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asto, 29 de julio de 2024

 

Señor

DIRECTOR DANSOCIAL

Señores CND

Señor PROCURADOR

Señor JEFE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DANSOCIAL

Señor SUPERSOLIDARIO

Señor MINISTRO DE TRABAJO

E.S.C.E.

 

REF: DERECHO DE PETICION – REINTEGRO SIN SOLUCION DE CONTINUIDAD con REUBICACION a un cargo como PROFESIONAL ESPECIALIZADO previa declaratoria de la INEFICACIA del RETIRO – Favor aplicar la LEY DEL DISCAPACITADO

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO, persona mayor de edad, domiciliado en Pasto, identificado con c.c. No. 5.233.015 de Consaca en mi condición de DISCAPACITADO, desplazado y VICTIMA del conflicto armado ASISTO ante ustedes con todo respeto para SOLICITARLES el favor de DECLARAR el RETIRO INEFICAZ como servidor publico del entonces DANCOOP hoy DANSOCIAL y ordenar por favor mi REINTEGRO SIN SOLUCION DE CONTINUIDAD y ordenar REUBICARME laboralmente como PROFESIONAL ESPECIALIZADO analizando previamente mi hoja de vida que anexo y el certificado de discapacidad y el DICTAMEN que entrego con este derecho de petición y aplicar la POLITICA PUBLICA de EMPLEO y la LEY del DISCAPACITADO y favor considerar las ratio decidendis sobre RETIRO INEFICAZ y considerar como principal derecho la DIGNIDAD HUMANA para resolver de fondo sobre mis peticiones que consisten en SINTESIS en lo siguiente:

 

1.- Declarar como INEFICAZ mi retiro realizado como TECNICO ADMINISTRATIVO del DANCOOP hoy DANSOCIAL considerando que me encontraba enfermo y con secuelas de ACCIDENTE LABORAL sufrido el 17 de noviembre de 1989 y que la ARL POSITIVA SA como afiliadora y contratada por el EMPLEADOR no quiso y no quiere hasta hoy asumir su evaluación, calificación y no se ha querido emitir dictamen con ORIGEN AT y EL. Pero además fui retirado con enfermedad laboral llamada STRESS POSTRAUMATICO LABORAL y otras enfermedades laborales y al ser retirado ya era ECONOMISTA y CONTADOR PUBLICO y hoy también soy ABOGADO con TRES ESPECIALIZACIONES en derecho laboral y seguridad social, en derecho administrativo y en revisoria fiscal y contraloria y soy experto en DERECHO COOPERATIVO.

 

2.- Favor considerar que NO EXISTE PERMISO del MINTRABAJO para retirar al ENFERMO TRABAJADOR y de carrera que laboro al servicio del DANCOOP durante mas de 13 años continuos y de carrera administrativa y además considerar que al NO EXISTIR el PERMISO del MINTRABAJO ese retiro es INEFICAZ por no cumplir con lo exigido en el articulo 26 de la ley 361 de 1997 y lo que es ineficaz no nace a la luz del derecho y mantiene las cosas en el estado en que se encontraban antes de producirse el RETIRO y por ello sigo vinculado al DANCOOP hoy DANSOCIAL y por ello solicito mi reintegro sin solución de continuidad y el PAGO de salarios, prestaciones, sanciones, indexaciones, indemnizaciones, intereses y sanciones moratorias previstas en los artículos 99 de la ley 50 de 1990 y articulo 65 del C.S.T y de la S.S y demás sanciones previstas en las normas vigentes y aplicables

 

3.- Con todo respeto les solicito el favor de declarar el RETIRO INEFICAZ y protegerme el DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA DE PERSONA EN CONDICION DE DISCAPACIDAD O DISMINUCION FISICA valorando la LEY 361 de 1997 y la Ley 1145 de 2007 llamada la  LEY DE LA DISCAPACIDAD E INCLUSION SOCIAL y en todo el PROCESO solicito el favor de INTERVENIR y evaluar a la PROCURADURIA, al MINTRABAJO, al JEFE DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO del DANSOCIAL y a otros organismos involucrados con el apoyo y la INCLUSION del DISCAPACITADO retirado en forma INEFICAZ

