denuncia ampliacion de un suoficial del ejercito

 


Pasto, 5 de Julio de 2024

 

Señor

FISCAL 28 LOCAL DE PASTO

E.S.C.E.

 

REF: INVESTIGACION No. ___

 

RICARDO ROSERO BONILLA, persona mayor de edad, domiciliado en Pasto, identificado como indico al final de mi firma, en mi condición de DISCAPACITADO y retirado del EJERCITO como SUBOFICIAL en el grado de SARGENTO SEGUNDO estando enfermo y sin haber tramitado permiso ante el MINTRABAJO por el Comandante del Ejercito y por el Ministro de la Defensa Nacional, asisto ante usted señor FISCAL, con el respeto debido para RATIFICAR mi denuncia en contra de los funcionarios públicos que OMITIERON su deber de al menos contestar mis PETICIONES repetitivas y constantes de REALIZAR mediante acto administrativo argumentado, motivado y con los suficientes argumentos que se soporten en las RATIO DECIDENDIS que indico ampliamente en mis repetitivos derechos de petición radicados a los DENUNCIADOS pero sin estos requisitos con lo que se ha probado la OMISION, el cumplimiento a su deber, con el deber de al menos contestar los derechos de petición y de argumentar sus decisiones si se apartan de esas RATIO DECIDENDIS que son OBLIGATORIAS y VINCULANTES

 

Informo y me ratifico en lo ya manifestado en mi denuncia y me ratifico en todo lo manifestado y entrego con esta RATIFICACION dos de los escritos remitidos ante los correos de los denunciados EXISTIENDO muchos mas que solicite el FAVOR de pedirlos los REMITAN escaneados y sin costos para el retirado en forma ineficaz dado mi estado de pobreza extrema, de vulnerabilidad y de situación critica, pues tengo además de mi discapacidad que no se ha querido valorar por SANIDAD MILITAR y por la JUNTA MEDICO LABORAL y el TRIBUNAL MEDICO LABORAL y por el MINISTRO y el COMANDANTE quienes son todos denunciados por la OMISION y por la VIOLACION DIRECTA de la CN, de los PRECEPTOS CONSTITUCIOONALES vinculantes y obligatorios que tratan el tema del RETIRO INEFICAZ y que ordenan el REINTEGRO sin solución de continuidad de todo empleador o trabajador asi sea del sector publico o privado y favor SANCIONARLOS, acusarlos y registrarme como VICTIMA con mi esposa, mis hijos, mis hermanos, mis cuñados, mi suegra, mis padres, y toda mi familia y radicare en el momento que se me informe el INCIDENTE DE REPARACION INTEGRAL, de justicia, de verdad y de no repetición, pero con el debido respeto le solicito al señor FISCAL el favor de registrarme como VICTIMA e informar a los abogados de FENALCOOPS como la ONG que me afilio para defender mis derechos como victimas y como enfermo o discapacitado sin atenciones por los servidores públicos ni por el sistema de sanidad del MINDEFENSA y del EJERCITO DE COLOMBIA

 

Favor registrar a FENALCOOPS como la ONG defensora de mis derechos e informar al correo de FENALCOOPS y a su celular o al mio de cualquier actuaciones, decisión y registros y permitirme ejercer mis derechos fundamentales en la defensa como VICTIMA porque existe una clara OMISION del cumplimiento del deber de los funcionarios de al menos contestar los derechos de petición PERO en forma argumentada y suficiente aprobando o separándose de las RATIO DECIDENDIS vinculantes y obligatorias tantas veces analizadas, evaluados y consideradas en mis multiples derechos de petición que me asesoraron los abogados especializados vinculados a FENALCOOPS y entre otros preceptos constitucionales vinculantes y obligatorios indico algunos de los cuales nada dicen los funcionarios públicos cuando es su deber o acatarlos o separarse de ellos PERO en forma argumentada y suficiente y nada de ello existe, y probándose por tanto la VIOLACION DIRECTA de la CN como dicen los altos magistrados de las CORTES DE CIERRE. Son estos algunos de los PRECEPTOS CONSTITUCIONALES:  sentencias T-494 de 2018;  T-524 de 2020; T-293 de 2022; T-195 de 2022; SU-087 de 2022; T -2021-00232; SU-049 de 2017; T-434 de 2020; T-494 de 2018;  T-041 de 2019;  T-434 de 2020;  T-524 de 2020; Sentencia T-424/22 

 

