accion de tutela de un discapacitado modelo

 


Pasto, 29 de agosto 2024

 

Señor

JUEZ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE PASTO ®

E.S.C.E.

 

REF: ACCION DE TUTELA

 

Accionante: PEDRO LEON TORRES BURBANO c.c. No. 5.233.015 de Consaca Nariño

Accionados: DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA ECONOMIA SOLIDARIA  cuya sigla es DANSOCIAL – MINISTERIO DE LA IGUALDAD – DIRECTOR DE PROSPERIDAD SOCIAL – DIRECTOR DE LA SAE – DIRECTOR DE LA AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS – MINISTERIO DE TRANSPORTE – MINISTERIO DE CULTURA – MINISTERIO DE TURISMO – PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION – MINISTERIO DE AGRICULTURA – ARL POSITIVA SA - MINISTRA DE TRANSPORTE – DIAN – CONSEJO NACIONAL DE DISCAPACIDAD

 

Medidas Cautaleras Previas: Ordenar dar tramite de urgencia considerando la alta vulnerabilidad del DISCAPACIRTADO – DESPLAZADO Y VICTIMA y  ORDENAR al DANSOCIAL declarar ineficaz mi retiro y ordenar la REUBICACION provisional como PROFESIONAL ESPECIALIZADO  y ordenar la ACREDITACION con nota de URGENCIA como INSTRUCTOR DE COOPERATIVISMO para formar cooperativas por COLOMBIA

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO, persona mayor de edad, domiciliado en Pasto, identificado con c.c. No. 5.233.015 de Consaca Nariño, en mi condición de DISCAPACITADO, desplazado, VICTIMA, vulnerable y afectado por el MAL SERVICIO PUBLICO y por la OMISION de los servidores públicos accionados al no contestar en forma argumentada y suficiente con base en las RATIO DECIDENDIS obligatorias y vinculantes tantes veces analizadas, debatidas y explicadas en mis multiples y repetitivos derechos de petición SIN RESPUESTAS, asisto ante el JUEZ CONSTITUCIONAL para solicitarle el favor de TUTELAR mis derechos fundamentales, ordenar la protección especial del DISCAPACITADO considerando la LEY del PLAN llamado COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA que tiene un capitulo especial para atender al DISCAPACITADO e INCLUIRLO en las políticas publicas de empleo y para brindarle todo tipo de protección para garantizar el derecho constitucional de IGUALDAD y también considerar la LEY del DISCAPACITADO y especialmente considerar el ARTICULO 26 de la ley 361 de 1997 donde establece que TODO RETIRO de cualquier trabajador publico o privado sin el previo permiso del MINTRABAJO es INEFICAZ y no nace a la luz del derecho y no produce efectos manteniendo al trabajador vinculado a la entidad empleadora sin solución de continuidad y vengo reclamando al DANSOCIAL que declare la INEFICACIA de mi retiro por no existir ese requisito ordenado en el referido articulo PERO el director de DANSOCIAL se ha vurlado del DISCAPACITADO, desplazado, VICTIMA y VULNERABLE dejando de al menos responder sus multiples y repetitivos derechos de petición realizados con DESESPERACION, angustias, sin ninguna opción para satisfacer sus minimas necesidades vitales para una vida DIGNA y afectado en la DIGNIDAD HUMANA como principal valor, derecho, principio de la CN, como contrato social del estado social de derecho sobre el cual se ha construido todo el ordenamiento jurídico de COLOMBIA

 

