peticiones de una victima desplazada y de la tercera edad

 




Pasto, 23 de noviembre de 2024

 

Señora

OMAIRA ZAMBRANO LOPEZ

Señor PERSONERO MUNICIPAL DE CONSACA

Señor inspector de Policia de Consaca

Señores CND

Señora procuradora general de la nación

sEÑORA fiscal general de la nación

Señor ministro DE RELACIONES EXTERIORES DE Colombia

Señor EMBAJADOR DE COLOMBIA EN ESPAÑA

Señor EMBAJADRO DE ESPAÑA EN COLOMBIA

Señorres de la Agencia Nacional de Tierras

E.S.C.E.

 

 

REF: FAVOR colaborar con el DISCAPACITADO

 

MARIA DEL PILAR SILVA CORAL, persona mayor de edad, domiciliada en Pasto, identificada con cc. N. 30.725.243  de PASTO, ASISTO ante ustedes con todo respeto para solicitarles el favor de PROTEGER los derechos de la DISCAPACITADA, desplazada y VICTIMA del conflicto armado y APOYARME para recuperar una inversión realizada en la COMPRA de un lote ubicado en la VEREDA PIARAN del municipio de UNA HECTAREA, con casa y comprado de buena fe a la señora OMAIRA ZAMBRANO LOPEZ quien reside en VILLA INES o el GUABO del municipio de CONSACA pero visitada en su residencia el dia 21 de noviembre de 2024 informan sus vecinos que vendió el LOTE de PIARAN y se fue a ESPAÑÑA y vuestra colaboración es la de investigar como autoridad si ese viaje es legal o salió de COLOMBIA sin los respectivos permisos y si fue ilegal me colaboren con la cancilleria para que regrese a COLOMBIA a cumplir con su COMPROMISO. La cite a AUDIENCIA DE CONCILIACION y no se presentó a la DILIGENCIA y anexo las pruebas que demuestran mi derecho

 

Es importante informarles que CONFIE en la buena fe de la señora ZAMBRANO LOPEZ y el interés de COMPRAR la hectarea con casa es de trasladarme a vivir a CONSACA por mi vejez, mi discapacidad y mi condición de VICTIMA que fui desplazada de la GUAYACANA donde tuve que abandonar la finca que compramos con mi familia de 12 hectareas y lo perdimos todo teniendo esa FINCA durante 15 años con EMPRENDIMIENTOS y nuestra CASA donde vivimos muy bien pero llegaron los delincuentes de las FARC y nos obligaron a salir en 24 horas dejando todo abandonado en el territorio por abandono total del estado y salimos sin nada y por ello acudo a ustedes para que me colaboren y ayuden en la solución de mi problema para que la señora ME ENTREGUE la finca comprada o en su defecto me reintegre el valor de $20.000.000 recibidos como anticipo a la COMPRA y no cumplio con el COMPROMISO y ahora viajo según informan los vecinos suyos que se encuentra en ESPAÑA a donde salió considero en forma ILEGAL y debe regresar a COLOMBIA a responder por el contrato incumplido y por los delitos que haya cometido he indemnizar por todos los daños y perjuicios generados a la VICTIMA, a la anciana, a la discapacitadda y desplazada por la VIOLENCIA sin control que vive COLOMBIIA

 

Mi condición de DESPLAZADA, victima y DISCAPACITADA y persona de la TERCERA EDAD me permiten acudir ante el INSPECTOR DE POLICIA, el PERSONERO, la DEFENSORIA DEL PUEBLO y ante la PROCURADURDIA para que se me colabore en la PROTECCION de mis derechos pues soy una persona de alta vulnerabilidad y requiero mi tierra para trasladarme a vivir a CONSACA y disfrutar de mi vejez y olvidarme de los vejámenes cometidos por los NARCOTERRORISTAS de las FARC que actúan en COLOMBIA sin ningún control del estado y ustedes como parte de ese estado social de derecho tienen el DEBER de proteger a los VULNERABLES

 

Con el respeto debido les solicito el favor de valorar la Sentencia C-438/22 en la que la CORTE  INFORMA sobre la RESPONSABILIDAD FISCAL DE PARTICULARES QUE OCASIONEN DAÑOS AL PATRIMONIO PÚBLICO CUANDO NO REALIZAN GESTIÓN FISCAL y excede facultades atribuidas a la Contraloría General de la República y demás órganos de vigilancia y control fiscal

 

Dice la CORTE que toda persona debe prever que los particulares son responsables fiscales cuando, sin tener la calidad de gestores fiscales y por lo tanto sin realizar gestión fiscal alguna, participen, concurran, incidan o contribuyan directa o indirectamente en la producción de daños al patrimonio público, especialmente cuando con su acción dolosa o gravemente culposa ocasionen daños a los bienes públicos, inmuebles o muebles, desborda la esfera de la vigilancia y el control fiscal y no permite en consecuencia deducir responsabilidad fiscal, so pena de violar los artículos 4, 119, 267, 268-5 y 272 de la Constitución Política.

Favor considerar para decidir sobre la PROTECCION de las VICTIMAS y de los VULNERABLES la SENTENCIA SU-114 DE 2023 EN LA CUAL LA CORTE  SI protege derechos de las victimasa LA ant LE SOLICITO EL FAVOR DE VALORAR SI LA VENTA ES LEGAL O NO Y SI CUMPLIO CON LOS REQUISITOS DE VENDER EL predio rural

 

Pero además considerar señores servidores públicos para PROTEGER a las victimas, desplazados y discapacitados y a las personas de la tercera edad como yo, los diversos conceptos tratados por funcionarios y LOS preceptos vinculantes y obligatorios emitidos  por   jueces y magistrados  de las ALTAS CORTES DE CIERRE y de la sala de casacion civil agraria  sobre la NULIDAD y DE LA SIMULACIÓN pero especialmente considerar el FIN del estado social de derecho para PROTEGER A LOS VULNERABLES Y EXIGI  LOS CIUDADANOS DELINCUENTES  se soemtan a la ley y a la justicia y ciumplan los compromisos adquiridos con las VICTIMAS y VULNERABLES y no aceptaar que huyan de sus madrigueras para ubicarse en el exterior con el visto bueno del estado

 

La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural  ha emitido cantidad de s3entencias para proteger primero el agro, segundo a las victimas y tercero proteger los derechos fundamentales de los vulnerables y favor considerarlas y valorarlas y exigir que se me protejan mis derechos como desplazada, victima, discapacitadas y altamente  vulnerable

 

Con todo respeto me dirijo a todos los convocados para pedriles a cada uno ejerzan sus funciones cumplineodo el FIN del estado social de derecho y brindar toda la asesoría, orientación, realizar diligencias, denuncias, demandas y demás actos encaminados a lograr que la señora OMAIRA ZAMBRANO LOPEZ cumpla con essta victima y desplazada entrgando el BIEN COMPRADO o en su defecto reintegre los recursos recibidos con las indemnizaciones, sanciones y demás derechos que me asistne y anexo las PRUEBAS para iniciar las acciones y favor colocar toda su atención en este caso para protegerme como VICTIMA y especialmente le pido a la PROCURADIRA el favor de vigilar el cumplimiento de lo pedido y garantizar la PROTECCION de mis derechos fundamentales como VICTIMA  y reportar cualquier información al correo  Dde la ONG llamada FENALCOOPS que es fenalcoopsas@gmail.com o llamar al celular 3146826158

 

Con admiración y respeto, atentamente

 

 

MARIA DEL PILAR SILVA CORAL

c.c. No. 30.725.243 de Pasto

 

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