denuncia fiscalia por corrupcion en la justicia
Pasto, 9 de septiembre
de 2024
Señora
FISCAL GENERAL DE LA
NACION
Señora PROCURADORA
GENERAL DE LA NACION
Señor CONTRALOR
GENERAL DE LA REPUBLICA
Señor JEFE DEL CONSEJO
SECCIONA DE LA JUDICATURA DE PASTO
E.S.C.E.
REF: QUEJA – DENUNCIA y
PETICION registro como VICTIMA tanto a mi como a mi FAMILIA por los DELITOS y
las FALTAS COMETIDAS
Favor INVESTIGAR sin
dilatar y sin PEDIRME que me RETIFIQUE porque los DELITOS y las FALTAS
DISCIPLINARIAS están PROBADAS. Mi condición de enferma mental, de enferma
PSICOFISICA y mi estado critico NO ME PERMITEN asistir a DILIGENCIAS y anexo
las sentencias que presentan VICIOS, defectos y donde se prueba la VIOLACION
DIRECTA de la CN, de la LEY, de los TRATADOS INTERNACIONALES y especialmente la
FALTA DE CONSIDERACION de las PRUEBAS APORTADAS y SE dejo DE VALORAR ese perjuicio irremediable
y es grado de inferioridad y de VULNERABILIDAD de la ENFREMA MENTAL POR LA juez
por los MAGISTRADOS y la EMPRESA EXPRESO
SAN JUAN DE PASTO SA y por su ASESOR JURIDICO y esta probada la falta de
ARGUMENTACION SUFICIENTE para separarse de las RATIO DECIDENDIS OBLIGATORIAS y
VINCULANTES tantas veces indicadas en mi TUTELA y que repito en esta denuncia y
queja cuando son PRECEPTOS CONSTITUCIONALES vinculantes y obligatorios de
OBLIGATORIO repito ACATAMIENTO de jueces y magistrados
Favor revisar en forma INTEGRAL mi tutela No. ____ y sus dos
sentencias y la NO VALORACION por JUEZ Y MAGISTRADOS de todas las pruebas y
especialmente los INFORMES PERICIALES de PSICOLOGO y del MEDICO PSIQUIATRA para
NEGAR JUSTICIA, no permitir el real acceso a la administracion de justicia y
negar la PROTECCION ESPECIAL del enfermo mental y dejar abandonada sin razones
valederas y sin argumentar en forma suficiente
Favor REGISTRARME como
VICTIMA a mi y a mi familia y ordenar la INDEMNIZACION por los daños inmateriales
que indico en la DENUNCIA sin llamarme a retificarme porque ya me estoy ratificando
desde el mismo instante de radicación de esta denuncia y queja y considerar
para actuar con diligencia y urgencia mi condición de enferma mental
DENUNCIADOS: JUEZ
CUARTA LABORAL DEL CIRCUITO DE PASTO – MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA LABORAL – ASESOR JURIDICO de EXPRESO SAN JUAN
DE PASTO abogado JORGE SOTELO – gerente de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO – Funcionarios
de la arl POSITIVA SA – Funcionarios del MINTRABAJO por la OMISION de no
INVESTIGAR y cerrar el EXPEDIENTE sin ningún resultado violando el articulo 25
de la CN y otras normas – Otros funcionarios involucrados según el análisis del
material probatorio
MARIA DEL PILAR SILVA
CORAL, persona mayor de edad, domiciliado en Pasto Nariño, ASISTO ante ustedes
para denunciar como ciudadana que conoce actos de corrupción a los funcionarios
y particulares referenciados en razón a que existe una flagrante violación directa
de la CN, de la LEY y de los TRATADOS y no existe en las decisiones de mi
tutela ninguna argumentación suficiente para haberse separado en la decisión errada
o con defectos de los PRECEPTOS CONSTITUCIONALES que establecen RATIOS
DECIDENDIS obligatorias y vinculantes y dice la CORTE en sus fallos que los
JUECES y MAGISTRADOS que se separan sin argumentar del amparo del VULNERABLE o
DEBIL TRABAJADOR comete delitos y faltas disciplinarias por las que deben ser
investigados, sancionados y reparadas las VICTIMAS que se presentan a reclamar
justicia justa y le es negada y soy una persona enferma y discapacitada, abandonado a su
suerte por EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA como empleador directo, por la ARL
POSITIVA SA y por todos los responsables de una débil trabajadora enferma y con
discapacidad y con problemas mentales crónicos y críticos que produce otros
daños y perjuicios y que cada dia son mas crecientes y destructivos
Me identifico con c.c.
