denuncia fiscalia por corrupcion en la justicia

 


Pasto, 9 de septiembre de 2024

 

Señora

FISCAL GENERAL DE LA NACION

Señora PROCURADORA GENERAL DE LA NACION

Señor CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA

Señor JEFE DEL CONSEJO SECCIONA DE LA JUDICATURA DE PASTO

E.S.C.E.

 

REF: QUEJA – DENUNCIA y PETICION registro como VICTIMA tanto a mi como a mi FAMILIA por los DELITOS y las FALTAS COMETIDAS

 

Favor INVESTIGAR sin dilatar y sin PEDIRME que me RETIFIQUE porque los DELITOS y las FALTAS DISCIPLINARIAS están PROBADAS. Mi condición de enferma mental, de enferma PSICOFISICA y mi estado critico NO ME PERMITEN asistir a DILIGENCIAS y anexo las sentencias que presentan VICIOS, defectos y donde se prueba la VIOLACION DIRECTA de la CN, de la LEY, de los TRATADOS INTERNACIONALES y especialmente la FALTA DE CONSIDERACION de las PRUEBAS APORTADAS y  SE dejo DE VALORAR ese perjuicio irremediable y es grado de inferioridad y de VULNERABILIDAD de la ENFREMA MENTAL POR LA juez  por los MAGISTRADOS y la EMPRESA EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA y por su ASESOR JURIDICO y esta probada la falta de ARGUMENTACION SUFICIENTE para separarse de las RATIO DECIDENDIS OBLIGATORIAS y VINCULANTES tantas veces indicadas en mi TUTELA y que repito en esta denuncia y queja cuando son PRECEPTOS CONSTITUCIONALES vinculantes y obligatorios de OBLIGATORIO repito ACATAMIENTO de jueces y magistrados

 

Favor revisar  en forma INTEGRAL mi tutela No. ____ y sus dos sentencias y la NO VALORACION por JUEZ Y MAGISTRADOS de todas las pruebas y especialmente los INFORMES PERICIALES de PSICOLOGO y del MEDICO PSIQUIATRA para NEGAR JUSTICIA, no permitir el real acceso a la administracion de justicia y negar la PROTECCION ESPECIAL del enfermo mental y dejar abandonada sin razones valederas y sin argumentar en forma suficiente

 

Favor REGISTRARME como VICTIMA a mi y a mi familia y ordenar la INDEMNIZACION por los daños inmateriales que indico en la DENUNCIA sin llamarme a retificarme porque ya me estoy ratificando desde el mismo instante de radicación de esta denuncia y queja y considerar para actuar con diligencia y urgencia mi condición de enferma mental

 

DENUNCIADOS: JUEZ CUARTA LABORAL DEL CIRCUITO DE PASTO – MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA LABORAL – ASESOR JURIDICO de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO abogado JORGE SOTELO – gerente de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO – Funcionarios de la arl POSITIVA SA – Funcionarios del MINTRABAJO por la OMISION de no INVESTIGAR y cerrar el EXPEDIENTE sin ningún resultado violando el articulo 25 de la CN y otras normas – Otros funcionarios involucrados según el análisis del material probatorio

 

 

MARIA DEL PILAR SILVA CORAL, persona mayor de edad, domiciliado en Pasto Nariño, ASISTO ante ustedes para denunciar como ciudadana que conoce actos de corrupción a los funcionarios y particulares referenciados en razón a que existe una flagrante violación directa de la CN, de la LEY y de los TRATADOS y no existe en las decisiones de mi tutela ninguna argumentación suficiente para haberse separado en la decisión errada o con defectos de los PRECEPTOS CONSTITUCIONALES que establecen RATIOS DECIDENDIS obligatorias y vinculantes y dice la CORTE en sus fallos que los JUECES y MAGISTRADOS que se separan sin argumentar del amparo del VULNERABLE o DEBIL TRABAJADOR comete delitos y faltas disciplinarias por las que deben ser investigados, sancionados y reparadas las VICTIMAS que se presentan a reclamar justicia justa y le es negada y soy una persona  enferma y discapacitada, abandonado a su suerte por EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA como empleador directo, por la ARL POSITIVA SA y por todos los responsables de una débil trabajadora enferma y con discapacidad y con problemas mentales crónicos y críticos que produce otros daños y perjuicios y que cada dia son mas crecientes y destructivos

 