 

4.- Favor considerar que la CORTE CONSTITUCIONAL continúa emitiendo fallos o decisiones judiciales mediante las cuales apoya al débil trabajador retirado en forma ineficaz por encontrarse enfermo y ordena revocar sentencias con defectos y ampara el fuero especial de estabilidad laboral reforzada por salud y considerar entre otras la Sentencia SU-040 de 2018 emitida por la Corte Constitucional  que es un importante aporte para los abogados, para los jueces, para los magistrados, para los asesores, para los empleadores y trabajadores pero lo mas importante es que brinda la protección que a todo trabajador vulnerable se le debe garantizar y que es deber del MINTRABAJO garantizar aplicando lo previsto en el articulo 25 de la CN y favor colaborarme revisando  la CN y especialmente el articulo 53  y otros que considerar la CN sobre la PROTECCION del DEBIL TRABAJADOR, de la seguridad social, de otros principios constitucionales sobre el TRABAJO DIGNO y también se refieren a los tratados internacionales pactados por COLOMBIA al ser estado parte de las ONGs defensoras del trabajo digno. Favor considerar antes de decidir sobre mis peticiones que son una PERSONA EN SITUACION DE DISCAPACIDAD  que cuento con especial Protección legal y medidas afirmativas en planes de desarrollo distritales o municipales para lograr inclusión social, real y efectiva y ha establecido que el DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA DE PERSONA EN CONDICION DE DISCAPACIDAD no permite la NO vulneración por cuanto  la vinculación laboral se ampara en virtud de una política pública de inclusión específica y por lo tanto se configura una estabilidad laboral reforzada

 

5.- Tambien les solicito el favor de considerar la sentencia  T-076-24 antes de decidir sobre mi REINEGRO sin solución de continuidad con REUBICACION LABORAL en un cargo de carrera y como PROFESIONAL ESPECIALIZADO y puedo ser DIRECTOR TERRITORIAL del DANSOCIAL, jefe de área, jefe de personal, o asesor del DIRECTOR o de cualquier funcionario de la entidad y favor valorar las DIVERSAS ratio decidendis obligatorias y vinculantes y solo separarse de ellas argumentando sus razones pero no cualquier argumentación SINO algo que desvirtue las razones indicadas por los magistrados de las altas cortes

 

6.- La SENTENCIA T-076 DE 2024  ordena la CORTE la DECLARATORIA de INEFICACIA del RETIRO y ordena el REINTEGRO, el pago de salarios y prestaciones y todos los demás derechos que se liquiden ultra y extra petita por ser derechos irrenunciables y son derechos ciertos que no se discuten

 

7.- Si no es posible mi INCLUSION, mi REINTEGRO o le es imposible vincularme a la entidad con todo respeto le solicito el favor de ACREDITARME como INSTRUCTOR DE COOPERATIVISMO para capacitar en todo COLOMBIA y poder certificar los cursos realizados. Favor considerar mi hoja de vida y mi experiencia como ASESOR EN COOPERATIVISMO que hasta la fecha realizo.

 

8.- Pero si tampoco es posible favor otorgarme BECA para estudiar DOCTORADO en derecho cooperativo, en derecho laboral, en derecho administrativo,  en derechos humanos o en derecho comercial internacional

 

Favor colaborar con el DISCAPACITADO para ser INCLUIDO y poder servir a las comunidades

 

NOTIFICACIONES

 

Favor notificarme al correo registrado y también remitir información al correo de la ONG FENALCOOPS que es fenalcoopsas@gmail.com o llamar al 3146826158 o escribir a mi oficina ubicada en la CALLE 18 No. 23 36 OFICINA 401 PASTO NARIÑO

 

Cordialmente

 

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO

c.c. No. 5.233.015 de Consaca


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