DEMANDA RETIRO INEFICAZ DE UN POLICIA
Pasto, 7 de septiembre de 2024
Señor
JUEZ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PASTO ®
E.S.C.E.
REF: DEMANDA DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO –
DEMANDA DE INEFICACIA DEL RETIRO
Demandante: JORGE JAVIER TORRES BURBANO
Demandados: NACION –
MINDEFENSA – POLICIA NACIONAL – JUNTA MEDICO LABORAL DE LA POLCIA – TRIBUNAL MEDICO
LABORAL
PEDRO LEON TORRES BURBANO, persona mayor de edad, domiciliado
en Pasto, identificado con c.c. No. 5.233.015 de consaca Nariño, abogado en
ejercicio con TP No. 127.875 del C.S.J. actuando como apoderado del señor JORGE
JAVIER TORRES BURBANO, persona mayor de edad, domiciliado en Pasto,
identificado con c.c. como aparece en el poder a mi otorgado, asisto ante
ustedes para radicar DEMANDA en contra de la NACION – MINISTERIO DE DEFENSA
NACIONAL – POLICIA NACIONAL – JUNTA MEDICO LABORAL DE LA POLICIA y TRIBUNAL
MEDICO LABORAL, por el retiro ineficaz realizado a mi cliente al llamarlo a
calificar servicios encontrándose enfermo y sin tramitar permiso ante el
MINISTERIO DE TRABAJO en cumplimiento a lo previsto en el articulo 26 de la ley
361 de 1997 y se fundamenta la demanda en lo siguiente:
1.- CLASE DE PROCESO.
Se trata de un proceso de nulidad y restablecimiento del
derecho contra los actos administrativos: ___
Se pretende como PRETENSION PRINCIPAL que se declare la
INEFICACIA del retiro por llamamiento a calificar servicios el que no ha nacido
a la luz del derecho, no produce efectos y mantiene las cosas en el estado en
que se encontraban antes de producirse el llamamiento a calificar servicios por
no cumplirse el requisito sine qua non previsto en el articulo 26 de la ley 361
de 1997 que dice “_____”
2.- PARTES
Demandante: JORGE JAVIER TORRES BURBANO, persona mayor de edad,
domiciliado en Pasto, retirado de la POLICIA NACIONAL estando vinculado como
agente de la policía en PASTO NARIÑO y retirado estando enfermo por secuelas de
ACCIDENTES LABORALES y ENFERMEDADES LABORALES como se registran en su historia clínica
que se anexa como pruebas. Se identifica con c.c. No. _____ de Pasto y se
encuentra hasta hoy discapacitado y enfermo por las secuelas y se le viene
generando graves daños y perjuicios como se prueba en las pretensiones y en los
hechos de esta demanda. Tiene su residencia en la CALLE 4 SUR No. 22 B 17
BARRIO MIJITAYO 2 PASTO NARIÑO y su correo es _____. Su celular es ____. Favor
notificarlo en la dirección registrada
Demandados: NACION –
MINDEFENSA – POLICIA NACIONAL – JUNTA MEDICO LABORAL DE LA POLCIA – TRIBUNAL
MEDICO LABORAL. Son personas de derecho Publico y representadas legalmente por
el MINISTRO quien se identificara plenamente al contestar la demanda, por el
DIRECTOR DE LA POLICIA NACIONAL, que es un general de la republica de Colombia
y quien se identificara al momento de contestar la demanda e informara todos
sus datos. El director o representante de la JUNTA MEDICO LABORAL de la POLICIA
NACIONAL al igual que el TRIBUNAL MEDICO tienen su representante que se identificara
plenamente al contestar la demanda . Tiene su domicilio principal en BOGOTA
pero tambien tiene sede en PASTO en la carrera 27 con calle 20 esquina
ampliamente conocida por la ciudadania pastusa y nariñense y su correo es
_____. Su celular es ____. Favor notificarlo en la dirección registrada
3.- POSTULACION
Se postula como apoderado de la parte demandante el abogado PEDRO
LEON TORRES BURBANO, persona mayor de edad, domiciliado en Pasto, identificado
con c.c. No. 5.233.015 de consaca Nariño, abogado en ejercicio con TP No.