Me identifico con c.c. No. 30.725.243 de Pasto y me vincule al servicio de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA hace mas de 13 años después de pasar las pruebas de selección y demostrando estar APTA para el servicio e ingresando a trabajar estando totalmente sana y en completo estado PSICOFISICA y MENTAL para desempeñarme en el cargo de  trabajadora despachadora contratada por  EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA para ATENDER con eficiencia a los usuarios del servicio de transporte de personas desde los terminales de pasto hacia otros sitios del departamento de Nariño pero que por la NEGLIGENCIA del empleador, de la arl, ahora de la JUEZ y de los MAGISTRADOS y por el silencio guardado por el MINTRABAJO al archivar sin investigar la queja radicada  fui delegado transportar dineros sin las protección debidas en sitios altamente peligrosos por la inseguridad ciudadana sin los medios de protección necesarios y sin un plan de salud ocupacional y sin un SGSST y sin las previsiones de lo previsible y sin las dotaciones necesarias estando probada la CULPA del empleador para que se ordene el pago de las indemnizaciones y de la reparación integral de todos esos daños y perjuicios y favor ordenar las siguientes PRETENSIONES para indemnizar esos daños y perjuicios causados y favor atender con nota de urgencia mis PETICIONES considerando que soy una persona de altísima vulnerabilidad y favor sancionar a los responsables y compulsar copias a la fiscalía y a la procuraduría para que se sancione y me registren en cada proceso como victima JUNTO con mi familia como se indica en las pretensiones y favor sancionar al estado por el mal servicio publico y por no garantizar en la CONTRATACION PUBLICA con particulares la garantía de los derechos minimos a los trabajadores lesionados por accidentes laborales y por enfermedades laborales como es mi caso concreto.

 

Con todo respeto solicito el favor de valorar en forma integral las pruebas aportadas en la tutela de las que se apartaron sin argumentar la JUEZ y los MAGISTRADOS cometiendo los delitos denunciados y me refiero a los INFORMES PERICIALES del PSICOLOGO y del MEDICO PSIQUIATRA que solicito sean valorados en forma total en esta denuncia y queja y se pruebe la NO APLICACIÓN del principio de equilibrio en la valoración probatoria siendo un delito y falta de la JUEZ y de los MAGISTRADOS  por las que deben ser sancionados Y favor considerar todo el resto de material probatorio como el INFORME que yo hice del accidente laboral al empleador y que el EMPLEADOR omitio su reporte a la ARL teniendo que hacerlo yo después de conocer la OMISION y de negarme mi REINTEGRO como se comprometio el empleador y presente queja ante el MINTRABAJO pero nada hizo y archivo el expediente sin investigar y asi existen muchas prueba que deben valorarse por ustedes para sancionar a los denunciados y registrarme como VICTIMA y poder radicar el INCIDENTE de REPARACION INTEGRAL para toda mi familia afectada

 

 

Señores  INVESTIGADORES en esta DENUNCIA  QUE ES TAMBIEN UN derecho de petición les INFORMO que radique primero petición respetuosa al empleador EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA, a la ARL y nadie quiso atender mis peticiones dejando totalmente abandonado al DISCAPACITADO por secuelas de AT y EL y lo mas grave por CULPA del EMPLEADOR en ese AT y en esas EL como el agudo stress postraumatico que presento y de allí nacen todas mis enfermedades mentales que hoy padezco y que no se quisieron atender por la ARL, por la EMPRESA EMPLEADORA, por el SGSST, por SALUD OCUPACIONAL y por el MINTRABAJO y la JUEZ y los MAGISTRADOS para negar en forma absurda justicia y negar el real acceso a la administración de justicia y violar otros derechos fundamentales como esta probado en mi tutela y se apartaron de considerar mi CONDICION de altísima vulnerabilidad

 

Pero luego radique acción de tutela en contra de los convocados y LA JUEZ CUARTA LABORAL DEL CIRCUITO DE PASTO nueva en su cargo y MAGISTRADOS del TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO viejos en sus cargos pero CORRUPTOS al negar justicia, al negar el verdadero acceso a la administración de justicia y violar en forma directa la CN y la LEY y además al PERJURARME dejando de cumplir con el JURAMENTO realizado al posesionarse en sus cargos  me negaron justicia, me negaron REPITO  el derecho de acceso real a la administración de justicia y me negaron los derechos reclamados y vulnerados decidiendo la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela PERO sin argumentar en forma suficiente su decisión y negando el conocimiento del PERJUICIO IRREMEDIABLE y el estado de necesidad y la alta vulnerabilidad de la suscrito enferma mental y con problemas PSICOFISICOS y nada les importo al JUEZ y MAGISTRADOS la suerte del discapacitado y alegremente negaron justicia. Pero además dejando de aplicar el PRINCIPIO DE EQUILIBRIO EN LA VALORACION PROBATORIA al no considerar mi historia clínica en su integridad, mis informes aportados elaborados por PERITO FORENSE psicólogo y perito forense PSIQUIATRA que no se quisieron considerar por la JUEZ ni por los MAGISTRADOS cometiendo en forma DOLOSA los delitos y las faltas disciplinarias

