habilitacion fenalcoops servicio de transporte

 




Pasto, 10 de agosto de 2024

 

Señora

MINISTRA DE TRANSPORTE

E.S.C.E

 

REF: DERECHO DE PETICION

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO, identificado con c.c. No. 5.233.015 de Consaca,  persona mayor de edad de 65 años en estado de DISCAPACITADO con PCL del 83.68% certificada por la JNCI según dictamen que anexo y también certificada por la SECRETARIA DE SALUD del MUNICIPIO DE PASTO, prueba que también anexo ASISTO ante USTED señora MINISTRA DE TRANSPORTE con el mas alto respeto que se merece,  para solicitarle el favor de COLABORARME habilitando en forma gratuita a nuestra empresa que la hemos llamado los DISCAPACITADOS Y DESPLAZADOS como FENALCOOPS y le pedimos su ayuda para que nos la habilite para prestar el servicio de transporte de personas en la modalidad BASICO, turismo, MIXTO y URBANO COLETIVO y también en carga y encomiendas por las RUTAS de COLOMBIA y generar para nuestras familias ingresos y servirles a las comunidades a pesar de ser DISCAPACITADOS pero tenemos todas las ganas de seguir sirviendo y produciendo

 

Favor CONSIDERAR señora MINISTRA DE TRANSPORTE que mi edad ya no me permite que me vinculen laboralmente y menos por mi discapacidad visual  PERO me encuentro apto para gerencia a FENALCOOPS y por ello mis amigos, colegas y discapacitados delegaron en mi la GERENCIA de FENALCOOPS y la habilitación que usted nos realice a la empresa nos permite prestar con excelencia el servicio publico de transporte y acudimos a su buen espíritu para encontrar esa AYUDA importante de su parte y favor EMITIR el acto de habilitación sin costos para los DISCAPACITADOS y este segura que vamos a cumplir con todos los compromisos que nos establezca

 

Favor considerar las NORMAS que amparan al DISCAPACITADO y PARA EL PROCESO DE INCLUSIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD existen unas GUÍAS  y dice la señora MINISTRA DE TRABAJO que se abre una gran gama de oportunidades para abrir un mundo de posibilidades laborales dirigidas a PcD en Colombia, con información y prácticas para la inclusión que se encontrarán a lo largo de esta guía.

 

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, en el mundo hay más de mil millones de personas que viven con algún tipo de discapacidad, esto es, alrededor del 15% de la población total (Organización Mundial de la Salud, 2011). Este grupo poblacional está esperando una oportunidad para demostrar sus capacidades y destrezas, mejorar su calidad de vida y aportar al mundo productivo.

 

El desarrollo laboral les facilitará la consecución de este objetivo. Está demostrado que las habilidades y destrezas laborales se miden por la capacidad de aprendizaje, adaptación al entorno, trabajo en equipo y, sobre todo, ganas de trabajar, habilidades que las PcD han demostrado sin ningún impedimento. Incluso, se destaca su compromiso, sentido de pertenencia y responsabilidad con respecto a las personas sin discapacidad. Este documento incluye un marco general, experiencias de inclusión y un paso a paso metódico de la vinculación laboral, lo que constituye información valiosa y útil para que la inclusión sea una realidad en su empresa. Así se espera generar nuevas estructuras y nuevos modelos culturales, rompiendo barreras y estigmas sociales, y sensibilizando a los empresarios, funcionarios y sociedad civil sobre las ventajas de incluir en sus nóminas a personas con diferentes capacidades. ¡Trabajo digno para todos! El derecho al trabajo digno está endosado por diferentes instrumentos internacionales. Es Específicamente, el artículo 13 de la Ley 1618 del 2013 establece que todas las  PcD tienen derecho a trabajar en igualdad de un derecho fundamental para todos y cada uno. Con esa premisa, Colombia ratificó la Convención sobre los Derechos de las PcD en el 2009, reconociendo que todas las personas son iguales ante la ley y que, en virtud de ella, tienen derecho a igual protección legal y a beneficiarse de esta en igual medida sin discriminación alguna. Específicamente, el artículo 13 de la Ley 1618 del 2013 establece que todas las PcD tienen derecho a trabajar en igualdad de condiciones a las demás, y que el Estado debe promover y salvaguardar el ejercicio del derecho al trabajo prohibiendo la discriminación por motivos de discapacidad. Este mismo artículo hace referencia al derecho de tener ingresos dignos a través de unidades productivas y negocios inclusivos, entre otros. De este modo se reconoce entonces el derecho de las PcD a trabajar en igualdad de condiciones con las demás. Ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y en entornos laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles.

