nueva impugnacion tutela ana maya vs udenar

 

Pasto, 24 de noviembre de 2024

 

Señores MAGISTRADOS del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NARIÑO

E.S.C.E.

 

REF: OTRA AMPLIACION a la IMPUGNACION de la sentencia de tutela No. ____ donde es ACCIONANTE  la Dra ANA MAYA SOLARTE y accionados: LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO, ARL Y OTROS

 

Favor considerar el precepto vinculante y obligatorio Sentencia SU-213/24; Sentencia T-076/24; Sentencia T-364/24; entre OTROS preceptos vinculantes y obligatorios

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO de las notas civiles conocidas actuando como apoderado de ANA MAA SOLARTE en la referida tutela ASISTO ante los HONORABLES MAGISTRADOS para ampliar la IMPUNGACION de la TUTELA considerando que aun no se prodice fallo qie modifique la errada sentencia emitida por el JUEZ negando justicia a la débil trabajadora enferma y rtira en forma INEFICAZ y no se considero la falta de voluntad en la renuncia y el claro vicio al consentimiento existente y para el JUEZ nada existe de nulidades cuando están completamente probadas

 

Favor considerar que existe una clara violación al DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA DE PERSONA EN ESTADO DE DEBILIDAD MANIFIESTA POR RAZONES DE SALUD y se  existe una clarisima vulneración al dar por terminada relación laboral sin autorización de la autoridad laboral y esta completamente claro que  (i) los diagnósticos del actor le impedían un adecuado desempeño de sus funciones; (ii) el empleador conocía de estas patologías; y (iii) no logró desvirtuar la presunción de despido discriminatorio pues incumplió su deber de acudir al inspector del trabajo para obtener una autorización y, en todo caso, no logró acreditar en sede de tutela una justa causa que justifique la desvinculación por cuanto persistían las causas del contrato y la empresa podía reubicarlo en otra de las obras en curso.

 

 

No rquiero seguir insistiendo en la VIOLACION DIRECTA de la CN y de la LEY lo que esta plenamente probado y esta probado que no existe la suficiente argumentacion para separarse de las ratio decidendis obligatorias y vinculantes y favor evaluar las RATIO DECIDENDIS indicadas en las NUEVAS SENTENCIAS CONSTITUCIONALES y que son claras y expresas y existe una clara violación al DEBIDO PROCESO por error del JUEZ quien no solo negó justicia sino que dejo desamparada a una persona enferma y altamente vulnerable PERO además desconocio los FUEROS que están probados y  ello debe ser INVESTIGADO y SANCIONADO y favor compulsar copias

 

Favor emitir NUEVA SENTENCIA corrigiendo los errores PERO si se mantiene los defectos favor NOTIFICARME para seguir con la REVISION y acudir hasta a las instancias internacionales y a la demanda contencioso administrativo por existir clara violación a la CN y la LEY y existe negación de justicia a la débil trabajadora profesional retirada estando enferma con enfermedades laborales ocurridas por CULPA del EMPLEADOR

 

Con admiración y respeto

 

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO

c.c. No. 5-233.015 de Consaca

TP No. 127.875 del C,S,J

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