracontractual según sea el caso y el accidente

 

Cuanto es el valor que se debe indemnizar. Eso depende de los daños y perjuicios causados pero con los abogados de la ONG FENALCOOPS se reclama daños inmateriales como morales, daños en la salud, daños en la vida de relación, daños de oportunidad entre otros mas los daños materiales como LUCRO CESANTE, daño emergente y se exige la reparación integral a las victimas y esas victimas no solo es el lesionado o afectado con el accidente de transito sino que se extienden los daños a la familia que sufren con la VICTIMA esos daños producidos

 

Amigo LECTOR del BLOG, si esta interesado en un caso  sobre accidente de transito acuda a nuestras oficinas y le asesoramos y orientamos en forma técnica y le explicamos previa revisión de pruebas cual será la reclamación a realizar

 

Favor revisar la Sentencia de Unificación SU-114 de 2023  de la Corte Constitucional  y la Sentencia de Unificación SU-029 de 2024 de la misma corte-

 

Es importante informar que mediante sentencia de 19 de octubre de 2015 el consejo de estado  declaró la responsabilidad civil de los demandados y condenó al pago de los perjuicios derivados del accidente

 

El Tribunal Administrativo a quo concluyó que el accidente de tránsito, como hecho generador del daño, le resultaba atribuible al municipio de Santiago de Cali. No puede ser entonces responsable USTED como conductor o como PROPIETARIOS sino el estado por mal servicio publico como estado de las vias, falta de señalización

Otra sentencia para conocer mas sobre los accidentes de transito es la Sentencia de Unificación SU-316 de 2023  de la Corte Constitucional y los invitamos a revisarla

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO – Abogado Especializado y Gerente de la ONG FENALCOOPS

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