Pero además debe valorarse y considerarse para decidir sobre los delitos cometidos por los denunciados el artículo 26 de la ley 361 de 1997 el que dice claramente y sin derecho alguno a INTERPRETARLO  que para poder retirar a un trabajador estando enfermo y conociendo el EMPLEADOR su estado al momento del retiro existe el deber SINE QUA NON de tramitar PERMISO ante el MINTRABAJO para que este mediante acto administrativo motivado y soportado y notificado al trabajador autorice tal retiro por renuncia provocada, por terminación de la obra, por vencimiento del término o para retirar con justa causa a un trabajador estando enfermo y se tiene es OTRO DEBER de REUBICAR mas no de retirar o aceptar renuncias provocadas por el acoso o por esas animadversiones que se generan entre trabajador y empleador que colocan siempre en desventaja a la parte más débil de la relación laboral y es el trabajador  el DEBIL en esa relación laboral y debe intervenir el MINTRABAJO para proteger la CN en lo previsto en el articulo 25 CONSTITUCIONAL a quien también acudi para denunciar y para que sancionen a los empleadores omitentes de garantizar el referido articulo y dar un TRATO DIGNO a su trabajador enfermo y nada hizo el MINTRABAJO a quien también solicito se INVESTIGUE y SANCIONE por la OMISION y por VIOLAR la CN

 

Dice que todo retiro sin este requisito NO EXISTE, no nace a la luz del derecho o mejor que es INEFICAZ y mantiene las cosas en el estado en que se encontraban antes de ese retiro ineficaz y por ello SIGO vinculado a mi EJERCITO como SUBOFICIAL y solicito se declare el RETIRO INEFICAZ, me reintegren sin solución de continuidad, ordenen el PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES, ordenen el pago de INDEMNIZACIONES considerando el articulo 26 de la ley 361 de 1997, me indemnicen por las ENFERMEDADES LABORALES y los ACCIDENTES LABORALES probados con mi historia clínica, mi historia laboral y todo expediente que deben ser reclamado al EJERCITO y al MINDEFENSA y a la JUNTA MEDICO LABORAL como al TRIBUNAL MEDICO y a SANIDAD MILITAR para que remitan todo escaneado y sin costos para el suscrito enfermo soldado de la patria que esta en estado de pobreza extrema y requiere de la ayuda del señor FISCAL y que solicita se sancione a estos victimarios y se me registre como VICTIMA

 

Debe ordenarse MI REINTEGRO sin solución de continuidad Y ordenarse mi REUBICACION LABORAL y ordenarle a SANIDAD y a la JUNTA MEDICO LABORAL me valore, me califique y emita DICTAMEN actual e integral pero valorando TODAS LAS PATOLOGIAS que presento y emita al final el dictamen pero también que indique la PCL, la fecha de estructuración y el ORIGEN de mis problemas de salud lo que no ha querido realizar la JUNTA ni el TRIBUNAL y por esa OMISION deben ser sancionados a pesar de mis multiples y repetitivas peticiones PERO como me consideran una persona INSERVIBLE, sin nadie que nos proteja, nos tratan como seres no deseables y no se atienden las PETICIONES

 

Ademas debe ordenarse mis ascensos hasta llegar a la ULTIMA CATEGORIA de suboficial por el TIEMPO TRANSCURRIDO y permitirme  seguir como OFICIAL hasta el grado que corresponda por ese tiempo transcurrido vinculado a mi ejercito porque el RETIRO INEFICAZ no existe, no ha nacido a la luz del derecho, sigo vinculado a mi ejercito y cada tres años o cuatro años tengo derecho a un ascenso y considero ya supere el grado de sargento mayor de comando y puedo llegar hasta MAYOR de mi EJERCITO DE COLOMBIA si se aplican las reglas de los ascensos y favor ordenar tales hechos por estar probado el derecho

 

Con todo respeto también solicito al FISCAL el favor de valorar el contenido de los artículos 1-2-4-13 – 23 – 29 – 37 – 47 – 53 – 93 – 94 y otros artículos de la CN,  junto con el artículo 26 de la ley 361 de 1997,  y considerar que los servidores públicos SI SE APARTARON  sin argumentar en forma suficiente de las RATIO DECIDENDI y de los preceptos vinculantes y obligatorios especialmente las sentencias ya indicadas y otras como: la sentencia  SU-061 de 2023; SU-087-22; SU-269 de 2023; SU-67 de 2023; SU-040 de 2018; SU-049/17; su-380 de 2021; SU-003/18; SU-063 de 2023; SU-75; SU446/11; SU - 040/18; SU-446 de 2011; SU-023/18; SU-070/13; SU-377 de 2014; SU-061/23; SU-250  y,  estas NUEVAS señor fiscal son sentencias de UNIFICACION donde la CORTE reune varias decisiones erradas o con defectos para UNIFICAR criterios y ordena los REINTEGROS sin SOLUCION DE CONTINUIDAD y deja constancia que son CRITERIOS vinculantes y obligatorios que todo servidor publico, juez, fiscal, magistrado y todo empleador y asesor del EMPLEADOR tienen el DEBER de acatar o solo separarse de ellas argumentando en forma suficiente su decisión que debe ser tan argumentada que que debe desvirtuar el criterio de los magistrados que es una decisión tomada en salas y después de evaluar en forma analítica y sintética la decisión que registra la sentencia

