DENUNCIA A FUNCIINARIOS INVIS INGENIERO ARL Y OTROS
Pasto, 9 de septiembre
de 2024
Señores
MAGISTRADOS RAMA
JUDICIAL
Investigadores de
Jueces y Magistrados Corruptos que VIOLAN en FORMA DIRECTA la CN, la LEY y los
TRATADOS y no argumentan en forma amplia y suficiente para separarse de las
RATIO DECIDENDIS vinculantes y obligatorias
info@cendoj.ramajudicial.gov.co
info@cendoj.ramajudicial.gov.co
Ministerio de Justicia
y del Derecho
notificaciones.judiciales@minjusticia.gov.co
REF: QUEJA – DENUNCIA
y PETICION registro como VICTIMA tanto a mi como a mi FAMILIA por los DELITOS y
las FALTAS COMETIDAS
Favor INVESTIGAR sin
dilatar y sin PEDIRME que me RATIFIQUE porque los DELITOS y las FALTAS
DISCIPLINARIAS están PROBADAS.
Favor considerar para
garantizarme JUSTICIA JUSTA y el PAGO de las INDEMNIZACIONS mi condición de
enfermo mental, de enfermo PSICOFISICO y mi estado critico de salud que NO ME PERMITE esperar y menos aceptar la
NEGACION DE JUSTICIA y la CORRUPCION de los JUECES Y MAGISTRADOS denunciados y
de los SERVIDORES PUBLICOS y PRIVADOS involucrados y los ABOGADOS corruptos que se prestan para
desconocer la CN y la LEY y negar justicia
Por favor NO ME EXIJAN
asistir a sus despachos para RATIFICARME en unos HECHOS plenamente probados y
que no tienen discusión y NO EXIGIRME que
asista a DILIGENCIAS repetitivas
de algo que ya esta probado y favor considerar en su integridad la VIOLACION
del PRINCIPIO DE EQUILIBRIO en la VALORACION PROBATORIA y anexo las sentencias
que presentan VICIOS, defectos y donde se prueba la VIOLACION DIRECTA de la CN,
de la LEY, de los TRATADOS INTERNACIONALES y especialmente la FALTA DE
CONSIDERACION de las PRUEBAS APORTADAS y
SE dejo DE VALORAR ese perjuicio irremediable y es grado de inferioridad
y de VULNERABILIDAD del ENFREMO MENTAL POR el juez y por los MAGISTRADOS y la empleadora INVIAS –
el INGENIERO BENEDICTO ACOSTA – el INTERVENTOR DEL CONTRATO celebrado entre el
INVIAS y el INGENIERO ACOSTA - por su ASESOR JURIDICO TANTO del INVIAS como del
INGENIERO y de la ARL y esta probada la
falta de ARGUMENTACION SUFICIENTE para separarse de las RATIO DECIDENDIS
OBLIGATORIAS y VINCULANTES tantas veces indicadas en mi TUTELA y que repito en
esta denuncia y queja cuando son PRECEPTOS CONSTITUCIONALES vinculantes y
obligatorios de OBLIGATORIO repito ACATAMIENTO de jueces y magistrados
Favor revisar en forma INTEGRAL mi tutela y sus dos
sentencias y la NO VALORACION por JUEZ Y MAGISTRADOS de todas las pruebas y
especialmente los INFORMES PERICIALES para NEGAR JUSTICIA, no permitir el real
acceso a la administracion de justicia y negar la PROTECCION ESPECIAL del
enfermo mental y dejar abandonado sin razones valederas y sin argumentar en
forma suficiente
Favor REGISTRARME como
VICTIMA a mi y a mi familia y ordenar la INDEMNIZACION por los daños
inmateriales que indico en la DENUNCIA sin llamarme a ratificarme porque ya me
estoy ratificando desde el mismo instante de radicación de esta denuncia y
queja y considerar para actuar con diligencia y urgencia mi condición de enfermo
mental
Favor INFORMARME de
los resultados al correo registrado y favor COMPULSAR COPIAS a la FISCALIA para
que INVESTIGUE otras actuaciones dolosas de los servidores públicos y se
investiguen los delitos CONSIDERANDO que es DEBER de todo servidor publico
COMPULSAR COPIAS y denunciar cuando conoce de delitos so pena de SER COMPLICE
de esos delitos.
DENUNCIADOS: JUEZ de
PRIMERA INSTANCIA en mi tutela - MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL que decidieron en
segunda instancia y negaron justicia– ASESOR JURIDICO de INVIAS y del INGENIERO
BENEDICTO ACOSTA y de la ARL POSITIVA SA – INVIAS – INGENIERO BENEDICTO ACOSTA
contratista del INVIAS – INTERVENTOR DEL CONTRATO PUBLICO – la arl POSITIVA SA – Funcionarios del MINTRABAJO
por la OMISION de no INVESTIGAR y cerrar el EXPEDIENTE sin ningún resultado
violando el articulo 25 de la CN y otras normas – Otros funcionarios
involucrados según el análisis del material probatorio.