Señor juez constitucional considero que existe una clara burla de los funcionarios accionados por cuanto existe un deber legal de todo servidor publico como de los privados que presten servicios públicos de al MENOS CONTESTAR los derechos de petición PERO NO ES CONTESTAR por CONTESTAR sino argumentando y en forma suficiente aceptando o rechazando con razones las RATIO DECIDENDIS obligatorias y vinculantes y en mi caso nada de ello se observa por parte de los servidores públicos siendo un acto de OMISION y existiendo PREVARICATO POR OMISION y actos disciplinables por los que deben ser investigados y solicito el favor de ORDENAR la COMPULSA de COPIAS a la FISCALIA GENERAL DE LA NACION y a la PROCURADURIA para que estas entidades publicas INVESTIGUEN, sancione, y me registren como VICTIMA para que sea INDEMNIZADO en forma INTEGRAL y TOTAL y favor informarme los radicados para hacerles el seguimiento y radicar en su oportunidad el INCIDENTE INTEGRAL de REPARACION A LAS VICTIMAS ya que somos victimas el suscrito funcionario publico del DANSOCIAL, mi esposa, mis cuatro hijos, mis seis nietos, mis tres hermanos, mis quince sobrinos, mi suegra, mis tres yernos, mi nuera, mis diez sobrinos, mis siete cuñados entre otros familiares que sufren ese abandono, esa omision, esa falta de atención y por ese mal servicio publico y existe señor JUEZ una clara violación de la CN, de la LEY, de los TRATADOS INTERNACIONALES y una clara violación al JURAMENTO que hicieron los servidores públicos al posesionarse de sus cargos  cuando dicen al PAIS o a la NACION, a la SOCIEDAD, a DIOS y a toda su familia que se COMPROMETEN a cumplir y hacer cumplir la CN, la LEY y los TRATADOS pero con migo fue lo primero que dejaron de cumplir PERJURANDOSE y cometiendo delitos y faltas disciplinarias por lo que deben ser investigados y sancionados pero registrarme como VICTIMA para radicar el INCIDENTE

 

Con todo respeto le solicito al señor JUEZ CONSTITUCIONAL el favor de leer y releer los repetitivos derechos de petición y considerar la desesperación del discapacitado, victima, desplazado por ese silencio absurdo de la administración publica al no evaluar esas angustias y esas peticiones con criterios técnicos y argumentando sus respuestas y en forma suficiente aceptando o separándose de las RATIO DECIDENDIS obligatorias y vinculantes como es su deber PERO nada les importo a los accionados y no quisieron responder ni solucionar los problemas del DISCAPACITADO y DESPLAZADO y debe ser USTED señor juez constitucional quien debe ordenar la PROTECCION del DISCAPACITADO pero especialmente ordenar el CUMPLIMIENTO de la CN, de la LEY del PLAN, de la LEY del DISCAPACITADO y especialmente garantizarme el cumplimiento de un trato digno e igual y garantizar el cumplimiento del articulo 13 de la CN garantizando en forma real y efectiva ese derecho de IGUALDAD REAL Y MATERIAL porque se habla tanto de IGUALDAD pero siempre  existe la DISCRIMINACION y el TRATO DESIGUAL y se aparta a quienes tenemos problemas de salud, problemas de alta vulnerabilidad  y todo se convierte en simples discursos sin resultados y ahora que existe hasta un MINISTERIO DE LA IGUALDAD pero que no sirve para nada porque solo es burocracria sin resultados y estamos mas desiguales que antes

 

Señor juez constitucional con el mas alto respeto le solicito el favor de garantizar la protección de mis derechos fundamentales vulnerados por los accionados al NO RESPONDER a las suplicas y peticiones del DISCAPACITADO y VULNERABLE y no incluirme en las POLITICAS PUBLICAS de EMPLEO cuando es tan fácil atender cualquiera de mis peticiones formuladas como:

1.- DANSOCIAL puede reintegrarme a un cargo como PROFESIONAL ESPECIALIZADO y me voy a trabajar a cualquier parte del país donde me envie el señor DIRECTOR.

 

2.- Pero si esto no le es posible le he solicitado otra diligencia que es únicamente producir una RESOLUCION donde me ACREDITE como INSTRUCTOR DE COOPERATIVISMO para viajar por COLOMBIA formando cooperativas y asi vincularme a la actividad productiva y considerando que ya fui instructor de COOPERATIVISMO cuando fui funcionario durante 13 años al servicio de DANCOOPS hoy DANSOCIAL y además fui el fundador o el creador del INSTITUTO DE ECONOMIA SOLIDARIA en la UCC y fui docente de la catedra de DERECHO COOPERATIVO Y OTRAS FORMAS ASOCIATIVAS en las diversas facultades de la UCC en PASTO y NARIÑO y además fui INSTRUCTOR de FUNDEMPRESAS que es una FUNDACION que fue acreditada por DANCOOP hoy DANSOCIAL para formar cooperativas en NARIÑO Y PUTUMAYO. El DIRECTOR de DANSOCIAL solo debe producir una RESOLUCION acreditandome para ser instructor de cooperativismo y en ello se tarda máximo una hora y en su entidad esta toda la información histórica sobre mi actividad laboral. En este acto no existen ni siquiera costos pero no se ha querido atender mi petición repetitiva y constante y desesperante para vincularme a servir a mi sociedad

