INSISTENCIA DANSOCIAL ANTES DE TUTELA

 


Pasto, 4 de octubre de 2024

 

Señor

DIRECTOR DE DANSOCIAL

Señora PROCURADORA GENERAL DE LA NACION

Señores CONSEJO NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Señora MINISTRA DE LA IGUALDAD

Señor PRESIDENTE GUSTAVO PETRO

E.S.C.E.

 

REF: DERECHO DE PETICION – DECLARAR INEFICAZ MI RETIRO y ordenar MI REINTEGRO SIN SOLUCION DE CONTINUIDAD considerando la SENTENCIA SU-269 DE 2023 y OTRAS

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO, identificado con c.c. No. 5.233.015 de Consaca, en mi condición de DISCAPACITADO con PCL del 83.68% certificada por la JNCI según dictamen que anexo, ASISTO ante usted con todo respeto para solicitarle el favor de DECLARAR ineficaz mi retiro de su entidad por encontrarme enfermo y no haber tramitado permiso ante el MINTRABAJO en atención a lo ordenado en el articulo 26 de la ley 361 de 1997 y favor ORDENAR mi reintegro sin solución de continuidad y ordenar el pago de salarios y prestaciones y las indemnizaciones, las sanciones moratorias y las INDEMNIZACIONES por la CULPA existente en el EMPLEADOR al ocurrir el accidente laboral y las enfermedades laborales.

 

Favor ordenar lo que pido considerando que el articulo 26 de la ley 361 de 1997 ha previsto que todo empleador para retirar a uno de sus trabajadores que se encuentre enfermo al momento del retiro como fue mi caso, debe tramitar primero permiso ante el MINTRABAJO y en mi caso no existe ese permiso lo que hace que mi RETIRO sea INEFICAZ y no nazca a la luz del derecho y sigo vinculado al DANSOCIAL y favor reintegrarme con REUBICACION LABORAL como PROFESIONAL ESPECIALIZADO pues siendo trabajador del DANCOOP hoy DANSOCIAL estudie dos carreras ECONOMIA y CONTADURIA PUBLICA y hoy soy también abogado y especializado en DERECHO LABORAL, seguridad social, DERECHO ADMINISTRATIVO, revisoria fiscal y CONTRALORIA y me considero capaz para ser DIRECTOR TERRITORIAL en cualquier parte del país, o profesional especializado, o asesor o también me puede acreditar como INSTRUCTOR DE COOPERATIVISMO para viajar por COLOMBIA formando emprendimientos cooperativos

 

Favor colaborarme con mis peticiones considerando la sentencia referida PERO también le solicito el favor de considerar los diversos preceptos constitucionales obligatorios y vinculantes ampliamente analizados en anteriores derechos de petición SIN CONTESTAR y le informo que existe DENUNCIA en su contra por los delitos cometidos y también queja ante el MINISTERIO PUBLICO para que investiguen sus COMPORTAMIENTOS DISCIPLINABLES probados para que se me registre como VICTIMA para radicar mi INCIDENTE de reparación integral

 

Favor VALORAR las ratio decidendis obligatorias y vinculantes que indica la sentencia T-035 de 2022 y solo le pido por favor resolver UNA de mis dos peticiones: O mi reintegro sin SOLUCION DE CONTINUIDAD a mi cargo con  REUBICACION LABORAL como PROFESIONAL ESPECIALIZADO o que se me ACREDITE como INSTRUCTOR DE COOPERATIVISMO para viajar por COLOMBIA formando cooperativas o emprendimientos solidarios con las comunidades y para esta ultima petición no existen costos para DANSOCIAL y solo es producir una RESOLUCION acreditandome como INSTRUCTOR y ya me ha vinculado a su entidad y a la actividad productiva del DISCAPACITADO, desplazado y VICTIMA sin costos para la entidad que representa

 

Pero además de los preceptos constitucionales vinculantes y obligatorios antes indicados con todo respeto le solicito el favor de considerar otros que se indican a continuación: T-240 de 2019, T-565 de 2019,  T-192 de 2020,