Insisto en COMPULSAR
COPIAS a la FISCALIA y DENUNCIAR los delitos y pedir que me REGISTREN como
VICTIMA en cada proceso a mi y a mi FAMILIA afectada
MILLER ALBEIRO RIVERA
BENAVIDES, persona mayor de edad, domiciliado en Consaca Nariño, ASISTO ante
ustedes para denunciar como ciudadano que conoce actos de corrupción a los
funcionarios y particulares referenciados en razón a que existe una flagrante
violación directa de la CN, de la LEY y de los TRATADOS y no existe en las
decisiones de mi tutela ninguna argumentación suficiente para haberse separado
en la decisión errada o con defectos de los PRECEPTOS CONSTITUCIONALES que
establecen RATIOS DECIDENDIS obligatorias y vinculantes y dice la CORTE en sus
fallos que los JUECES y MAGISTRADOS que se separan sin argumentar del amparo
del VULNERABLE o DEBIL TRABAJADOR comete delitos y faltas disciplinarias por
las que deben ser investigados, sancionados y reparadas las VICTIMAS que se
presentan a reclamar justicia justa y le es negada y soy una persona enferma y discapacitada, abandonado a su
suerte por INVIAS – EL INGENIERO BENEDICTO ACOSTA - como empleador directo, por
la ARL POSITIVA SA y por todos los responsables de un débil trabajador enfermo
y con discapacidad y con problemas mentales crónicos y críticos que produce
otros daños y perjuicios y que cada dia son mas crecientes y destructivos
Favor CONSIDERAR que
todo JUEZ y MAGISTRADO amparado en que son INDEPENDIENTES y AUTONOMOS y que
nadie los puede tocar deciden en sus SENTENCIAS violando la CN, la LEY y niegan
justicia amparando la CORRUPCION o generandola en forma directa ellos y se deja
a los CIUDADANOS totalmente abandonados y enfermos y sin considerar el alto
grado de vulnerabilidad, el perjuicio irremediable y sin sentir como propia la
DIGNIDAD HUMANA como principal valor, principio y derecho en el que se soporta
la CONSTITUCION desde 1991 y niegan justicia amparados en que sus decisiones se
toman sin NINGUN CRITERIO y sin cumplir ese JURAMENTO realizado al POSESIONARSE
lo que se constituye salvo mejor criterio de USTEDES en un claro PRVARICATO POR
OMISION por lo que deben ser investigados PERO no para archivar las
investigaciones SINO para que se repare los daños y perjuicios que ocasionan
con esa NEGACION DE JUSTICIA y se apoye a las VICTIMAS y se frene tanta y tanca
corrupción existen en la JUSTICIA y por ello COLOMBIA va al hueco del abismo
porque hoy hasta el PRESIDENTE es deshonesto, descarado, abusa de su poder NO
EXISTIENDO CONFIANZA, existiendo total desanimo en la INSTITUCIONALIDAD y
existiendo total descaro frente a tanta CORRUPCION conocida y otras que no se
conocen porque están muy bien camufladas y las IAS solo sirven para producir
escándalos pero no PARA SOLUCIONAR PROBLEMAS e INVESTIGAR y SANCIONAR como es
su OBJETIVO y recuperar lo robado.
Me identifico con c.c.
No. ____ de Consaca y me vincule POR NECESIDAD de producir ingresos con mi única
fuente que es mi FUERZA LABORAOL al
servicio de INVIAS para construir el PUENTE DEL RIO AZUFRAL EN CONSACA y al
servicio del INGENIERO BENEDICTO ACOSTA contratista del INVIAS y ase todas las pruebas de selección y
demostrando estar APTO para el servicio e ingresando a trabajar estando
totalmente sano y en completo estado PSICOFISICA y MENTAL para desempeñarme en
el cargo de trabajador OBRERO para
ATENDER con eficiencia a los usuarios del servicio pero que por la NEGLIGENCIA
del empleador, de la arl, ahora del JUEZ y de los MAGISTRADOS y por el silencio
guardado por el MINTRABAJO al archivar sin investigar la queja radicada fui comisionado en el trabajo para manipular
dinamita y sin la educación o preparación
previas, sin los medios de protección necesarios y sin un plan de salud
ocupacional y sin un SGSST y sin las previsiones de lo previsible y sin las
dotaciones necesarias estando probada la CULPA del empleador para que se ordene
el pago de las indemnizaciones y de la reparación integral de todos esos daños
y perjuicios y favor ordenar las siguientes PRETENSIONES para indemnizar esos
daños y perjuicios causados PERO que el JUEZ y los MAGISTRADOS se volvieron
ciegos por CORRUPCION y me negaron toda protección y me negaron la justicia
reclamada y favor atender con nota de urgencia mis PETICIONES considerando que
soy una persona de altísima vulnerabilidad y favor sancionar a los responsables
y compulsar copias a la fiscalía y a la procuraduría para que se sancione y me
registren en cada proceso como victima JUNTO con mi familia como se indica en
las pretensiones y favor sancionar al estado por el mal servicio publico y por
no garantizar en la CONTRATACION PUBLICA con particulares la garantía de los
derechos minimos a los trabajadores lesionados por accidentes laborales y por
enfermedades laborales como es mi caso concreto.
