peticiones de una victima desplazada y de la tercera edad
Pasto, 23 de noviembre de 2024
Señora
OMAIRA ZAMBRANO LOPEZ
Señor PERSONERO MUNICIPAL DE CONSACA
Señor inspector de Policia de Consaca
Señores CND
Señora procuradora general de la nación
sEÑORA fiscal general de la nación
Señor ministro DE RELACIONES EXTERIORES DE Colombia
Señor EMBAJADOR DE COLOMBIA EN ESPAÑA
Señor EMBAJADRO DE ESPAÑA EN COLOMBIA
Señorres de la Agencia Nacional de Tierras
E.S.C.E.
REF: FAVOR colaborar con el DISCAPACITADO
MARIA DEL PILAR SILVA CORAL, persona mayor de edad,
domiciliada en Pasto, identificada con cc. N. 30.725.243 de PASTO, ASISTO ante ustedes con todo respeto
para solicitarles el favor de PROTEGER los derechos de la DISCAPACITADA,
desplazada y VICTIMA del conflicto armado y APOYARME para recuperar una
inversión realizada en la COMPRA de un lote ubicado en la VEREDA PIARAN del
municipio de UNA HECTAREA, con casa y comprado de buena fe a la señora OMAIRA
ZAMBRANO LOPEZ quien reside en VILLA INES o el GUABO del municipio de CONSACA pero
visitada en su residencia el dia 21 de noviembre de 2024 informan sus vecinos
que vendió el LOTE de PIARAN y se fue a ESPAÑÑA y vuestra colaboración es la de
investigar como autoridad si ese viaje es legal o salió de COLOMBIA sin los
respectivos permisos y si fue ilegal me colaboren con la cancilleria para que
regrese a COLOMBIA a cumplir con su COMPROMISO. La cite a AUDIENCIA DE
CONCILIACION y no se presentó a la DILIGENCIA y anexo las pruebas que
demuestran mi derecho
Es importante informarles que CONFIE en la buena fe de la
señora ZAMBRANO LOPEZ y el interés de COMPRAR la hectarea con casa es de
trasladarme a vivir a CONSACA por mi vejez, mi discapacidad y mi condición de
VICTIMA que fui desplazada de la GUAYACANA donde tuve que abandonar la finca
que compramos con mi familia de 12 hectareas y lo perdimos todo teniendo esa
FINCA durante 15 años con EMPRENDIMIENTOS y nuestra CASA donde vivimos muy bien
pero llegaron los delincuentes de las FARC y nos obligaron a salir en 24 horas
dejando todo abandonado en el territorio por abandono total del estado y
salimos sin nada y por ello acudo a ustedes para que me colaboren y ayuden en
la solución de mi problema para que la señora ME ENTREGUE la finca comprada o
en su defecto me reintegre el valor de $20.000.000 recibidos como anticipo a la
COMPRA y no cumplio con el COMPROMISO y ahora viajo según informan los vecinos
suyos que se encuentra en ESPAÑA a donde salió considero en forma ILEGAL y debe
regresar a COLOMBIA a responder por el contrato incumplido y por los delitos
que haya cometido he indemnizar por todos los daños y perjuicios generados a la
VICTIMA, a la anciana, a la discapacitadda y desplazada por la VIOLENCIA sin
control que vive COLOMBIIA
Mi condición de DESPLAZADA, victima y DISCAPACITADA y persona
de la TERCERA EDAD me permiten acudir ante el INSPECTOR DE POLICIA, el
PERSONERO, la DEFENSORIA DEL PUEBLO y ante la PROCURADURDIA para que se me
colabore en la PROTECCION de mis derechos pues soy una persona de alta
vulnerabilidad y requiero mi tierra para trasladarme a vivir a CONSACA y
disfrutar de mi vejez y olvidarme de los vejámenes cometidos por los
NARCOTERRORISTAS de las FARC que actúan en COLOMBIA sin ningún control del
estado y ustedes como parte de ese estado social de derecho tienen el DEBER de
proteger a los VULNERABLES
