peticiones victima edith silva

 


Chachagui, 8 de diciembre de 2024

 

Señores

DIRECCION DE VICTIMAS

Señores PROSPERIDAD SOCIAL

Señores ANT

Señores MINISTERIO DE AGRICULTURA

Señores CND

Señores Senadores y Representantes

Señor PRESIDENTE PETRO

Señora MINISTRA DE LA IGUALDAD

E.S.C.E.

 

REF: DERECHO DE PETICION de una persona DESPLAZADA, VICTIMA, DISCAPACITADA por la EDAD, altamente vulnerable – SUPLICA de AYUDAS URGENTES

 

EDITH DEL CARMEN SILVA CORAL, persona mayor de edad, domiciliada en CHACHAGUI NARIÑO, identificada como indico al final de mi firma en mi condición de  victima, desplazada de la GUAYACANA TUMACO NARIÑO desde mayo de 2019 sin recibir ayudas del estado y abandonada a mi suerte y discapacitada por la EDAD por pertenecer ya a la TERCERA EDAD, asisto ante ustedes para solicitarles ayudas aplicando la LEY del PLAN llamado COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA, la ley de las VICTIMAS sin aplicarse a mi favor y la ley del DISCAPACITADO también sin aplicarse para mi y encontrándome totalmente OLVIDADA por la ANT, por la DIRECCION DE VICTIMAS y por todo el sistema de amparo de los vulnerables y siendo una burla para los servidores públicos que todos los días que asisto a las oficinas me dicen que estoy en turno y ya llevamos con esa promesa desde hace mas de cinco años y como les digo seria importante que a ustedes NO LES CANCELARAN los sueldos durante cinco años para mirar cual seria los efectos en sus vidas asi como nos toca enfrentar las necesidades a las VICTIMAS

 

Con todo respeto les solicito el favor de darle prioridad a mis peticiones y solucionar en forma ágil y oportuna mis MULTIPLES NECESITADES apremiantes y urgentes y favor considerar las siguientes PETICIONES:

 

1,. Se ME ENTREGUE mi finca o mis tierras que me prometieron y que me encuentro registrada como beneficiaria pero EN TURNO y ya llevo en ese turno mucho tiempo sin soluciones. Favor considerar donarme una finca en CHACHAGUI para criar gallinas ponedpras, criar peces y realizar otros emprendimientos como los que tuve en LA GUAYACANA TUMACO NARIÑO entre otros también el CULTIVO de aromáticas.

 

2.- Favor colaborarnos atendiendo las peticiones de  la ONG FENALCOOPS a la cual nos hemos afiliados muchas victimas para encontrar ayudas y asesorías para enfrentar nuestros multiples problemas y favor estudiar cada una de las peticiones para que nos apoyen en la solución de muchos de nuestros problemas

 

3,. Favor considerar antes de decidir sobre mis peticiones la Sentencia T-123/24 entre otros preceptos vinculantes y obligatorios y  evaluar como definen los magistrados en su sentencia lo que es el DESPLAZAMIENTO FORZADO INTERNO POR FACTORES AMBIENTALES y de otra índole  y hace de OBLIGATORIO acatamiento de las autoridades de adoptar medidas estructurales con enfoque de derechos humanos en favor de las personas damnificadas por desastres naturales o por la VIOLENCIA que vive COLOMBIA sin controles y sin operaciones del ESTADO olvidando a sus victimas

 

Trata la sentencia referida a las PERSONAS DAMNIFICADAS POR DESASTRES NATURALES y por los daños que ocasionan los victimarios a los pobladores de los territorios y que los OBLIGAN a desplazarse dejando abadnonado todo y sin protección del estado cuando somos sujetos de especial protección constitucional y por ello ACUDO a los convocados para que se agilice mis peticiones que llevan tantos años a la espera y sin resultados cuando el HABRE, las necesidades básicas, la alta vulnerabilidad NO PERMITEN esperar tanto tiempo existiendo negligencia, abandono, mal servicio publico y otros factores que debe valor el JUEZ o constitucional o contencioso administrativo en las TUTELAS o en las DEMANDA DE REPARACION DIRECTA que radiquen y tramiten nuestros amigos abogados defensores de los derechos humanos

 

Dice la CORTE en sus preceptos constitucionales vincualntes y obligatorios que el desplazamiento forzado causa desarraigo, aleja a la persona de su entorno, de sus propiedades y, en general, de su forma de vida. Es un fenómeno que genera una amenaza y vulneración compleja de derechos constitucionales - no solo de derechos civiles y políticos, sino también de derechos económicos, sociales y culturales-, y que exige para enfrentarla el despliegue de acciones coordinadas que protejan a la población desplazada desde una perspectiva integral y debe ser esa atención OPORTUNA, urgente, de inmediata atención y no dilatar por años como en mi caso que ya llevamos mas de cinco años a la espera de soluciones y favor ORDENAR la entrega de mi finca y adelantar el tramite analizando la alta necesidad, la alta vulnerabilidad y especialmente mi condición de persona de la TERCERA EDAD.

 

Me dirijo hoy 8 de diciembre de 2024 dia de la VIRGEN y después de la FIESTA de las velitas que celebramos con mucho amor con vecinos y campesinos, indígenas y negros de la GUAYACANA TUMACO pero que hoy todo solo son recuerdos producto del DESPLAZAMIENTO FORZADO provocado por los dementes, narcoterristas y drogadictors ENFERMOS DEMENTES DE LAS FARC que nos sacaron sn nada del TERRITORIO y sin hacer nada el ESTADO. Este es mi ultima petición de este años y si no tengo respuestas el 12 de enero de 2025 que se reanudan los jueces de la republica en sus actividades RADICARE mi tutela para reclamar al JUEZ CONSTITUCIONAL una protección especial como victima, altamente vulnerable, desplazada y discapacitada por la EDAD. Favor atender en este mes mis PETICIONES y darme una respuesta clara, precisa, concisa y definiendo con FECHAS cuando sere atendida con nota de urgencia. Caso contrario radicare mi acción de tutela o mi demanda de reparación directa reclamando via judicial las indemnizaciones que me han sido negadas en forma sistematica o sin responder los derechos de petición y favor considerar que los daños son permanentes, están vigentes y siguen produciendo efectos dañinos y se puede demandar no solo en los DOS AÑOS siguientes a los hechos sino en cualquier tiempo si esos daños permanecen o siguen vigentes como en mi caso

 

NOTIFICACIONES

 

Favor escribir las respuestas al correo de la ONG FENALCOOPS ampliamente registrados en sus archivos y expedientes que es fenalcoopsas@gmail.com o llamar al 3146826158 donde cualquier abogado especializado de la ONG contestara.

 

Cordialmente

 

EDITH DEL CARMEN SILVA CORAL

c.c. No.

Doblemente desplazada como aparecen en mis registros

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