Con todo respeto
solicito el favor de valorar en forma integral las pruebas aportadas en la
tutela de las que se apartaron sin argumentar la JUEZ y los MAGISTRADOS
cometiendo los delitos denunciados y me refiero a los INFORMES PERICIALES del
PSICOLOGO y del MEDICO PSIQUIATRA que solicito sean valorados en forma total en
esta denuncia y queja y se pruebe la NO APLICACIÓN del principio de equilibrio
en la valoración probatoria siendo un delito y falta de la JUEZ y de los
MAGISTRADOS por las que deben ser sancionados
Y favor considerar todo el resto de material probatorio como el INFORME que yo
hice del accidente laboral al empleador y que el EMPLEADOR omitio su reporte a
la ARL teniendo que hacerlo yo después de conocer la OMISION y de negarme mi
REINTEGRO como se comprometio el empleador y presente queja ante el MINTRABAJO
pero nada hizo y archivo el expediente sin investigar y asi existen muchas
prueba que deben valorarse por ustedes para sancionar a los denunciados y
registrarme como VICTIMA y poder radicar el INCIDENTE de REPARACION INTEGRAL
para toda mi familia afectada
Señores INVESTIGADORES en esta DENUNCIA QUE ES TAMBIEN UN derecho de petición les
INFORMO que radique primero petición respetuosa al empleador, a la ARL y nadie
quiso atender mis peticiones dejando totalmente abandonado al DISCAPACITADO por
secuelas de AT y EL y lo mas grave por CULPA del EMPLEADOR en ese AT y en esas
EL como el agudo stress postraumatico que presento y de allí nacen todas mis
enfermedades mentales que hoy padezco y que no se quisieron atender por la ARL,
por la EMPRESA EMPLEADORA, por el SGSST, por SALUD OCUPACIONAL y por el
MINTRABAJO y la JUEZ y los MAGISTRADOS para negar en forma absurda justicia y
negar el real acceso a la administración de justicia y violar otros derechos
fundamentales como esta probado en mi tutela y se apartaron de considerar mi
CONDICION de altísima vulnerabilidad
Pero luego radique
acción de tutela en contra de los convocados y el JUEZ en la PRIMERA INSTANCIA
me negó justicia y me negó la PROTECCION ESPECIAL no valoro la alta
vulnerabilidad ni el perjuicio irremediable y fue ratificado el error Y LA corrupción
por los MAGISTRADOS del TRIBUNAL en la
segunda instancia y violaron en forma directa la CN y la LEY y se perjuradon en
su compromiso jurado al posesionarse. Me negaron justicia, y me negaron el
verdadero acceso a la administración de justicia y violaron en forma directa la CN y la LEY y además al
PERJURARSE dejando de cumplir con el JURAMENTO realizado al posesionarse en sus
cargos me negaron justicia, me negaron
REPITO el derecho de acceso real a la
administración de justicia y me negaron los derechos reclamados y vulnerados
decidiendo la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela PERO sin argumentar en forma
suficiente su decisión y negando el conocimiento del PERJUICIO IRREMEDIABLE y
el estado de necesidad y la alta vulnerabilidad de la suscrito enferma mental y
con problemas PSICOFISICOS y nada les importo al JUEZ y MAGISTRADOS la suerte
del discapacitado y alegremente negaron justicia. Pero además dejando de
aplicar el PRINCIPIO DE EQUILIBRIO EN LA VALORACION PROBATORIA al no considerar
mi historia clínica en su integridad, mis informes aportados elaborados por
PERITO FORENSE psicólogo y perito forense PSIQUIATRA que no se quisieron
considerar por la JUEZ ni por los MAGISTRADOS cometiendo en forma DOLOSA los
delitos y las faltas disciplinarias
Acudi ante la CORTE
para que se revise mi tutela y me contestan que ha sido archivado el expediente
sin revisarlo desconociendo la INSISTENCIA realizada por la DEFENSORIA DEL
PUBLO en escrito radicado ante la CORTE y las insistencias de la PROCURADURIA y
de la PERSONERIA pero nada les importo a quienes revisan las TUTELAS
solidarizándose con la JUEZ y MAGISTRADOS corruptos que no atendieron mi
suplica, mi petición de amparo especial y sin considerar el PERJUICIO
IRREMEDIABLE existente y probado por mis problemas mentales crónicos y críticos
y progresivos y destructivos de la vida, la salud, la integridad física y se me
negó el real acceso a la administración de justicia. Favor REVISAR la decisión absurda
de la CORTE CONSTITUCIONAL por cuanto se apartaron de la PETICION DE
INSISTENCIA radicada por la DEFENSORIA DEL PUEBLO por intermedio del defensor publico
Dr MENA de la defensoria de Pasto y siendo un asunto de interés constitucional debió
revisarse mi tutela y por esa negligencia deben ser investigados también los
magistrados de la CORTE
Por ello asisto hoy
ante la señora FISCAL, ante la señora PROCURADORA, ante el CONSEJO SECCIONAL DE
LA JUDICATURA, ante el CONTRALOR y otras autoridades para que se me revise las
pruebas en forma integral y con fundamento en ello sin llamarme a ratificarme