No. 30.725.243 de Pasto y me vincule al servicio de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO
SA hace mas de 13 años después de pasar las pruebas de selección y demostrando
estar APTA para el servicio e ingresando a trabajar estando totalmente sana y
en completo estado PSICOFISICA y MENTAL para desempeñarme en el cargo de trabajadora despachadora contratada por EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA para ATENDER con
eficiencia a los usuarios del servicio de transporte de personas desde los
terminales de pasto hacia otros sitios del departamento de Nariño pero que por
la NEGLIGENCIA del empleador, de la arl, ahora de la JUEZ y de los MAGISTRADOS
y por el silencio guardado por el MINTRABAJO al archivar sin investigar la
queja radicada fui delegado transportar
dineros sin las protección debidas en sitios altamente peligrosos por la
inseguridad ciudadana sin los medios de protección necesarios y sin un plan de
salud ocupacional y sin un SGSST y sin las previsiones de lo previsible y sin
las dotaciones necesarias estando probada la CULPA del empleador para que se
ordene el pago de las indemnizaciones y de la reparación integral de todos esos
daños y perjuicios y favor ordenar las siguientes PRETENSIONES para indemnizar
esos daños y perjuicios causados y favor atender con nota de urgencia mis
PETICIONES considerando que soy una persona de altísima vulnerabilidad y favor
sancionar a los responsables y compulsar copias a la fiscalía y a la procuraduría
para que se sancione y me registren en cada proceso como victima JUNTO con mi
familia como se indica en las pretensiones y favor sancionar al estado por el
mal servicio publico y por no garantizar en la CONTRATACION PUBLICA con
particulares la garantía de los derechos minimos a los trabajadores lesionados
por accidentes laborales y por enfermedades laborales como es mi caso concreto.
Con todo respeto
solicito el favor de valorar en forma integral las pruebas aportadas en la
tutela de las que se apartaron sin argumentar la JUEZ y los MAGISTRADOS
cometiendo los delitos denunciados y me refiero a los INFORMES PERICIALES del
PSICOLOGO y del MEDICO PSIQUIATRA que solicito sean valorados en forma total en
esta denuncia y queja y se pruebe la NO APLICACIÓN del principio de equilibrio
en la valoración probatoria siendo un delito y falta de la JUEZ y de los
MAGISTRADOS por las que deben ser
sancionados Y favor considerar todo el resto de material probatorio como el
INFORME que yo hice del accidente laboral al empleador y que el EMPLEADOR
omitio su reporte a la ARL teniendo que hacerlo yo después de conocer la
OMISION y de negarme mi REINTEGRO como se comprometio el empleador y presente
queja ante el MINTRABAJO pero nada hizo y archivo el expediente sin investigar
y asi existen muchas prueba que deben valorarse por ustedes para sancionar a
los denunciados y registrarme como VICTIMA y poder radicar el INCIDENTE de REPARACION
INTEGRAL para toda mi familia afectada
Señores INVESTIGADORES en esta DENUNCIA QUE ES TAMBIEN UN derecho de petición les
INFORMO que radique primero petición respetuosa al empleador EXPRESO SAN JUAN
DE PASTO SA, a la ARL y nadie quiso atender mis peticiones dejando totalmente
abandonado al DISCAPACITADO por secuelas de AT y EL y lo mas grave por CULPA
del EMPLEADOR en ese AT y en esas EL como el agudo stress postraumatico que
presento y de allí nacen todas mis enfermedades mentales que hoy padezco y que
no se quisieron atender por la ARL, por la EMPRESA EMPLEADORA, por el SGSST,
por SALUD OCUPACIONAL y por el MINTRABAJO y la JUEZ y los MAGISTRADOS para
negar en forma absurda justicia y negar el real acceso a la administración de
justicia y violar otros derechos fundamentales como esta probado en mi tutela y
se apartaron de considerar mi CONDICION de altísima vulnerabilidad
Pero luego radique acción
de tutela en contra de los convocados y LA JUEZ CUARTA LABORAL DEL CIRCUITO DE
PASTO nueva en su cargo y MAGISTRADOS del TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO viejos en
sus cargos pero CORRUPTOS al negar justicia, al negar el verdadero acceso a la administración
de justicia y violar en forma directa la CN y la LEY y además al PERJURARME dejando
de cumplir con el JURAMENTO realizado al posesionarse en sus cargos me negaron justicia, me negaron REPITO el derecho de acceso real a la administración de
justicia y me negaron los derechos reclamados y vulnerados decidiendo la IMPROCEDENCIA
de la acción de tutela PERO sin argumentar en forma suficiente su decisión y
negando el conocimiento del PERJUICIO IRREMEDIABLE y el estado de necesidad y
