recursos contra matfre seguros nego amparos

 


BLOG SWK ABOGADO pedro leon torres burbano – Especializado en Derecho Laborla y Seguridad social – Derecho Administrativo – Revisoria fiscal y contraloria . Experto en DERECHO COOPERATIVO

 

TEMA RECURSO DE APELACION contra ASEGURADORA que negó amparos sin asumir carga de la pruueba

 

Señora JUEZ interpongo recurso de apelación contra la decisión errada que acaba de tomar, por cuanto existe una flagrante violación al DEBIDO PROCESO y se ha violado en forma directa la CN y la LEY y usted ha desconocido lo tantas veces ratificado por la CORTE CONSTITUCIONAL en sentencias de tutela sobre lo siguiente: Dice en la Sentencia T-379/22, como últimos preceptos vinculantes y obligatorios que todo juez debe acatar y aplicar que “En todo caso, la demandada aseguradora debía redactar de manera clara, precisa y taxativa las exclusiones de la póliza y “eliminar cualquier ambigüedad”. No existe en el CONTRATO DE SEGUROS señora juez ninguna clausula donde la aseguradora MATFRE haya redactado alguna clausula clara donde se exima del pago de cualquier riesgo con fundamento en una prueba siquiera sumaria, pues conoció ampliamente su asesor delegado en la RENAULT para recolectar la información y luego llenar espacios en el formulario de asegurabilidad como lo ratifico el DELEGADO WILLIAM GUERRERO  que la edad de mi cliente ya era de la TERCERA EDAD porque le indico la cedula de ciudadanía donde esta registrada esa edad de mi cliente y ademas se ha probado en el proceso pero desconocido por usted como juez que mi cliente si presentaba problemas de VISION o ceguera y nada dijo su despacho sobre estas pruebas.

 

Tenia el DEBER la aseguradora  de cumplir con la CARGA DE LA PRUEBA y no acudió a ese derecho por tanto NO PUEDE SER EXIMIDA DE NINGUNA CARGA en el pago de los riesgos asegurados pero ahora debe asumir ADEMAS el COSTO de esos daños y perjuicios generados a mi cliente que lo tienen al borde de la desesperación y de graves quebrantos de salud

 

Esta claro señora JUEZ que era deber de la aseguradora determinar la real y objetiva situación de salud del tomador, máxime si se tiene en cuenta que el asegurado era de la TERCERA EDAD y con 62 años ya cumplidos a la fecha de otorgamiento del crédito por RCI y asegurado por MAFRE.

 

En tales términos, la aseguradora tenía el deber de realizar exámenes médicos y, al no haberlos practicado, no puede oponerse al pago de la póliza “alegando una prexistencia o una exclusión de servicio que no fue consecuencia del examen físico de ingreso y que no aparece expresamente contenida en el acto o contrato”.

 

 Por otra parte señora JUEZ la aseguradora negó la efectividad de la póliza por la presunta reticencia del asegurado en informar antecedentes de enfermedades pero SIN revisar su HISTORIA CLINICA  ni con base en el diagnósticos científicos pues el mismo representante legal como WILLIAR GUERRERO como el asesor contratado o delgado  dijeron que jamás se solicito ninguna historia clínica y menos exámenes médicos.   

 

Favor VALORAR para resolver el recurso las Sentencias T-152 de 2006, T-662 de 2013, T-222 de 2014, T-251 de 2017 y T-027 de 2019, entre otras y  en las que la Corte Constitucional precisó que las aseguradoras no pueden alegar reticencia para negar el pago de los amparos contenidos en la póliza de seguro de vida de deudores, en el evento en que no se hubiesen realizado los exámenes pertinentes antes de la celebración del contrato de seguro.

 

Si usted ciudadano LECTOR conoce de un caso de negación de los riesgos asumidos por una compañía de seguros PERO además le fue negada la PROTECCION  por un corrupto juez, asista a nuestros abogados especializados para demandar contra la decisión judicial y denunciar los delitos cometidos para reclamar la INDEMNIZACION INTEGRAL de las VICTIMAS y puede ser beneficiario de muchos otros derechos. Llamenos al 3146826158 o escribanos a fenalcoopsas@gmail.com  Llame desde cualquier parte y le atendemos asuntos en cualquier juzgado o tribunal. Llame al 3146826258.

Comentarios

Entradas populares de este blog

TEMA: Analisis Sentencia SU. 380 de 2021 Y SU. 087 de 2022

TEMA: Sentencia SU061-23 . Analisis

TEMA: INCREMENTO PENSION del 14% para CONYUGE Y 7% PARA HIJO SIN PENSION- Imprescriptibilidad sentencia T-369 de 2015 y Sentencia SU140/19