poder para demanda resolucion contrato verbaal de compra venta predio rural

 


Pasto, 4 de septiembre de 2024

 

Señor

JUEZ CIVIL MUNICIPAL DE PASTO ®

E.S.C.E.

 

REF: DEMANDA DE RESOLUCION DE CONTRATO VERBAL de COMPRA VENTA de un PREDIO RURAL

 

Demandante: MARIA DEL PILAR SILVA CORAL c.c. No. 30.725.243 de Pasto

Demandada: OMAIRA ___ ZAMBRANO LOPEZ cc. No. ____ de ___

 

Medidas Cautelares Provisionales: Favor ordenar el EMBARGO y SECUESTRE del bien inmueble vendido identificado con MATRICULA INMOBILIARIA No. _____, NUMERO PREDIA ______. UBICADO EN LA VEREDA ____ del MUNICIPIO DE CONSACA NARIÑO. En caso de haberse vendido favor compulsar copias a la FISCALIA GENERAL DE LA NACION para que inicie investigación penal por ALZAMIENTO DE BIENES y otros comportamientos punibles que se puedan probar y registrar a mi cliente en esos procesos penales como VICTIMA

 

MARIA DEL PILAR SILVA CORAL, persona mayor de edad, domiciliada en Pasto, identificada con c.c. No. 30.725.243 de Pasto, asisto ante el HONORABLE JUEZ con el respeto debido para informarle que otorgo poder amplio y suficiente a la Dra BEATRIZ HELENA TORRES SILVA, persona mayor de edad, domiciliada en Pasto, identificada con c.c. No. ___ de Pasto, quien es ABOGADO con TP No. ___ del C.S.J para que en mi nombre y representación radique, tramite y lleve hasta su culminación DEMANDA CIVIL ORDINARIA DE RESOLUCION DE CONTRATO DE COMPRA VENTA VERBAL de un PREDIO RURAL ubicado en el MUNICIPIO DE CONSACA NARIÑO y cuyo acto de compra venta se perfecciono en Pasto el dia ____ del mes ___ del año ___ como se indica con el material probatorio que se anexa y que también fue aportado a la petición de concliacion que se tramito ante el centro de conciliación de la UNIVERSIDAD CESMAG de PASTO prueba que se anexa

 

Mi correo es mar-ipily@hotmauil.com y mi celular es _____ y mi dirección es CALLE 4 SUR No. 22 B 17 Barrio Mijitayo dos Pasto Nariño

 

El correo de la abogada es ____. Su celular es ____ y su domicilio en Pasto es MANZANA H CASA 27 SANTA MONICA II y su oficina esta ubicada en la CALLE 18 No. 23 36 oficina 401 edificio BANCO DE OCCIDENTE PASTO NARIÑO

 

Mi apoderada queda con plenas facultades para DEMANDAR, contestar excepciones, oponerse a excepciones, interponer recursos, aportar pruebas, tachar pruebas, trasladar pruebas, pedir que se expida n pruebas, interrrogar, contra interrogar, indagar, preguntar, excepcionar, contrademandar, desistir, conciliar, negociar, transar, sustituir, reasumir poder, recibir, cobrar, embargar, y realizar cuanta diligencia sea necesaria y las facultades asi no esten expresas queda facultada para realizar cualquier acto en la defensa de mis derechos

 

Favor reconocer personeria para actuar y darle toda la información que sea necesaria e igualmente al Dr PEDRO LEON TORRES BURBANO quien es el abogado sustituto o quien reemplazara a la Dra BEATRIZ HELENA TORRES SILVA y se identifica co cc, No. 5.233.015 de Consaca y tiene TP No. 127.875 del C.S.J y es persona mayor de edad, domiciliado en Pasto. Favor reconocer personeria para actuar

 

Con admiración y respeto, atentamente

 

 

MARIA DEL PILAR SILVA CORAL

c.c. No. 30.725.243 de Pasto

 

Acepto PODER

 

BEATRIZ HELENA TORRES SILVA

c.c. No.

T P No

 

Abogado Sustituto

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO

c.c. No. 5.233.015 de Consaca

T.P No. 127.875 del C.S.J.

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