 

3.- Pero le he manifestado al señor DIRECTOR de DANSOCIAL que si tampoco es posible  ograr esta meta que me ayude entonces recomendandome ante sus amigos y compañeros de GOBIERNO para que me nombren en cualquier cargo en ECOPETROL, en un DEPARTAMENTO ADMINISTRATVO, en un MINISTERIO, en la DIAN, en la FISCALIA, en la PROCURADURIA, en una EMBAJADA o cualquiera otra entidad pero que me apoye para poder ser útil a la sociedad a pesar de mi discapacidad y poder servir como ABOGADO, contador publico, ECONOMISTA, experto en cooperativismo y especializado en derecho LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL, en DERECHO ADMINISTRATIVO y en REVISORIA FISCAL, pero nada se me atienden y se archican las multiples peticiones cuando el ciudadano discapacitado se dedica a sustentar sus peticiones y a argumentarles PERO nada le importa al señor DIRECTOR y a los demás funcionarios accionados

 

4,. Pero he sido mas amplio en mis peticiones y les he solicitado que si la ley del PLAN ni la LEY DEL DISCAPACITADO son aplicables para mi caso, que por favor me valoren y consideren como DESPLAZADO y VICTIMA ya que fui desplazado de la GUAYACANA TUMACO NARIÑO con mi familia y tuvimos que dejar en mayo de 2019 nuestra finca  con casa y emprendimientos formados durante 15 años de trabajos e inversiones y es una finca de 12 hectareas donde vivimos y explotamos con las familias vinculadas varios proyectos y todo fue abandonado en el territorio por falta de controles, falta de presencia real del estado y por existir total ABANDONO del territorio sin controles por parte del ALCALDE, del GOBERNADOR y menos del PRESIDENTE que es un aportante a estos delincuentes utilizando recursos públicos para ello y que debe ser investigado por esa desviación de recursos.  Señor JUEZ existe en la FISCALIA DE TUMACO una denuncia radicada por el suscrito donde consta todo el problema generado por el DESPLAZAMIENTO forzado y la FINCA esta ofertada a la ANT y al MINAGRICULTURA pero sin responder en nada sobre la oferta que hico mi hija BEATRIZ HELENA TORRES SILVA a nombre de quien figura la FINCA de propiedad de toda la familia TORRES SILVA comprada con ahorros y esfuerzos realizados por todo el grupo familiar PERO no nos atienden en nuestras ofertas y tenemos en VENTA la finca de 12 hectareas o que se nos la permute o que se nos entregue en COMODATO por la SAE otra FINCA para explotar y volver a soñar y estamos pidiendo que se nos compre o permute con una finca donde podamos sembrar y explotar el CAFÉ para producir CAFES ESPECIALES PELET con otros sabores como CARDAMOMO pero nada se nos atiende pero si se habla de estar ayudando a las VICTIMAS y a los DESPLAZADOS cuando todo es mentira, todo se convierte en discursos sin realizaciones y por ello acudo ante el JUEZ CONSTITUCIONAL para que me ayude a proteger mis derechos fundamentales vulnerados por todos estos servidores públicos populistas que hacen ver que existe estado cuando es falso porque ningún funcionario hace nada para ayudar al discapacitado

 

5.- Tambien vengo reclamando a la SAE y a la DIAN y a la FISCALIA GENERAL DE LA NACION nos donen a los discapacitados y desplazados y victimas un BUS para destinarlo a TURISMO y llevar a otras comunidades de COLOMBIA nuestros artes, nuestra cultura, nuestras artesanías y demas servicios y traer de ellas lo que produzca y realizar el TRUQUE pero nada se me atiende y nada se soluciona y solo son discursos que inclusive esos EQUIPOS de transporte se están pudriendo en los parqueaderos generando costos para el estado cuando se nos puede entregar un BUS para nuestro servicio y no generar esos costos. Pero el mal servicio publico no permite actuar, y realizar actos correctos para servir a los necesitados y se seguirá en peores condiciones porque todo se convierte en DISCURSO y se dice que COLOMBIA es POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA cuando estamos en peores condiciones que antes y cada dia la pobreza es mas aguda y la corrupción es mas alta y sin controles. Favor COLABORARNOS con los DISCAPACITADOS y DESPLAZADOS para poder encontrar alguna solución efectiva y real a nuestras necesidades y queremos trabajar nosotros mismos con nuestras fuerzas a pesar de las discapacitades pero necesitamos los aportes del estado con las peticiones formuladas

