DELITO FRAUDE PROCESAL HELMER TOBAR

 


DELITO DE FRAUDE PROCCESAL

 

Señora FISCAL GENERAL DE LA NACION, con todo respeto radico ante USTED denuncia penal por el delito de FRAUDE PROCESAL y cualquiera otro comportamiento punible que se presente en mi caso y con cuyos actos  delictuosos se me ha generado graves daños y perjuicios embargándome bienes, afectando mi prestigio comercial y civil, mi buen nombre, mi prestigio como comerciante y otras afectaciones PERO no solo a mi sino también a mi familia y le solicito el favor de registrarme como VICTIMA para presentar en la oportunidad debida el INCIDENTE DE REPARACION INTEGRAL a las victimas, verdad, justicia y no repetición

 

El fraude procesal es un acto realizado con el objetivo de impedir que se obtenga justicia en un juicio, ya sea en beneficio propio o de un tercero.

El delito de fraude procesal se consuma cuando se realiza el comportamiento descrito en el verbo rector “inducir”.

 

Esto significa que no es necesario que se logre la decisión anhelada, como una sentencia, resolución o acto administrativo ilegal.

 

En mi caso señora FISCAL se indujo al juez cuarto civil de pequeñas causas civiles de Pasto al ERROR y ya se destruyo mi vida con las medidas cautelares ordenadas por ese despacho a quien solicito mi hermano y mi abogado compulsaran copias a su despacho PERO sin antender hasta la fecha la petición PERO ya se ha terminado con mi buen nombre y se ha embargado bienes de mi propiedad sin existir la OBLIGACION CLARA, EXPRESA Y ACTUALMENTE EXIGIBLE para que se haya adelantado la acción civil y se haya decretado tantas ordenes en mi contra y esa INDUCCION al servidor publico para afectar mi vida debe ser valorado y calificado por usted y ordenarse las sanciones pertinentes pero mas ordenar las INDEMNIZACIONES por  los daños y perjuicios causdos

 

La Corte Suprema  de Justicia define el DELITO de  de fraude procesal y dice que se consuma cuando se realiza el comportamiento descrito en el verbo rector “inducir”, que es el que constituye el núcleo del actuar delictuoso de los individuos  y es un FRAUDE PROCESAL cuando se accede a la Justicia mediante actos realizados mediante engaño, dirigido a impedir la consecución de la justicia en un juicio en beneficio propio o de un tercero

 

En el proceso ejecutivo que cursa en mi contra, le solicito señora FISCAL el favor de ORDENAR se reintegre la LETRA DE CAMBIO a su dueño por pago total de la deuda u obligación y no existir obligación mia de pagar ningún valor y además debe prosperar la excepción de suplantación de letra de cambio

 

Por otro lado  existe la Excepción de estafa, la excepción de LETRA llenada sin las instrucciones del firmante del titulo valor, la excepción de falsedad en el titulo valor, entre otras excepciones y se debe declara la PREJUDICIALIDAD hasta tanto se resuelva el caso penal que estoy denunciando y que se debió iniciar con la COMPULSA DE COPIAS por parte del JUZGADO dirigidas a la FISCALIA GENERAL DE LA NACION

 

Favor COLABORARME ordenando con nota de urgencia la prueba grafológica solicitada al contestar la demanda y radicar las excepciones y no esperar a que se siga generando otros daños y perjuicios al suscrito por la tardanza en la garantía real de justicia oportunda

 

El Tribunal Superior del Distrito de Medellin en uno de sus fallos dice que la falsedad deviene al momento del diligenciamiento del documento sin la debida identificación de deudor; es ilógico e irracional que se firmara letra de  en BLANCO pero se deben cumplir instrucciones claras y en el, caso concreto la LETRA fue firmada por mi hermano pero en BLACO y no se aporto el INSTRUCTIVO que debió establecer las condiciones para su diligenciamiento lo que hace que el TITULO VALOR aportado al proceso ejecutivo es FALSO y carece de todo valor y ya se ha generado el FRAUDE PROCESAL y se ha generado daños y perjuicios al suscrito por los que deben indemnizar y pagar prisión

 

Favor considerar para decidir sobre mis peticiones la sentencia T-104-14 emitida por la Corte Constitucional de Colombia entre otros preceptos constitucionales vinculantes y obligatorios y favor ORDENAR las sanciones que pido y que el código penal ha previsto par estos delitos PREVIA indemnización integral a las victimas por cuanto el DELITO esta PROBADO, están probados esos daños y perjuicios y esta demostrada la falsedad del titulo

 

Existe como excepción la TACHA DE FALSEDAD DE LA LETRA DE CAMBIO que soporta el proceso ejecutivo y es una prueba mas para demostrar la COMISION del delito y el haber llevado o inducido al juez a realizar actos contrarios a la moral y destruyendo mi buen nombre

 

Al interpretar la ley procesal el juez deberá tener en cuenta que el objeto de los procedimientos es la efectividad de los derechos reconocidos por la ley y debe despachar en forma desfavorable las pretensiones de la demanda y ordenar la COMPULSA de copias para investigar no solo al delincuente, sino también al abogado negligente, a los terceros involucrados y además vincularlos al proceso penal y disciplinario para que indemnicen en forma integral a sus victimas

 

Con todo respeto señora FISCAL, le solicito el favor de reconocer personeria a mi abogado y permitirle actuar en este asunto para que pueda contrainterrogar, interrogar, pedir pruebas, trasladar pruebas y ejercer en forma técnica mi defensa como victima al igual que de los integrantes de mi familia

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