la alta vulnerabilidad de la suscrito enferma mental y con problemas PSICOFISICOS
y nada les importo al JUEZ y MAGISTRADOS la suerte del discapacitado y
alegremente negaron justicia. Pero además dejando de aplicar el PRINCIPIO DE
EQUILIBRIO EN LA VALORACION PROBATORIA al no considerar mi historia clínica en
su integridad, mis informes aportados elaborados por PERITO FORENSE psicólogo y
perito forense PSIQUIATRA que no se quisieron considerar por la JUEZ ni por los
MAGISTRADOS cometiendo en forma DOLOSA los delitos y las faltas disciplinarias
Acudi ante la CORTE
para que se revise mi tutela y me contestan que ha sido archivado el expediente
sin revisarlo desconociendo la INSISTENCIA realizada por la DEFENSORIA DEL PUBLO
en escrito radicado ante la CORTE y las insistencias de la PROCURADURIA y de la
PERSONERIA pero nada les importo a quienes revisan las TUTELAS solidarizándose
con la JUEZ y MAGISTRADOS corruptos que no atendieron mi suplica, mi petición de
amparo especial y sin considerar el PERJUICIO IRREMEDIABLE existente y probado
por mis problemas mentales crónicos y críticos y progresivos y destructivos de
la vida, la salud, la integridad física y se me negó el real acceso a la administración
de justicia
Por ello asisto hoy
ante la señora FISCAL, ante la señora PROCURADORA, ante el CONSEJO SECCIONAL DE
LA JUDICATURA, ante el CONTRALOR y otras autoridades para que se me revise las
pruebas en forma integral y con fundamento en ello sin llamarme a ratificarme
de algo que esta probado, se los sanciones y se deje consignado la violación flagrante
de la CN, la LEY y los TRATADOS y se deje consignado que no se cumplio con el
PRINCIPIO DE EQUILIBRIO EN LA VALORACION PROBATORIA y que no existe la
SUFICIENTE ARGUMENTACION para haberse separado o abandonar las RATIO DECIDENDIS
OBLIGATORIAS Y VINCULANTES tantas veces indicadas en mi tutela y mucho antes y
ahora en esta queja y denuncia y que son amplias, bastantes y claras
Una vez mas acudo ante la JUSTICIA JUSTA para solicitarles
con todo respeto el favor de considerar mis
condiciones de ENFERMA, de DISCAPACITADA, y de victima y AFECTADO con un RETIRO
INEFICAZ y también considerar que soy una persona que solo vive de su fuerza
laboral afectada hoy por las secuelas dejadas por el accidente laboral y las
enfermedades laborales producidas por CULPA de los empleadores
Favor considerar que fui retirada de mi cargo encontrándome
enferma y en proceso de calificación de su PCL al momento de ese RETIRO
INEFICAZ obligándome a asumir todo problema de pobreza extrema y sin ninguna opción
laboral por mi discapacidad y no existiendo sentimientos ni humanidad y menos
respeto de los derechos humanos por el empleador llamado EXPRESO SAN JUAN DE PASTO
SA quien no solo negó el reporte del
accidente laboral y lo archivo como esta probado en mi tutela y esas pruebas no
quiso valorar la JUEZ, los MAGISTRADOS y el MINTRABAJO para negar justicia sin
argumentar su decisión. Pero también es importante recordar que el gerente de
EXPRESO SAN JUAN DE PASTO con su asesor jurídico conociendo de mi critico
estado de salud y por acoso laboral me trasladraon para que renunciara a un
sitio mal sano para aburrirme y obligarme a renunciar lo que no se dio sino que
se esperaron a que me desmayara por el DOLOR y allí si fueron a ofertarme el
reintegro PERO después de tres meses obligándome si a renuncia pero con el
COMPROMISO del REINTEGRO el 1 de abril de 2020 lo que no fue posible por la PANDEMIA
y luego por la MUERTE del señor HERIBERTO ROSERO gerente de EXPRESO SAN JUAN DE
PASTO y dialogue con la HIJA SANDRA ROSERO que asumió la gerencia y me PROMETIO
cumplir con la PROMESA DE SU PADRE PERO luego la NEGO y me obligo a radicar
multiples derechos de petición como esta probado y deben comprobarlo mas
fehacientemente exigiendo se remita copias escaneadas de todos esos expedientes
formados pero sin RESPUESTAS ARGUMENTADAS desvirtuando o aceptando las ratio
decidendis obligatorias y vinculantes existentes sobre el RETIRO INEFICAZ y luego la tutela y en caso de no recibir
justicia justa con esta tutela, con esta denuncia y queja me obliga a acudir a
la DEMANDA LABORAL pero espero que se revise mi tutela y ordenen mi reintegro
sin solución de continuidad por existir un retiro INEFICAZ señores FISCAL, PROCURADORA, Magistrados del CONSEJO
SECCIONAL DE LA JUDICATURA y demás convocados porque esta probado que TODOS y
ABSOLUTAMENTE TODOS me abandonaron con mis problemas mentales incluida la ARL
POSITIVA SA y me abandonaron en forma total a mi suerte sin contar con recurso,
estar en pobreza extrema y sin ninguna posibilidad laboral por haberme dedicado