127.875 del C.S.J. El señor JORGE JAVIER TORRES BURBANO me ha otorgado poder el
que anexo a la presente demanda debidamente presentado ante la oficina judicial
de PASTO
4.- FIN DE LA DEMANDA:
Solicitar como principal pretension que se declare la
INEFICACIA del RETIRO por no cumplirse con el requisito previsto en el articulo
26 de la ley 361 de 1997 y al ser ineficar el LLAMAMIENTO A CALIFICAR SERVICIOS
de JORGE JAVIER TORRES BURBANO, este no ha nacido a la luz del derecho, esta
vigente su vinculación a la POLICIA NACIONAL, sigue devengando salarios y
prestaciones y debe ser ascendido a cargos superiores
5.- HECHOS en que se fundamenta la demanda
1.- Mi cliente fue llamado a CALIFICAR SERVICIOS encontrándose
enfermo, incapacitado, excusado del servicio y en proceso de calificación de su
PCL y que se defina el DICTAMEN donde se indique la PCL TOTAL e INTEGRAL, la
fecha de estructuración y el ORIGEN y para producir ese acto de retiro o de
llamamiento a calificar servicios NO SE CUMPLIO con el requisito previsto en el
articulo 26 de la ley 361 de 1997 lo que hace que sea un retiro INEFICAZ y se
debe declarar en sentencia por el señor juez.
2.- Mi cliente solicito el favor de calificarlo y de
protegerlo en su estado de vulnerabilidad por cuanto las enfermedades y patologías
son producto de accidentes laborales ocurridos en fechas____ y mediante
informativos registrados Nos ____ de fechas ____ y también padece de
ENFERMEDADES LABORALES como el stress postraumatico laboral agudo, las
enfermedades mentales y todos los problemas psicofísicos que presenta y se ha
identificado según la historia clínica las siguientes patologías: ___, ____.
_____. _____.. Otras.
3.- Al momento del llamamiento a calificar servicios o del
retiro ineficaz mi cliente se encontraba
totalmente enfermo conociendo el EMPLEADOR en forma total y se encontraba en
proceso de calificación y no se esperaron a cerrar ese ciclo para retirarlo y
tampoco se tramito el permiso ante el MINTRABAJO para que autorizara el retiro
del agente de policía e insisto siendo un RETIRO INEFICAZ como lo indica la CN,
la LEY, los TRATADOS, las RATIOS DECIDENDIS vinculantes y obligatorias tantas
veces analizadas en los escritos de derechos de petición, en las insistencias,
en los recursos, en la acción de tutela y hasta el juez constitucional le negó justicia
debiendo ser investigado por los delitos y las faltas cometidas en razón a que
existe una clara violación directa de la CN y de la LEY y existe perjuro del
juez al no cumplir con las ratio decidendis obligatorias y vinculantes y además
NO EXISTE una argumentación suficiente para que se haya separado de las razones
jurídicas para violar en forma directa la CN
4.- El MINDEFENSA, el DIRECTOR DE LA POLICIA y los demás demandados
a pesar de insistencias permanentes de mi cliente para ser REINTEGRADO sin solución
de continuidad jamás fue atendido y jamás se declaro la INEFICACIA del RETIRO y
mantuvo ese retiro ineficaz hasta la sentencia que usted señor juez dicte
ordenando el reintegro sin solución de continuidad considerando y aplicando las
ratio decidendis obligatorias y vinculantes que indico en los preceptos
constitucionales que mas adelante relaciono como soportes de las PRETENSIONES y
de los HECHOS
5.- MI cliente tuvo en las siguientes fechas los accidentes
laborales y están soportados con sus informativos y registrados en su historia
laboral: ____, ____, ____, ____. Otros
6.- Pero ademas en su historia clínica y en los informes científicos
producidos por el PSICOLOGO FORENSE informe que se anexa como prueba y el
informe del MEDICO PSIQUIATRA de quientambién se anexa el informe registra
problemas de enfermedades mentales, de ansiedad, de falta de sueño o de
insomnio, problemas de amnea del sueño, problemas de fatigas, entre otras
enfermedades que no se han querido valorar ni calificar por la JUNTA MEDICO
LABORAL ni por el TRIBUNAL MEDICO LABORAL y debe ordenarse ser atendido con
