ACCIDENTES LABORALES SON RIESGOS CRITICOS DE ALTOS COSTOS Y DEBE AFILIAR A TODO TRABAJADOR A LAS ARL PARA EVITARSE EL PAGO DEL RIESGO
BLOG – abogado PEDRO LEON TORRES BURBANO – especializado en
DERECHO LABORAL y SEGURIDAD SOCIAL y en los SGSST.
TEMA: Que CONSIDERA la ley es la Enfermedad laboral.
Señor LECTOR favor analizar el ARTÍCULO 4º en el que se define en forma concreta y
concisa lo que es Enfermedad
laboral. Dice la norma “es enfermedad laboral la contraída como resultado
de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del
medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno
Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran
como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de
enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los
factores de riesgo ocupacional será reconocida como enfermedad laboral, conforme
lo establecido en las normas legales vigentes. PARÁGRAFO 1º. El Gobierno Nacional, previo concepto del
Consejo Nacional de Riesgos Laborales, determinará, en forma periódica, las
enfermedades que se consideran como laborales. PARÁGRAFO 2º. Para tal efecto, El Ministerio de la
Salud y Protección Social y el Ministerio de Trabajo, realizará una
actualización de la tabla de enfermedades laborales por lo menos cada tres (3)
años atendiendo a los estudios técnicos financiados por el Fondo Nacional de
Riesgos Laborales.
La definicio de ENFERMEDAD LABORAL es demasiado amplia y si
usted quiere profundizar mas y con mayores claridades, puede acudir ante el
MINTRABAJO para que le informe por escrito o mediante acto administrativo en función
a cumplimiento de deber de responder los DERECHOS DE PETICION deben explicar
que enfermedades laborales están inscritas y cuales faltan o tienen que
considerarse como enfermedades laborales de las que no aparezcan en el listo su
es que están tienen relación con el trabajo, con la exposion a favores de riesgos y cualquiera otras mas y
recuerden que HOY en dia se ha considerado la enfermedad llamada STRESS
POSTRAUMATICO LABORAL como una principal enfermedad laboral que deben ser
valorada, calificada y atendida por las ARLs sin dilatar y sin evadir responsabilidades
y si no le quieren atender acuda a su abogado de confianza PEDRO LEON TORRES
BURBANO para ordenar su registro o su atencion
Recuerden que existe una ONG llamada FENALCOOPS dedicada con
expertos profesionales en la defensa de sus derechos, de los derechos de las
victimas, de los vulnerables y le atendemos cualquir clase de asuntos en
cualquier juzgado o tribunal. Llame al abogado PEDRO LEON TORRES BURBANO al
3146826158 o escribanos al correo fenalcoopsas@gmail.com PEDRO LEON TORRES BURBANO – su abogado
especializado

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