recursos soldado profesional
Pasto, 12 de Julio de 2024
Señor Coronel CAMILO ALBERTO VARGAS CANO, Director
Departamento Jurídico Integral
del Ejército Nacional
Señor Ministro de la Defensa Nacional
Señor Comandante del EJERCITO
Señor Director de SANIDAD
Señores JUNTA MEDICO LABORAL DEL EJERCITO
Señores TRIBUNAL MEDICO DEL EJERCITO
Señor JEFE DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL EJERCITO Y
DEL MINDEFENSA
Señor PROCURADOR DELEGADO PARA LAS FUERZAS ARMADAS DE
COLOMBIA
Señor Asesor Juridico
Señores CONSEJO NACIONAL DE DISCAPACIDAD CND
Señor PRESIDENTE GUSTAVO PETRO
Señores COMANDANTES DE LOS BATALLONES donde laboro RICARDO
IVAN RIVAS MARTINEZ como SOLDADO RAZO, soldado profesional y DEMAS SERVICIOS
prestados al EJERCITO DE COLOMBIA
webminisdef@oc.mde.es
usuarios@mindefensa.gov.co
sanidadfuerzasmilitares.mil.co
usuarios@mindefensa.gov.co
ciudadano@armada.mil.co
direccion.bienestar@mindefensa.gov.co
procesosterritoriales@defensajuridica.gov.co
procesosdas@defensajuridica.gov.co
ciudadano@armada.mil.co digej@armada.mil.co
info@defensa.gob.ar
solicitudinformacion@mintrabajo.gov.co
notificacionesjudiciales@mininterior.gov.co
contactenos@supervigilancia.gov.co
notificacionesjudiciales@mininterior.gov.co
atencion.ciudadano@justiciamilitar.gov.co
gestion.documental@mindefensa.gov.co
contactenos@cancilleria.gov.co
eva@ffmm.mil.co
correspondencia@fac.mil.co
notificacionjudicial@cgfm.mil.co
bienestar@cremil.gov.co
contabilidad@cremil.gov.co
lineadelhonor@mindefensa.gov.co
SERVICIOALCLIENTE@BANCHILE.CL
E.S.C.E.
REF: recursos de
REPOSICION y en subsidio apelación contra falsa respuesta a DERECHO DE PETICION
y a Insistencias repetitivas que pedi cumplir y realizar para DAR respuestas claras, argumentadas y en forma suficiente lo
pedido en mis multiples escritos PERO apegandose o rechazando lo pedido en las
RATIO DECIDENDIS obligatorias y vinculantes AMPLIAMENTE analizadas en cada
escrito y no existir tales ARGUMENTACIONES violando la CN, la LEY, los tratados
internacionales, los preceptos constitucionales, y existir PERJURO porque todo
servidor publico al POSESIONARSE JURA ante DIOS, ante la PATRIA y ante los
CIUDADANOS solo cumplir la CN y la LEY y en caso de no hacerlo PREVARICA y
comete FALTAS DISCIPLINARIAS
FAVOR trasladar en forma inmediata el recurso a quien sea competente en caso de
llegarle a algún funcionario sin competencias
FAVOR no rechazar por rechazar y trasladar al COMPETENTE y
considerar que el estado es UNO SOLO o es UNITARIO según el articulo 1 de la CN
y el FIN SOLO es el BUEN SERVICIO PUBLICO
y favor VALORAR en su integridad el contenido del ARTICULO 2 de la CN.