Favor considerar también para resolver sobre mi petición de HABILITAR a FENALCOOPS sin costos para los DISCAPACITADOS  la  Ley 1752 del 2015 entre otras disposiciones que tratan el tema de la DISCAPACIDAD y también considerar la LEY del PLAN del dr GUSTAVO PETRO llamado COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA en la que se establece un CAPITULO especial de INCLUSION del DISCAPACITADO y los VULNERABLES

 

Con todo respeto le solicito señora MINISTRA DE TRANSPORTE mi condición de alta vulnerabilidad por la PCL que presento y apadrinarme OTORGANDO la LICENCIA de HABILITACION de FENALCOOPS para prestar esos servicios de TRANSPORTE y permitirme un empleado considerando mi discapacidad y no hacerme cumplir todas las exigencias que se establecen para HABILITAR a cualquier empresa

 

La Ley Estatutaria 1618 de 2013, establece la INCLUSION de nosotros los DISCAPACITADOS y no quiero que usted me nombre en su MINISTERIO sino que me habilite a FENALCOOPS para gerenciar sus servicios en el transporte BASICO, TURISMO, ESPECIAL, MIXTO, URBANO COLECTIVO, TRANSPORTE DE CARGA Y ENCOMIENDAS y favor darme esa oportunidad habilitando sin costos mi empresa

 

Según la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, las personas con discapacidad son aquellas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales, o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás. Estas barreras de la discapacidad se superan con la VOLUNTAD política suya en el caso concreto produciendo el acto administrativo de HABILITACION de FENALCOOPS en las modalidades informadas en mis peticiones y favor considerarlas y resolverlas con nota de urgencia apreciada señora MINISTRO

 

Presento señora MINISTRA DEL TRANSPORTE una discapacidad sensorial que incluye la discapacidad visual y auditiva PERO mantengo muy bien mi cerebro ejerzo con dificultad mis profesiones y realizo con la ayuda de familias de confianza labores y me desplazo con la ayuda de familiares y estoy ejerciendo la gerencia de FENALCOOPS y ahora me solicitaron los directivos y socios discapacitados que tramite la HABILITACION de la empresa en el servicio de transporte y quienes van a conducir los rodantes serán sus propios dueños o los conductores expertos y matriculados con sus licencias respectivas y la empresa les permitirá con los CUPOS vincular los rodantes para laborar por las vias y rutas de COLOMBIA

 

En mi caso existe una disminución parcial de la visión y no es total.

 

Actualmente se promueve el modelo social de apoyo al DISCAPACITADO y sin embargo, aún persiste el modelo asistencialista debido al desconocimiento y a la fuerza del pasado. PERO el modelo real que se debe aplicar para no discriminar a los DISCAPACITADOS es el MODELO SOCIAL y por ello le solicito con todo respeto el favor de colaborarme habilitando a FENALCOOPS e incluirme en las POLITICAS PUBLICAS de empleo para gerenciar esta empresa habilitada prestando el servicio de TRANSPORTE en las diversas modalidades que le solicito

 

Así, muchas familias, empresarios, instituciones de educación y de salud, además de la sociedad, no han podido modificar su pensamiento sobre nuevas tendencias que evidencian las habilidades que las personas con DISCAPACIDAD o PcD

 

En la medida en que haya educación sobre discapacidad y apertura a incluir a las personas diferentes en entornos sociales y laborales, iniciaremos un cambio y aprendizaje sobre la discapacidad.

 

Señora MINISTRA DE TRANSPORTE favor considerar la INCLUSIÓN  realizando acciones afirmativas  y aplicando Políticas, medidas o acciones dirigidas a favorecer a personas o grupos con algún tipo de discapacidad, con el fin de eliminar o reducir las desigualdades y barreras de tipo actitudinal, social, cultural o económico que los afectan (Ley Estatutaria 1618 de 2013) y realizar ajustes razonables o adoptar MEDIDAS de adecuación del ambiente físico, social y actitudinal para las necesidades específicas de las PcD.