 

Me refiero señor FISCAL a otras sentencias porque son MULTIPLES las emitidas por las altas cortes para amparar esos RETIROS INEFICACES como el mio y les he solicitado a los empleados denunciados las consideren PERO no atienden mis PETICIONES omitiendo su deber y cometiendo delitos y faltas disciplinarias y son :  T-279 de 2021; T-198 de 2006; T-906 de 2011; T-1306 de 2001; T-478_2019; T-478/19; T-362 de 1999; T-054/11; T-161/17;  T-521/16; T-719 de 2003;  T-340/17; T-320, 2016; T-7.742.471; T-438-20; T-685 de 2015; T-760/08; T-305 de 2018; C- 614 DE 2009; C-005 de 2017; C 593 de 2014,

SENTENCIA SU-269 DE 2023; Sentencia SU-040 de 2018; Sentencia SU-049 de 2017;  Sentencia SU-087 de 2022; Sentencia C-1507 de 2000; Sentencia SU-256 de 1996; Sentencia T-1040 de 2001; Sentencia T-198 de 2006; Sentencia SU-256 de 1996; Sentencia T-1040 de 2001. En estas sentencias  debe soportar tanto el EMPLEADOR como las ARL, las JUNTAS MEDICO LABORALES, los TRIBUNALES MEDICO LABORALES y todo servidor publico o privado su DECISION  y la ARL tiene el deber de CALIFICAR en forma INTEGRAL y TOTAL y no por partes soportado en la CORRUPCION. Debe actuar el evaluador con toda la trasparencia, la ética y el profesionalismo PERO en mi caso todos negaron mi protección pedida y hasta la PROCURADURIA ha dejado de cumplir su deber, la defensoria del pueblo, la personeria, el MINISTRO, el COMANDANTE, la JUNTA MEDICO LABORAL, el TRIBUNAL MEDICO LABORAL entre otros convocados para pedirles apoyo y ahora ACUDO ante la señora FISCAL GENERAL DE LA NACION para reclamar su protección como VICTIMA y espero encontrar respuestas positivas antes de iniciar las demandas de reparación directa por el MAL SERVICIO PUBLICO y el desamparo al TRABAJADOR ENFERMO retirado en forma ineficaz de su cargo estando totalmente enfermo y programado para cirugía de VENA VARIS PROFUNDA como se indica en mi historia clínica que autorizo revisarla en su integridad previa petición de remisión en forma integral y total y escaneada a esta denuncia sin costos para el suscrito dada mi condición de pobreza extrema y de encontrarme enfermo sin oportunidades laborales y vivo del rebusque diario

 Los denunciados no solo OMITIERON su deber de al menos contestar mis derechos de petición en forma argumentada y suficiente sino que tambien violaron  en forma    directa la CN, por apartarse de las ratio decidendis obligatorias y vinculantes sin existir esa suficiente argumentación y se dejo de AMPARAR mi fuero especial de estabilidad reforzada por salud, mi fueri de padre cabeza de familia, mi fuero de discapacitado, mi fuero de estabilidad por PREPENSION, entre otros fueros que se probaran en las demandas si es que me toca llegar a ellas.

 

Existen actos CORRUPTOS en los JUECES y MAGISTRADOS que he solicitado sean INVESTIGADOS y SANCIONADOS y registren a los TRABAJADORES como victimas para que sean reparados en forma integral por los delitos cometidos.