de algo que esta probado, se los sanciones y se deje consignado la violación
flagrante de la CN, la LEY y los TRATADOS y se deje consignado que no se
cumplio con el PRINCIPIO DE EQUILIBRIO EN LA VALORACION PROBATORIA y que no
existe la SUFICIENTE ARGUMENTACION para haberse separado o abandonar las RATIO
DECIDENDIS OBLIGATORIAS Y VINCULANTES tantas veces indicadas en mi tutela y
mucho antes y ahora en esta queja y denuncia y que son amplias, bastantes y
claras
Una vez mas acudo ante la JUSTICIA JUSTA para
solicitarles con todo respeto el favor de
considerar mis condiciones de ENFERMO, de DISCAPACITADO, y de victima y
AFECTADO con un RETIRO INEFICAZ y también considerar que soy una persona que
solo vive de su fuerza laboral afectada hoy por las secuelas dejadas por el
accidente laboral y las enfermedades laborales producidas por CULPA de los
empleadores
Favor considerar que fui retirado de mi cargo
encontrándome enfermo y en proceso de calificación de su PCL al momento de ese
RETIRO INEFICAZ obligándome a asumir todo problema de pobreza extrema y sin
ninguna opción laboral por mi discapacidad y no existiendo sentimientos ni
humanidad y menos respeto de los derechos humanos por el empleador llamado INVIAS y
el ingeniero BENEDICTO ACOSTA
TOTALMENTE IRRESPONSABLES de sus actos y quien no solo negó el reporte
del accidente laboral y lo archivo como esta probado en mi tutela y esas
pruebas no quiso valorar el JUEZ, los MAGISTRADOS y el MINTRABAJO para negar
justicia sin argumentar su decisión. Pero también es importante recordar que el
DIRECTOR del INVIAS y el INGENIERO
guardaron total silencio frente a tantas peticiones repetitivas y nada les
importo la suerte de su trabajador enfermo y al menos por SOLIDARIDAD y
atendiendo la DIGNIDAD HUMANA pudieron con su asesor jurídico frenar los daños y perjuicios o al menos disminuirlos
pero ellos conocen ampliamente la ley 361 de 1997 y la LEY del PLAN tan conocido
por las muchas mentiras del POPULISTA PRESIDENTE y conociendo de mi critico
estado de salud y por acoso laboral me dejaron de atender y me abandonaron a mi
suerte Señores FISCAL, PROCURADORA,
Magistrados del CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA y demás convocados en el
presente caso no existe duda alguna de la VIOLACION DIRECTA de la CN, de la
falta de argumentación suficiente para separarse de las ratio decidendis obligatorias
y vinculantes, no existe explicación alguna para probar el porque se negó justicia
y se negó el acceso a la administración de justicia real y los delitos y las
faltas están probadas y solo es revisar todo el material probatorio y las
sentencias para DICTAR resolución de acusación y sancionar
Esta probado que TODOS
y ABSOLUTAMENTE TODOS me abandonaron con mis problemas mentales incluida la ARL
POSITIVA SA y me abandonaron en forma total a mi suerte sin contar con recurso,
estar en pobreza extrema y sin ninguna posibilidad laboral por haberme dedicado
toda una vida al servicio del BUEN EMPLEO o TRABAJO
Les SUPLICO a los
magistrados investigadores, a la FISCAL, a la PROCURADORA y a todos los demás
que reciban esta queja y denuncia el
favor de REVISAR como caso especial constitucional mi tutela y mi denuncia
DESPUES DE FORMARSE la sana critica SANA y sin apasionamientos y sin
corrupción se dicte la DECISION de
sancionar a los responsables registrándome como VICTIMA a mi y a mi familia y
se ordene inmdemnizar pagando esos daños inmateriaeles que indico en esta
denuncia y queja y ORDENARLE a la CORTE CONSTITUCIONAL después de probar la
realidad dejada de valorar por la JUEZ y los MAGISTRADOS que dicten una nueva sentencia donde se
valore los preceptos vinculantes y obligatorios emitidos por la misma corte y
que son muchos y me refiero a algunos de ellos en esta insistencia petitoria
del enfermo trabajador y altamente vulnerable por sus enfermedades laborales y
estoy seguro que si ustedes revisan mi problema, mi tutela, y la INJUSTICIA
cometida en mi contra, van a revocar las
decisiones erradas y me van a proteger
ordenando mi REINTEGRO sin SOLUCION DE CONTINUIDAD y ordenando que la
ARL POSITIVA SA asuma con nota de URGENCIA mis atenciones de todas las
patologías que presento como consecuencia y culpa del EMPLEADOR generadas por
el accidente laboral. Favor considerar como un caso especial del DISCAPACITADO
para ordenar la REVISION de mi tutela y
sancionar en forma ejemplar a los denunciados
pero además registrarme como VICTIMA para que se me indemnice en forma
ejemplar
Con todo respeto les
solicito el favor de ORDENARLE en la
nueva sentencia tanto a la ARL como Al empleador INVIAS e INGENIERO ACOSTA el
favor de considerar mi condición especial de alta vulnerabilidad por el estado
de salud, de sus problemas mentales, de su problema psiquiatrico, de sus
accidentes laborales y de todas las enfermedades laborales que padezco siendo
