revision tutela miller invias
Pasto, 20 de enero de 2025
Señores
MAGISTRADOS CORTE CONSTTUCIONAL SALA DE REVISION DE
TUTELAS
E.S.C.E.
REF: PETICION RESPETUOSA –
Revision e IMPULSO PROCESO TUTELA NO. _____ – CONSIDERAR PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VINCULANTES Y OBLIGATORIOS EMITIDOS por la misma CORTE para DECIDIR el
RECURSO de REVISION Y FAVOR EMITIR NUEVA SENTENCIA ordenando el
REINTEGRO sin SOLUCION DE CONTINUIDAD y con REUBICACION LABORAL
Favor CONSIDERAR los siguientes preceptos
constitucionales VINCULANTES y OBLIGATORIOS: SENTENCIA SU-269 DE 2023;
Sentencia SU-428 de 2023; Sentencia T-239 de 2018; Sentencia SU-348 de 2022;
sentencias: T-1041 de 2001; T-141 de 2016; SU-049 de 2017; SU-380 de 2021;
SU-087 de 2022; SU-348 de 2022; SU-061 de 2023, entre muchas otras sentencias
importantes que deben considerarse y aplicarse a mi caso y mi condición de altísima
vulnerabilidad considerando mi ESTADO DE POBREZA y mi estado de ENFERMO MENTAL
Accionante: Miller Albeiro
Rivera Benavides
Accionados: INVIAS – ING BENEDICTO
ACOSTA - ARL POSITIVA SA – INTERVNETOR CONTRATO
INVIAS – MINTRABAJO – OTROS
Favor REVISAR mi tutela
por ser de interés constitucional y ser un ENFERMO crónico y critico retirado
en forma ineficaz estándome MUY MAL de SALUD
al momento de mi retiro ineficaz y sin tramitar permiso ante el MINTRABAJO y
con secuelas de accidente laboral y nenfermedades laborales CRONICAS y PROGRESIVAS y producidas por CULPA de los EMPLEADORES y la ARL
PROCESO TUTELA No. _____
MILLER ALBEIRO RIVERA
BENAVIDES persona mayor de edad, campesino
de CONSACA NARIÑO, identificado con c.c. No. ____ de Consaca, en critico estado
de salud por secuelas de AT y EL y por CULPA del EMPLEADOR, asisto ante los HONORABLES
MAGISTRADOS de la CORTE CONSTITUCIONAL en ejercicio del DERECHO DE PETICION y
con todo respeto para soliitarles el favor especial de revisar mi tutela por
tratarse de interes constitucional y por ser una personba de alta vulnerabilidad
con enfermeedades mentales altamente peligrosas sin valorarse ni calificarse
por la ARL POSITIVA existiendo OMISION y CORRUPCION al abandonar a un enfermo mental
por enfermades generadas por CULPA del empleador al no contar con los SGSST y
PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL y sin dotar con los minimos requisitos para el manejo
y manipulación de polvora y dInamita en el PUENTE AZUFRAL DE CONSACA
Favor CONSIDERAR las
condiciones de mi TOTAL ESTADO DE INDEFENSION y mis enfermedades mentales que
son SILENCIOSAS pero ciertas y que son las que mas dstruyen la vida, la convivencia y destruyen la SOCIEDAD
y la FAMILIA y la EXPLOSION de la DINAMINA en mi cuerpo sin las PROTECCIONES
REQUERIDAS produjeron enormes daños y perjuicios que vengo insistiendo se
valoren, califiquen y dictaminen pero sin resultados y existiendo hasta
NEGACION DE JUSTICIA por parte del JUEZ de tutela y los MAGISTRADOS corruptos
que solo piensan en los intereses de las aseguradoras o de la ARL y nada a
favor del DEBIL TRABAJADOR enfermo
Favor considerar los
PRECEPTOS CONSTITUCIONALES vinculantes y obligatorios emitidos por la MISMA
CORTE y que son garantes de los derechos fundamentales de las victimas y de los
enfermos trabajadores débiles y sin opciones y son ustedes los llamados a
corregir los errores de los CORRUPTOS JUECES constitucionales que solo DECLARAN
improcedente as accione sde tutela sin valorar el PERJUICIO IRREMEDIABLE como
el que a mi me vienen generando y niegan por negar justicia debiendo ser
SANCIONADOS previa investigación de sus comportamientos corruptos
Favor resolver de fondo con
la REVISION de mi tutela emitiendo nueva decisión en justicia y no corrupta y también