toda una vida al servicio de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO
Les SUPLICO a los
magistrados investigadores, a la FISCAL, a la PROCURADORA y a todos los demás que
reciban esta queja y denuncia el favor
de REVISAR como caso especial constitucional mi tutela y mi denuncia DESPUES DE
FORMARSE la sana critica SANA y sin apasionamientos y sin corrupción se dicte la DECISION de sancionar a los
responsables registrándome como VICTIMA a mi y a mi familia y se ordene
inmdemnizar pagando esos daños inmateriaeles que indico en esta denuncia y
queja y ORDENARLE a la CORTE CONSTITUCIONAL después de probar la realidad
dejada de valorar por la JUEZ y los MAGISTRADOS
que dicten una nueva sentencia donde se valore los preceptos vinculantes
y obligatorios emitidos por la misma corte y que son muchos y me refiero a
algunos de ellos en esta insistencia petitoria del enfermo trabajador y
altamente vulnerable por sus enfermedades laborales y estoy seguro que si
ustedes revisan mi problema, mi tutela, y la INJUSTICIA cometida en mi contra, van a revocar las decisiones erradas y me van
a proteger ordenando mi REINTEGRO sin
SOLUCION DE CONTINUIDAD y ordenando que la ARL POSITIVA SA asuma con nota de
URGENCIA mis atenciones de todas las patologías que presento como consecuencia
y culpa del EMPLEADOR generadas por el accidente laboral. Favor considerar como
un caso especial del DISCAPACITADO para ordenar la REVISION de mi tutela y sancionar en forma ejemplar a los
denunciados pero además registrarme como
VICTIMA para que se me indemnice en forma ejemplar
Con todo respeto les
solicito el favor de ORDENARLE en la
nueva sentencia tanto a la ARL como a EXPRESO SAN JUAN DE PASTO el favor de
considerar mi condición especial de alta vulnerabilidad por el estado de salud,
de sus problemas mentales, de su problema psiquiatrico, de sus accidentes
laborales y de todas las enfermedades laborales que padezco siendo la mas
critica de estas enfermedades el stress postraumatico laboral agudo la que
produjo todos los problemas mentales que hoy me tienen al borde de la LOCURA,
de la DESESPERACION, de la falta de animo, de la ansiedad y de las ganas de
quererme quitar la vida situación no valorada en forma integral por la ARL POSITIVA
SA siendo un acto de mal servicio publico pero también generándole responsabilidad
patrimonial por todos esos daños y perjuicios generados y ya consumados y no
solo para el trabajador enfermo no atendido y abandonado sino también para toda
sus familia compuesta por el grupo que reclama en una de las pretensiones la indemnización
en salarios minimos por daños morales y otros daños que se puedan cuantificar
Recuerden que el acto
de retiro de un enfermo sin tramitar permiso ante el MINTRABAJO en términos del
articulo 26 de la ley 361 de 1997 es considerado como RETIRO ineficaz Y POR SER
INEFICAZ no nace a la luz del derecho y
sigue vinculado el trabajador retirado en forma ineficaz al cargo y sigue devengando salarios y prestaciones
y también sigo vinculado a la ARL
POSITIVA SA como cotizante y por afiliación realizada por el EMPLEADOR para
atenderme en los riesgos laborales y para que INDEMNICE por los daños y
perjuicios causados producto no solo del retiro ineficaz sino también por la
CULPA en la ocurrencia del AT y de las EL por falta de un programa de salud
ocupacional y falta de los SGSST y por las demás OMISION y falta de previsión de
lo previsible
Recuerden que fui RETIRADA de mi cargo en forma INEFICAZ y
esa ineficacia dice el articulo 26 de la ley 361 de 1997 que no produce efectos
y mantiene las condiciones en que se encontraban antes de producirse el RETIRO
INEXISTENTE y por ello sigo vinculado a mi cargo y debo ser reintegrado al
cargo sin SOLUCION de continuidad y con REUBICACION
Ese retiro INEFICAZ me
dejo totalmente abandonada, con fuertes dolores y con un agudo sufrimiento y
por no existir interés en reubicarme a pesar de tantas suplicas y peticiones y
se mantuvo SILENCIO ABSURDO y se realizo el RETIRO INEFICAZ estando enferma y
conociendo ampliamente el EMPLEADOR y fui
lanzada a la vida civil totalmente abandonada en forma total a mi suerte con
problemas mentales, psicofísicos y con tantas patologías como registra mi
historia clínica que anexo y se hace necesario y urgente mi reintegro con reubicación
y con NOTA ESPECIAL de URGENCIA por cuanto me encuentro con enfermedades mentales
crónicas, criticas y que están destruyendo mi vida, mi salud, mi integridad y
no solo a mi sino también a toda mi familia, a mi comunidad y a toda la
SOCIEDAD y también al ESTADO por el mal servicio de LA ARL y de EXPRESO SAN
JUAN DE PASTO al abandonar a su suerte a una trabajadora estando enferma con
