habiliacion fenalcoops y venta finca la guayacana

 


Pasto, 5 de noviembre de 2024

 

Señora

MINISTRA DE TRANSPORTE

Señores ASESORES del MINTRANSPORTE

Señores CND

Señores SUPERPUERTOS Y TRANSPORTES

Dr GUSTAVO PETRO – Presidente de Colombia

Señora MINISTRA DE LA IGUALDAD

Señores SENADORES de la REPUBLICA

Señores REPRESENTANTES A LA CAMARA

Señor DIRECTOR DE PROSPERIDAD SOCIAL

Señora MINISTRA DE AGRICULTURA

E.S.C.E.

 

REF: DERECHO DE PETICION de un DISCAPACITADO – desplazado y VICTIMA del conflicto. Vulnerable en forma considerable

 

SEGUNDO PEDRO LEON TORRES BURBANO, persona mayor de edad, domiciliado en Pasto, identificado con c.c. No. 5.233.015 de Consaca Nariño, en mi condición de gerente de la empresa FENALCOOPS y también como DISCAPACITADO, desplazado, VICTIMA y altamente vulnerable, ASISTO ante ustedes con todo respeto para INSISTIR en mis peticiones de HABILITAR en forma gratuita y sin costos para nosotros las VICTIMAS del conflicto por su estado de altísima vulnerabilidad por haberlo perdido todo por el DESPLAZAMIENTO FORZADO generado producto del OLVIDO y del ABANDONO del estado a sus territorios donde no existe presencia del estado sino solo presencia de los delincuentes narcoterroristas integrantes de las FARC, del ELN, de los GRUPOS NARCOTERRORISTAS y demás DESCOMPOSICION SOCIAL que se ha permitido crecer y crecer en COLOMBIA y les solicito el favor de COLABORARME habilitando nuestra empresa para poder servir a COLOMBIA con nuestra empresa a pesar de todos los problemas y vejámenes que tuvismo que afrontar con los delincuentes PERO que a pesar de todo ello existen en nuestras mentes ese animo de querer servir a la sociedad y producir por nuestros propios medios y con nuestro trabajo los MEDIOS de SUBSISTENCIA y aportar a la sociedad, a la economía, a las comunidades sirviendo en lo que mejor podamos y para ello creamos nuestra propia empresa de VICTIMAS llamada FENALCOOPS y es una organización de multiples servicios y entre otros el servicio de TRANSPORTE de personas y cosas y los familias y amigos que creen en nosotros quieren invertir en vehículos modernos y nuevos para vincularlos a FENALCOOPS con la HABILITACION que realice el MINTRANSPORTE

 

Favor colaborarnos HABILITANDO a FENALCOOPS pero sin costos ni gastos para los DESPLAZADOS por cuanto ese fenómeno nos dejo pobres, sin nada, sin ahorros y perdimos además de nuestros predios, nuestra casa, nuestros emprendimientos que se quedaron abandonados y botados en los territorios a merced de la naturaleza que los esta deteriorando porque los delincuentes no han podido colocarlos a producir ni siquiera en sus CULTIVOS ILICITOS como les ha permitido el estado porque hasta el precio de la COCA se ha disminuido por efectos del desequilibrio de la ECONOMIA y por el mal resultado financiero en la administración del estado

 

Con todo respeto les solicito el favor de considerar la sentencia No. T-604/92; Sentencia T-013/24; Sentencias SU-508 de 2020;  T-122 de 2021;

Sentencia T-595/02; Sentencia T-595/02;  entre OTROS preceptos constitucionales de OBLIGATORIO ACATAMIENTO y CUMPLIMIENTO considerando la CONDICION especial de altísima vulnerabilidad de los DESPLAZADOS, de los discapacitados Y de las VICTIMAS del conflicto que todo lo perdimos por esos fenómenos incontrolables por el estado y mas bien existir la PERMISIDAD de las autoridades

 

