RETIRO GOBENRACION DE NARIÑO RETIRO INEFICAZ
Pasto 16 de AGOSTO de 2024
Señor GOBERNADOR DE
NARIÑO
Señor SECFETARIO DE
EDUCACION DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO
Señor JEFE DE
CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO del DEPARTAMENTO DE NARIÑO
Señor PROCURADOR
GENERAL DE LA NACION para la EDUCACION y la CALIDAD del servicio publico de
EDUCACION
Señora FISCAL
GENERAL DE LA NACION
Señor MINISTRO DE
EDUCACION
Señor JEFE
ANTICORRUPCION
Señores CND
Señor PRESIDENTE
GUSTAVO PETRO
Señora MINISTRO DE
TRABAJO
solucionesdocumental@mintrabajo.gov.co
E.S.C.E.
REF: Derecho de Peticion – Insistencia - DENUNCIA .
QUEJA
Favor considerar que
existe una flagrante VIOLACION directa de la CN, de los FUEEROS, y viola el FIN
del estado social de derecho y vulnerar la DIGNIDAD HUMANA de una trabajadora
ENFERMA Y MADRE cabeza de familia con enfermedades crónicas y progresivas y
desconocimiento de los beneficios y protecciones del DISCAPACITADO y violación
de la LEY del DISCAPACITADO
Favor considerar que
no existen los SGSST, no existen programas ciertos y reales aplicables en salud
ocupacional y la ARL a la que me afiliaron los empleadores no ha cumplido su papel de afiliadora a la enferma
trabajadora
Existe FLAGRANTE
violación de la LEY DEL PLAN llamado ese PLAN como POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA
donde existe un capitulo especial diseñado por el PROMOTOR y DEFENSOR de los
VULNERABLES el Dr GUSTAVO PETRO URREGO
NILCE JHOANA TORRES
SILVA persona mayor de edad, domiciliada en Pasto, identificada con c.c. No. TAL como lo indico al final de mi firma, en mi condición de ENFERMA, discapacitada,
MADRE CABEZA DE FAMILIA y persona de especial protección por la LEY DEL PLAN y
por la LEY del DISCAPACITADO asisto ante las autoridades con todo respeto para
DENUNCIAR y RADICAR QUEJA en contra del GOBERNADOR del DEPARTAMENTO DE NARIÑO y
su secretario de RELACIONES LABORALES y otras dependencia que tienen el deber
de atender al DISCAPACITADO o ENFERMO TRABAJADOR del DEPARTAMENTO DE
NARIÑO Y manifestarles que existe una
clara PERSECUCION LABORAL, existe acoso
laboral y la violación directa de las CN, la LEY y separarse de las RATIO
DECIDENDIS obligatorias y vinculantes tantas veces explicadas y analizadas en
mis múltiples con quien firmamos el presente escrito de PETICION y vengo
insistiendo que se declare INEFICAZ mi retiro o terminación de mi contrato y
que se ordene mi reintegro sin solución de continuidad y favor considerar las
siguientes normas y solicito el favor de INTERVENIR en forma directa la
MINISTRA DE TRABAJO
Con TODO respeto le
solicito al señor GOBERNADOR como jefe del DEPARTAENTO DE NARIÑO el favor de DECLARAR
mi retiro ineficaz y ordenar mi reintegro sin solución de continuidad y ordenar
el PAGO de salarios y prestaciones desde el dia de mi retiro ineficaz hasta el
dia de mi reintegro con inclusión en nomina como DISCAPACITADA o TRABAJADORA
ENFERMA y ordenarle a la ARL me atienda en forma INTEGRAL y TOTAL pero ACTUAL y
sin corrupción y me defina mediante dictamen cual es mi PCL y la fecha de
estructuraciin de mis problemas de salud y elk ORIGEN que no puede ser otro que
ENFERMEDADES LABORALES por la falta de los SGSST, falta de programs eficientes
y reales de salud ocupacional y existir CULPA del empleador en la OCURRENCIA de
las enfermedades laborales donde esta el STRESS POSTRAUMATICO AGUDO LABORAL que
se formo por ese acoso laboral por esa falta de programas de bienes social y de
salud ocupacional y no haber socializado en forma eficiente los programamas degestión
en salud y seguridad del trabajo
Favor considerar la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones
Unidas y otras normas que amparan al DISCAPACITADO
Favor valorar la Ley
1346 de 2009 y la Convención de Naciones Unidas promulgada por la Asamblea de
Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006, la cual reafirma la responsabilidad
del Estado de establecer mecanismos y sistemas de garantía del ejercicio de los
derechos de las personas con discapacidad, sin discriminación por motivo de su
condición.
