peticion y denuncia de un discapacitado




Pasto, 15 de septiembre de 2024

 

Señor

DIRECTOR DE DANSOCIAL

E.S.C.E.

 

REF: DERECHO de PETICION – DENUNCIA – QUEJA  e INFORMACION para iniciar Demanda Reparacion Directa por MAL SERVICIO PUBLICO. Favor valorar ratios decidendis obligatorias y vinculantes indicadas en la Sentencia T-760/08 y otros PRECEPTOS CONSTITUCIONALES vinculantes y obligatorios refiriéndose EXCLUSIVAMENTE al mal servicio PUBLICO sea cual fuere el SERVICIO NEGADO y en mi caso es atender al DISCAPACITADO, desplazado y VICTIMA burlándose de su estado por el DANSOCIAL violando la LEY DEL PLAN . la LEY DEL DISCAPACITADO y la ley de las VICTIMAS lo que constituye mal servicio y OMISION del funcionario publico

 

Recordar por favor que el DERECHO de los DISCAPACITADOS, de las VICTIMAS y de los DESPLAZADOS tienen PRIORIDAD es un derecho fundamental  y que como DERECHO FUNDAMENTAL comprende, entre otros, el derecho a acceder a servicios de especial atención donde están incluidos los de  salud de manera oportuna, eficaz y con calidad   y que debe ser respetado por las entidades responsables de asegurar y prestar servicios de salud - IPS y EPS  y dice que son los órganos de regulación y vigilancia del Sistema,  quienes tienen el deber de adoptar las medidas para proteger el derecho a la salud  PERO es mas grave CUANDO el EMPLEADOR como USTED señor DIRECTOR DE DANSOCIAL ni siquiera respeta al DISCAPACITADO sin responderle los DERECHOS DE PETICION que son repetitivos, constantes, insistentes pero nada le IMPORTA como EMPLEADOR que retiro en forma INEFICAZ al servidor publico DISCAPACITADO violando la CN, la LEY y los TRATADOS pero especialmente APARTANDOSE de las RATIO DECIDENDIS obligatorias y vinculantes SIN ARGUMENTAR en forma suficiente y OMITIENDO su deber y cometiendo delitos y faltas disciplinarias por lo que ya existe DENUNCIA sin resultados por la ALTA CORRUPCION existente en el GOBIERNO DE GUSTAVO PETRO sin control de las IAS y prevaricando permitiendo esos abusos y abandonando la OBLIGACION de INVESTIGAR y SANCIONAR

 

 

Existe NEGLIGENCIA por parte del Consejo Nacional de  Discapacidad, por parte del DANSOCIAL, por parte de la PROCURADURIA, por parte de la FISCALIA, por parte de la CONTRALORIA y todas las IAS que son solo elefantes blancos

 

La  OMISION y ese MAL SERVICIO genera responsabilidad patrimonial al estado según lo previsto en el ARTICULO 90 de la CN

 

Pedro Leon Torres Burbano,  persona mayor de edad, domiciliado en CHACHAGUI NARIÑO, identificado con c.c. No. 5.233.015 de Consaca, en mi condicion de DISCAPACITADO con PCL del 83,68% según dictamen que anexo expedido por la JNCI y que se encuentra en firme y según CERTIFICADO expedido por la SECRETARIA DE SALUD del municipio de Pasto que también anexo, ASISTO una vez mas ante usted y con INSISTENCIA remitiendo esta denuncia y queja ante la PROCURADURIA, la FISCALIA y la CONTRALORIA para lo de sus competencias,  después de haber reposado un largo tiempo sin QUEJAS pero no porque hayan sido atendidas sino por la NEGLIGENCIA de ustedes al guardar silencio y aburrir al  reclamante DISCAPACITADO, DESPLAZADO Y VICTIMA con tanto silencio e irrespeto al DISCAPACITADO sin control del ESTADO en tales omisiones e irrespetos y convertirse solo en ELEFANTES BLANCOS en ese deber de VIGILAR y CONTROLAR a las ENTIDADES y a los SERVIDORES PUBLICOS omitentes de sus deberes como es mi caso concreto  y le SOLICITO con insistencia y desesperacion en garantizarme el BUEN SERVICIO PUBLICO que me viene negando el DANSOCIAL al no resolver TRES PETICIONES concretas realizadas desde mi RETIRO INEFICAZ de la entidad que consisten en:

 

1.-Declarar la INEFICACIA DE MI RETIRO del DANCOOP hoy DANSOCIAL por cuanto sufro desde el accidente laboral ocurrido el 17 de noviembre de 1989 siendo funcionario del DANCOOP, estando afiliado a la ARL POSITIVA SA y habiendo sido hospitalizado por ese accidente laboral que no ha querido asumir la ARL para atenderme en forma eficiente y oportuna lo que ha generado mayor responsabilidad al estado y por lo que cursa una demanda de reparación directa. Señor DIRECTOR DE DANSOCIAL fui retirado estando enfermo y sin tramitar el PERMISO ante el MINTRABAJO y al no existir ese requisito dice el ARTICULO 26 de la LEY 361 de 1997 tantas veces nombrada e ilustrada en mis MULTIPLES DERECHOS de petición formulados a USTED pero sin CONSTESTAR siendo una verdadera OMISION al cumplimiento de su deber y COMETIENDO delitos y faltas disciplinarias por ello y siendo una BURLA SUYA ante el DISCAPACITADO, desplazado y VICTIMA por tales comportamientos sin importarle su DIGNIDAD HUMANA y sin considerar la CONDICION DE INFERIORIDAD, de debilidad manifiesta, del perjuicio irremediable generado al DISCAPACITADO por el SILENCIO y abandono del enfermo y generándole graves secuelas como profundizando ese STRESS POSTRAUMATICO LABORAL AGUDO con lo que fue retirado sin valorarse tal enfermedad por usted ni por la ARL POSITIVA sa lo que demuestra los DELITOS, las FALTAS DISCIPLINARIAS, el detrimento patrimonial y el mal servicio publico de su parte. Por tanto insisto en revisar mi EXPEDIENTE en forma INTEGRAL evaluando las puertas de que usted dispone desde mi INGRESO al DANCOOP hoy DANSOCIAL en 1980 estando totalmente alentado y superando todos los exámenes y valoraciones PSICOFISICAS pero siendo RETIRADO en 1992 estando enfermo con secuelas de AT y de EL sin valorarlas la ARL ni USTED y retirándome de la ENTIDAD sin tramitar permiso ante el MINTRABAJO lo que hizo que ese RETIRO sea INEFICAZ, no haya nacido a la luz del DERECHO y continuo vinculado al DANSOCIAL y solicito el favor de ORDENAR mi reintegro sin solución de continuidad y ordenar el PAGO de salarios y prestaciones sociales y además ordenar las sanciones moratorias previstas en los artículos 99 de la ley 50 de 1990 y el articulo 65 del C.S.T. y de la S.S. y además ordenar las demás sanciones pero adicional ordenar el PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES incluida la del RETIRO INEFICAZ de que trata la LEY y las INDEMNIZACIONES por la CULPA del EMPLEADOR en la OCURRENCIA de las ENFERMEDADES LABORALES y el ACCIDENTE LABORAL por no contar con los SGSST, por no contar con un sistema de SALUD OCUPACIONAL y por no dotar al servidor publico de los minimos elementos de protección para cumplir las funciones riesgosas. Existió CULPA del empleador en las EL y AT y deben reparar por esos daños y perjuicios

 

2.- Pero si no es posible MI INCLUSION como DISCAPACITADO en su entidad ordenando la DECLARATORIA de mi RETIRO y ordenando mi REINTEGRO a la entidad NOMBRANDOME con REUBICACION LABORAL en un cargo como PROFESIONAL ESPECIALIZADO considerando mi HOJA DE VIDA que vuelvo a entregarla con anexos, entonces favor COLABORARME acreditandome como DOCENTE en COOPERATIVISMO para viajar por COLOMBIA formando COOPERATIVAS y es otra forma de INCLUIRME como discapacitado en las POLITICAS PUBLICAS de empleo y en ello no le cuesta nada al DANSOCIAL porque solo es emitir una RESOLUCION donde incluya mi nombre PEDRO LEON TORRES BURBANO como INSTRUCTOR y no se tarda ni siquiera un DIA para producir ese acto  y esta contribuyendo con el ENFERMO TRABAJADOR retirado en forma INEFICAZ de su entidad violando la CN, la LEY y los TRATADOS pero sin argumentar el retiro soluciona asi señor DIRECTOR de DANSOCIAL una PETICION URGENTE que realiza este discapacitado y no se ha tardado ni siquiera un dia para producir ese ACTO y favor valorar mi HOJA DE VIDA porque me encuentro plenamente preparado y capacitado para enseñar COOPERATIVISMO por COLOMBIA ayudando al Dr PETRO en su plan de desarrollo llamado COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA el que hasta hoy no se ha CUMPLIDO por el POPULISMO y por ese mal servicio que se sigue prestando en las entidades publicas como la suya y deben corregir los errores para hacer algo en estos dos últimos años que quedan del plan COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA ya que nada se ha logrado en dos años perdidos de la administración y solo se escuchan actos de altísima corrupción y usted debe hacer un alto en el camino para enrumbar su entidad hacia el LOGRO de metas y objetivos que hasta hoy no ha logrado nada y hasta ha sido denunciado por la OMISION y por la VIOLACION directa de la CN y de la LEY y debe ser investigado y sancionado por las IAS asi exista corrupción en ellas por el MIEDO que le tienen al gobierno de PETRO