la mas critica de estas enfermedades el stress postraumatico laboral agudo la
que produjo todos los problemas mentales que hoy me tienen al borde de la
LOCURA, de la DESESPERACION, de la falta de animo, de la ansiedad y de las
ganas de quererme quitar la vida situación no valorada en forma integral por la
ARL POSITIVA SA siendo un acto de mal servicio publico pero también generándole
responsabilidad patrimonial por todos esos daños y perjuicios generados y ya
consumados y no solo para el trabajador enfermo no atendido y abandonado sino
también para toda sus familia compuesta por el grupo que reclama en una de las
pretensiones la indemnización en salarios minimos por daños morales y otros
daños que se puedan cuantificar
Recuerden que el acto
de retiro de un enfermo sin tramitar permiso ante el MINTRABAJO en términos del
articulo 26 de la ley 361 de 1997 es considerado como RETIRO ineficaz Y POR SER
INEFICAZ no nace a la luz del derecho y
sigue vinculado el trabajador retirado en forma ineficaz al cargo y sigue devengando salarios y
prestaciones y también sigo vinculado a
la ARL POSITIVA SA como cotizante y por afiliación realizada por el EMPLEADOR
para atenderme en los riesgos laborales y para que INDEMNICE por los daños y
perjuicios causados producto no solo del retiro ineficaz sino también por la
CULPA en la ocurrencia del AT y de las EL por falta de un programa de salud
ocupacional y falta de los SGSST y por las demás OMISION y falta de previsión
de lo previsible
Recuerden que fui RETIRADO de mi cargo en forma INEFICAZ y
esa ineficacia dice el articulo 26 de la ley 361 de 1997 que no produce efectos
y mantiene las condiciones en que se encontraban antes de producirse el RETIRO
INEXISTENTE y por ello sigo vinculado a mi cargo y debo ser reintegrado al
cargo sin SOLUCION de continuidad y con REUBICACION
Ese retiro INEFICAZ me
dejo totalmente abandonado, con fuertes dolores y con un agudo sufrimiento y
por no existir interés en reubicarme a pesar de tantas suplicas y peticiones y
se mantuvo SILENCIO ABSURDO y se realizo el RETIRO INEFICAZ estando enfermo y
conociendo ampliamente el EMPLEADOR y
fui lanzada a la vida civil totalmente abandonada en forma total a mi suerte
con problemas mentales, psicofísicos y con tantas patologías como registra mi
historia clínica que anexo y se hace necesario y urgente mi reintegro con
reubicación y con NOTA ESPECIAL de URGENCIA por cuanto me encuentro con
enfermedades mentales crónicas, criticas y que están destruyendo mi vida, mi
salud, mi integridad y no solo a mi sino también a toda mi familia, a mi
comunidad y a toda la SOCIEDAD y también al ESTADO por el mal servicio de LA
ARL y de INVIAS y del INGENIERO ACOSTA al abandonar a su suerte a un trabajador
estando enfermo con problemas mentales y psicofísicos como esta probado en mi
historia clínica y en los INFORMES
PERICIALES que el juez y magistrados no quisieron valorar ni calificar y que
autorizo revisarla, obtenerla y analizarla y de la ARL POSITIVA al abandonar a
su trabajador enfermo no solo presto un mal servicio sino que no
garantizo los minimos derechos pero además sin revisar para firmar el
contrato con un particular la exigencia de los SGSST y de un programa de salud
ocupacional obligatorio de todo empleador y además existe OMISION del sistema de salud ocupacion obligatorio su
existencia en todo empleador y radicado
ante el MINTRABAJO pero sin hacer nada ese MINTRABAJO que archivo el expediente
que iniciara con mi queja sin investigar y sin sanciona para exigir los
requisitos en riesgos laborales, en salud y en el reconocimiento de los minimos
derechos de todos los trabajadores lo que ha generado responsabilidad
patrimonial al estado por tales omisiones y el mal servicio
Con todo respeto les
solicito el favor de considerar para
decidir sobre mi denuncia y queja el contenido del articulo 26 de la LEY 361 de
1997 y probar la FEHACIENTE violación de los derechos fundamentales y la flagrante
negación de justicia decidiendo DECLARAR IMPROCEDENTE LA ACCION DE TUTELA sin
argumentar en forma suficiente la decisión y desconociendo los PRECEPTOS
VINCULANTES que ampliamente se analizaron pero existiendo muchos mas y en esta
denuncia incluyo otros como: Sentencia: T-006/24; Sentencia SU-269 de 2023;
Sentencia SU-087 de 2022; Sentencia SU-269 de 2023; sentencias T-1040 de 2001; T-198 de 2006;
T-692 de 2015; Sentencias T-396 de 2013;
T-258 de 2019; Sentencia T-396 de 2013; Sentencia T-258 de 2019; Sentencia
T-145 de 2024; Sentencia T-287 de 2023; Sentencia T-434 de 2020; Sentencia
T-434 de 2020; Sentencia SU-269 de 2023; Sentencia SU-049 de 2017; Sentencia
T-102 de 2020; Sent ncia T-344 de
2016; Sentencia T-263 de 2009; Sentencia
T-386 de 2020; Sentencia T-035 de 2022; sentencia T-263 de 2009.