Favor valorar el
artículo 27º establece que los Estados Partes reconocen el derecho de las
personas con discapacidad las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad
de condiciones con los demás.
Recuerde que la Ley
Estatutaria No. 1618 de febrero 2013. se garantiza y asegura el ejercicio
efectivo de los derechos de las personas en situación de discapacidad, mediante
la adopción de medidas de inclusión, acciones afirmativas y ajustes razonables,
eliminando toda forma de discriminación a las personas por razón de su
discapacidad, lo cual requiere reglamentación, programas y acciones tendientes
a garantizar los derechos, beneficios y obligaciones laborales de las personas
con discapacidad.
La Ley No. 361 de
1997 en su articulo 26 ha previsto que a ningún enfermo trabajador se lo puede
retirar sin obtener permiso ante el MINTRABAJO y para mi caso no se cumplio con
ese requisito siendo por tanto mi RETIRO INEFICAZ o sea que no produce efectos
y por ello sigo vinculada a mi cargo y debe ordenarse mi reintegro sin solución
de continuidad. Por medio de la LEY
REFERIDA señor GOBERNADOR se establecen mecanismos de integración social de las
personas con Discapacidad, y de manera especial el Capítulo IV del Título
Segundo sobre la integración laboral de las personas con discapacidad.
Tambien es su deber
considerar el Decreto 2011 del 30 de noviembre de 2017. El cual establece el porcentaje de
vinculación laboral de personas con discapacidad en las entidades del sector
público, y se aplica a los órganos, organismos y entidades del Estado en sus
tres ramas del poder público, a nivel nacional, departamental, distrital y
municipal, en los sectores central y descentralizado y a los órganos autónomos
e independientes.
Tambien es su deber
considerar y aplicar pero cumplir con lo previsto en el Decreto 2177 del 22 de
diciembre de 2017. Por el cual se crea
el Consejo para la Inclusión de la Discapacidad y se dictan disposiciones
relacionadas con su funcionamiento” y cuyo objeto es coordinar las acciones que
el sector privado adelante para coadyuvar al ejercicio de los derechos y la
inclusión social, laboral y productiva de las personas con discapacidad,
orientadas al desarrollo de las capacidades a través de la formación para el
trabajo, la producción y el empleo de las personas con discapacidad, sus
familias y cuidadores.
El Decreto 392 del
26 de febrero de 2018. Por el cual se
establecen incentivos en los procesos de contratación a las empresas que tengan
vinculadas personas con discapacidad. En los procesos de licitación publica y concurso
de méritos, para incentivar el sistema de preferencias a favor de las personas
con discapacidad, las entidades estatales deberán otorgar el (1 %) del total de
los puntos establecidos en el pliego de condiciones, a los proponentes que
acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de
personal.
Usted señor GOBERNADOR
dice ser parte de un GOBIERNO DE CAMBIOS pero en mi caso se hicieron cambios
violando la CN, la LEY DEL PLAN, la ley del DISCAPACITADO y se cometieron
delitos y faltas disciplinarias y le solicito el favor de CORREGIR LOS ERRORES
y ordenar mi REINTEGRO sin solución de continuidad y vincularme como TRABAJADORA
ENFERMA a un cargo acorde a mis patologías como lo ordena la LEY y lo exigen
los PRECEPTOS VINCULANTES Y OBLIGATORIOS que usted desconocio para separarse
sin argumentar en sus decisiones lo que debe ser investigado por la
PROCURADURIA y la FISCALIA GENERAL DE LA NACION y registrarme como victila en
cada proceso para reclamar la INDEMNIZACION por los daños y perjuicios
Le estoy solicitando
a la MINISTRA DE TRABAJO el favor de hacerle el seguimiento a esta petición INSISTENTE
de la enferma trabajadora retirada en forma ineficaz y estoy pidiendo la verificación y esa VERIFICACION
debe realizarse revisando las normas antes citadas y los PRECEPTOS
CONSTITUCIONALES vinculantes y obligatorios por cuanto esta probado la
VIOLACION DIRECTA de la CN y de la LEY Y se hará con el certificado que para el
efecto expide el ministerio del trabajo sobre la violación o no de la LEY 361
de 19997 en su articulo 26.