 

Acudi ante la CORTE para que se revise mi tutela y me contestan que ha sido archivado el expediente sin revisarlo desconociendo la INSISTENCIA realizada por la DEFENSORIA DEL PUBLO en escrito radicado ante la CORTE y las insistencias de la PROCURADURIA y de la PERSONERIA pero nada les importo a quienes revisan las TUTELAS solidarizándose con la JUEZ y MAGISTRADOS corruptos que no atendieron mi suplica, mi petición de amparo especial y sin considerar el PERJUICIO IRREMEDIABLE existente y probado por mis problemas mentales crónicos y críticos y progresivos y destructivos de la vida, la salud, la integridad física y se me negó el real acceso a la administración de justicia

 

Por ello asisto hoy ante la señora FISCAL, ante la señora PROCURADORA, ante el CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA, ante el CONTRALOR y otras autoridades para que se me revise las pruebas en forma integral y con fundamento en ello sin llamarme a ratificarme de algo que esta probado, se los sanciones y se deje consignado la violación flagrante de la CN, la LEY y los TRATADOS y se deje consignado que no se cumplio con el PRINCIPIO DE EQUILIBRIO EN LA VALORACION PROBATORIA y que no existe la SUFICIENTE ARGUMENTACION para haberse separado o abandonar las RATIO DECIDENDIS OBLIGATORIAS Y VINCULANTES tantas veces indicadas en mi tutela y mucho antes y ahora en esta queja y denuncia y que son amplias, bastantes y claras

 

Una vez mas  acudo ante la JUSTICIA JUSTA para solicitarles con todo respeto el favor de  considerar mis condiciones de ENFERMA, de DISCAPACITADA, y de victima y AFECTADO con un RETIRO INEFICAZ y también considerar que soy una persona que solo vive de su fuerza laboral afectada hoy por las secuelas dejadas por el accidente laboral y las enfermedades laborales producidas por CULPA de los empleadores

 

Favor  considerar que fui retirada de mi cargo encontrándome enferma y en proceso de calificación de su PCL al momento de ese RETIRO INEFICAZ obligándome a asumir todo problema de pobreza extrema y sin ninguna opción laboral por mi discapacidad y no existiendo sentimientos ni humanidad y menos respeto de los derechos humanos por el empleador llamado EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA  quien no solo negó el reporte del accidente laboral y lo archivo como esta probado en mi tutela y esas pruebas no quiso valorar la JUEZ, los MAGISTRADOS y el MINTRABAJO para negar justicia sin argumentar su decisión. Pero también es importante recordar que el gerente de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO con su asesor jurídico conociendo de mi critico estado de salud y por acoso laboral me trasladraon para que renunciara a un sitio mal sano para aburrirme y obligarme a renunciar lo que no se dio sino que se esperaron a que me desmayara por el DOLOR y allí si fueron a ofertarme el reintegro PERO después de tres meses obligándome si a renuncia pero con el COMPROMISO del REINTEGRO el 1 de abril de 2020 lo que no fue posible por la PANDEMIA y luego por la MUERTE del señor HERIBERTO ROSERO gerente de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO y dialogue con la HIJA SANDRA ROSERO que asumió la gerencia y me PROMETIO cumplir con la PROMESA DE SU PADRE PERO luego la NEGO y me obligo a radicar multiples derechos de petición como esta probado y deben comprobarlo mas fehacientemente exigiendo se remita copias escaneadas de todos esos expedientes formados pero sin RESPUESTAS ARGUMENTADAS desvirtuando o aceptando las ratio decidendis obligatorias y vinculantes existentes sobre el RETIRO INEFICAZ  y luego la tutela y en caso de no recibir justicia justa con esta tutela, con esta denuncia y queja me obliga a acudir a la DEMANDA LABORAL pero espero que se revise mi tutela y ordenen mi reintegro sin solución de continuidad por existir un retiro INEFICAZ señores  FISCAL, PROCURADORA, Magistrados del CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA y demás convocados porque esta probado que TODOS y ABSOLUTAMENTE TODOS me abandonaron con mis problemas mentales incluida la ARL POSITIVA SA y me abandonaron en forma total a mi suerte sin contar con recurso, estar en pobreza extrema y sin ninguna posibilidad laboral por haberme dedicado toda una vida al servicio de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO

 