Favor responder en forma ARGUMENTADA y MOTIVADA y en forma CLARA y aceptando o
separándose de las RATIO DECIDENDI obligatorias y vinculantes PERO argumentando
so pena de COMTER delito y faltas disciplinarias POR violar la CN, los
PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VINCULANTES Y OBLIGATORIOS
Acude ante ustedes una vez mas el Soldado Profesional (R)
RICARDO IVÁN RIVAS MARTÍNEZ en ejercicio del DERECHO DE PETICION y en ejercicio
de los RECURSOS de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo
producido en MARZO de 2024, PERO NOTIFICADO en forma IRREGULAR en JULIO de 2024
y al ser NOTIFICADO interpongo los recursos para que se resuelva de fondo, acotar
la via gubernativa y poder asistir ante la JURISDICCION CONSTITUCIONAL o ante
la JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA por existir faltas disciplinarias y
delitos cometidos por ustedes al no contestar en forma argumentatitva y
suficiente aceptando o separándose de las RATIO DECIDENDIS tantas veces analizadas
en mis escritos que no fueron analizadas ni consideradas en su absurda
respuesta que nada explica sobre el RETIRO INEFICAZ y solo se limitan a decir
falsedades cuando existe después de mas de 15 años de servivio al EJERCITO un
RETIRO sin soportarlo y manifetando que ABANDONE EL SERVICIO pero no existe
PROCESO DISCIPLINARIO legalmente realizado y notificado en legal forma al suscrito
soldado retirado en forma INEFICAZ estando enfermo y discapacitado y sin
haberse tramitado el PERMISO ante el MINTRABAJO como lo ordena el articulo 26
de la ley 361 de 1997 y como se ratifica y repite en las diversas sentencias y
preceptos constitucionales que no se quisieron considerar en su respuesta
absurda
INSISTO en mis PETICIONES de declarar ineficaz mi RETIRO como
SOLDADO PROFESIONAL de mi ejercito de Colombia cargo al que ingrese estando
totalmente alentado y en PLENAS CAPACIDADES tanto físicas, mentales,
psicofísicas y demás valoradas y calificadas al momento de la selección como lo
indican los exámenes y pruebas practicadas y aportadas existentes en mi
HISTORIA LABORAL que reposa en sus entidades y fui retirado declarándome
primero como NO APTO y al estar enfermo ERA OBLIGACION del empleador el tramitar
permiso ante el MINTRABAJO y ese
requisito NO EXISTE en mi caso y nada dice el acto objeto de los recursos y mal
notificado al suscrito y fui retirado de las filas y lanzado enfermo y con
graves secuelas a la VIDA CIVIL y sin prepararme para laborar en otras
actividades diferentes a las únicas que conozco que son las MILITARES y eso se
constituye en un acto disciplinable y hasta penal contra el servidor publico
que desconociendo la CN, la LEY, los tratados, las ratio decidendi vinculantes
y obligatorias que indican la cantidad de PRECEPTOS CONSTITUCIONALES tomaron
esa decisión absurda de RETIRARME y lanzándome a un mundo desconocido
Favor VALORAR cada ratio decidendi y analizarla ampliamente
en la resolución de los RECURSOS porque al responder MI DERECHO DE PETICION ya
se OMITIO ese deber y ya se cometieron las faltas disciplinarias por las que se
debe investigar al funcionario irresponsables que juro cumplir la CN y la LEY
al posesionarse pero nada le importo al contestar en forma errada mi derecho de
petición NEGANDO los derechos de los discapacitados o trabajadores enfernos
Con todo RESPETO les solicito con INSISTENCIA el favor de
DECLARAR la ineficacia de mi retiro por no cumplir con el requisito del
articulo 26 de la ley 361 de 1997 y ordenar MI REINTEGRO SIN SOLUCION DE
CONTINUIDAD con los ascensos a los que
tengo derecho y ordenar el PAGO de salarios y prestaciones, las sanciones
moratorias previstas en los artículos 99 de la ley 50 de 1990 y articulo 65 del
CST y de la SS y otras sanciones legalmente reconocidas a los trabajadores, las
multas, las sanciones moratorias todas, los aportes al fondo de pensiones, las indemnizaciones por CULPA del empleador en
la ocurrencia de los accidentes laborales y las enfermedades laborales, el pago de las INDEMNIZACIONES que indica el