Señora FISCAL, señora
PROCURADORA, señor CONTRALOR, señores magistrados del CONSEJO SECCIONAL DE LA
JUDICATURA, existen muchos mas preceptos constitucionales vinculantes y
obligatorios que el JUEZ ni los MAGISTRADOS quisieron valorar y rechazaron sin
ARGUMENTAR cometiendo delitos y faltas disciplinarias al NEGAR JUSTICIA JUSTA y
dejara abandonada a una trabajadora enferma con PROBLEMAS MENTALES y CRONICOS
pero lo mas grave desconociendo los fueros especiales de estabilidad laboral
como el de ser PADRE CABEZA DE FAMILIA, ser un hombre ya de la TERCERA EDAD sin
posibilidades laborales no solo por su discapacidad sino también por la edad,
de ser un hijo responsable con su ANCIANO
PADRE y MADRE Pero para el JUEZ y para
los MAGISTRADOS no les importo la INJUSTICA ni la JUSTICIA y solo pensaron en
sus intereses y no en los problemas de la enferma mental, de la vulnerable, de
la ansiosa de justicia que acudió a ellos para solicitar protección y encontró
es abandono y negación de justicia por lo que deben ser investigados,
sancionados y ordenarles indemnicen por esos daños y perjuicios causados y
favor NO LLAMARME a ratificarme porque ya me estoy ratificando en mi denuncia y
queja y no se requiere ratificar algo que esta probado y es la NEGACION DE
JUSTICIA por no aplicar las ratio decidendos obligatorias y vinculantes o no
argumentar en forma suficiente para separarse de ellas. Esta probada la
NEGACION DE JUSTICIA y esta probado que no se aplico el principio de equilibrio
en la valoración probatoria y esta probada la violación flagrante del DEBIDO
PROCESO y no existe dudas de ello y solo después de una investigación detallada
se puede determinar tales hechos dañinos y se debe sancionar a los responsables
y ordenarles que indemnicen a las victimas
ADEMAS DE ESTOS
preceptos constitucionales indicados favor considerar los preceptos indicados
en mis repetitivos derechos de petición sin CONTESTAR lo que ha generado OTROS
DAÑOS Y PERJUICIOS por la OMISION y el MAL SERVICIO al omitir el deber de
contestar los derechos de petición y recordar que si un DERECHO DE PETICION no
se contesta en los 20 dias el empleador o el servidor publico o privado ya no
puede negar lo pedido y debe responder solucionando el problema y otorgando el
derecho pedido siendo una sanción al SERVIDOR omitente y a la entidad por los
actos omisivos del empleado o servidor publico o privado. Favor DEJAR
constancia que BENEDICTO ACOSTA y el INVIAS ya no pueden dejar de reconocer los
derechos reclamados por cuanto ya pasaron los 20 dias después de radicada cada petición
y nada dijeron y existe una SANCION que es no negar sino aceptar y solo decir
como van a atender cada petitum del DISCAPACITADO y favor dejar esta constancia
en su decision
Señor CONTRALOR como
usted puede observar se ha generado un grave detrimento patrimonial por el mal
servicio publico y por la NEGACION DE JUSTICIA y usted tiene una altísima
responsabilidad y debe investigar y sancionar porque la OMISION al no sancionar
al servidor publico por esa OMISION y ese MAL SERVICIO no solo le genera
responsabilidad al estado sino que también genera responsabilidad fiscal para
cada servidor publico OMITENTE en cumplir con su deber y no garantizar el BUEN
SERVICIO
No existe la
SUFICIENTE ARGUMENTACION para negar o rechazar lo definido por los magistrados
de las altas cortes so pena de cometer delitos y faltas disciplinarias y violar
en forma directa la CN, la LEY, los TRATADOS pero especialmente OMITIR su deber
de cumplir con el juramento manifestado al posesionarse de sus cargos.