problemas mentales y psicofísicos como esta probado en mi historia clínica y en los INFORMES PERICIALES que la juez y
magistrados no quisieron valorar ni calificar y que autorizo revisarla, obtenerla
y analizarla y de la ARL POSITIVA al abandonar a su trabajadora enferma no solo
presto un mal servicio sino que no garantizo los minimos derechos pero además sin
revisar para firmar el contrato con un particular la exigencia de los SGSST y
de un programa de salud ocupacional obligatorio de todo empleador y además existe
OMISION del sistema de salud ocupacion
obligatorio su existencia en todo empleador
y radicado ante el MINTRABAJO pero sin hacer nada ese MINTRABAJO que
archivo el expediente que iniciara con mi queja sin investigar y sin sanciona para
exigir los requisitos en riesgos laborales, en salud y en el reconocimiento de
los minimos derechos de todos los trabajadores lo que ha generado
responsabilidad patrimonial al estado por tales omisiones y el mal servicio
Con todo respeto les
solicito el favor de considerar para
decidir sobre mi denuncia y queja el contenido del articulo 26 de la LEY 361 de
1997 y probar la FEHACIENTE violación de los derechos fundamentales y la flagrante
negación de justicia decidiendo DECLARAR IMPROCEDENTE LA ACCION DE TUTELA sin
argumentar en forma suficiente la decisión y desconociendo los PRECEPTOS
VINCULANTES que ampliamente se analizaron pero existiendo muchos mas y en esta
denuncia incluyo otros como: Sentencia: T-006/24; Sentencia SU-269 de 2023;
Sentencia SU-087 de 2022; Sentencia SU-269 de 2023; sentencias T-1040 de 2001; T-198 de 2006;
T-692 de 2015; Sentencias T-396 de 2013;
T-258 de 2019; Sentencia T-396 de 2013; Sentencia T-258 de 2019; Sentencia
T-145 de 2024; Sentencia T-287 de 2023; Sentencia T-434 de 2020; Sentencia
T-434 de 2020; Sentencia SU-269 de 2023; Sentencia SU-049 de 2017; Sentencia
T-102 de 2020; Sent ncia T-344 de
2016; Sentencia T-263 de 2009; Sentencia
T-386 de 2020; Sentencia T-035 de 2022; sentencia T-263 de 2009.
Señora FISCAL, señora
PROCURADORA, señor CONTRALOR, señores magistrados del CONSEJO SECCIONAL DE LA
JUDICATURA, existen muchos mas preceptos constitucionales vinculantes y obligatorios
que la JUEZ ni los MAGISTRADOS quisieron valorar y rechazaron sin ARGUMENTAR
cometiendo delitos y faltas disciplinarias al NEGAR JUSTICIA JUSTA y dejara
abandonada a una trabajadora enferma con PROBLEMAS MENTALES y CRONICOS pero lo
mas grave desconociendo los fueros especiales de estabilidad laboral como el de
ser MADRE CABEZA DE FAMILIA, ser una mujer ya de la TERCERA EDAD sin
posibilidades laborales no solo por su discapacidad sino también por la edad,
de ser una hija responsable con su
ANCIANA MADRE y DESPLAZADA de 95 años de edad totalmente discapacitada, se
desconocio el FUERO ESPECIAL por PREPENSION cuando existen infinidad de
PRECEPTOS CONSTITUCIONALES que obligan a proteger estos fueros entre otros.
Pero para la JUEZ y para los MAGISTRADOS no les importo la INJUSTICA ni la
JUSTICIA y solo pensaron en sus intereses y no en los problemas de la enferma
mental, de la vulnerable, de la ansiosa de justicia que acudió a ellos para
solicitar protección y encontró es abandono y negación de justicia por lo que
deben ser investigados, sancionados y ordenarles indemnicen por esos daños y
perjuicios causados y favor NO LLAMARME a ratificarme porque ya me estoy ratificando
en mi denuncia y queja y no se requiere ratificar algo que esta probado y es la
NEGACION DE JUSTICIA por no aplicar las ratio decidendos obligatorias y
vinculantes o no argumentar en forma suficiente para separarse de ellas. Esta probada
la NEGACION DE JUSTICIA y esta probado que no se aplico el principio de
equilibrio en la valoración probatoria y esta probada la violación flagrante
del DEBIDO PROCESO y no existe dudas de ello y solo después de una investigación
detallada se puede determinar tales hechos dañinos y se debe sancionar a los
responsables y ordenarles que indemnicen a las victimas
ADEMAS DE ESTOS
preceptos constitucionales indicados favor considerar los preceptos indicados
en mis repetitivos derechos de petición sin CONTESTAR lo que ha generado OTROS
DAÑOS Y PERJUICIOS por la OMISION y el MAL SERVICIO al omitir el deber de
contestar los derechos de petición y recordar que si un DERECHO DE PETICION no
se contesta en los 20 dias el empleador o el servidor publico o privado ya no
puede negar lo pedido y debe responder solucionando el problema y otorgando el
derecho pedido siendo una sanción al SERVIDOR omitente y a la entidad por los
actos omisivos del empleado o servidor publico o privado.