 

Estos ajustes deben facilitar la accesibilidad o participación de una PcD en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos (Organización de las Naciones Unidas, 2006). Todas estas adecuaciones se realizan en cada etapa del proceso de forma transversal según las necesidades específicas de cada una de las PcD. Dicho arreglo permite la accesibilidad o participación de una PcD en igualdad de condiciones que el resto de los trabajadores. Los ajustes requeridos para que el empleado pueda trabajar son responsabilidad de la empresa. Esta debe prever la provisión de adaptaciones razonables para permitir que los empleados con discapacidad accedan a los espacios e información requeridos en la empresa y puedan realizar su trabajo de manera efectiva. Como su nombre lo indica, estos ajustes son razonables y no deben significar un gasto desproporcionado. Las organizaciones tanto privadas como públicas pueden apoyar a las empresas en el estudio y realización de estas medidas.

 

Pero INSISTO señora MINISTRO DEL TRANSPORTE no estoy pidiendo que me vincule a su ministerio sino que me HABILITE a FENALCOOPS para prestar el servicio de transporte con lo que me esta incluyendo como trabajador dentro de las policitas publicas de su ministerio y no solo a mi me beneficia con la HABILITACION sino a otros discapacitados que con sus familiares invierten en una maquina para transportar personas y cosas por COLOMBIA y autogenerarnos nuestra propia subsistencia

 

La Ley Estatutaria 1618 de 2013, dice que  una barrera es cualquier tipo de obstáculo que impida el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con algún tipo de discapacidad y con la HABILITACION sin costos para los discapacitados de FENALCOOPS no solo se esta eliminando esas barreras sino que se esta permitiendo que los discapacitados surjan con su emprendimiento FENALCOOPS para autoayudarse en su mínimo vital y en su subsistencia. Las barreras pueden ser: 2 ComunicativasFísicas, Toda entidad publica y privada tienen el deber de mantener un registro actualizado de las personas con discapacidad como base para ejecutar adecuadamente programas y proyectos en favor de esta población a nivel municipal, departamental /distrital  y nacional  y en mi caso somos 50 personas y familias que le solicitamos habilitar a nuestra FENALCOOPS y ayudarnos con la INCLUSION de los discapacitados en la actividad transportadora unos como ayudantes, otros como asesores, otros como operarios y los familiares alentados como conductores

 

Favor considerar para resolver mi petición respetuosa lo previsto en la Constitución Colombiana (artículos 13, 47, 54 y 68). Igualmente valorar el Convenio 159 de 1989 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Rehabilitación Profesional y Empleo. Otro aspecto legal a considerar es la Ley 361 de 1997, por la cual se establecen mecanismos de integración de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones. Otra norma importante a considerar es la Ley 1346 de 2009, por medio de la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos de las PcD de las Naciones Unidas. La Ley 762 de 2002, por medio de la cual se aprueba la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las PcD. La Ley 1145 de 2007, por medio de la cual se organiza el Sistema Nacional de Discapacidad. Esta ley tiene como objeto impulsar la formulación en implementación de la política pública en discapacidad, en forma coordinada entre las entidades públicas del orden nacional, regional y local.

 

La Ley 1306 de 2009, por la cual se dictan normas para la protección de personas con discapacidad mental y se establece el régimen de la representación legal de incapaces emancipados. La Ley 1429 de 2010, de formalización y generación de empleo, más conocida como Ley del Primer Empleo. En el parágrafo 5.º del artículo 3 declara que los programas de formación y capacitación tendrán prioridad para jóvenes con discapacidad. Asimismo, en su artículo 10 contempla un descuento en el impuesto sobre la renta y complementarios de los aportes paraf iscales y otras contribuciones de nómina para los empleadores que contraten personas en situación de desplazamiento, en proceso de reintegración o en condición de discapacidad.  Otra norma es la Ley Estatutaria 1618  de 2013, que tiene como objeto garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las PcD mediante la adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y ajustes razonables, eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad. Favor valorar también la Ley 1752 de junio de 2015, por medio de la cual se modifica la Ley 1482 de 2011, para sancionar penalmente la discriminación