ES IMPORTANTE
recordarles que anoto todos esos preceptos vinculantes y obligatorios para que
los lean y los analicen y no se separen de su deber de aplicarlos y conceder lo
que se pide y contestar en el termino máximo de los 20 dias porque si ya no se
contesta en ese termino existe la SANCION de ya no poder negar nada de lo que
se pide y además se deben valorar en su integridad y solo les esta permitido
rechazar las ratio decidendi si existe la suficiente argumentación que
desvirtue en forma clara lo expresado por los magistrados de la alta corte so
pena también de cometer delitos y faltas disciplinarias.
Favor no cometer los delitos porque después me
deben indemnizar por todos los daños y perjuicios al radicar como VICTIMA el
incidente de reparación integral en cada proceso penal y disciplinario.
Vengo insistiendo ante
el MINTRABAJO, ante el JUEZ y los MAGISTRADOS y ante el EMPLEADOR DIRECTOR que
se considere y se ordene el pago de las SANCIONES MORATORIAS previstas en los
artículos 99 de la ley 50 de 1990 y el articulo 65 del C.S.T. y de la S.S. y
otras sanciones por el no pago de intereses a la cesantías, y por todos los
retardos realizados por el empleador y favor ordenar el pago de los aportes al
fondo de pensiones actualizados y según la cuenta de cobro que radique el FONDO
pero siempre se ha desconocido mis derechos y se me negó justicia y se me negó
la protección como vulnerable y discapacitada o enferma con problemas críticos
mentales que me tienen al BORDE de la DESESPERACION, de la ANGUSTIA y de la
LOCURA
Vengo insistiendo a la
ARL POSITIVA SA en el favor de ordenar me valore en forma actual, total, e
integral sin dejar una sola patología sin otorgarle PCL individual para luego
totalizar esa PCL sumadas todas las patologías consideradas y emitir nuevo dictamen
actual y con ética y profesionalismo realizando recomendaciones para la
reubicación y para los ascensos y una vez definida la PCL TOTAL en el nuevo
dictamen notificarme de el para aceptarlo o impugnarlo o demandarlo y si la PCL
total nueva es igual o superior al 50% favor ordenar que la ARL POSITIVA SA me
pensione POR INVALIDEZ y ordenar al fondo de pensiones me la DEVOLUCION de lo
ahorrado en el FONDO DE PENSIONES hasta la ultima fecha de mis aportes y que la
liquidación sea actualizada, con intereses y rendimientos durante toda la vida
de aportes realizada por el suscrito suboficial. Esa devolución de los ahorros
corresponde hasta el ULTIMO VALOR COTIZADO incluido el tiempo del retiro
ineficaz actualizado que cobre el FONDO al
empleador. Pero nada se me atiende señora FISCAL, señora PROCURADORA,
señor CONTRALOR, señores MAGISTRADOS del CSJ y nada pasa con el ENFERMO y
siguen destruyendo mi vida, mi salud por la NEGLIGENCIA en la atención oportuna
del TRABAJADOR que sufre por las ENFERMEDADES LABORALES y el ACCIDENTE LABORAL
SUFRIDO
Señora FISCAL,
PROCURADORA, CONTRALOR y MAGISTRADOS del CSJ no existen en el empleador SGSST y
no existe un PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL y denuncie tales hechos al
MINTRABAJO y la ARL POSITIVA SA pero nada se hizo y solo se archivo el
expediente sin INVESTIGAR y vengo reclamando indemnizaciones por los daños y
perjuicios inmateriales pero nada se atiende y se guarda silencio frente a mis
peticiones como enferma mental y por
ello esta probada la CULPA y deben indemnizar por esa CULPA con el pago a mi
favor de daños morales en la cantidad de 500 smmlv; daños en mi salud para mi
de 500 smmlv; daños en la vida de ralacion para mi en la cantidad de 500 smmlv;
daños de oportunidad para mi la cantidad de 500 smmlv; daños por no poder
disfrutar de los placeres de la vida con una VIDA DIGNA y SALUDABLE la cantidad
de 500 smmlv, Pero también están probados los daños y perjuicios morales para
mi esposa la cantidad de 500 smmlv; para mis cuatro hijos la cantidad de 500 smmlv para cada una
de ellos por daños morales insisto; para mis siete hermanos por daños morales y
para cada uno de ellos la cantidad de 500 smmlv; para cada uno de mis
cuatro cuñados que han sufrido el dolor
y ese sufrimiento que genera el abandono y todas las patologías no valoradas ni
aliviadas por la ARL POSITIVA SA y por
las JUNTAS la cantidad para cada uno de 500 smmlv; POR daños morales la
cantidad de 500 smmlv para cada uno; 500 smmlv como daños morales para mis
madre anciana y mi padre en igual cantidad y que depende en forma exclusiva de
mis ingresos; la cantidad de 500 SMMLV para cada uno de mis seis nietos; y 500
smmlv para cada uno de mis QUINCE SOBRINOS por daños morales que sufren con
migo ese abandono, ese sufrimiento, ese dolor que producen las secuelas
producidas por el accidente laboral producto de CULPA del empleador y sin
controles del estado ni de la ARL. Favor ordenar el pago de las indemnizaciones
que se reclaman sin obligarme a acudir a la DEMANDA o a la ACCION DE TUTELA
para pedir en forma urgente la PROTECCION de mis derechos.