Señor CONTRALOR como usted
puede observar se ha generado un grave detrimento patrimonial por el mal
servicio publico y por la NEGACION DE JUSTICIA y usted tiene una altísima responsabilidad
y debe investigar y sancionar porque la OMISION al no sancionar al servidor
publico por esa OMISION y ese MAL SERVICIO no solo le genera responsabilidad al
estado sino que también genera responsabilidad fiscal para cada servidor
publico OMITENTE en cumplir con su deber y no garantizar el BUEN SERVICIO
No existe la SUFICIENTE
ARGUMENTACION para negar o rechazar lo definido por los magistrados de las
altas cortes so pena de cometer delitos y faltas disciplinarias y violar en
forma directa la CN, la LEY, los TRATADOS pero especialmente OMITIR su deber de
cumplir con el juramento manifestado al posesionarse de sus cargos.
ES IMPORTANTE
recordarles que anoto todos esos preceptos vinculantes y obligatorios para que
los lean y los analicen y no se separen de su deber de aplicarlos y conceder lo
que se pide y contestar en el termino máximo de los 20 dias porque si ya no se
contesta en ese termino existe la SANCION de ya no poder negar nada de lo que
se pide y además se deben valorar en su integridad y solo les esta permitido
rechazar las ratio decidendi si existe la suficiente argumentación que
desvirtue en forma clara lo expresado por los magistrados de la alta corte so
pena también de cometer delitos y faltas disciplinarias.
Favor no cometer los delitos porque después me
deben indemnizar por todos los daños y perjuicios al radicar como VICTIMA el
incidente de reparación integral en cada proceso penal y disciplinario.
Vengo insistiendo ante
el MINTRABAJO, ante la JUEZ y los MAGISTRADOS y ante el EMPLEADOR DIRECTOR
EXPRESO SAN JUAN DE PASTO que se considere y se ordene el pago de las SANCIONES
MORATORIAS previstas en los artículos 99 de la ley 50 de 1990 y el articulo 65
del C.S.T. y de la S.S. y otras sanciones por el no pago de intereses a la
cesantías, y por todos los retardos realizados por el empleador y favor ordenar
el pago de los aportes al fondo de pensiones actualizados y según la cuenta de
cobro que radique el FONDO pero siempre se ha desconocido mis derechos y se me negó
justicia y se me negó la protección como vulnerable y discapacitada o enferma con
problemas críticos mentales que me tienen al BORDE de la DESESPERACION, de la
ANGUSTIA y de la LOCURA
Vengo insistiendo a la
ARL POSITIVA SA en el favor de ordenar me valore en forma actual, total, e
integral sin dejar una sola patología sin otorgarle PCL individual para luego
totalizar esa PCL sumadas todas las patologías consideradas y emitir nuevo
dictamen actual y con ética y profesionalismo realizando recomendaciones para
la reubicación y para los ascensos y una vez definida la PCL TOTAL en el nuevo
dictamen notificarme de el para aceptarlo o impugnarlo o demandarlo y si la PCL
total nueva es igual o superior al 50% favor ordenar que la ARL POSITIVA SA me
pensione POR INVALIDEZ y ordenar al fondo de pensiones me la DEVOLUCION de lo
ahorrado en el FONDO DE PENSIONES hasta la ultima fecha de mis aportes y que la
liquidación sea actualizada, con intereses y rendimientos durante toda la vida
de aportes realizada por el suscrito suboficial. Esa devolución de los ahorros
corresponde hasta el ULTIMO VALOR COTIZADO incluido el tiempo del retiro
ineficaz actualizado que cobre el FONDO al empleador EXPRESO SAN JUAN DE PASTO. Pero nada
se me atiende señora FISCAL, señora PROCURADORA, señor CONTRALOR, señores
MAGISTRADOS del CSJ y nada pasa con la ENFERMA y siguen destruyendo mi vida, mi
salud por la NEGLIGENCIA en la atención oportuna de la TRABAJADORA que sufre
por las ENFERMEDADES LABORALES y el ACCIDENTE LABORAL SUFRIDO
Señora FISCAL,
PROCURADORA, CONTRALOR y MAGISTRADOS del CSJ no existen en el empleador SGSST y
no existe un PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL y denuncie tales hechos al MINTRABAJO
y la ARL POSITIVA SA pero nada se hizo y solo se archivo el expediente sin
INVESTIGAR y vengo reclamando indemnizaciones por los daños y perjuicios inmateriales
pero nada se atiende y se guarda silencio frente a mis peticiones como enferma
mental y por ello esta probada la CULPA
y deben indemnizar por esa CULPA con el pago a mi favor de daños morales en la
cantidad de 500 smmlv; daños en mi salud para mi de 500 smmlv; daños en la vida
de ralacion para mi en la cantidad de 500 smmlv; daños de oportunidad para mi
la cantidad de 500 smmlv; daños por no poder disfrutar de los placeres de la
vida con una VIDA DIGNA y SALUDABLE la cantidad de 500 smmlv, Pero también
están probados los daños y perjuicios morales para mi esposo la cantidad de 500
smmlv; para mis cuatro hijos la cantidad
de 500 smmlv para cada una de ellos por daños morales insisto; para mis siete hermanos
por daños morales y para cada uno de ellos la cantidad de 500 smmlv; para cada
uno de mis cuatro cuñados que han
sufrido el dolor y ese sufrimiento que genera el abandono y todas las
patologías no valoradas ni aliviadas por la ARL POSITIVA SA y por las JUNTAS la