nota de urgencia para aliviar de todas sus patologías y enfermedades antes de
que se produzcan mas daños y perjuicios de los ya causados porque esta en peligro
la familia, la sociedad y el estado por la presencia de un enfermo mental en
las calles y sin tratamientos ni controles y esa orden debe salir como resultado del
proceso
7,. A mi cliente como a su familia se le ha generado graves daños
y perjuicios por la tardanza en las atenciones de sus patologías y cada dia es
mas critico el estado de salud del agente de policía producto de los accidentes
laborales y producto de las enfermedades laborales producidas por CULPA del
empleador al faltar los SGSST, los programas de salud ocupacional, las baterías
de seguridad social, y otros temas importantes a tenerse en cuenta cuando se
generan los riesgos laborales. Pero además se produjeron las enfermedades
laborales producto de la no dotación con elementos minimos requeridos de protección
en el manejo de armas, en el cargamento de los equipos pesados de transportar
por trocha y montañas y por esa falta de DOTACIONES adecuadas se generaron las enfermedades
mentales y los accidentes laborales y hoy padece de un agudísimo stress
postraumatico laboral, con dolores de cabeza, con mucha ansiedad, con problemas
de la visión, con problemas de gastritis aguda, con problemas mentales de desesperación
y ganas de destruir a todos y las cosas, entre otras enfermedades que se
informan en los reportes periciales que se anexan
8,. Los demandados deben a mi cliente todos esos daños y
perjuicios causados producto del RETIRO INEFICAZ y producto de la CULPA en la
ocurrencia de los AT y de las EL y le deben también la indemnización de que
trata el articulo 26 de la ley 361 de 1997
9.- Tambien le deben los salarios, las prestaciones, las
sanciones moratorias previstas en la ley 50 de 1990 y en el C.S.T y de la S.S.
y otras sanciones que se liquidan en las PRETENSIONES
10.- Por daños morales le deben a mi cliente la cantidad de
500 smmlv; por daños en la salud la cantidad de 500 smmlv; por daños en la vida
de relación le deben la cantidad de 500 smmlv; por daños de oportunidad le
deben la cantidad de 500 smmlv; por daños al no poder disfrutar de los placeres
de la vida producto de las enfermedades laborales y producto de los AT
producidos por CULPA del empleador le deben 500 smmlv. A la esposa LUZ FENNY RAMIREZ MARIN le deben
500 smmlv por daños morales; a su hijo JORGE TORRES RAMIREZ, le deben 500 smmlv
por daños morales; a su hija TATIANA TORRES RAMIREZ le deben 500 smmlv, por
daños morales, a su hija NOHORA ELIZABETH TORRES CARLOSAMA le deben por daños
morales la cantidad de 500 smmlv. Ademas
le deben a su yerno ___ la cantidad de 500 smmlv por daños morales; a su nuera ____
le deben la cantidad de 500 smmlv por daños morales y a su nieto ___ le deben
500 smmlv por daños morales; a su hermana FABIOLA TORRES BURBANO le deben la
cantidad de 500 smmlv por daños morales; para JOSE FELIX TORRES BURBANO le
deben 500 smmlv por daños morales; para su hermano SEGUNDO TORRES BURBANO le deben 500 smmlv. Se
debe definir según la sana critica del juez el monto de cada perjuicio causado
y ordenar el pago indemnizatorio considerando que toda la familia sufre con el
dolor y el sufrimiento del agente de policía. Se deja constancia que existe
otro grupo de familiares afectados con el olvido y abandono del agente de policía
por parte de los demandados pero se deja hasta allí la demanda
10.- Por la CULPA del accidente laboral y las enfermedades
laborales producidas por la NEGLIGENCIA del EMPLEADOR al no contar con
programas de salud ocupacional, al no contar con los SGSST, al no haber
capacitado al agente en prevención del riesgo y al no haber dotado de los
elementos minimos y adecuados para realizar las actividades peligrosas y de
alto impacto, se reclama como INDEMNIZACION la cantidad de quinientos millones