articulo 26 de la ley 361 de 1997 por ese RETIRO INEFICAZ y con violación de la
CN, y la LEY y también actualizar e indexar las cifras a la fecha del pago y
favor otorgarme BECA para seguir estudiando y ascender mas hasta la carrera de
OFICIAL de mi EJERCITO como lo ha previsto nuestro presidente el Dr GUSTAVO
PETRO dentro de las políticas del cambio y considerando que los SOLDADOS también
somos capaces y tenemos el derecho a ser OFICIALES de nuestro ejercito
Les recuerdo que hace
mucho tiempo me remitieron un oficio NO. RS20240221023948 a mi correo fundempresas_pelet@hotmail.com y
Dirección: Calle 18 Nro. 23 – 36, Oficina 401
Pasto – Nariño y en
esa respuesta NO SE RESUELVE el problema y se TRATO de una RESPUESTA sin argumentar y
en forma suficiente en las ratio decidendi obligatorias y vinculantes tantas
veces consideradas y analizadas en mis
derechos de petición y LES RECORDE que
asisto una vez mas para VOLVER A INSISTIR en mi petitum y favor contestar PERO
en forma argumentada y suficiente aceptando o rechazando esas RATIO DECIDENDI
so pena de violar la CN, la LEY y cometer faltas disciplinarias y hasta delitos
que deben ser investigados y sancionados PERO nada se considero al dar respuesta en el
nuevo escrito extenso fundamentado en falsedades y sin haberme garantizado los
derechos fundamentales violando el DEBIDO PROCESO y violando el derecho de
defensa y contradicción y todo acto producido en forma irregular no nace a la
luz del derecho al igual que no ha nacido a la luz del derecho mi RETIRO
INEFICAZ
Me informaron en el OFICIO referido que mi “requerimiento fue
remitido por competencia funcional mediante oficio No. RS20240221023831 del 21
de febrero de
2024, al señor Coronel CAMILO ALBERTO VARGAS CANO, Director
Departamento Jurídico Integral
del Ejército Nacional” y hasta la fecha NO RECIBO la
respuesta argumentada en forma suficiente con la que acepten mi reintegro o
rechacen pero en forma ARGUMENTADA aceptando o rechazando INSISTO esas ratio
decidendi que tratan sobre el RETIRO INEFICAZ de un trabajador enfermo sin
permiso del MINTRABAJO en acatamiento al articulo 26 de la ley 361 de 1997. Hoy
me responden nuevamente pero sin artumentar y sin considerar las diversas ratio
decidendis cometiendo delitos y faltas disciplinarias y notificando el acto en
forma IRREGULAR y escondiendo la respuesta para que no interponga los recursos
y dejar quieto todo porque siempre el EJERCITO y el MINDEFENSA tiene esa
costumbre y de mil casos de retiros ineficaces solo diez interponen recursos y
llegan hasta el final del proceso y los demás quedan mal retirado, quedan
vulnerados sus derechos y quedan por fuera en forma ilegal del ejercito a quien
le dedicamos toda una vida de sacrificios PERO que por necesidades los negros,
los indígenas, los campesinos nos vinculamos para encontra algún tipo de apoyo
al DESEMPLEO tan galopante existente en COLOMBIA por el mal servicio publico
Favor revisar los RECURSOS y notificarme de su decisión para
seguir a la demanda o a la tutela para reclamar mis derechos previa agotacion
de la via gubernativa como lo ordena la ley y siempre he sido respetuoso de la
CN y de la LEY
Insisto ante el señor Coronel CAMILO ALBERTO VARGAS CANO,
Director Departamento Jurídico Integral
del Ejército Nacional
y ante el MINISTRO, el COMANDANTE, el JEFE DE CONTROL INTENO
DISCIPLINARIO, ante el PROCURADOR y demás responsables para que se conteste PERO en forma argumentada y suficiente
aceptando o rechazando las RATIO DECIDENDIS tantas veces analizadas, valoradas
y consideradas en mis escritos repetitivos pero sin analizarlas y valorarlas
por ustedes y favor ORDENAR contestar en forma argumentada y suficiente y negar
o aceptar mis peticiones pero mediante acto motivado y argumentado que debe
notificarse a mi correo y sancionar las OMISIONES porque existe negación de un
buen servicio publico y se me estan negando mis derechos fundamentales
SEPARANDOSE del fin del estado social de derecho.