Con fecha 5 de noviembre de 2024 fui notificado de una respuesta del MINTRANSPORTE donde me informan que no es posible habilitar mi empresa en forma gratuita y que existen unos costos y me informan de los requisitos y esos requisitos les envie en mis peticiones pero no contamos con recursos para asumir los estudios y por ello INSISTO en ayudarme otorgando habilitación a FENALCOOPS en horarios y rutas diferentes a las que actualmente están prestando las empresas habilitadas para no generar competencia y nos pueden HABILITAR para vincular en cada modalidad hasta 15 rodantes en BASICO entre terminal y terminal, 15 para MIXTO, 15 para básico a los aeropuertos, 15 para el servicio de turismo, 15 para el servicio urbano colectivo en cada ciudad importante y capital de departamento, 15 en la modalidad de encomiendas y carga. Con esta capacidad podemos empezar operaciones y podemos generar beneficios para nuestros desplazados, victimas, discapacitados donde existen niños, niñas, ancianos, madres cabeza de familia viudas, padres viudos cabeza de familia y otras personas altamente vulnerables y con la HABILITACION están cumpliendo con la LEY del PLAN llamado COLOMBIA  POTENCIAL MUNDIAL DE LA VIDA, con la ley del DISCAPACITADO y también con la ley de VICTIMAS y están aportando a las verdaderas soluciones a los vulnerables y están incluyéndonos en las políticas publicas de empleo de los vulnerables discapacitados y victimas

 

Favor colaborarnos habilitando a FENALCOOPS en los servicios BASISO, MIXTO, COLECTIVO URBANO, TURISMO, ESPECIAL, ENCOMIENDAS Y CARGA y considerar que no es nuestro interés afectar otras empresas que ya se encuentran en el mercado y por ello solicitamos diferentes horarios y rutas de las ya habilitadas para no afectar a nadie e iniciar con ese numero de cupos y rodantes por cada modalidad o la cantidad que estime la señora MINISTRA para habilitar a FENALCOOPS como organización de desplazados, discapacitados y victimas

 

En el contexto urbano el servicio de transporte público es un medio indispensable para poder ejercer la libertad de locomoción. “El fenómeno de la ciudad —su tamaño y distribución— hace del  transporte público urbano un medio indispensable para ciertos estratos de la sociedad, en particular aquellos que viven en las zonas marginales y carecen de otra forma de movilización. La necesidad de trascender la distancia entre los sitios de habitación, trabajo, estudio, mercado, etc, en el menor tiempo y costo posibles, coloca al ciudadano carente de medios de transporte propios, a merced del Estado o de los particulares que prestan este servicio.

 

En Pasto por ejemplo sin considerar otras ciudades que también viven el mismo drama y problema tienen un gravisimo problema y es que el servicio publico urbano solo se prestar en forma deficiente hasta las 9 y 10 pm y después de esa hora ni siquiera taxis consiguen y se están apoderando de esos mercados las APLICACIONES porque ya no encuentran servicios y nuestra empresa puede prestarlo después de las 10 pm y hasta las 2 am el servicio en BUSETAS de 12 pasajeros en toda la ciudad y desde las universidades, centros de recreación, centros de diversión, hospitales, clínicas y otros sitio estrategidos  y asignándonos pistas para colocar la razón social de la empresa y que los ciudadanos conozcan del nuevo servicio sin competir con las empresas existentes que abandonan el servicio a esa hora 10 pm

 

De igual manera el servicio de Pasto al AEROPUERTO ANTONIO NARIÑO que queda en el municipio de CHACHAGUI lo podemos prestar con BUSETAS de 12  pasajeros colocando avisos en los HOTELES, en los BARRIOS, en los PARQUES de la ciudad y en sitios estrategidos para que los  USUARIOS puedan llegar y tomar su cupo hacia el aeropuerto a un costo de $15.000 pasaje rebajando del que cobran los taxis de $20.000 y con un servicio de calidad y entregarnos pistas y centros de parqueo para poder ofertar nuestros servicios como desplazados, discapacitados y victimas. Asi podemos prestar el servicio BASICO de terminal a terminal y podemos ofertar el servicio en horarios diferentes a los que ya tienen las empresas antiguas habilitadas.  Podemos habitar para prestar el servicio entre CALI y BUGA o CALI a ARMENIA y PEREIRA y otras ciudades intermedias y habilitarnos con una ruta larga que sale de IPIALES NARIÑO hacia RIOHACHA GUAJIRA  entrando a cada uno de los terminales que quedan en el trayecto de la via. Favor habilitarnos nuestra empresa de DESPLAZADOS, victimas y DISCAPACITADOS considerando nuestro nivel de vulnerabilidad y permitirnos trabajar al servicio de las comunidades

 

Tambien requerimos la HABILITACION de FENALCOOPS para prestar el servicio de ENCOMIENDAS y CARGA y viajar de terminal marítimo y otros llevando y trayendo mercancías por COLOMBIA. Favor considerar mis PETICIONES respetuosas pero evaluando las normas, la CN, los PRECEPTOS indicados y realizando una evaluación seria de la VULNERABILIDAD de los desplazados y discapacitados