Como PUEDE observar
señor GOBERNADOR existen varias
disposiciones para apoyar al DISCAPACITADO y DESPLAZADOS y VICTIMAS y existen
mecanismos fáciles para cumplir y garantizar esa PROTECCION y la mas fácil si
no es posible mi reintegro sin solución de continuidad LE SOLICITO el favor de
recomendarme ante cualquier alcalde amigo para que me vincule como PROFESIONAL
ESPECIALIZADA sin costos para su entidad Y ayudar a la implementacion del PLAN llamado
por el dr GUSTAVO PETRO como COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA donde existe
un capitulo especial para atender al DISCAPACITADO y favor aplicarlos y
dialogar con el MINTRABAJO para que todas estas normas sean aplicables, ciertas
y se ayude en forma efectiva a los vulnerables y no exista discriminación
Favor revisar las
normas que indico y favor ayudarme con cualquiera de mis peticiones
Favor le solicito a
la MINTRABAJO el favor de hacer el seguimiento a mis peticiones y que se
responda en forma argumentada sobre cada una de ellas y se atienda en forma
real y efectiva al discapacitado o enferma trabajadora
Anexo mi HOJA DE
VIDA para que sea considerada por usted señor GOBERNADOR y con fundamento en
ello o me reintegre a mi cargo sin solución de continuidad o me recomiende a un
amigo suyo alcalde para vincularme laboralmente a cualquier municipio
Favor considerar
señor GOBERNADOR como integrante de un gobierno llamado del CAMBIO que con su
absurda decision de retirar a una de sus trabajadoras estando enferma y sin
tramitar permiso ante el MINTRABAJO no solo violo en forma directa la CN y la
LEY sino que esta inmerso en conductas reprochables por las que debe ser investigado y sancionado
y puede solucionar el problema ordenando mi reintegro o reubicandome
laboralmente en un cargo de docente o como profesional especializada y en mi condición
de enferma y DISCAPACIDAD y TRABAJADORA que también es una MADRE CABEZA DE
FAMILIA con HIJO dependiente en forma
total de mis únicos ingresos generados con mi fuerza laboral suspendida en
forma IRREGULAR por usted y con
problemas mentales, con stress postraumatico laboral y con problemas en la PSIQUIS
y problemas respiratorios como indica las historias clínicas que vuelvo a entregar y que fueron ampliamente
conocidas por ustedes Y FAVOR ordenar MI
REINTEGRO con REUBICACION y MEJORAMIENTO para atender mis patologías
No me OBLIGUE señor
GOBERNADOR a acudir a la accion de tutela o a la demanda para reclamar mis
derechos fundamentales vulnerados por usted
Recuerden que la PROTECCION
de mis derechos se realizan despues de
evaluar todo el material real y cierto que se tramito ante sus despachos, ,
ante la PROCURADURIA, ante la PERSONERIA y ante muchas otras autoridades y a
pesar de ello USTEDES se burlaron de todos emitiendo los actos OBJETO de
REVOCATORIA DIRECTA y tramite de desacato de TUTELA que estoy radicado y ASISTO
con el presente escrito de derechos de petición y de PETICION de REVOCATORIA
DIRECTA, para SOLICITARLES el favor de DEJARME trabajando en el cargo o me reubiquen
laboralmente o nombrarme en otro cargo según mis conocimientos como PROFESIONAL
ESPECIALIZADA y según mis patologías
Recuerde que con sus
actos absurdos y en contravía del cambio que usted pregona se me ha generado
graves daños y perjuicios por la desviación de poder, por exceso de las
facultades, y por persecución laboral como esta probado en mi caso y favor
considerar para la SUSPENSION TEMPORAL y para la decisión sobre la REVOCATORIA
DIRECTA que existe una TRABAJADORA SUYA con stress postraumatico laboral agudo
que se incrementa por la desesperación, la angustia que genera la falta del mínimo
vital y la subsistencia mia y de mi familia que dependemos de la única fuente
de ingresos que es mi fuerza laboral
Favor garantiza el derecho
real a la administración
Señor GOBERNADOR cuando
su plan de gobierno esta diseñado en una palabra llamada CAMBIO pero ese cambio
para mi ha sido de destrucción y terminación de una vida digna y de un trato
INDIGNO y de acoso laboral y lo mas grave es que viola la CN y la LEY cuando
todo servidor publico al POSESIONARSE jura ante DIOS, la PATRIA, la SOCIEDAD y