Existen además señora MINISTRO varios beneficios legales y tributarios para la promoción del empleo de PcD en Ley 361 de 19974   y existen preferencias en igualdad de condiciones en los procesos de licitación, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados. Si una empresa tiene por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en condiciones de discapacidad, certificados en la oficina de trabajo de la respectiva zona tienen preferencias. Ademas existe prelación en el otorgamiento de créditos o subvenciones del Estado. Existen también beneficios arancelarios en la importación de maquinaria y equipos destinados al trabajo de PcD y podemos IMPORTAR maquinas nuevas y modernas para prestar el servicio publico de pasajeros y mercancías por COLOMBIA reclamando este beneficio en la IMPORTACION. Tambien existen deducción en el impuesto de renta del 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o período gravable.  Existe el beneficio de disminución del 50% en la cuota de aprendices que está obligado a contratar el empleador.  Existe además descuento en el impuesto sobre la renta y complementarios de los aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina.

 

Honorable Ministra de Transporte en el PLAN SOCIAL de atencion al DISCAPACITATO se establece la existencia  de una relación entre el perfil del puesto y las competencias y habilidades de la persona a seleccionar. De esta manera se garantiza un proceso transparente y libre de sesgos respecto a la discapacidad  y discriminación. Con esto en mente, es necesario proponer un cambio de paradigma así: 1 Cuando piense en selección, piense en el perfil que requiere. 2 No mire la discapacidad; mire la habilidad. La discapacidad puede ser una cuestión de movilidad reducida, visión disminuida u otros. Con ajustes adecuados, estas se pueden sobrellevar. 4 Indique en sus búsquedas que está abierto a recibir hojas de vida de PcD. Cuando llame a entrevista, pregúntele a la PcD si necesita algún apoyo o ajuste. Todo esto lo prevee el PLAN SOCIAL DE DISCAPACIDAD para evitar la discriminación del discapacitado y para permitir SI LA INCLUSION pero insisto se indica esto para orientarla no a VINCULARME como funcionario del MINISTERIO SUYO sino para tomar la decisión de abrir mas ampliamente esa INCLUSION del DISCAPACITADO otorgando la LICENCIA o producir el ACTO DE HABILITACION a FENALCOOPS para que no solo sea yo el vinculado sino muchas otras personas discapacitadas por medio de ese acto producido por su digna persona y por ello insisto en atender con NOTA DE URGENCIA para apoyar dentro de ese plan social de la discapacidad a todo un grupo organizado de discapacitados y asociados en FENALCOOPS para permitirle trabajar en la actividad transportadora prestando los servicios de TRANSPORTES DE PERSONAS en el servicio BASICO, en el MIXTO, en el URBANO COLECTIVO, en el SERVICIO ESPECIAL TURISMO y en el servicio de transporte de CARGA y ENCOMIENDAS extendiendo aun mas esos objetivos de todo un plan de apoyo a la discapacidad prevista en la LEY DE PLAN, en la LEY DE LA DISCAPACIDAD y en la OBLIGACION de cumplir con los tratados internacionales donde se prevee la NO DISCRIMINACION al discapacitado como yo

 

Favor ayudarnos señora MINISTRO DE TRANSPORTE y colaborarnos emitiendo la RESOLUCION de HABILITACION para FENALCOOPS

 