Favor liquidar y ordenar el pago de las
indemnizaciones indicadas como indemnización por todos esos daños y perjuicios
generados producto del DELITO y por el
mal servicio publico, por violación directa de la CN y la LEY y producto de la
OMISION y de PERJURARSE al dejar de cumplir con el deber jurado al posesionarse
de cumplir y hacer cumplir la CN. Favor considerar a todo el GRUPO FAMILIAR
quienes todos sufren con migo los dolores y las angustias que produce en el
lesionado el abandono, las secuelas del accidente laboral y todos padecen todos
los días ese sufrimiento que no ha querido aliviar la ARL ni el empleador
Vengo reclamando PERO
SIN ATENCION de que me reubiquen en un cargo como DISCAPACITADO PERO NADIE quiere atender mis repetitivas peticiones.
Favor leer los hechos en que fundamente mi TUTELA y considerar que
ingrese alentado a trabajar y fui retirado en forma ineficaz estando totalmente
enfermo y con enfermedades mentales porque me exploto dinamita en mi cabeza, en
mi cuerpo, en mis manos y me destruyo la vida y esta PROBADO el perjuicio
irremediable, la altísima vulnerabilidad y el juez y magistrados no quisieron
considerar ese estado especial y se apartaron del deber de IMPARTIR JUSTICIA frente
a ese perjuicio irremediable y no existe ni siquiera duda de las atenciones que
requiere con urgencia el enfermo mental
Insisto ante ustedes
investigadores en revisar las ratio decidendis obligatorias y vinculantes que
los jueces y magistrados como los asesores y servidores publicos y privados
denunciados NO QUISIERON CONSIDERAR y me refiero a las ratio decidendis
obligatorias y vinculantes que indican los siguientes fallos o Sentencia:
T-006/24; Sentencia SU-269 de 2023; Sentencia SU-087 de 2022; Sentencia SU-269
de 2023; sentencias T-1040 de 2001;
T-198 de 2006; T-692 de 2015; Sentencias
T-396 de 2013; T-258 de 2019; Sentencia T-396 de 2013; Sentencia T-258 de 2019;
Sentencia T-145 de 2024; Sentencia T-287 de 2023; Sentencia T-434 de 2020;
Sentencia T-434 de 2020; Sentencia SU-269 de 2023; Sentencia SU-049 de 2017;
Sentencia T-102 de 2020; Sent ncia T-344
de 2016; Sentencia T-263 de 2009;
Sentencia T-386 de 2020; Sentencia T-035 de 2022; sentencia T-263 de 2009
Aporto como
PRUEBAS
1.- Historias clínicas
donde se indican las enfermedades y patologías siguientes: ___,____, ____, ___,
___, otras
2.- Informe de mi
accidente laboral realizado al empleador el dia del accidente, la incapacidad
otorgada por los problemas de salud, el reporte que hice a la ARL y al
MINTRABAJO por la OMISION del EMPLEADOR y que el MINTRABAJO archivo sin
INVESTIGAR
3.- Acto de Ingreso
al cargo
4.- Acto de retiro del
cargo
5.- Informo el
DICTAMEN negado por la ARL luego interpuestos los recursos y liego el nuevo
dictamen corregido después de atacar la CORRUPCION y lograr el DICTAMEN
CORRECTO registrando el ORIGEN como ACCIDENTE LABORAL pero con PCL de CERO
siendo otro acto corrupto que se encuentra en valoración para definir
7.- Renuncia y también prueba del retiro de la
renuncia o desistimiento de esta al NO CUMPLIRSE el compromiso de reintegro al
cargo con reubicación acordado con la
CONDICION de renunciar por ese termino acordado
8.- Otras pruebas que
se deben valorar según los expedientes que remitan cada convocado a este
derecho de petición sin costos para el trabajador y que debe ser remitido en
forma urgente para que haga parte del material probatorio y también remitirse
escaneado a mi correo reportado para que los abogados especializados de
FENALCOOPS como ONG DEFENSORA DE LOS DERECHOS HUMANOS realicen el análisis y
valoración y radiquen las demandas. Favor OFICIAR desde su oficina cada
CONVOCADO para que remitan
9.- Anexo mi tutela,
las dos sentencias y las multiples peticiones de revisión realizadas
NOTIFICACIONES
Favor reportar toda
información al correo fenalcoopsas@gmail.com o llamar al celular 3146826158 o
escribirme a mi dirección calle 18 No. 23 36 oficina 401 Pasto Nariño
Cordialmente
MILLER ALBEIRO RIVERA
BENAVIDES
c.c. No.

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