T-100 de 2017, T-651 de 2017, T-063 de 2018, T-176 de 2018, T-027 de 2019, T-565 de 2019,  T-192 de 2020, T-328A de 2012, T-251 de 2017, T-027 de 2019, T-565 de 2019, T-192 de 2020, T-135 de 2015, T-291 de 2016, T-063 de 2018, T-176 de 2018, T-240 de 2019, T-565 de 2019, T-192 de 2020, T-135 de 2015, T-291 de 2016, T-480 de 2016, T-063 de 2018, T-176 de 2018, T-240 de 2019, T-565 de 2019, T-192 de 2020, T-1085 de 2003, T-806 de 2004, T-397 de 2008, T-629 de 2009, T-338 de 2010, T-135 de 2015, T-379 de 2015, T-291 de 2016, T-100 de 2017, T-651 de 2017, T-063 de 2018, T-176 de 2018, T-240 de 2019, T-565 de 2019, T-192 de 2020, T-406 de 2012, T-092 de 2016, T-418 de 2017, T-550 de 2017, T-271 de 2018, T-020 de 2021, T-020 de 2021, T-663 de 2011, T-703 de 2016, T-020 de 2021, T-719 de 2003, T-1042 de 2010, T-167 de 2011, T-352 de 2011, T-206 de 2013, T-269 de 2013, SU-049 de 2017, T-1316 de 2001, T-719 de 2003, T-456 de 2004, T-015 de 2006, T-515A de 2006, T-700 de 2006, T-972 de 2006, T-167 de 2011, T-352 de 2011, T-206 de 2013,

SU-049 de 2017, T-386 de 2020, C-200 de 2019, T-386 de 2020, T-1040 de 2001, T-351 de 2003, T-198 de 2006, T-962 de 2008, T-002 de 2011, T-901 de 2013, T-141 de 2016, T-386 de 2020, T-263 de 2009, T-111 de 2012, T-159 de 2012, T-341 de 2012, T-378 de 2013, T-373 de 2017, T- 284 de 2019, T-386 de 2020, T-386 de 2020, T-947 de 2010, T-141 de 2016, T-703 de 2016, SU-049 de 2017, T-188 de 2017, C-200 de 2019, T-386 de 2020, T-837 de 2014, T-597 de 2014, T-594 de 2015, T-368 de 2016, T-188 de 2017, T-443 de 2017, T-589 de 2017, SU-049 de 2017,  T-386 de 2020, SU-049 de 2017, T-386 de 2020, C-470 de 1997, T-256 de 2016, T-638 de 2016, T-188 de 2017, T-151 de 2017, T-305 de 2018, T-386 de 2020, SU-049 de 2017, T-1040 de 2001, T-1219 de 2005, T-520 de 2008, T-263 de 2009, SU-049 de 2017, C-531 de 2000, T-040 de 2016, T-141 de 2016, T-188 de 2017, T-203 de 2017, T-589 de 2017, T-386 de 2020, T-215 de 2014, T-188 de 2017, T-386 de 2020, T-386 de 2020, T-642 de 2010, T-690 de 2015, T-188 de 2017, T-386 de 2020, SU-049 de 2017, T-589 de 2017, T-386 de 2020, T-386 de 2020, SU-049 de 2017, T-434 de 2020, entre otras, C-016 de 1998, T-386 de 2020, T-1083 de 2007, C-016 de 1998, T-263 de 2009, T-386 de 2020, T-386 de 2020, T-1040 de 2001, T-594 de 2015, T-106 de 2015, T-251 de 2016, T-351 de 2015, T-057 de 2016, T-405 de 2015, T-691 de 2015,  T-141 de 2016,  T-035-22, T-035/22,

 