El ministerio del trabajo es el garante de esa política publica de empleo, es el garante de que exista un plan social, y es el garante de un trato digno, justo e igualitario a todo discapacitado y es su deber garantizar la aplicación de la LEY del PLAN, la LEY DEL DISCAPACITADO y todo convencio o tratado internacional sobre la NO DISCRIMINACION y ha establecido reglas y procedimientos para garantizar la INCLUSION y usted hace parte de esa política publica pero INSISTO no solicito que me vincule a  un cargo a su entidad SINO que se me apoye con la EXPEDICION de la RESOLUCION que indique la HABILITACION de FENALCOOPS para prestar los servicios BASICO, MIXTO, ESPECIAL, URBANO COLECTIVO y CARGA Y ENCOMIENDAS para generar empleos a muchas personas como conductores, administradores, operativos, y otros donde están incluidos los DISCAPACITDOS asociados a FENALCOOPS y nos permite ser útiles, servir a las comunidades y nos ayuda a generar nuestra propia subsistencia. Ahora si usted observa la POSIBILIDAD de vincularme como DIRECTOR TERRITORIAL en cualquier parte del PAIS, le agradezco mucho su importante contribución pero en esta oportunidad pido apoyo para toda mi comunidad y le solicito el favor de HABILITAR a FENALCOOPS para prestar los servicios indicados y en las rutas que usted considere pertinente con sus equipos asesores y favor ayudarnos considerando la RUTA larga que sale de IPIALES NARIÑO y llega hasta RIOHACHA GUAJIRA pasando por todos los terminales de COLOMBIA colocados por la VIA PANAMERICANA o cercanos a ella.

 

Favor revisar y conocer todas las habilidades laborales que posee la PcD para cubrir el puesto de trabajo que la empresa requiere y para aplicar el PLAN SOCIAL de apoyo al discapacitado y tomar la decisión  de HABILITAR a FENALCOOPS Y ACUDIR a  los  perfiles ocupacionales  que defina un profesional de terapia ocupacional a partir de la medición de habilidades, capacidades, destrezas y aptitudes que definen las competencias para Perfil del PUESTO a CONTRATAR y en nuestra entidad FENALCOOPS contamos con profesionales discapacitados que son TERAPEUTAS OCUPACIONALES con especialización en SGSST que nos ayudan a perfeccionar la vinculación de los DISCAPACITADOS y VICTIMAS para realizar unas actividades excelentes en la PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE que requerimos habilitar con FENALCOOPS. Tambien contamos con PROFESIONALES de la PSICOLOGIA que nos ayudan con las TERAPIAS  o pruebas Psicotécnicas Pruebas de  Conocimientos Específicos  y con entrevistas claras y especificas para vincular al personal RECORDANDO siempre que la discapacidad es una condición adicional de la persona, así que se debe  tratar como a cualquier otra y esté dispuesto y abierto a posibilitar una comunicación y apreciar sus habilidades y competencias. Señora MINISTRO DE TRANSPORTE con todo respeto le solicito el favor de expedir la RESOLUCION donde habilite a FENALCOOPS y tener en cuenta el artículo 26 de la Ley 361 de 199710. Dice el referido ARTÍCULO 26 “En ningún caso la discapacidad de una persona podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha discapacidad sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempeñar. Así mismo, ninguna persona en situación de discapacidad podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su discapacidad, salvo que medie autorización de la Oficina de Trabajo”. Es importante documentar las fallas o llamados de atención para que se justifiquen las fallas del contrato de manera objetiva.  Pero este articulo va mas halla de estas simples palabras y busca es la INCLUSION del DISCAPACITADO y no el abandono y con su decision de HABILITAR a FENALCOOPS esta usted ayudando a todo un grupo de discapacitados para que generemos empleos, para que a pesar de nuestras limitaciones seamos útiles a la sociedad y para que las PERSONAS asi seamos discapacitadas seamos UTILES, sirvamos a nuestros semejantes y apliquemos nuestros conocimientos al crecimiento, al desarrollo, a la protección, a la generacion de INGRESOS, de EMPLEOS, de soluciones EFECTIVAS a los problemas que agobian a las familias y a los mismos discapacitados porque los hace útiles y no mantenidos. Favor ayudarnos con la HABILITACION GRATUITA de FENALCOOPS para prestar ese servicio publico de transporte de personas, cosas y carga

 

La LEy 361 DE 1997  en su ARTÍCULO 24 ha previsto: a. Preferencia a empresarios en licitaciones, adjudicación y celebración de contrataciones públicas y privadas, cuando está en igualdad de condiciones con otras empresas, si por lo menos el 10% de sus empleados son PcD.