de pesos para JORGE JAVIER TORRES BURBANO por cuanto es un hecho cierto y
probado que no existen los programas operando de salud ocupación y no existen
las dotaciones adecuadas y según programas realizados por la ARL o por SANIDAD
MILITAR y eso le gnero responsabilidad patrimonial que debe indemnizar
11.- Se rclama ser REINTEGRADO en forma inmediata y urgente
al cargo con los ascensos y que se le cancele los salarios, prestaciones,
sanciones moratorias, indemnizaciones, indexaciones, intereses moratorias, multas
y demás derechos que se liquidan en las pretensiones que se relacionan mas
adelante
12.- Es un hecho cierto y probado el abandono realizado por
la JUNTA MEDICO LABORAL y el TRIBUNAL MEDICO LABORAL como también SANIDAD DE LA
POLICIA y no se ha atendido los quebrantos de salud y tuvo hasta que acudir a
la acción de tutela para pedir atenciones oportunas y a pesar de existir la
ORDEN JUDICIAL se sigue desacatando la orden y se solicita que en sentencia se
ordene la atención urgente e inmediata y se califique en forma INTEGRAL, total,
ACTUAL y todas las patologías que registra considerando los informes,
dictamenes, los reportes de los AT y toda su historia clínica pero sin dejar
una sola patología sin valorarla y sin darle una PCL individual para luego
sumar y totalizar en el nuevo dictamen que se produzca y si la PCL total es
igual o superior al 50% debe ser pensionado por INVALIDEZ y devolverse los
ahorros realizados en el FONDO DE PENSIONES con intereses y rentas
PRETENSIONES en esta DEMANDA
Se solicita como PRETENSION PRINCIPAL que
1.- Se declare INEFICAZ el retiro realizado con LLAMAMIENTO A
CALIFICAR SERVICIOS y registrado en la RESOLUCION No. ___ la que se anexa y
debe declararse la nulidad de ese acto y que se ordene en el nuevo el REINTEGRO
SIN SOLUCION DE CONTINUIDAD por la INEFICACIA del llamamiento a calificar
servicios
2.- Una vez reintegrado a su cargo ordenar los ascensos según
su cuadro de tiempo laborado considerando como TIEMPO LABORADO ese periodo
comprendido entre el dia del retiro ineficaz y el dia del REINTEGRO incluyéndolo
en nomina y considero llega hasta el grado de SARGENTO MAYOR DE COMANDO y puede
seguir ascendiendo en la escala de OFICIALES llegando hasta CAPITAN
3.- Favor ORDENAR como pretensión el pago de salarios y
prestaciones desde el dia del retiro ineficaz hasta el dia del reintegro o el
dia de inclusión en nomina
4.- Favor ordenar el pago de la INDEMNIZACION prevista en el
articulo 26 de la ley 361 de 1997 por ese retiro ineficaz y corresponde a 180
dias
5.- Favor ordenar el reintegro con reubicación laboral
considerando las patologías que presenta y los problemas mentales que padece el
agente y no ordenarle el manejo de armas de fuego por el riesgo inminete que se genera a la sociedad, a la familia y al
estado. Favor reubicarlo en un cargo que recomiende la JUNTA MEDICO LABORAL después
de valorarlo su estado mental
6.- Se solicita al señor JUEZ el favor de ordenar en su
sentencia otorgar auxilios al discapacitado policía para compra de vivienda,
para estudiar una carrera otorgando BECA para realizar la carrera de DERECHOS y
convertirse en el asesor de sus compañeros amparándolos en el respeto de sus
derechos fundamentales y demandando por las indemnizaciones a las que tengan
derecho. Tambien ORDENAR en la sentencia que se atienda al enfermo con
urgencias y según la necesidad en cada una de sus patologías producidas por AT
y EL producto de CULPA del EMPLEADOR y que su familia sea atendida por las
CORPORACIONES y PROGRAMAS creados por el MINDEFENSA para ayudar a los
veteranos, a los pensionados, a los enfermos y a todo el personal de POLICIA
7.- Condenar en costas, agencias y demás gastos que se hayan
producido en el proceso y liquidar las agencias en derecho considerando las tarifas
máximas previstas en las normas expedidas por las autoridades judiciales.
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