Insisto en el favor de pedirles se pronuncie en forma
ARGUMENTADA Y SUFICIENTE sobre el oficio No. RS20240221023831 del 21 de febrero
de
2024, Y SOBRE EL NUEVO OFICIO sobre el cual ESTOY
INTERPONIEDO RECURSOS de REPOSICION Y EN SUBSIDIO EL DE APELACION porque no están
argumentados en las ratio decidendis y deben ser valoradas y definir si las
acogen o las rechazan pero argumentando en forma suficiente lo que no existe en
el acto objeto de recursos y recuerden que no se ha probado el REQUISITO del
PERMISO tramitado ante el MINTRABAJO para retirar al SOLDADO ENFERMO y por
secuelas de ACCIDENTES LABORALES y ENFERMEDADES LABORALESS atribuibles a CULPA
del EMPLEADOR por no existir los SGSST ni PROGRAMAS de salud ocupacional definidos,
socializados, aprobados y capacitados a los soldados y al menos no se ha
remitido las actas donde conten tales informaciones para exonerar de la culpa
al empleador y por ello insisto en pagar las indemnizaciones por esa CULPA en
los AT y las EL y favor ordenar se me califique en forma INTEGRAL, TOTAL,
ACTUAL y considerando todas las secuelas o patologías que presento HOY
Favor VALORAR el contenido del OFICIO remitido por el Señor
GUSTAVO ALFONSO REY PEÑA quien informa ser el COORDINADOR GRUPO DE INSTRUCCIÓN
DISCIPLINARIA y ha guardo silencio absoluto hasta la fecha respondiendo PERO
sin argumentar lo cual se considera NO EXISTIR RESPUESTA y por ello interpongo
los recursos para que se corrija el error y se sancione a los irresponsables
funcionarios que violan alegremente la CN, la LEY, los TRATADOS INTERNACIONALES
y se apartaron del JURAMENTO que hicieron al POSESIONARSE de sus cargos.
Favor CONSTESTAR mediante acto administrativo MOTIVADO,
argumentado en forma suficiente y acatando o rechazando las RATIO DECIDENDI
obligatorias y vinculantes en las que se soporta mis PETICIONES y NOTIFICARME a
mi correo en forma LEGAL, sin evadir
responsabilidades y permitiendome el ejercicio de mis derechos fundamentales y
garantizando el FIN del estado social de derecho y respetando la DIGNIDAD
HUMANA pero no ocultando nada para evadir responsabilidad cuando esta probado
un RETIRO INEFICAZ y debe ordenarse mi REINTEGRO sin solución de continuidad
En su respuestas lo que debe existir es la ACEPTACION o el
RECHAZO de las ratio decidendis argumentando en forma suficiente su respuesta y
notificarme de la decisión
Y permitirme acudir a
la justicia constitucional o contencioso administrativa para defender mis
derechos fundamentales y que los abogados de FENALCOOPS como ONG defensora de
los derechos humanos a la cual me encuentro afiliado como vitima y como
trabajador retirado enfermo y sin recursos ser REPRESENTADO por los abogados de
FENALCOOPS y lleven hasta la ultima consecuencia la defensa de mis derechos y
trasladar esta información a los SOLDADOS RETIRADOS en forma irregular de todo
el PAIS para que estos abogados inicien su defensa técnica y jurídica para que
reclamen su REINTEGRO sin SOLUCION DE CONTINUIDAD. Favor registrar a FENALCOOPS
como ONG defensora de los derechos y publicar a las demás FUNDACIONES, federaciones,
asociaciones, ONGs nacionales e internacionales defensoras de los derechos
humanos para que integren en grupo de defensa de los vulnerables y de quienes
no contamos con recursos para cancelar abogados y que la FENALCOOPS realice el
ejercicio de la defensa tecnica
Favor resolver de FONDO sobre mis RECURSOS Y SOBRE
mis repetitivos y multiples peticiones y no guardar los derechos de petición
porque están violando la CN y están cometiendo delitos y faltas disciplinarios
PUES la omision al cumplimiento del deber se considera como MAL SERVICIO
PUBLICO y se afectan los derechos fundamentales
PETICIONES EN CONCRETO