cantidad para cada uno de 500 smmlv; POR daños morales la cantidad de 500 smmlv
para cada uno; 500 smmlv como daños morales para mis madre anciana de 95 años y
desplazada por la violencia y que depende en forma exclusiva de mis ingresos;
la cantidad de 500 SMMLV para cada uno de mis seis nietos; y 500 smmlv para
cada uno de mis QUINCE SOBRINOS por daños morales que sufren con migo ese
abandono, ese sufrimiento, ese dolor que producen las secuelas producidas por
el accidente laboral producto de CULPA del empleador y sin controles del estado
ni de la ARL. Favor ordenar el pago de las indemnizaciones que se reclaman sin
obligarme a acudir a la DEMANDA o a la ACCION DE TUTELA para pedir en forma
urgente la PROTECCION de mis derechos. Favor liquidar y ordenar el pago de las
indemnizaciones indicadas como indemnización por todos esos daños y perjuicios
generados producto del DELITO y por el mal
servicio publico, por violación directa de la CN y la LEY y producto de la
OMISION y de PERJURARSE al dejar de cumplir con el deber jurado al posesionarse
de cumplir y hacer cumplir la CN. Favor considerar a todo el GRUPO FAMILIAR
quienes todos sufren con migo los dolores y las angustias que produce en el
lesionado el abandono, las secuelas del accidente laboral y todos padecen todos
los días ese sufrimiento que no ha querido aliviar la ARL ni el empleador EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA
Vengo reclamando PERO
SIN ATENCION de que me reubiquen en un cargo como PROFESIONAL de ADMINISTRACION
PUBLICA porque soy graduada de la ESAP en esta profesión y lo hice para MEJOR
el servicio y ser mas eficiente en la atención de los servicios de la
EMPRESA. Les recuerdo que en los mas de
13 años al servicio de la EMPRESA no solo me dedique a servirla las 8 horas
diarias y el tiempo extra laborado sino que en horario nocturno me dedique a
estudiar en la ESAP la carrera de administración publica y en la UNIVERSIDAD
PUBLICA porque los ingresos no me alcanzaban para pagar otras matriculas
privadas. Para apoyar el talento he
solicitado igualmente una BECA para estudiar una MAESTRIA o un DOCTORADO en administración
publica, en derechos humanos, en derecho comercial internacional o en
cualquiera otra área pero ni la JUEZ, ni los MAGISTRADOS, como tampoco la
EMPRESA quisieron ni siquiera revisar ni considerar mi petición como enferma
con problemas mentales y crónicos para desviar el dolor y el sufrimiento
realizando otras actividades y que mi cerebro se olvide un poco de los
problemas mentales con el ESTUDIO pero nada les importo negando la PROTECCION
ESPECIAL de la ENFERMA MENTAL
Fundamento la denuncia
y queja en los siguientes
HECHOS
1.- Me vincule LABORAR
al servicio de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA siendo una trabajadora excelente y dure en forma permanente
y constante mas de 13 años continuos y fue retirada estando enferma. Desempeñe
los cargos asignados sin los medios
suficientes de protección y sin capacitarme previamente para trabajos en
alturas y en actividades peligrosas como lo es el transporte de dineros desde
el terminal hasta la sede de la empresa y en un sector altamente peligroso por
la delincuencia
2.- Se INTERRUMPIO mi
carrera o actividad como despachadora y
vendedora de tiquetes y recolección de dineros para entregarlos en la empresa
todos los días producto del ACCIDENTE
LABORAL sufrido y las secuelas que este produjo en mi cuerpo sin atenciones por
parte de la ARL y del EMPLEADOR hasta encontrarme desmayada en mi sitio de
trabajo colocando en mayor riesgos los recursos de la empresa por ese estado de
inconciencia de su trabajadora
3.- Fui internada por el accidente laboral en el
HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE NARIÑO como lo indica mi historia clínica para curar
mis heridas ocurridas en el accidente laboral y fui retirada estando enferma
por multiples enfermedades laborales y por las secuelas de los accidentes
laborales que no fueron atendidos en forma oportuna por la ARL ni por las JUNTAS
generando graves daños y perjuicios. Mi carrera fue interrumpida en el grado de
obrero estando enfermo por las secuelas del
accidente laboral ampliamente conocido por los empleadores
4.- Estando en mi cargo
se produjo el accidente laboral el dia ___ y ese accidente accidente laboral
produjo muchas secuelas y patologías como indica mi historia clínica que anexo con consecuencias criticas y graves mentales y fui atendido en el HOSPITAL tal como
registra mi historia clínica que anexo. Tambien se me produjo enfermedades
laborales como el STRESS POSTRAUMATiCO y
otras mentales que no se ha querido valorar ni calificar para definir una PCL
TOTAL Y REAL y con valoraciones integrales
5.- Quede con graves
secuelas mentales, psicofísicas, y otras patologías que no han sido atendidas
ni calificadas por la ARL ni por las JUNTAS
y que ahora solicito se califiquen en forma integral y actual para definir
mediante nuevo dictamen la PCL TOTAL, la fecha de estructuración y el ORIGEN
que no puede ser otro que AT y EL.