Les SUPLICO a los magistrados investigadores, a la FISCAL, a la PROCURADORA y a todos los demás que reciban esta queja y denuncia  el favor de REVISAR como caso especial constitucional mi tutela y mi denuncia DESPUES DE FORMARSE la sana critica SANA y sin apasionamientos y sin corrupción  se dicte la DECISION de sancionar a los responsables registrándome como VICTIMA a mi y a mi familia y se ordene inmdemnizar pagando esos daños inmateriaeles que indico en esta denuncia y queja y ORDENARLE a la CORTE CONSTITUCIONAL después de probar la realidad dejada de valorar por la JUEZ y los MAGISTRADOS  que dicten una nueva sentencia donde se valore los preceptos vinculantes y obligatorios emitidos por la misma corte y que son muchos y me refiero a algunos de ellos en esta insistencia petitoria del enfermo trabajador y altamente vulnerable por sus enfermedades laborales y estoy seguro que si ustedes revisan mi problema, mi tutela, y la INJUSTICIA cometida en mi contra,  van a revocar las decisiones erradas y me van a proteger  ordenando mi REINTEGRO sin SOLUCION DE CONTINUIDAD y ordenando que la ARL POSITIVA SA asuma con nota de URGENCIA mis atenciones de todas las patologías que presento como consecuencia y culpa del EMPLEADOR generadas por el accidente laboral. Favor considerar como un caso especial del DISCAPACITADO para ordenar la REVISION de mi tutela  y sancionar en forma ejemplar a los denunciados  pero además registrarme como VICTIMA para que se me indemnice en forma ejemplar

 

Con todo respeto les solicito el favor  de ORDENARLE en la nueva sentencia tanto a la ARL como a EXPRESO SAN JUAN DE PASTO el favor de considerar mi condición especial de alta vulnerabilidad por el estado de salud, de sus problemas mentales, de su problema psiquiatrico, de sus accidentes laborales y de todas las enfermedades laborales que padezco siendo la mas critica de estas enfermedades el stress postraumatico laboral agudo la que produjo todos los problemas mentales que hoy me tienen al borde de la LOCURA, de la DESESPERACION, de la falta de animo, de la ansiedad y de las ganas de quererme quitar la vida situación no valorada en forma integral por la ARL POSITIVA SA siendo un acto de mal servicio publico pero también generándole responsabilidad patrimonial por todos esos daños y perjuicios generados y ya consumados y no solo para el trabajador enfermo no atendido y abandonado sino también para toda sus familia compuesta por el grupo que reclama en una de las pretensiones la indemnización en salarios minimos por daños morales y otros daños que se puedan cuantificar

 

Recuerden que el acto de retiro de un enfermo sin tramitar permiso ante el MINTRABAJO en términos del articulo 26 de la ley 361 de 1997 es considerado como RETIRO ineficaz Y POR SER INEFICAZ  no nace a la luz del derecho y sigue vinculado el trabajador retirado en forma ineficaz  al cargo y sigue devengando salarios y prestaciones  y también sigo vinculado a la ARL POSITIVA SA como cotizante y por afiliación realizada por el EMPLEADOR para atenderme en los riesgos laborales y para que INDEMNICE por los daños y perjuicios causados producto no solo del retiro ineficaz sino también por la CULPA en la ocurrencia del AT y de las EL por falta de un programa de salud ocupacional y falta de los SGSST y por las demás OMISION y falta de previsión de lo previsible

 

Recuerden que  fui RETIRADA de mi cargo en forma INEFICAZ y esa ineficacia dice el articulo 26 de la ley 361 de 1997 que no produce efectos y mantiene las condiciones en que se encontraban antes de producirse el RETIRO INEXISTENTE y por ello sigo vinculado a mi cargo y debo ser reintegrado al cargo sin SOLUCION de continuidad y con REUBICACION

 

Ese retiro INEFICAZ me dejo totalmente abandonada, con fuertes dolores y con un agudo sufrimiento y por no existir interés en reubicarme a pesar de tantas suplicas y peticiones y se mantuvo SILENCIO ABSURDO y se realizo el RETIRO INEFICAZ estando enferma y conociendo ampliamente el EMPLEADOR  y fui lanzada a la vida civil totalmente abandonada en forma total a mi suerte con problemas mentales, psicofísicos y con tantas patologías como registra mi historia clínica que anexo y se hace necesario y urgente mi reintegro con reubicación y con NOTA ESPECIAL de URGENCIA por cuanto me encuentro con enfermedades mentales crónicas, criticas y que están destruyendo mi vida, mi salud, mi integridad y no solo a mi sino también a toda mi familia, a mi comunidad y a toda la SOCIEDAD y también al ESTADO por el mal servicio de LA ARL y de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO al abandonar a su suerte a una trabajadora estando enferma con problemas mentales y psicofísicos como esta probado en mi historia clínica  y en los INFORMES PERICIALES que la juez y magistrados no quisieron valorar ni calificar y que autorizo revisarla, obtenerla y analizarla y de la ARL POSITIVA al abandonar a su trabajadora enferma no solo presto un mal servicio sino que  no  garantizo los minimos derechos pero además sin revisar para firmar el contrato con un particular la exigencia de los SGSST y de un programa de salud ocupacional obligatorio de todo empleador y además existe OMISION del  sistema de salud ocupacion obligatorio su existencia en todo empleador  y radicado ante el MINTRABAJO pero sin hacer nada ese MINTRABAJO que archivo el expediente que iniciara con mi queja sin investigar y sin sanciona para exigir los requisitos en riesgos laborales, en salud y en el reconocimiento de los minimos derechos de todos los trabajadores lo que ha generado responsabilidad patrimonial al estado por tales omisiones y el mal servicio