La CORTE al analizar una problemática en una tutela dijo “La Empresas como Transmilenio S.A. prestan un servicio que cumple una función social significativa en el contexto actual de Bogotá. La posibilidad de generar procesos de desarrollo económico e integración social que propicien el goce efectivo de las garantías constitucionales, reposa, en gran medida, en el éxito de los sistemas de transporte público. Toda empresa que preste el servicio público de trans­porte juega un papel determinante los habitantes de una ciudad, su responsabilidad social debe llevarla a estar del lado de los usuarios”. Mi pregunta señora MINISTRA es en que ha medido usted esa RESPONSABILIDAD SOCIAL y cuales son los indicadores de las EMPRESAS HABILITADAS  sobre esa responsabilidad social y ese compromiso con los usuarios si existen taxistas que preguntan hacia donde va y solo llevan a los usuarios al sitio para donde van ellos y niegan servicios a los otros. Y asi existen otros servicios que deben valorarse y nuestra empresa FENALCOOPS quiere llenar esos vacíos y prestar los servicios en los horarios en que no se esta atendiendo a las comunidades y para ello si que tiene información el MINISTERIO con sus sondeos, con sus proyectos, con sus investigaciones y de ello se pueden extraer las cifras para determinar la demanda insatisfecha y otorgarle la HABILITACION con base en ello a FENALCOOPS

 

Señora MINISTRA es importante recordarle que los DISCAPACITADO tenemos un especial tratamiento, somos considerados vulnerables y requerimos de la protección especial del estado y esa protección constitucional especial tiene sus raíces en la NORMA DE NORMAS, en la LEY, en el PLAN llamado COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA y nada de ello se ha valorado para dar su respuesta y se convierte la RESPUESTA a mi derecho de petición en un SIMPLE COMPROMISO de atender y resolver sin resultados lo pedido y por ello insisto en estudiar mis peticiones con fundamento en las normas en cita y en los preceptos indicados y emitidos por las altas cortes sin OBLIGARME a acudir a la acción de tutela o a la demanda para reclamar esa protección especial al discapacitado

 

El acceso en condiciones de igualdad al sistema de transporte urbano NO solo es un DERECHO sino también un deber del estado de atender a los vulnerables considerando las normas especiales

 

El ámbito de protección de la libertad de locomoción de una persona discapacitada, contempla la posibilidad de acceder al sistema de transporte básico de una ciudad en condiciones de igualdad, es decir, sin tener que soportar limitaciones que supongan cargas excesivas. Los grupos discapacitados tienen el derecho a que se remuevan las cargas desproporcionadas que les impiden integrarse cabalmente a la sociedad. Piso a la señora MINISTRA con todo respeto el favor de considerar que en los horarios que no prestan las empresas habilitadas el servicio de transporte se están vulnerando los derechos de los discapacitados, desplazados y victimas que carecen de recursos para cancelar carreras individuales y requieren de un transporte colectivo que les ofrece FENALCOOPS con la habilitación que se realice por su ministerio

 

La libertad de locomoción suele ser considerada un derecho de dimensión negativa o defensiva, por cuanto se ha entendido que su función consiste en ser un límite al ejercicio del poder del Estado en defensa de la libertad del individuo. El creer que su goce efectivo implica únicamente el freno a las acciones del Estado o requiere tan sólo la inacción estatal ha llevado a suponer que las libertades suelen ser garantías que no comprometen gasto público. Casos similares evidencian que derechos fundamentales llamados de libertad, como el de locomoción, pueden tener una faceta positiva y de orden prestacional y como se dijo, en las ciudades contemporáneas la libertad de locomoción depende en gran medida del servicio público de transporte. Sin éste difícilmente es posible desplazarse a lo largo de una urbe, incluso para las personas que no tienen una limitación física. El carácter prestacional de las libertades surge de la dimensión positiva de éstas. En la sociedades modernas, donde el uso de la libertad individual depende de acciones y prestaciones públicas – servicio público de transporte, de telecomunicaciones, de salud, etc – y donde la seguridad personal cuesta, no es posible sostener la tesis del carácter negativo de las libertades básicas y por ello INSISTO ante la señora MINISTRA de habilitar mi empresa FENALCOOPS en forma gratuita para prestar los servicios de transporte en las MODALIDADES INDICADAS y con las frecuencias que usted determine en sus actos administrativos y facilitarnos el acceso a la prestación de servicios de transporte económicos para las comunidades que lo requieren y exigen sin LIMITACIONES y si mas bien PERMITIENDO la INCLUSION de los DISCAPACITADOS, DESPLAZADOS Y VICTIMAS en las políticas publicas de empleo aplicando la CN, la LEY, los TRATADOS INTERNACIONALES sobre derechos humanos y sin DISCRIMINACION y considerando ese trato especial que debemos tener los discapacitados, desplazados y victimas.