6.- registro las
siguientes patologías que deben valorarse, calificarse y dictaminarse a la
fecha para definir el nuevo dictamen y actual y notificarme: Ansiedad, stress
postraumatico laboral agudo, perdida del sueño, amnea del sueño, trastornos del
sueño, desesperación, dolores musculares, dolores abdominales, desesperación, ____, ____, ____, ____, ____ ( Favor sacarlas
de la HISTORIA CLINICA y escribirlas). ( favor hacerse valorar de PSICOLOGO
FORENSE, psiquiatra forense, neurologo y otras patologías y presentar los
informes de cada profesional con las recomendaciones)
7.- Vengo insistiendo
para definir sobre mi retiro INEFICAZ y ordenar los tratamientos que necesito
el favor de considerar INSISTO los
multiples preceptos vinculantes y obligatorios que he indicado en mis
repetitivos derechos de petición y que no se han querido considerar por pero
además considerar las ratio decidendis obligatorias y vinculantes que indican los
siguientes fallos o Sentencia: T-006/24; Sentencia SU-269 de 2023; Sentencia
SU-087 de 2022; Sentencia SU-269 de 2023; sentencias T-1040 de 2001; T-198 de 2006; T-692
de 2015; Sentencias T-396 de 2013; T-258
de 2019; Sentencia T-396 de 2013; Sentencia T-258 de 2019; Sentencia T-145 de
2024; Sentencia T-287 de 2023; Sentencia T-434 de 2020; Sentencia T-434 de 2020;
Sentencia SU-269 de 2023; Sentencia SU-049 de 2017; Sentencia T-102 de 2020; Sent ncia T-344 de 2016; Sentencia T-263 de 2009; Sentencia T-386 de
2020; Sentencia T-035 de 2022; sentencia T-263 de 2009
PRUEBAS
1.- Historias clínicas
donde se indican las enfermedades y patologías siguientes: ___,____, ____, ___,
___, otras
2.- Informe de mi
accidente laboral realizado al empleador el dia del accidente, la incapacidad
otorgada por los problemas de salud, el reporte que hice a la ARL y al MINTRABAJO
por la OMISION del EMPLEADOR y que el MINTRABAJO archivo sin INVESTIGAR
3.- Acto de Ingreso al
cargo
4.- Acto de retiro del
cargo
5.- Informo el
DICTAMEN negado por la ARL luego interpuestos los recursos y liego el nuevo
dictamen corregido después de atacar la CORRUPCION y lograr el DICTAMEN
CORRECTO registrando el ORIGEN como ACCIDENTE LABORAL pero con PCL de CERO
siendo otro acto corrupto que se encuentra en valoración para definir
7.- Renuncia y también prueba del retiro de la
renuncia o desistimiento de esta al NO CUMPLIRSE el compromiso de reintegro al
cargo con reubicación acordado con la
CONDICION de renunciar por ese termino acordado
8.- Otras pruebas que
se deben valorar según los expedientes que remitan cada convocado a este
derecho de petición sin costos para el trabajador y que debe ser remitido en
forma urgente para que haga parte del material probatorio y también remitirse
escaneado a mi correo reportado para que los abogados especializados de
FENALCOOPS como ONG DEFENSORA DE LOS DERECHOS HUMANOS realicen el análisis y valoración
y radiquen las demandas. Favor OFICIAR desde su oficina cada CONVOCADO para que
remitan
9.- Anexo mi tutela,
las dos sentencias y las multiples peticiones de revisión realizadas
NOTIFICACIONES
Favor reportar toda
información al correo fenalcoopsas@gmail.com
o llamar al celular 3146826158 o escribirme a mi dirección calle 18 No. 23 36
oficina 401 Pasto Nariño
Cordialmente
MARIA DEL PILAR SILVA
CORAL
c.c. No. 30,725. 243
de Pasto

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