 

Con todo respeto les solicito el favor de  considerar para decidir sobre mi denuncia y queja el contenido del articulo 26 de la LEY 361 de 1997 y probar la FEHACIENTE violación de los derechos fundamentales y la flagrante negación de justicia decidiendo DECLARAR IMPROCEDENTE LA ACCION DE TUTELA sin argumentar en forma suficiente la decisión y desconociendo los PRECEPTOS VINCULANTES que ampliamente se analizaron pero existiendo muchos mas y en esta denuncia incluyo otros como: Sentencia: T-006/24; Sentencia SU-269 de 2023; Sentencia SU-087 de 2022; Sentencia SU-269 de 2023;  sentencias T-1040 de 2001; T-198 de 2006; T-692 de 2015;  Sentencias T-396 de 2013; T-258 de 2019; Sentencia T-396 de 2013; Sentencia T-258 de 2019; Sentencia T-145 de 2024; Sentencia T-287 de 2023; Sentencia T-434 de 2020; Sentencia T-434 de 2020; Sentencia SU-269 de 2023; Sentencia SU-049 de 2017; Sentencia T-102 de 2020;  Sent ncia T-344 de 2016;  Sentencia T-263 de 2009; Sentencia T-386 de 2020; Sentencia T-035 de 2022; sentencia T-263 de 2009.

 

Señora FISCAL, señora PROCURADORA, señor CONTRALOR, señores magistrados del CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA, existen muchos mas preceptos constitucionales vinculantes y obligatorios que la JUEZ ni los MAGISTRADOS quisieron valorar y rechazaron sin ARGUMENTAR cometiendo delitos y faltas disciplinarias al NEGAR JUSTICIA JUSTA y dejara abandonada a una trabajadora enferma con PROBLEMAS MENTALES y CRONICOS pero lo mas grave desconociendo los fueros especiales de estabilidad laboral como el de ser MADRE CABEZA DE FAMILIA, ser una mujer ya de la TERCERA EDAD sin posibilidades laborales no solo por su discapacidad sino también por la edad, de ser una hija responsable  con su ANCIANA MADRE y DESPLAZADA de 95 años de edad totalmente discapacitada, se desconocio el FUERO ESPECIAL por PREPENSION cuando existen infinidad de PRECEPTOS CONSTITUCIONALES que obligan a proteger estos fueros entre otros. Pero para la JUEZ y para los MAGISTRADOS no les importo la INJUSTICA ni la JUSTICIA y solo pensaron en sus intereses y no en los problemas de la enferma mental, de la vulnerable, de la ansiosa de justicia que acudió a ellos para solicitar protección y encontró es abandono y negación de justicia por lo que deben ser investigados, sancionados y ordenarles indemnicen por esos daños y perjuicios causados y favor NO LLAMARME a ratificarme porque ya me estoy ratificando en mi denuncia y queja y no se requiere ratificar algo que esta probado y es la NEGACION DE JUSTICIA por no aplicar las ratio decidendos obligatorias y vinculantes o no argumentar en forma suficiente para separarse de ellas. Esta probada la NEGACION DE JUSTICIA y esta probado que no se aplico el principio de equilibrio en la valoración probatoria y esta probada la violación flagrante del DEBIDO PROCESO y no existe dudas de ello y solo después de una investigación detallada se puede determinar tales hechos dañinos y se debe sancionar a los responsables y ordenarles que indemnicen a las victimas

 

ADEMAS DE ESTOS preceptos constitucionales indicados favor considerar los preceptos indicados en mis repetitivos derechos de petición sin CONTESTAR lo que ha generado OTROS DAÑOS Y PERJUICIOS por la OMISION y el MAL SERVICIO al omitir el deber de contestar los derechos de petición y recordar que si un DERECHO DE PETICION no se contesta en los 20 dias el empleador o el servidor publico o privado ya no puede negar lo pedido y debe responder solucionando el problema y otorgando el derecho pedido siendo una sanción al SERVIDOR omitente y a la entidad por los actos omisivos del empleado o servidor publico o privado. 