 

 

 

Tambien es importante valorar el contenido del ARTÍCULO 31 que trata el tema de: a. Deducción en el impuesto de renta del 200% del valor de los salarios pagados durante el año o período gravable a los trabajadores con más del 25% de pérdida de capacidad laboral, mientras su vinculación laboral sea vigente. Para acceder a este beneficio hay que cumplir dos requisitos: 1 Que la discapacidad del trabajador contratado sea de por lo menos el 25% (aparece en el certificado de pérdida de capacidad laboral). La deducción del 200% aplica sobre el pago de salarios y de prestaciones sociales. Los demás pagos relacionados, como aportes parafiscales y seguridad social, serán deducibles únicamente en un 100%. 2 Que la situación de discapacidad se mantenga durante el período en que se pretende tomar  el beneficio.

Señora MINISTRA DE TRANSPORTE con mi mas alto respeto a su condición de representante del gobierno del Dr GUSTAVO PETRO le solicito el favor de estudiar mi petición de HABILITAR sin costos a FENALCOOPS considerando primero el estado de necesidad de los discapacitados, su estado de falta de oportunidades laborales, la falta de INCLUSION del DISCAPACITADO por los gobernantes terrtoriales y locales a quienes les hemos oficiado para que nos apoyen en la vinculación laboral pero sin resultados, considerar también todas las normas analizadas y favor INCLUIRNOS en sus políticas publicas NO VINCULANDONOS a su entidad como trabajadores oficiales o empleados públicos, sino HABILITANDO a FENALCOOPS para prestar el servicio publico de transportes de pesronas y cosas en las MODALIDADES BASICO, MIXTO, ESPECIAL, URBANO COLECTIVO y CARGA Y ENCOMIENDAS produciendo con urgencia ese acto sin costos y con ello esta generando varios cargos para discapacitados en nuestra empresa FENALCOOPS y esta INCLUYENDONOS en las políticas publicas de EMPLEO y esta cumpliendo con las LEYES del DISCAPACITADO y con el PLAN NACIONAL llamado COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA en el que esta previsto el capitulo de apoyo al DISCAPACITADO y esta cumpliendo con el FIN del PLAN del Dr PETRO y con esa oferta real de cambio ofrecida por nuestro PRESIDENTE GUSTAVO PETRO

 

Señora ministra de transporte favor ayudarnos una vez nos habilite a FENALCOOPS recomendandonos ante las ONGs existentes para apoyo al discapacitado y favor considerar el  LISTADO DE ALGUNAS INSTITUCIONES QUE APOYAN LA INCLUSIÓN LABORAL DE PcD: Fundación sin ánimo de lucro enfocada al mejoramiento de las condiciones de vida de las poblaciones vulnerables del país como el INCI  con correo electrónico info@arcangeles.org;  INSOR aciudadano@inci.gov.co; CRAC Sub.tecnica@cracolombia.org.co BEST BUDDIES COLOMBIA Existen muchas otras organizaciones a las que usted como MINISTRA buscando la INCLUSION nos puede recomendar para que nos colaboren a los DISCAPACITADOS y favor ayudarnos oficiando a CEBEMO de ITALIA, a CARITAS DE SUIZA, a la MISION ALEMANA GTZ entre otras organizaciones munciales que apoyan a los vulnerables para que nos colaboren realizando recolectas por el MUNDO para reunir un fondo financiero de donaciones para reunir CINCO MILLONES DE DOLARES destinados a varios emprendimientos de los DISCAPACITADOS, desplazados y VICTIMAS y poder solucionar problemas importantes en las familias y comunidades

 

Tambien considerar que la PROTECCION al discapacitado esta elevado a rango constitucional además de estar en la LEY, y esta definido ese apoyo  en el mandato constitucional contenidos en los artículos 1, 13, 47, 54 y 95. El principio de estabilidad en el empleo consiste en la garantía de permanecer en él y gozar de cierta seguridad en la continuidad del vínculo contraído. Por su parte, el artículo 26 de la Ley 361 de 1997 establece que: 3. Si la PcD no cumple con sus funciones o comete  una falta, ¿qué se debe hacer? “En ningún caso la discapacidad de una persona podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempeñar”.