ante su misma familia CUMPLIR y hacer CUMPLIR la CN y la LEY y los TRATADOS
INTERNACIONALES que hacen parte del ordenamiento jurídico interno como se
explica ampliamente en los recursos que
interpuse y en el derecho de petición radicado pero sin contestarlos con argumentación
suficiente y que no fueron valorados ni considerados por el señor GOBERNADOR y desconocio usted que a todo trabajador
enfermo o discapacitado se puede RETIRAR pero cumpliendo con lo indicado en el
articulo 26 de la ley 361 de 1997 y usted no ha cumplido con ese requisitos y
porello insisto en REINTEGRARME sin solución de continuidad y ordenarle a la
ARL me atienda y califique y si la PCL que defina en el DICTAMEN actual y
producido con ETICA otorga una PCL igual o superior al 50% me puede suspender
pero pensionandome la ARL por DISCAPACIDAD sino debe mantenerme reubicada. Pero
además debe considerar que soy MADRE CABEZA DE FAMILIA
Insisto en evaluar
la VIOLACION DIRECTA de la CN, de los FUEEROS, y violación del FIN del estado
social de derecho y vulnera la DIGNIDAD HUMANA de una trabajadora enfermo y MADRE
cabeza de familia con enfermedades crónicas y progresivas y desconocimiento de
los beneficios y protecciones del DISCAPACITADO y violación de la LEY del
DISCAPACITADO y por otro lado VIOLAR los acuerdos pactados
Favor considerar esa
LEY DEL PLAN del Dr PETRO su amigo presidente y jefe del pacto histórico y jefe
suyo en la política del CAMBIO y con su
absurda decisión de retirar a una trabajador enferma y sin tramitar permiso no
solo se ha violado en forma directa la
CN, a la LEY y a los ACUERDOS lo que constituye en mala conducta y deben ser
revocados los actos administrativos antes de meter al DEPARTAMENTO a reparar
por los daños y perjuicios causados y antes de congestionar la justicia por
esas decisiones absurdas en contra del llamado cambio.
Señor GOBERNADOR con su absurda decisión de
retirarme estando enferma sin PERMISO tramitado ante el MINTRABAJO se causo
agravio injustificado a una persona. En mi caso esta probado ese hecho que
ya causo agravio injustificado a una persona pero no solo a mi sino a mi
familia y se violo en form directa la CN, la LEY y toda la LEGALIDAD, la
IGUALDAD, la EQUIDAD, la DIGNIDAD HUMANA y muchos valores y producido el acto
por ANIMADVERSIONES, por PERSECUCIONES LABORALES, por falta de análisis
jurídico y violando toda norma vigente y
apartándose del FIN del estado social de derecho PERO lo mas grave afectando la
DIGNIDAD HUMANA de la FAMILIA, de su HIJO y con ello se ha agravado su salud
por el STRESS POSTRAUMATICO LABORAL que se le ha producido siendo una
ENFERMEDAD LABORAL real y probada considerada por la OMS como una EL grave,
critica y creadora de muchas otras patologías que solicito sean valoradas por
SALUD OCUPACIONAL y por los SGSST que debe disponer el EMPLEADOR y ordenarle a
la ARL que haya contratado para atenderme mis patologías laborales realice en
forma inmediata y urgente la atención valoración y calificación de estas nuevas
patologías y emita DICTAMEN actual y urgente para definir cual es la PCL, la
fecha de estructuración y el ORIGEN que no puede ser otro que ENFERMEDAD
LABORAL como esta probado
Registro señor
GOBERNADOR mi dirección para toda respuesta CALLE 4 SUR No. 22 B 17 barrio
MIJITAYO DOS y mi apoderada es la Dra BEATRIZ HELENA TORRES SILVA, persona
mayor de edad, domiciliada en PASTO, identificada con c.c. No. ____ de Pasto,
abogada en ejercicio con TP No. ____ del C.S.J y tiene su oficina en PASTO en
la CALLE 18 No. 23 36 OFICINA 401 EDIFICIO BANCO DE OCCIDENTE PASTO. Anexo
PODER debidamente realizada presentación personal por la suscrita ante notaria.
Favor registrar a mi abogada o apoderada y permitirle acceder a toda la
información y reconocerle personeria jurídica para actuar
Así mismo, el
peticionario podrá agregar la dirección electrónica, autorizando su
notificación electrónica. Mi dirección electrónica es _______ y la de mi
abogada es _______
Con admiración y
respeto atentamente
NILCE JHOANA TORRES
SILVA
C,c No,

Comentarios
Publicar un comentario