Los gastos necesarios para transformar la infraestructura actual, con el objeto de que sea accesible para aquellas personas con algún tipo de limitación física severa, son considerables, pues buena parte de ella fue construida sin contemplar esta finalidad. Esto implica que se trata de una garantía que, al comprometer decisiones democráticas sobre inversión pública y depender de la adecuación de las condiciones construidas durante siglos, no puede ser alcanzada plenamente en un instante. Así pues, el hecho de que se requiera tiempo para diseñar y planificar, así como la necesidad de apropiar y destinar recursos para adecuar las condiciones existentes, evidencia que se trata de una prestación de carácter programático, cuyo pleno e integral cumplimiento no puede ser exigido de forma instantánea. Es preciso que gradualmente se vayan implementado las diversas políticas que aseguren a los discapacitados su inclusión a la sociedad.

 

Con todo respeto señora MINISTRA aceptamos las reglas que nos establezcan para el diseño de las carrocerías y ustedes nos indicaran comoserán las especificaciones de nuestros rodantes para prestar los servicios incluidos los DISCAPACITADOS con plataformas y adecuaciones que permitan el normal desplazamiento o movilidad de estas personas. Favor colaborarnos y ayudarnos habilitando a FEANCOOPS para prestar los servicios de transporte en las modalidades indicadas y con los rodantes que solicito o en el numero de unidades que usted nos establezca en el acto administrativo de habilitación a FENALCOOPS

 

Por otro lado señora MINISTRA nosotros si queremos integrar todos los servicios que requiere el sector del transporte desde la PRESTACION del servicio publico de transportar como también el mantenimiento permanente de los rodantes en perfecto estado con talleres modernos de reparación y mantenimiento de la misma empresa para garantizar un eficiente servicio con calidad pero mucho mejor con SEGURIDAD y con todas las atenciones que requiere el usuario y también el conductor, su familia, el propietario y toda la comunidad usuaria creando los servicios de créditos tanto en dinero como en productos, alimentos, suministro de combustibles, reparación de los rodantes, repuestos, entre otros servicios y por ello se justifica la HABILITACION de FENALCOOPS porque será una nueva empresa modernizada y con discapacitados y desplazados comprometidos con el objetivo final que es el BUEN SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE

 

Seran SERVICIOS modernizados, en constante cambio y con el carácter progresivo de la prestación y no puede ser invocado para justificar la inacción continuada, ni mucho menos absoluta, del Estado. La jurisprudencia ha indicado así que el alcance de exigibilidad debe aumentar con el paso del tiempo, con el mejoramiento de las capacidades de gestión administrativa, con la disponibilidad de recursos y, lo que es especialmente relevante en el presente caso, con las decisiones democráticamente adoptadas y plasmadas en leyes de la República y cada dia el estado DEBE MODERNIZAR sus normas para que todos los servicios se presten integrando a las EMPRESAS para disminuir costos, para mejorar los servicios, para generar mayores empleos, para servir mejor y en diversas horas y rutas sin dejar una sola jornada sin servicios.

 

 Debe existir  señora MINISTRA una política pública, generalmente plasmada en un plan. Ese  plan debe estar encaminado a garantizar el goce efectivo de los derechos.  El plan debe ser sensible a la participación ciudadana cuando así lo ordene la Constitución o la ley.  Si usted revisa las actuales empresas NO EXISTE un plan especial para la MOVILIDAD de los discapacitados, victimas y desplazados y a todos se los trata por igual-  Se ha establecido una política pública que se concrete en un programa de acción pero en acción que cambie los sistemas actuales por modernos sistemas donde subirse a un rodante sea agradable y no lo contrario, donde el usuario sea tratado con amabilidad y no como cosa y que el servicio sea de calidad y no de desmojoramiento continuo

 