 

Apreciada MINISTRA DE TRANSPORTE favor considerar el PLAN del GOBIERNO del Dr GUSTAVO PETRO para decidir sobre esta petición de HABILITAR sin costos a FENALCOOPS y favor apoyar su decisión favorable en el capitulo que trata el tema de la DISCAPACIDAD y de los VULNERABLES y favor HABILITAR a nuestra empresa para incluirnos en sus políticas publicas de empleo NO VINCULANDONOS en forma directa a su entidad sino generando varios empleos de discapacitados con la HABILITACION y favor darle un tramite de URGENCIA porque llevamos un tiempo importante sin generar opciones laborales, ingresos y nuestra única fuente para generar ingresos es nuestra capacidad laboral porque no contamos con capitales ni con ahorros para invertir en otros emprendimientos y por ello creamos o constituimos FENALCOOPS como ONG defensora de los derechos humanos y para presentar opciones de generación de empleos como el que le solicitamos a usted nos ayude HABILITANDO a FENALCOOPS para prestar el servicio publico de transporte de cosas y personas por COLOMBIA

 

Con todo respeto señora MINISTRA DE TRANSPORTE le solicito el favor de considerar para apoyarnos con la HABILITACION de considerar las NORMAS ya referida y analizadas  y aplicando estas, USTED esta incluyendo  y apoyando al DISCAPACITADO que esta afiliado a FENALCOOPS  y a los que vengan a afiliar una maquina para prestar el servicio publico de transporte y esta cumpliendo con las políticas publicas de empleo no nombrandonos a los DISCAPACITADOS insisto sino otorgándonos la LICENCIA GRATUITA de HABILITACION de nuestra empresa llamada FENALCOOPS para rodar por COLOMBIA con nuestras unidades o maquinas que vinculen nuestros amigos, familiares y comunidad toda que confía en nuestros proyectos y emprendimientos y que conocen de nuestra gestión durante mas de 40 años de servicio a las comunidades

 

Somos expertos en la actividad transportadora y toda nuestra vida se dedico a asesorar, gerenciar y controlar empresas de TRANSPORTE en el área financiera, administrativa, contable, tributaria y del transporte y conocemos las normas de transito y transporte y ahora que nos encontramos discapacitados los afiliados a FENALCOOPS hemos creado nuestra propia empresa para servir PERO ya no como empleados o asesores sino como TRANSPORTADORES y gestores de las grandes transformaciones empresariales que asesoramos cuando fuimos alentados y con su COLABORACION señora MINISTRA DE TRANSPORTE estamos seguros de llevar a nuestra empresa FENALCOOPS a los mejores niveles de crecimiento en los servicios de transporte MIXTO, ESPECIAL, BASIVO, URBANO COLECTIVO, TRANSPORTE DE CARGA Y ENCOMIENDAS y solo necesitamos obtener la LICENCIA gratuita sin costos para los DISCAPACITADOS y colocar a rodar un gran emprendimiento de los discapacitados

 

Favor colaborarnos señora MINISTRA DE TRANSPORTE atendiendo con nota especial de urgencia esta PETICION y le anexo el certificado de existencia y representación legal, el RUT, y los emblemas de la empresa o el logotipo de la empresa que queremos habilitar para crear este nuevo servicio de TRANSPORE por COLOMBIA y favor ayudarnos a los DISCAPACITADOS que requerimos con urgencia generar ingresos para nuestras familias

 

Con su habilitación  señora MINISTRA DE TRANSPORTE, nos ayuda a los vulnerables para autogenerar nuestras propias fuentes de ingresos y quienes nos conocen van a invertir en la COMPRA de sus rodantes vinculándolos a FENALCOOPS y en los rodantes van a laborar los discapacitados, desplazados y victimas como ayudantes y generan sus propios medios de subsistencia y por ello acudimos ante usted con todo respeto para pedirle el favor de PRODUCIR un acto administrativo gratis para HABILITAR a FENALCOOPS en los servicios de transporte que indicamos en las peticiones  ya formuladas y que sus delegados realicen los estudios y análisis de cada ruta y sin afectar a las empresas existentes nos habiliten en horarios diferentes y rutas diferentes y si existen oposiciones se resuelvan sin AFECTACIONES y sin DEMANDAS y aceptamos las RUTAS y HORARIOS que la señora MINISTRA DEFINA para nuestra habilitación y favor considerar la URGENCIA con que requerimos de su ayuda para atender las necesidades básicas de los vulnerables

 