Con el respeto debido les solicito el favor de valorar la Sentencia
C-438/22 en la que la CORTE INFORMA
sobre la RESPONSABILIDAD FISCAL DE PARTICULARES QUE OCASIONEN DAÑOS AL
PATRIMONIO PÚBLICO CUANDO NO REALIZAN GESTIÓN FISCAL y excede facultades atribuidas a la
Contraloría General de la República y demás órganos de vigilancia y
control fiscal
Dice la CORTE que toda persona debe prever que los
particulares son responsables fiscales cuando, sin tener la calidad de gestores
fiscales y por lo tanto sin realizar gestión fiscal alguna, participen,
concurran, incidan o contribuyan directa o indirectamente en la producción de
daños al patrimonio público, especialmente cuando con su acción dolosa o
gravemente culposa ocasionen daños a los bienes públicos, inmuebles o muebles,
desborda la esfera de la vigilancia y el control fiscal y no permite en consecuencia
deducir responsabilidad fiscal, so pena de violar los artículos 4, 119, 267,
268-5 y 272 de la Constitución Política.
Favor considerar para decidir sobre la PROTECCION de las
VICTIMAS y de los VULNERABLES la SENTENCIA SU-114 DE 2023 EN LA CUAL LA CORTE SI protege derechos de las victimasa LA ant LE
SOLICITO EL FAVOR DE VALORAR SI LA VENTA ES LEGAL O NO Y SI CUMPLIO CON LOS
REQUISITOS DE VENDER EL predio rural
Pero además considerar señores servidores públicos para
PROTEGER a las victimas, desplazados y discapacitados y a las personas de la
tercera edad como yo, los diversos conceptos tratados por funcionarios
y LOS preceptos vinculantes y obligatorios emitidos por jueces y magistrados de las ALTAS CORTES DE CIERRE y de la sala de
casacion civil agraria sobre la NULIDAD
y DE LA SIMULACIÓN pero especialmente considerar el FIN del estado social de
derecho para PROTEGER A LOS VULNERABLES Y EXIGI
LOS CIUDADANOS DELINCUENTES se
soemtan a la ley y a la justicia y ciumplan los compromisos adquiridos con las
VICTIMAS y VULNERABLES y no aceptaar que huyan de sus madrigueras para ubicarse
en el exterior con el visto bueno del estado
La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural ha emitido cantidad de s3entencias para
proteger primero el agro, segundo a las victimas y tercero proteger los derechos
fundamentales de los vulnerables y favor considerarlas y valorarlas y exigir
que se me protejan mis derechos como desplazada, victima, discapacitadas y
altamente vulnerable
Con todo respeto me dirijo a todos los convocados para
pedriles a cada uno ejerzan sus funciones cumplineodo el FIN del estado social
de derecho y brindar toda la asesoría, orientación, realizar diligencias,
denuncias, demandas y demás actos encaminados a lograr que la señora OMAIRA
ZAMBRANO LOPEZ cumpla con essta victima y desplazada entrgando el BIEN COMPRADO
o en su defecto reintegre los recursos recibidos con las indemnizaciones,
sanciones y demás derechos que me asistne y anexo las PRUEBAS para iniciar las
acciones y favor colocar toda su atención en este caso para protegerme como
VICTIMA y especialmente le pido a la PROCURADIRA el favor de vigilar el
cumplimiento de lo pedido y garantizar la PROTECCION de mis derechos fundamentales como VICTIMA y reportar cualquier información al correo Dde la ONG llamada FENALCOOPS que es
fenalcoopsas@gmail.com o llamar al celular 3146826158
Con admiración y respeto,
atentamente
MARIA DEL PILAR SILVA
CORAL
c.c. No. 30.725.243 de
Pasto

Comentarios
Publicar un comentario