Con todo respeto le SOLICITO señora MINISTRA DEL TRANSPORTE, señor SUPERPUERTOS Y TRANSPORTES, señores del CND, y demás invitados a reflexionar sobre las PETICIONES del DISCAPACITADO a valorar las ratio decidendis indicadas y considerar que FENALCOOPS es una empresa creada por DISCAPACITADOS, desplazados, VICTIMAS y VULNERABLES que necesitamos del apoyo del ESTADO pero de una apoyo efectivo y HABILITAR a esta empresa en forma gratuita y en la forma como estoy pidiendo no afecta la competencia y no afecta a las otras empresas ya habilitadas y por favor expedir el acto de HABILITACION en las MODALIDEADES PEDIDAS y sin costos para nosotros por cuanto el DESPLAZAMIENTO nos dejo sin un solo ahorro para invertir en estudios y ustedes cuentan con cifras para decidir sobre la HABILITACION solicitada

 

Petición ESPECIAL del DISCAPACITADO – DESPLAZADO Y VICTIMA

 

Señora MINISTRA del TRANSPORTE, señores ASESORES del MINTRANSPORTE, Señores del CND, Señores SUPERPUERTOS Y TRANSPORTES, señor PRESIDENTE de COLOMBIA, con el mas alto respeto me dirijo a USTEDES como discapacitado, desplazado, victima del conflicto y como VULNERABLE, para solicitarles el favor de valorar las RATIO DECIDENDIS indicadas pero además de considerar estas, VALORAR las decisiones constitucionales de la CORTE, donde REVOCAN decisiones judiciales via REVISION de tutelas ordenando atender a los DISCAPACITADOS con prioridad, emergencia, urgencia y cumpliendo la LEY del DISCAPACITADO, la LEY del PLAN considerando su capitulo especial de la DISCAPACITACION y de la INCLUSION de los VULNERABLES en sus políticas publicas de generación de empleo y de hacer útiles a los discapacitados PERO especialmente considerar la Sentencia T-459/22 que ha previsto  la GARANTÍA DE ACCESO AL SERVICIO DE TRANSPORTE INTRAURBANO O INTRAMUNICIPAL DE PACIENTES Y ACOMPAÑANTES EN EL SISTEMA DE SALUD y ha previsto una serie de reglas jurisprudenciales amparando el DERECHO A LA SALUD DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN SITUACION DE DISCAPACIDAD y VULNERABILIDAD y que vivieron el drama del desplazamiento, de losv ejamenes generados por los victimarios NACROGUERRILLEROS enfermos y drogadictos que actúan sin control en los territorios desplazando a sus victimas y sacándolos por la violencia dejandolos totalmente sin recursos y sin opciones y necesitan de la protección especial del estado

 

Dice la corte que los niños, las niñas y adolescentes no sólo son sujetos de derechos, reconocidos como sujetos de especial protección constitucional reforzada, sino que sus intereses prevalecen en el ordenamiento jurídico. A partir de ello, cuando se está frente a la presunta vulneración de su derecho fundamental a la salud y otros y más aún cuando el afectado es un niño en sus primeros años de vida, quien dada su vulnerabilidad e indefensión requiere de un tratamiento especialísimo, la protección se acentúa en procura de privilegiar su vida y estabilidad integral.  Ahora invocamos por ellos un apoyo cierto y real del estado HABILITANDO nuestra empresa FENALCOOPS sin costos para las victimas y permitirnos ingresar al mercado laboral con el servicio publico en las diferentes modalidades y HABILITANDO a nuestra empresa FENALCOOPS y facilitándonos la matricula de rodantes nuevos adecuados a las exigencias legales para atender a la población discapacitada y prestando un eficiente servicio en horarios que no se están cubriendo por las empresas que actualmente están habilitadas.

 

Favor TAMBIEN  considerar las sentencias: T- 557 de 2016; T- 674 de 2016; T- 706 de 2017; T-260 de 2017; T- 032 de 2018; T- 329 de 2018; T- 491 de 2018; T- 464 de 2018; T- 259 de 2019; T-409 de 2019; T- 266 de 2020; T-513 de 2020; T- 277 de 2022;

 