 

3.- Como una tercera OPCION le he insistido señor DIRECTOR DE DANSOCIAL el favor de colaborarme con una BECA para estudiar un DOCTORADO en derecho cooperativo, en derecho laboral, en seguridad social, en derecho administrativo, en revisoria fiscal o comercio internacional o derechos humanos, pero nada de ello se ha considerado y ni siquiera quiere responderme PERO hoy insisto en mis peticiones

 

4.- Como ULTIMA OPCION le solicito el favor de RECOMENDARME ante sus amigos embajadores, sus amigos directivos de las COOPERATIVAS o cualquier persona que me puede INCLUIR como DISCAPACITADO en su planta de personal como PROFESIONAL ESPECIALIZADO para volver a servir a la sociedad en lo que conozco y aprendí durante toda mi vida laboral o como ABOGADO LITIGANTE durante 25 años continuos o como CONTADOR PUBLICO especializado, o ECONOMISTA o como COOPERATIVISTA. Favor darme la mano y colaborar con este discapacitado

 

Favor colaborar con el DISCAPACITADO y ENFERMO pero formado en varias áreas del saber y me encuentro preparado para asumir cualquier reto considerando mi discapacidad y favor ayudarme con lo que pido

 

 

Ahora tocamos el tema del mal servicio el que si tiene tantas aristas para valorar desde la OMISION de los organismos de vigilar y controlar, como de los gerentes y demás componentes del sistema que debe ser integral, y deben atender sin restricción alguna atendiendo mas allá de los tratamientos, procedimientos y requerimientos establecidos pues se trata de proteger la VIDA, la SALUD, la INTEGRIDAD FISICA y otros derechos fundamentales y para ello  existen muchos PRECEPTOS constitucionales vinculantes y obligatorios que todo servidor publico y empleador debe valorar y son MUCHOS los que yo indico en mis mas de mil derechos de petición formulados a usted pero SIN RESOLVER, sin atender y sin solucionar en nada la DESESPERACION del DISCAPACITADO siendo una BURLA y siendo un total abandono a su TRABAJADOR retirado en forma INEFICAZ

 

Favor VALORAR entre otros preceptos la SENTENCIA SU – 087 de 2022 que exhorta a la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA no inventarse requisitos que no exige la LEY 361 de 1997 pero que los CORRUPTOS MAGISTRADOS de la CSJ sala de casacion laboral para apoyar la CORRUPCION que manejan las ARL, las ASEGURADORAS y los CORRUPTOS ABOGADOS de estas niegan derechos inventándose requisitos que la LEY no ha previsto PREVARICANDO y deben ser INVESTIGADOS registrándonos como VICTIMAS para reclamar la INDEMNIZACION Y REPARACION INTEGRAL en cada proceso penal y disciplinario

 

NOTIFICACIONES

 

Favor notificarme al  correo de la ONG FENALCOOPS que es fenalcoopsas@gmail.con o llamar al 3146826158 o escribirme a mi oficina ubicada en la CALLE 18 No. 23 36 oficina 401 Pasto Nariño Colombia

 

Atentamente

 

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO

c.c. No. 5.233.015 de Consaca

Discapacitado – Desplazado – Victima y altamente vulnerable

 

C.C FISCALIA, CONTRALORIA, PROCURADURIA, CND, OIT, UNESCO, OEA, FAO, entre otras entidades para lo de sus competencias


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