Registramos señora MINISTRA DEL TRANSPORTE  nuestras direcciones: sede principal esta en PASTO NARIÑO en la CALLE 18 No. 23 – 36 oficina 401 pasto. El correo es fenalcoopsas@gmail.com, El celular es 3146826158. Pueden llamarnos o dejarnos su mensaje

 

Señora MINISTRO DE TRANSPORTE   también le solicito el favor de ayudarnos  para conseguir en las empresas habilitadas por COLOMBIA para prestar el servicio publico de transporte básico o de turismo o especial un BUS  LV que nos vendan a un precio máximo de TREINTA MILLONES DE PESOS como precio de rescate o de remate de los que salen para chatarrización después de cumplir su vida útil PERO que aun están en buen estado y que con algunos arreglos nos puede servir a los discapacitados para nuestro objetivo de turismo y nuestros familiares nos colaboran para reunir ese capital y colocarlo en buenas condiciones de operación.

 

Favor ayudarnos señora MINISTRO DE TRANSPORTE para lograr ese objetivo  y con todo respeto INSISTO en su apoyo para lograr este emprendimiento y llevar por COLOMBIA toda la cultura, el arte, los espectáculos y eventos que nuestros artistas discapacitados puedan ofrecer con sus TRIOS, conjuntos, ORQUESTAS, sinfónicas y  otras formas de cultura y producir ingresos con las contribuciones que realicen los espectadores en cada evento y también llevar a vender nuestras artesanías, nuestros productos como el CAFÉ ESPECIAL que producen nuestros DISCAPACITADOS.

 

Insisto ante la señora MINISTRA DE TRANSPORTE para pedirle por favor HABILITAR nuestra empresa FENALCOOPS  en forma gratuita sin costos para los discapacitados y victimas por falta de recursos y nos autorice a la empresa para prestar el servicio de transporte de personas en TURISMO, BASICO, MIXTO y URBANO COLECTIVO y también en el servicio de cargas y encomiendas y favor otorgarnos la LICENCIA DE HABILITACION sin afectar a otras empresas ya existentes y que se obtenga la LICENCIA  con nota especial de urgencia y poder autogenerarnos nuestros propios medios de subsistencia  y poder INVERTIR en FENALCOOPS con la ayuda de nuestros familiares que nos apoyan en estos proyectos a los DISCAPACITADOS y favor considerar que para la MINISTRO DE TRANSPORTE es simplemente emitir un acto de habilitación y si existen oposiciones se resuelve mediante el DIALOGO y el entendimiento y le solicitamos habilitar a FENALCOOPS en horarios diferentes a los ya existentes sin afectar  INSISTO a ninguna otra empresa y favor estudiar las peticiones ya radicadas donde se indican las rutas y horarios que pedimos pero si para ellos no es posible aprobarnos otros horarios y otras rutas SIN AFECTAR a nadie pero si apoyarnos en forma efectiva a los VULNERABLES.

 

Favor colaborarnos con la HABILITACION gratuita de FENALCOOPS

 

Favor considerar antes de decidir sobre nuestras peticiones la SENTENCIA SU-213 DE 2024 entre otras donde indica la CORTE varias ratio decidendis que permiten formar la sana critica sobre la INCLUSION LABORAL de los discapacitados y orienta para respetar y aplicar la LEY del PLAN, la LEY DEL DISCAPACITADO, el plan social de la discapacitad  entre otros aspectos analizados por la CORTE CONSTITUCIONAL y sirve como medio orientador para la toma de decisiones para apoyar y no disccriminar al DISCAPACITADO trabajador como nosotros que solo contamos con nuestra fuerza laboral o nuestros conocimientos para generar ingresos y subsistir

 

Favor colaborarnos con su importante aporte EMITIENDO la resolución de HABILITACION GRATUITA a FENALCOOPS como organización de discapacitados

 

NOTIFICACIONES

 

Favor notificarnos cualquier decisión al correo fenalcoopsas@gmail.com o llamar al celular 3146826158 o escribirnos en físico a nuestra dirección CALLE 18 No. 23 – 36 oficina 401 Pasto Nariño Colombia

 

Cordialmente

 

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO

c.c. No. 5.233.015 de Consaca

Gerente FENALCOOPS

Discapacitado con PCL del 83.68%

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