 

Señor CONTRALOR como usted puede observar se ha generado un grave detrimento patrimonial por el mal servicio publico y por la NEGACION DE JUSTICIA y usted tiene una altísima responsabilidad y debe investigar y sancionar porque la OMISION al no sancionar al servidor publico por esa OMISION y ese MAL SERVICIO no solo le genera responsabilidad al estado sino que también genera responsabilidad fiscal para cada servidor publico OMITENTE en cumplir con su deber y no garantizar el BUEN SERVICIO

 

No existe la SUFICIENTE ARGUMENTACION para negar o rechazar lo definido por los magistrados de las altas cortes so pena de cometer delitos y faltas disciplinarias y violar en forma directa la CN, la LEY, los TRATADOS pero especialmente OMITIR su deber de cumplir con el juramento manifestado al posesionarse de sus cargos.

 

ES IMPORTANTE recordarles que anoto todos esos preceptos vinculantes y obligatorios para que los lean y los analicen y no se separen de su deber de aplicarlos y conceder lo que se pide y contestar en el termino máximo de los 20 dias porque si ya no se contesta en ese termino existe la SANCION de ya no poder negar nada de lo que se pide y además se deben valorar en su integridad y solo les esta permitido rechazar las ratio decidendi si existe la suficiente argumentación que desvirtue en forma clara lo expresado por los magistrados de la alta corte so pena también de cometer delitos y faltas disciplinarias.

 Favor no cometer los delitos porque después me deben indemnizar por todos los daños y perjuicios al radicar como VICTIMA el incidente de reparación integral en cada proceso penal y disciplinario.

 

Vengo insistiendo ante el MINTRABAJO, ante la JUEZ y los MAGISTRADOS y ante el EMPLEADOR DIRECTOR EXPRESO SAN JUAN DE PASTO que se considere y se ordene el pago de las SANCIONES MORATORIAS previstas en los artículos 99 de la ley 50 de 1990 y el articulo 65 del C.S.T. y de la S.S. y otras sanciones por el no pago de intereses a la cesantías, y por todos los retardos realizados por el empleador y favor ordenar el pago de los aportes al fondo de pensiones actualizados y según la cuenta de cobro que radique el FONDO pero siempre se ha desconocido mis derechos y se me negó justicia y se me negó la protección como vulnerable y discapacitada o enferma con problemas críticos mentales que me tienen al BORDE de la DESESPERACION, de la ANGUSTIA y de la LOCURA

 

Vengo insistiendo a la ARL POSITIVA SA en el favor de ordenar me valore en forma actual, total, e integral sin dejar una sola patología sin otorgarle PCL individual para luego totalizar esa PCL sumadas todas las patologías consideradas y emitir nuevo dictamen actual y con ética y profesionalismo realizando recomendaciones para la reubicación y para los ascensos y una vez definida la PCL TOTAL en el nuevo dictamen notificarme de el para aceptarlo o impugnarlo o demandarlo y si la PCL total nueva es igual o superior al 50% favor ordenar que la ARL POSITIVA SA me pensione POR INVALIDEZ y ordenar al fondo de pensiones me la DEVOLUCION de lo ahorrado en el FONDO DE PENSIONES hasta la ultima fecha de mis aportes y que la liquidación sea actualizada, con intereses y rendimientos durante toda la vida de aportes realizada por el suscrito suboficial. Esa devolución de los ahorros corresponde hasta el ULTIMO VALOR COTIZADO incluido el tiempo del retiro ineficaz actualizado que cobre el FONDO al  empleador EXPRESO SAN JUAN DE PASTO. Pero nada se me atiende señora FISCAL, señora PROCURADORA, señor CONTRALOR, señores MAGISTRADOS del CSJ y nada pasa con la ENFERMA y siguen destruyendo mi vida, mi salud por la NEGLIGENCIA en la atención oportuna de la TRABAJADORA que sufre por las ENFERMEDADES LABORALES y el ACCIDENTE LABORAL SUFRIDO

 

