PETICION INDEMNIZACION BANCO DAVIVIENDA POR HURTOS

 


Pasto, 1 de diciembre de 2024

 

Señores

BANCO DAVIVIENDA PASTO

E.S.C.E.

 

REF: DERECHO DE PETICION

 

MARIA DEL PILAR SILVA CORAL, persona mayor de edad, domiciliada en Pasto, identificada con c.c. No. 30.725.243 de Pasto, en mi condición de VICTIMA y desplazada pero además discapacitada y de edad avanzada o de la TERCERA EDAD, ASISTO ante ustedes con el RESPETO debido para pedirles el favor de:

 

1.- Reintegrarme la cantidad de $2.600.000 que fueron hurtados desde sus cajeros y con mi tarjeta debito por tener mi cuenta de ahorros No. ____ en su banco y con la CONFIANZA amplia y suficiente de que mis ahorros estarían totalmente protegidos por su banco PERO el dia ___ fue extraidos todos mis ahorros que tenia en mi cuenta y ya radique denuncias y quejas para que las autoridades de investigación lleguen a la verdad verdadera y sancionen a los delincuentes y si están en su BANCO o en otros sitios se eliminen del servicio porque no se puede destruir la confianza legitima generada por el BANCO con sus oradoreses

 

2.-Pero además deben cancelar a mi favor y a favor de mis familiares afectados los daños inmateriales generados que los estimo en 500 smmlv por daños morales para mi como ahorradora afectada y destruida su CONFIANZA LEGITIMA; 500 smmlv por daños en la salud; 500 smmlv por daños en la vida de relación; 500 smmlv por daños de oportunidad y 500 smmlv por daños al no poder disfrutar los placeres de la vida. Pero además por daños morales reclamo igual cantidad para mi esposo, igual cantidad para mis cuatro hijos y para cada uno y para mis seis nietos la misma cantidad y para cada uno

 

3.-Adicional a ello solicito el favor de OTORGARME un crédito por la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS para ser invertidos en un EMPRENDIMIENTO para realizar como VICTIMA, como desplazada, como discapacitada y como persona de la TERCERA EDAD y favor no exigirme garantías y soportar el crédito con seguros por ser una PERSONA DESPLAZADA y VICTIMA

 

Favor considerar las RATIO DECIDENDIS vinculantes y obligatorias indicadas en el fallo de la Acción de Tutela Rad.  2021-000153 Accionante: HEIDY VANESSA PATERNINTA PEDRIQUEZ Accionado:  BANCO DAVIVIENDA

 

Pido amparo constitucional  y pido se  me protejan mis  derechos fundamentales al debido proceso, mínimo vital, vida digna e igualdad, los cuales considero vulnerados por la entidad BABCO DAVIVIENDA

 

Pero también considerar la SENTENCIA T-320 DE 2019 y otras mas que OBLIGAN en amparo de los derechos de las victimas a responder por los daños y perjuicios generados por el MAL SERVICIO del BANCO a sus ahorradores y desfigurar la confianza que debe mantenerse entre el BANCO y su USUARIO o CLIENTE

Debe entenderse que el AHORRO HURTADO de mi cuenta corresponde a la MESADA PENSIONAL de un smmlv al que tengo derecho y la pensión se constituye en una prestación de carácter vitalicio para aquellas personas que no pueden laborar por circunstancias de vejez o invalidez, por ello está protegida por la Constitución y por la ley en su régimen de Seguridad Social. Un ejemplo de este blindaje se encuentra en la Ley 100 de 1993, en la que se estipula la prohibición de embargo a la pensión con la finalidad de proteger el derecho al mínimo vital de los pensionados, igualmente, la exigencia de la presentación personal del pensionado para que sea el mismo quien reclame las mesadas pensionales consignadas a su favor.

Recuerden que se pueden suscitar circunstancias excepcionales en las que el titular de una pensión no se encuentre en las condiciones óptimas para realizar el retiro de las mesadas pensionales o dar autorización expresa y suficiente para que un tercero lo haga por él, debido al impedimento que representa su estado de salud físico y/o mental, eventos en los cuales es necesario tramitar el proceso de jurisdicción voluntaria de interdicción consagrado en la Ley 1306 del 2009

 

 Otra de las SENTENCIAS que les solicito valoren y apliquen es la T-304/09 entre muchas otras que ustedes conocen y tiene el deber de aplicar

 

Favor considerar que en mi caso existen los suficientes elementos de juicio para establecer si se está en presencia de un perjuicio irremediable en el pago de acreencias  o derechos apropiados en forma ilegal de mi cuenta sin autorización de la suscrita

Favor RESOLVER de fondo sobre mis peticiones y contestar al correo de la ONG FENALCOOPS que es fenalcoopsas@gmail.com o llamar al celular 3146826158 donde cualquier abogado especializado de la ONG les va a contestar

 

Cordialmente

 

MARIA DEL PILAR SILVA CORAL

c.c. No. 30.725.243 de Pasto

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