Señora MINISTRA DEL TRANSPORTE y demás invitados a defender los derechos del DISCAPACITADO, asisto ante ustedes con el respeto que siempre me distingue para que valoren las RATIO DECIDENDOS obligatorias y vinculantes indicadas en la SENTENCIA T-257 DE 2018 donde la CORTE   ha valorado y decidido sobre el DERECHO A LA IGUALDAD Y deja claro establecido las diversas prohibiciones de discriminar para personas con o en SITUACION DE DISCAPACIDAD y ha establecido acciones afirmativas para garantizar en forma real y efectiva ese derecho de igualdad previsto en el articulo 13 de la CN y tratado en leyes, en preceptos, en los tratados internacionales sobre derechos humanos y sobre el cual se construyo el verdadero derecho constitucional de 1991 y donde se incluye también la dignidad humana como valor, principio, factor y derecho fundamental

 

Dice la CORTE que el entorno físico es  como una forma de integración social y esa INTEGRACION SOCIAL debe ser real y efectiva y que el entorno físico está concebido para individuos sin ningún tipo de limitación lo cual corresponde al imaginario acerca de la perfección, la belleza, el paradigma del sujeto “normalmente” habilitado. Muchas de sus dificultades surgen precisamente de un espacio físico no adaptado a sus condiciones pues un medio social negativo puede convertir la discapacidad en invalidez. Por el contrario, un ambiente social positivo e integrador puede contribuir de manera decisiva a facilitar y aliviar la vida de estas personas permitiéndoles llevar a cabo sus aspiraciones más profundas. De lo anterior surge entonces que el ambiente físico tiene una gran importancia en términos de inclusión/exclusión social para las personas en condición de discapacidad.

 

Favor señora MINISTRA DEL TRANSPORTE con todo respeto le solicito el favor de INCLUIRNOS en sus políticas publicas de EMPLEO, habilitando a FENALCOOPS en forma gratuita y emitiendo con nota de urgencia la RESOLUCION de HABILITACION para prestar los servicios BASICO de terminal a terminal, de ciudad a aeropuertos, de ciudad intermedia a ciudad intermedia, el servicio MIXTO para vincular camionetas y camperos para subir las trochas y montañas de COLOMBIA con carga y pasajeros, en el servicio escolar, turismo y empresarial, en el servicio urbano colectivo y en el servicio de encomiendas y carga y con las UNIDADES o VEHICULOS que usted considere indicar en la respectiva habilitación. Favor colaborarnos emitiendo con NOTA de urgencia la HABILITACION GRATUIRA considerando la LEY del PLAN, la ley del DISCAPACITADO, la ley de VICTIMAS y especialmente considerando las diversas ratio decidendos obligatorias y vinculantes que indico en mis peticiones y que sus asesores conocen ampliamente y favor notificarme de su decisión

 

Me dirijo también a la MINAGRICULTURA y por su intermedio al DIRECTOR de la AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS para pedirles como suplica del DESPLAZADO el favor de COMPRARME la finca que deje abandonada por ese desplazamiento forzado en la GUAYACANA TUMACO NARIÑO y es de 12 hectareas con casa y con emprendimientos diversos que construimos en 15 años que pudimos trabajar la tierra y ahora se encuentra abadnonada y votada en el territorio por voluntad absurda de los delincuentes de las FARC y esta ofertada la finca por mi hija BEATRIZ HELENA TORRRES SILVA a nombre de quien aparece el predio en representación de toda la familia. Si no se puede comprar por favor PERMUTARLA con otra o entregarnos en comodato una en cualquier parte del país para desarrollar los emprendimientos y ahora queremos incursionar en la producción de CAFES especiales con aromáticas y vender por el mundo el producto tostado y molido. Favor colaborarnos con la COMPRA o la PERMUTA o la entrega en COMODATO de cualquier finca de los que tienen en sus inventarios y se están destruyendo sin utilizarlas y sin explotarlas y que nosotros si podemos colocarlas en producción y en utilidad

 

ANEXOS

 

 

Remito con mi derecho de petición e INSISTENCIA la siguiente documentacion

 

Certificado de existencia y representación de FENALCOOPS actualizado

Peticion de RUTAS y HORARIOS

Dictamen de discapacitad de PEDRO LEON TORRES BURBANO

Certificado de discapacidad

Modelo de nuestro vehiculo y logo de la EMPRESA

 

NOTIFICACIONES

 

Favor NOTIFICARME al correo fenalcoopsas@gmail.com o llamar al celular 3146826158 o escribirnos a nuestra oficina ubicada en Pasto Nariño en la CALLE 18 No. 23 36 oficina 401

 

Cordialmente

 

SEGUNDO PEDRO LEON TORRES BURBANO

c.c. No. 5.233.015 de Consaca Nariño

Gerente de FENALCOOPS

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