Señora FISCAL, PROCURADORA, CONTRALOR y MAGISTRADOS del CSJ no existen en el empleador SGSST y no existe un PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL y denuncie tales hechos al MINTRABAJO y la ARL POSITIVA SA pero nada se hizo y solo se archivo el expediente sin INVESTIGAR y vengo reclamando indemnizaciones por los daños y perjuicios inmateriales pero nada se atiende y se guarda silencio frente a mis peticiones como enferma mental  y por ello esta probada la CULPA y deben indemnizar por esa CULPA con el pago a mi favor de daños morales en la cantidad de 500 smmlv; daños en mi salud para mi de 500 smmlv; daños en la vida de ralacion para mi en la cantidad de 500 smmlv; daños de oportunidad para mi la cantidad de 500 smmlv; daños por no poder disfrutar de los placeres de la vida con una VIDA DIGNA y SALUDABLE la cantidad de 500 smmlv, Pero también están probados los daños y perjuicios morales para mi esposo la cantidad de 500 smmlv; para mis cuatro  hijos la cantidad de 500 smmlv para cada una de ellos por daños morales insisto; para mis siete hermanos por daños morales y para cada uno de ellos la cantidad de 500 smmlv; para cada uno de mis cuatro  cuñados que han sufrido el dolor y ese sufrimiento que genera el abandono y todas las patologías no valoradas ni aliviadas por  la ARL POSITIVA SA y por las JUNTAS la cantidad para cada uno de 500 smmlv; POR daños morales la cantidad de 500 smmlv para cada uno; 500 smmlv como daños morales para mis madre anciana de 95 años y desplazada por la violencia y que depende en forma exclusiva de mis ingresos; la cantidad de 500 SMMLV para cada uno de mis seis nietos; y 500 smmlv para cada uno de mis QUINCE SOBRINOS por daños morales que sufren con migo ese abandono, ese sufrimiento, ese dolor que producen las secuelas producidas por el accidente laboral producto de CULPA del empleador y sin controles del estado ni de la ARL. Favor ordenar el pago de las indemnizaciones que se reclaman sin obligarme a acudir a la DEMANDA o a la ACCION DE TUTELA para pedir en forma urgente la PROTECCION de mis derechos. Favor liquidar y ordenar el pago de las indemnizaciones indicadas como indemnización por todos esos daños y perjuicios generados producto del  DELITO y por el mal servicio publico, por violación directa de la CN y la LEY y producto de la OMISION y de PERJURARSE al dejar de cumplir con el deber jurado al posesionarse de cumplir y hacer cumplir la CN. Favor considerar a todo el GRUPO FAMILIAR quienes todos sufren con migo los dolores y las angustias que produce en el lesionado el abandono, las secuelas del accidente laboral y todos padecen todos los días ese sufrimiento que no ha querido aliviar la ARL ni el  empleador EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA

 

Vengo reclamando PERO SIN ATENCION de que me reubiquen en un cargo como PROFESIONAL de ADMINISTRACION PUBLICA porque soy graduada de la ESAP en esta profesión y lo hice para MEJOR el servicio y ser mas eficiente en la atención de los servicios de la EMPRESA.  Les recuerdo que en los mas de 13 años al servicio de la EMPRESA no solo me dedique a servirla las 8 horas diarias y el tiempo extra laborado sino que en horario nocturno me dedique a estudiar en la ESAP la carrera de administración publica y en la UNIVERSIDAD PUBLICA porque los ingresos no me alcanzaban para pagar otras matriculas privadas.  Para apoyar el talento he solicitado igualmente una BECA para estudiar una MAESTRIA o un DOCTORADO en administración publica, en derechos humanos, en derecho comercial internacional o en cualquiera otra área pero ni la JUEZ, ni los MAGISTRADOS, como tampoco la EMPRESA quisieron ni siquiera revisar ni considerar mi petición como enferma con problemas mentales y crónicos para desviar el dolor y el sufrimiento realizando otras actividades y que mi cerebro se olvide un poco de los problemas mentales con el ESTUDIO pero nada les importo negando la PROTECCION ESPECIAL de la ENFERMA MENTAL

 

Fundamento la denuncia y queja en los siguientes

 

HECHOS

 

1.- Me vincule LABORAR al servicio de EXPRESO SAN JUAN DE PASTO SA siendo  una trabajadora excelente y dure en forma permanente y constante mas de 13 años continuos y fue retirada estando enferma. Desempeñe los cargos asignados  sin los medios suficientes de protección y sin capacitarme previamente para trabajos en alturas y en actividades peligrosas como lo es el transporte de dineros desde el terminal hasta la sede de la empresa y en un sector altamente peligroso por la delincuencia

 

2.- Se INTERRUMPIO mi carrera  o actividad como despachadora y vendedora de tiquetes y recolección de dineros para entregarlos en la empresa todos los días  producto del ACCIDENTE LABORAL sufrido y las secuelas que este produjo en mi cuerpo sin atenciones por parte de la ARL y del EMPLEADOR hasta encontrarme desmayada en mi sitio de trabajo colocando en mayor riesgos los recursos de la empresa por ese estado de inconciencia de su trabajadora

 

3.-  Fui internada por el accidente laboral en el HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE NARIÑO como lo indica mi historia clínica para curar mis heridas ocurridas en el accidente laboral y fui retirada estando enferma por multiples enfermedades laborales y por las secuelas de los accidentes laborales que no fueron atendidos en forma oportuna por la ARL ni por las JUNTAS generando graves daños y perjuicios. Mi carrera fue interrumpida en el grado de  obrero estando enfermo por las secuelas del accidente laboral ampliamente conocido por los empleadores