Favor Resolver los RECURSOS y notificarme en forma normal,
real y legal para agotar la via gubernativa y proceder a la acción de tutela o
a la demanda contencioso administrativa
INSITO ante ustedes para que se responda en forma argumentada
y en forma suficiente mi derecho de petición y notificarme de la decisión para
aceptarla o interponer los recursos
Favor registrarme en nomina, ordenar los ascensos, ordenar el
pago de los retroactivos, pagar las sanciones y demás derechos que reclamo en
mi derecho de petición y cancelar los intereses, las sanciones, las
indexaciones, las indemnizaciones y demás derechos y además cancelar los daños
y perjuicios que los defino en DAÑOS MORALAES la cantidad de 500 smmlv; Los
daños en la salud en 500 smmlv; los daños en la vida de relación en la cantidad
de 500 smmlv y daños de oportunidad en la cantidad de 500 smmlv y daños de
placer en 500 smmlv. Favor ordenar el pago de lo que reclamo
Con el debido respeto
les solicito el favor de valorar las tantas sentencias emitidas por la CORTE
CONSTITUCIONAL sobre retiro ineficaz y mediante las cuales la CORTE declara
anular decisiones judiciales de jueces y magistrados por desconocer el
precedente constitucional y desconocer el contenido tacito del articulo 26 de
la ley 361 de 1997 y favor considerar que son ratios decidendi OBLIGATORIAS y
VINCULANTES que solo se pueden separar de ellos cuando exista la SUFICIENTE
ARGUMENTACION que desvirtué las razones que indican los magistrados de las
altas cortes. Caso contrario cometen delitos y faltas disciplinarias
Recuerden que los preceptos indicados y ampliamente conocidos
por ustedes deben servir de soporte para ordenar el derecho reclamado
Favor reconocer personeria a mi abogado el Dr PEDRO LEON
TORRES BURBANO quien se identifica con c.c. No. 5.233.015 de Consaca y con TP
No. 127.875 del C.S.J y responderle a el y notificarlo o en caso contrario
responderme a mi para yo interponer los recursos y agotar la via gubernativa
PETICIONES super
ESPECIALES
Señor MINISTRO y demás convocados para resolver en derecho y
justicia este RECURSOS y los derechos de
peticion con el respeto que se merecen les solicito el favor de considerar la
condicion especial del SOLDADO PROFESIONAL retirado sin prepararlo para la vida
civil, sin tramitar permiso para retirar a un trabajador enfermo y considerar
que se cuenta con todo un sistema de riesgos laborales y de salud para atender
a los enfermos soldados y garantizarles o la recuperación o calificarlos y
pensionarlos por pension de invalidez
Con todo respeto solicito el favor de PRODUCIR el acto
administrativo que resuelva los recursos
e INSISTO ante el señor ministro y
señores COMANDANTE y DIRECTORES como ASESORES con el debido respeto les
solicito el favor de ORDENAR lo que pido
y favor NOTIFICARME el acto administrativo en forma legal y ágil sin ocultar nada y a mi
correo registrado fenalcoopsas@gmail.com
o a fundempresas_pelet@hotmail.com
o llamar al 3146826158 o escribir a la oficina ubicada en la CALLE 18 No. 23 36
OFICINA 401 PASTO NARIÑO
Como PETICION especial de este recurso y del DERECHO DE
PETICION repetitivo e Insistente tantas veces repetitivo PERO sin
respuestas les SOLICITO con el DEBIDO
RESPETO el favor de responder los
derechos de petición y les recuerdos el ULTIMO ENVIADO tienen fechas diferentes
PERO ustedes siguen guardando silencio y Violan la CN y viola LA LEY. Comete
delitos y Faltas Disciplinarias y favor
Favor RECIBIR el derecho de petición y si cualquiera
dependencia o entidad NO ES COMPETENTE en cumplimiento a las normas anti
tramites FAVOR trasladar en forma inmediata el ESCRITO a la dependencia o
entidad que le compete contestar en forma clara y precisa.