 

6.- Ademas he denunciado la OMISION pero ni la fiscalía, ni la procuraduría han actuado y sigo huerfano esperando algún resultado y ahora acudo al JUEZ CONSTITUCIONAL para pedir la protección de mis derechos fundamentales vulnerados y ordenar la COMPULSA DE COPIAS para que sean investigados los OMITTENTES en el cumplimiento de su deber como servidores públicos y que al menos contesten en forma argumentada y suficiente los derechos de petición y recordarles que no es contestar por contestar sino fundamentando y argumentando su respuesta y orientar al discapacitado y desplazado y victima para que se dirija a quien corresponda o aplicando las normas antitramites se traslade de entidad a entidad ayudando al ciudadano en la verdadera solución a sus problemas y necesidades pero que no se evadan responsabilidades porque según el articulo 1 de la CN COLOMBIA es un ESTADO UNITARIO, único y si bien cada entidad cumple unas funciones especificas, todos son estado y todos pueden colaborarse mutuamente para dar soluciones efectivas pero NO COLOCAR al ciudadano a radicar nuevas peticiones sobre algo que se puede trasladar a quien tenga la COMPETENCIA y asi si estamos cumpliendo con el FIN del estado social de derecho previsto en el articulo 2 de la CN

 

7,. Señor juez constitucional como puede observar he acudido a todas las instancias publicas para suplicar ayudas para el DISCAPACITADO, desplazado, VICTIMA y vulnerable pero en ninguna entidad encuentro eco o respuestas argumentadas y en forma suficiente donde me expliquen el porque se apartan de las ratio decidendis obligatorias y vinculantes o si las aceptan y las aplican. Lo que existe es UN SILENCIO TOTAL y nadie responder y por ello le solicito el favor de colaborarme protegiendo mis derechos fundamentales ordenandoles a las entidades que al menos contesten mis derechos de petición PERO argumentando y sustentando en forma suficiente considerando los PRECEPTOS CONSTITUCIONALES vinculantes y obligatorios tantas veces analizados en mis escritos y le solicito señor JUEZ el favor de valorar para ORDENAR la PROTECCION los siguientes preceptos además de los conocidos por usted, por los servidores públicos y por todo asesor jurídico de las entidas. Me refiero a los siguientes PRECEPTOS y considerar y extraer de ellos las enfermedades mentales y de la PSIQUIS que presento que son ENFERMEDADES crónicas, crecientes, progresivas, destructivas y de especial atención y por cada dia que pasa el PROBLEMA se agudiza y genera mas daños y perjuicios:

 

8.- Señor JUEZ CONSTITUCIONAL acudo también ante usted para que me colabore ORDENANDO en la sentencia a la ARL POSITIVA SA que me valore en forma INTEGRAL y que califique mediante dictamen actual, nuevo y con calificación INTEGRAL todas mis patologías que hoy padezco y defina la FECHA DE ESTRUCTURACION, la PCL TOTAL y el ORIGEN que no puede ser otro que las ENFERMEDADES LABORALES CRONICAS Y PROGRESIVAS que tengo y por las secuelas del accidente laboral que sufri el 17 de noviembre de 1989 cuando era funcionario de DANCOOP hoy DANSOCIAL y que la ARL POSITIVA SA como mi afiliadora no ha querido valorar, ni considerar, ni calificar negando el servicio por lo que deben ser investigados y sancionados y ordenarle que emita el NUEVO DICTAMEN actual e integral sin mañas, sin corrupción y sin ninguna clase de actos separados de la ética y el profesionalismo de los calificadores y definir la fecha de estructuración que no puede ser otra que el 17 de noviembre de 1989 cuando sufri el accidente laboral y estuve 25 dias hospitalizado en el hospital san pedro de Pasto como registra mi historia clínica que anexo y desde esa fecha vengo sufriendo con todas las patologías que hoy presento y esa OMISION de la ARL POSITIVA SA me ha generado graves daños y perjuicios que solicito se determinen en su sentencia y se condena a repararlos y pagarlos como se indica en mis escritos repetitivos

 