COMPULSAR copias para que se investigue al juez y magistrados CORRUPTOS que
negaron la PROTECCION de este ciudadano enfermo con ENFERMEDADES MENTALES
CRONICAS y que están destruyendo mi familia, mi sociedad y mi saldu total
Favor ordenar en la nueva
sentencia que me REINTEGREN SIN solución
de continuidad y además se ordene cada
una de mis pretensiones pedidas pero especialmente ordenar a la ARL POSITIVAS
SA atienda al enfermo trabajador en forma URGENTE y en forma INTEGRAL valorandolo,
calificándolo y emitiendo nuevo dictamen actual e integral y con ética y uns
vez sea definida en el nuevo dictamen la REAL PCL TOTAL se me pensione por
INVALIDEZ con ORIGEN EL Y AT considerando mi enfermedad de stress postraumático
laboral agudo que padezco pero además la ansiedad y toda enfermedad mental que
tengo y definir en ese nuevo dictamen la fecha de estructuración
para que a partir de esa fecha se me reconozca y pague la PENSION DE INVALIDEZ y que también se ordene el PAGO de las
INDEMNIZACIONES no solo por el RETIRO INEFICAZ sino también por existir CULPA
del empleador y de la ARL al no contar con los SGSST y no contar con los
PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL para prevenir los riesgos a los que fue sometido
mi cliente
Favor considerar para
decidir los PRECEPTOS SIGUIENTES además de los ya referidos en mis peticiones y
en la demanda: SENTENCIA SU-269 DE 2023; Sentencia SU-428 de 2023; Sentencia T-239
de 2018; Sentencia SU-348 de 2022; sentencias: T-1041 de 2001; T-141 de 2016;
SU-049 de 2017; SU-380 de 2021; SU-087 de 2022; SU-348 de 2022; SU-061 de 2023
entre muchas otras sentencias importantes que deben considerarse y aplicarse
Insisto en mis PETICIONES
honorables magistrados por cuanto soy un enfermo de extrema vulnerabilidad y solo por sentido
humanitario se debe darle prioridad en la atención porque requiere con esa NOTA
DE URGENCIA que la ARL POSITIVA SA asuma su responsabilidad de atender al
ENFERMO TRABAJADOR MENTAL por secuelas
de ACCIDENTE LABORAL y ENFERMAEADES LABORALES producidas por culpa de la ARL y del EMPLEADOR al no contar con programas de
salud ocupacional, no prever los riesgos, no contar con los SGSST, no atender
al enfermo que sufre cada dia por tantas secuelas producidas por esa CULPA
existente en el EMPLEADOR y la ARL en la ocurrencia del AT y de las EL y
ustedes deben ordenar las INDEMNIZACIONES pero con mayor urgencia las
atenciones que requiere el enfermo trabajador
Favor colaborarnos
atendiendo con esa nota especial el recurso de apelación y emitir la nueva
sentencia corrigiendo los defectos y vicios probados y ordenar que el
trabajador sea aliviado en sus padecimientos
Favor atender con esa NOTA
ESPECIAL de urgencia mis peticiones y considerar la VIOLACION del DEBIDO
PROCESO y la no argumentación suficiente que debió indicar el JUEZ para
separarse de las RATIO DECIDENDIS obligatorias y vinculantes tantas veces
analizadas
Favor COLABORARME
revisando mi tutela y evaluar la INSISTENCIA realizada ante ustedes por la
DEFENSORIA DEL PUEBLO de NARIÑO por medio del Dr MENA quien me observo en
critico estado de salud y me colaboro remitiendo el ESCRITO de INSISTENCIA pero
que la CORTE no lo ha valorado y ahora anexo también petición de la PERSONERIA
MUNICIPAL DE PASTO ante quien también acudi en SUPLICA y manifestó si remitir
oficio y espero lo hayan remitido y me colaboren REVISANDO mi tutela por ser de
INTERES constitucional y tratarse de un ENFERMO CRONICO con graves enfermedades mentales que necesita del
APOYO CONSTITUCIONAL y no obligarme a acudir a la demanda
Cordialmente
MILLER ALBEIRO RIVERA
BENAVIDES
c.c. No.
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