Insisto en el FAVOR no rechazar por rechazar y trasladar al
COMPETENTE y considerar que el estado es UNO SOLO y el FIN el ser BUEN SERVICIO
PUBLICO y favor VALORAR en su integridad
el contenido del ARTICULO 2 de la CN. Favor responder en forma ARGUMENTADA y
MOTIVADA y en forma CLARA y aceptando o separándose de las RATIO DECIDENDI
obligatorias y vinculantes PERO argumentando so pena de COMTER delito y faltas
disciplinarias POR violar la CN, los PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VINCULANTES Y
OBLIGATORIOS
Les RECUERDO que mi
apoderado esta PENDIENTE de su respuesta para radicar tutela o la
demanda contencioso administrativa y tramitar lo que sea necesario y favor recordar que mi única fuente de INGRESOS
que generaba mi MINIMO VITAL y la SUBSISTENCIA
del soldado y de toda su familia fue, es y ha sido siempre mi FUERZA
LABORAL como SOLDADO PROFESIONAL, y de
el dependen la madre ENFERMA, de la tercera edad, sin posibilidades de generar
sus propios ingresos y requiere con URGENCIA de la atención y de su reintegro
sin solución de continuidad
Con todo respeto asisto UNA VEZ y en forma REPETITIVA ante
ustedes para pedirles el favor de CONTESTAR ASI no resuelva en forma concreta,
clara, precisa y concisa la PETICION pero si responder en forma argumentada
aceptando o rechazando las ratio decidendis y sin evadir ya que esta PROBADO el
retiro ineficaz y no se ha aportado el PERMISO TRAMITADO ante el MINTRABAJO
para que autorice mi RETIRO y si ese requisito no existe el RETIRO es INEFICAZ
y no ha nacido a la luz del derecho y solo deben soportar sus respuestas en esa
falta del requisito y el tramite legal es la ORDEN de reintegro al cargo con
los ascensos y favor ORDENAR el reconocimiento y pago de mis derechos
reclamados que son IRRENUNCIABLES y se constituyen en el MINIMO VITAL y la
SUBSISTENCIA
NOTIFICACIONES
Favor notificarme al
correo fundempresas_pelet@hotmail.com. Celular 3146826158, la oficina
del abogado calle 18 No. 23 36 oficina 401 pasto Nariño y también notificarle
a FENALCOOPS a su correo fenalcoopsas@gmail.com
Nota FAVOR responder los recursos en forma argumentada y
suficiente y notificar a los correos entendiendo que quien interpone los
recursos es el suscrito soldado en forma personal y una vez se resuelva asume
mi abogado la defensa tecnica
Cordialmente
Soldado Profesional (R) RICARDO IVÁN RIVAS MARTÍNEZ en
C.C. No.
Abogado
PEDRO LEÓN TORRES BURBANO
c.c. No. 5.233.015 de consaca
T P No. 127.875 del C.S.J
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