9.- Tambien señor JUEZ CONSTITUCIONAL he solicitado a la MINISTRA DE TRANSPORTE que en consideración a la LEY del PLAN y la LEY del DISCAPACITADO se me HABILITE en forma gratuita a mi empresa formada por discapacitados, desplazados y victimas llamada FENALCOOPS de la cual anexo el CERTIFICADO de existencia y representación legal y que por favor nos habiliten a la empresa en los servicios BASICO, MIXTO, COLECTIVO URBANO, especial y turismo, carga y encomiendas pero sin COSTOS para los desplazados y discapacitados porque todo lo perdimos con el desplazamiento y nos encontramos sin recursos y aun peor sin la ayuda de ninguna entidad como lo he probado con esta tutela y abandonados por el estado que es el promotor del DESPLAZAMIENTO FORZADO por el abandono de los territorios y por darles status de gestores de paz a los delincuentes y a los narcoterroristas para que acaben con COLOMBIA. Favor señor JUEZ colaborarme protegiendo mis derechos y el MINISTERIO DE TRANSPORTE solo debe producir un acto habilitando a FENALCOOPS para prestar los servicios de transporte por COLOMBIA legalmente y con al apoyo real del estado a los desplazados, victimas y discapacitados. El MINISTERIO DE TRANSPORTE puede habilitarnos a los discapacitados, desplazados y victimas para prestar los servicios de transporte en HORARIOS diferentes a los que ya esten asignados sin afectar a las empresas ya existentes PERO le presentamos unas rutas y horarios y en nada se ha pronunciado guardando silencio OMITIENDO su deber y cometiendo faltas disciplinarias y hasta delitos y violando la CN, la LEY y los TRATADOS lo que debe llevar a investigaciones y sanciones y favor remitir a mi correo todo registro, todo turno, toda decisión, todo acto para hacerles el seguimiento y registrarme como VICTIMA y radicar el INCIDENTE de reparación integral.

 

ANEXOS:

 

Entrego al señor juez primero la facultad para revisar mis correos e ingresar a la intimidad del discapacitado, desplazado y victima y revisar las denuncias, las quejas, los derechos de petición, y todo acto realizado para pedir la protección del DISCAPACITADO, desplazado, VICTIMA y vulnerable amparado en la LEY del PLAN, en la ley del DISCAPACITADO y en la ley 361 de 1997 ampliamente violados y vulnerados por los servidores públicos accionados y favor corregir garantizando el FIN del estado social de derecho y garantizar la PROTECCION de la DIGNIDAD HUMANA como principal derecho fundamental, valor, principio sobre el cual esta construido el ordenamiento constitucional y legal en COLOMBIA a partir del año 1991. Favor proteger los derechos de los vulnerables

 

2.- Remito con esta tutela toda denuncia incluida la ULTIMA radicada ayer ante la FISCALIA GENERAL DE LA NACION quien nada ha realizado para proteger al discapacitado y menos ahora que existen compromisos de reconcer status de gestores de paz a los delincuentes

 

3.- Favor registrar mi HOJA DE VIDA para que se ordene mi inclusión en cumplimiento de la LEY del PLAN y la LEY del DISCAPACITADO

4.- Aenxo mi DICTAMEN expedido por la JNCI, mi certificado de discapacidad expedido por la secretaria de salud de Pasto, mi historia clínica donde se indican mas de 43 patologias que presento producto de la NEGLIGENCIA de la ARL POSITIVA SA al no atender  con oportunidad y con eficiencia todas mis ENFERMEDADES y problemas de salud lo que ha generado todos esos daños y perjuicios que hoy presento y especialmente la PERDIDA de mi visión y el problema renal que me tiene al borde de la muerte y la desesperación. Favor valor todo este material probatorio en forma integral y proteger los derechos del DISCAPACITADO, desplazado, VICTIMA y VULNERABLE.

 

Anexo también fotocopia de mis tarjetas profesionales de abogado, contador publico y economista y también anexo certificado de existencia y representación legal de FENALCOOPS como ONG creada para la defensa de los discapacitados, desplazados y victimas

 

 

JURAMENTO

 

Juro al señor JUEZ que con fundamento a los hechos que indico no he presentado otra tutela para pedir la PROTECCION de mis derechos vulnerados. Juro señor juez.

 

NOTIFICACIONES

 

Favor notificarme al correo fenalcoopsas@gmail.com o al correo fundempresas_pelet@hotmail.com o llamar al celular 3146826158 o escribir a mi oficina ubicada en la CALLE 18 No. 23 36 oficina 401 Pasto Nariño Colombia

 

Cordialmente

 

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO

c.c. No. 5.233.015 de Consaca Nariño

 

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