Señor DIRECTOR existen muchos preceptos vinculantes y obligatorios que se repiten PERO es necesario reperirlos porque tratan temas de mucha importancia analizadas por los MAGISTRADOS y son orientaciones basivas e importantes que usted ni ningún servidor publico puede desconocer porque prevarica y comete faltas disciplinarias y le solicito el favor de VALORARLAS todas las ratio decidendis para que actue con un buen servicio y deje de OMITIR el cumplimiento de su deber porque son MUCHAS las peticiones que le vengo formulando pero sin respuestas y por eso lo he denunciado y espero registrarme como VICTIMA en cada proceso PERO además le solicito a la PROCURADORA el favor de cumplir con sus funciones de sancionar a los servidores públicos que omiten su deber de al menos contestar en forma argumentada los derechos de petición aceptando o rechazando las ratio decidendis pero no contestar por contestar

 

Señor DIRECTOR dice el referido articulo y también lo ratifican los MAGISTRADOS de la CORTE CONSTITUCIONAL en sus diversas ratio decidendis que son OBLIGATORIAS y VINCULANTES ya referidas que TODO retiro de trabajador enfermo y sin tramitar permiso ante el MINTRABAJO es INEFICAZ y no ha nacido a la luz del derecho y al no existir jamás prescribe y se mantiene las cosas en el estado en que se encontraban antes de producirse el RETIRO INEFICAZ y por ello debe ordenar mi reintegro sin solución de continuidad y ordenar el pago de salarios y prestaciones

 

Existe una clara violación al DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA DE PERSONA EN ESTADO DE DEBILIDAD MANIFIESTA POR RAZONES DE SALUD y fui retirado de la entidad estando enfermo por secuelas de accidente laboral y por enfermedades laborales como el stress postraumatico laboral agudo que hasta hoy lo presento y que la ARL POSITIVA SA no ha querido valorar ni considerar y debe ordenarle a esta su ARL que me revise, me califique, de dictamine en forma integral y con ética todas y cada una de mis patologías que a la fecha superan las 43 patologias y por cada una debe realizar una calificación integral y total pero con ética y al final del PROCESO producir un dictamen cierto definierno la PCL TOTAL e integral para notificarme de el y aceptarlo o impugnarlo o llevarlo hasta la demanda laboral como es el debido proceso.

 

Existe una clara vulneración  de mis derechos fundamentales y especialmente del derecho a la estabilidad laboral reforzada por salud por terminación de vínculo laboral sin permiso de autoridad competente a trabajador en estado de debilidad manifiesta por razones de salud

 

Por tanto insisto en REINTEGRARME con REUBICACION LABORAL ubicándome como PROFESIONAL ESPECIALIZADO o DIRECTOR TERRITORIAL del DANSOCIAL en cualquier parte del país o solo ACREDITANDOME como INSTRUCTOR DE COOPERATIVISMO considerando mi hoja de vida que anexo

 

Favor colaborarme resolviendo de fondo con nota de urgencia mis PETICIONES

 

Le solicito a la señora PROCURADORA el favor de apersonarse de mi caso por cuanto ya he radicado infinidad de quejas y peticiones pero sin respuestas y guardando silencio frente a ellas cuando es su deber garantizarme la protección de mis derechos fundamentales como ministerio publico

 

Favor amparar al DISCAPACITADO, desplazado y VICTIMA y favor colaborarme con las otras ayudas realizando diligencias ante la MINISTRA DE AGRICULTURA, ante la ANT, ante la SAE, ante PROSPERIDDAD SOCIAL, ante FINAGRO entre otras entidades para ayudar al discapacitado.

Favor NOTIFICARME al correo de la ONG FENALCOOPS o a mi correo personal registrado y ampliamente conocido por usted

 

Señor DIRECTOR no se vaya a alterar ni a sorpender por la ACCION DE TUTELA que vou a tramitar en su contra por cuanto ya me canse de tanto escribirle sin RESPUESTAS ARGUMENTADAS y en forma suficiente y solo existe una BURLA suya hacia el discapacitado y enfermo y desplazado y cuando su deber es servir y no archicar las peticiones

 

Cordialmente

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO

c.c. No. 5.233.015 de Consaca

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