 

4.- Estando en mi cargo se produjo el accidente laboral el dia ___ y ese accidente accidente laboral produjo muchas secuelas y patologías como indica mi historia clínica que anexo  con consecuencias criticas y graves mentales  y fui atendido en el HOSPITAL tal como registra mi historia clínica que anexo. Tambien se me produjo enfermedades laborales como el STRESS POSTRAUMATiCO  y otras mentales que no se ha querido valorar ni calificar para definir una PCL TOTAL Y REAL y con valoraciones integrales

 

5.- Quede con graves secuelas mentales, psicofísicas, y otras patologías que no han sido atendidas ni calificadas por la  ARL ni por las JUNTAS y que ahora solicito se califiquen en forma integral y actual para definir mediante nuevo dictamen la PCL TOTAL, la fecha de estructuración y el ORIGEN que no puede ser otro que AT y EL.

 

6.- registro las siguientes patologías que deben valorarse, calificarse y dictaminarse a la fecha para definir el nuevo dictamen y actual y notificarme: Ansiedad, stress postraumatico laboral agudo, perdida del sueño, amnea del sueño, trastornos del sueño, desesperación, dolores musculares, dolores abdominales, desesperación,  ____, ____, ____, ____, ____ ( Favor sacarlas de la HISTORIA CLINICA y escribirlas). ( favor hacerse valorar de PSICOLOGO FORENSE, psiquiatra forense, neurologo y otras patologías y presentar los informes de cada profesional con las recomendaciones)

 

7.- Vengo insistiendo para definir sobre mi retiro INEFICAZ y ordenar los tratamientos que necesito el favor de considerar  INSISTO los multiples preceptos vinculantes y obligatorios que he indicado en mis repetitivos derechos de petición y que no se han querido considerar por pero además considerar las ratio decidendis obligatorias y vinculantes que indican los siguientes fallos o Sentencia: T-006/24; Sentencia SU-269 de 2023; Sentencia SU-087 de 2022; Sentencia SU-269 de 2023;  sentencias T-1040 de 2001; T-198 de 2006; T-692 de 2015;  Sentencias T-396 de 2013; T-258 de 2019; Sentencia T-396 de 2013; Sentencia T-258 de 2019; Sentencia T-145 de 2024; Sentencia T-287 de 2023; Sentencia T-434 de 2020; Sentencia T-434 de 2020; Sentencia SU-269 de 2023; Sentencia SU-049 de 2017; Sentencia T-102 de 2020;  Sent ncia T-344 de 2016;  Sentencia T-263 de 2009; Sentencia T-386 de 2020; Sentencia T-035 de 2022; sentencia T-263 de 2009

 

PRUEBAS

 

1.- Historias clínicas donde se indican las enfermedades y patologías siguientes: ___,____, ____, ___, ___, otras

2.- Informe de mi accidente laboral realizado al empleador el dia del accidente, la incapacidad otorgada por los problemas de salud, el reporte que hice a la ARL y al MINTRABAJO por la OMISION del EMPLEADOR y que el MINTRABAJO archivo sin INVESTIGAR

 

3.- Acto de Ingreso al  cargo

4.- Acto de retiro del cargo

5.- Informo el DICTAMEN negado por la ARL luego interpuestos los recursos y liego el nuevo dictamen corregido después de atacar la CORRUPCION y lograr el DICTAMEN CORRECTO registrando el ORIGEN como ACCIDENTE LABORAL pero con PCL de CERO siendo otro acto corrupto que se encuentra en valoración para definir

7.-  Renuncia y también prueba del retiro de la renuncia o desistimiento de esta al NO CUMPLIRSE el compromiso de reintegro al cargo con reubicación  acordado con la CONDICION de renunciar por ese termino acordado

8.- Otras pruebas que se deben valorar según los expedientes que remitan cada convocado a este derecho de petición sin costos para el trabajador y que debe ser remitido en forma urgente para que haga parte del material probatorio y también remitirse escaneado a mi correo reportado para que los abogados especializados de FENALCOOPS como ONG DEFENSORA DE LOS DERECHOS HUMANOS realicen el análisis y valoración y radiquen las demandas. Favor OFICIAR desde su oficina cada CONVOCADO para que remitan

9.- Anexo mi tutela, las dos sentencias y las multiples peticiones de revisión realizadas

 

NOTIFICACIONES

 

Favor reportar toda información al correo fenalcoopsas@gmail.com o llamar al celular 3146826158 o escribirme a mi dirección calle 18 No. 23 36 oficina 401 Pasto Nariño

 

Cordialmente

MARIA DEL PILAR SILVA CORAL

c.c. No. 30,725. 243 de Pasto

 

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