Como PUEDEN OBSERVAR señores abogados asesores, señor FISCAL señores integrantes de las JUNTAS DIRECTIVAS de LAS ENTIDADES EMPLEADORAS y señores COMITES de SALUD y todo responsable de la administración de TODO TRABAJADOR DEPENDIENTE son múltiples los preceptos constitucionales en los que se soportan las PETICIONES y son muchos más los emitidos tantas veces por las altas cortes para amparar el FUERO ESPECIAL DE ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA POR SALUD de los trabajadores en COLOMBIA y en el MUNDO y existe el DEBER de todo servidor público y de todo EMPLEADOR privado o público el acatarlos y respetarlos y garantizar la CN y la LEY y en caso de no hacerlo es deber del EMPLEADOR asumir la RESPONSABILIDAD que generan sus empleadores o sus delegados en la administración y esos costos se pueden repetir en el cobro a cada empleador responsable y omitente en acatar las normas y desviar sus decisiones por fuera de lo tantas veces analizado como es el caso concreto y con todo RESPETO les solicito  AL fiscal el  favor de INVESTIGAR y ACUSAR y como resultado final REGISTRARME como victima con mi familia y permitirme radicar INCIDENTE DE REPARACION y también ORDENAR primero declarar la INEFICACIA DEL RETIRO el cual jamás prescribe por no nacer a la luz del derecho y ordenar el REINTEGRO sin solución de continuidad y ordenar la REUBICACION LABORAL según las patologías y ordenar las atenciones inmediatas a la ARL, de la JUNTA MEDICO LABORAL y del TRIBUNAL MEDICO LABORAL  de todas las patologías para ALIVIAR el dolor y el sufrimiento del trabajador y también ORDENAR la calificación integral y total valorando cada patología sin descuidarse de ninguna y emitir DICTAMEN donde establezca la PCL, la fecha de estructuración y el ORIGEN que no es otro que las ENFERMEDADES LABORALES ampliamente analizadas y probadas ocurridas por CULPA del empleador y por negligencia de la ARL y también considerar todos los demás fueros para ordenar ese reintegro sin solución de continuidad y para ello sí que existen ratios decidendi y preceptos constitucionales vinculantes y obligatorios,

 

Le solicito al señor FISCAL el favor de considerarlos y valorarlos y no apartarse de la REALIDAD PROBADA y someter a los empleadores por decisiones erradas de sus administradores como el MINISTRO, el COMANDANTE, la JUNTA, el TRIBUNAL entre otros, a cancelar valores asumidos por la falta a la ética y falta al cumplimiento de esas ratio decidendi y por OMISION y por NEGLIGENCIA como esta probado en mi caso concreto cuando es decidir declara la INEFICACIA DE MI RETIRO y ordenar mi REINTEGRO con reubicación y ordenar los ascensos a los que tengo derecho PERO el capricho, el orgullo y los actos antiéticos no les permite tomar decisiones ajustas a derecho y a la constitucion cuando todo servidor publico al posesionarse de su cargo JURA cumplirlas y acatarlas PERO en el caso concreto nada de ello se cumple y hacen lo que les parece sin cumplir la CN ni la LEY por lo que deben ser investigados y sancionados y registrarme como VICTIMA.

 

Con todo respeto solicito a todo el equipo asesor de la fiscalía general de la nación y a los abogados y a todos los convocados en mi repetitivo  derecho de petición VALORAR lo probado desde  mi primer escrito y consiste en considerar que  fui acosado laboralmente, que fue programado para cirugía, que renuncie por ese dolor y sufrimiento pero retire mi renuncia y solicite ser reintegrado al cargo y ser calificado en forma integral y total PERO nada de ello se atendio y ahora acudo a la denuncia por la OMISION, por la VIOLACION DIRECTA de la CN y de la LEY cuando es deber de todo servidor publico acatarla y lo mismo va a suceder con el señor GUSTAVO PETRO que se mete a la faja la CN y la LEY cuando juran los servidores públicos al posesionarse cumplirlas y hacerlas cumplir porque ese es su deber

 

Sufro hoy señor fiscal y asi lo conocen todos los denunciados de la enfermedad laboral del siglo llamado stress pos- traumático laboral que se me genero desde cuando fui acosado laboralmente y perseguido y padeciendo de esa enfermedad laboral que no ha querido valora la JUNTA MEDICO LABORAL del EJERCITO, desde antes de mi retiro ineficaz y es una enfermedad laboral considerada por la OMS como tal y ese STRESS afecta la salud no solo mia  sino de mis HIJOS. de mi ESPOSA, de mis padres, de mis hermanos, de mis cuñados y de todo el circulo familiar compuesto por sobrinos, nietos, y otros familias

 

Es IMPORTANTE recordarle a la ARL y a la JUNTA MEDICO LABORAL  que tiene mucha responsabilidad por su OMISION  y se me ha generado graves daños y perjuicios como TRABAJADOR por no aplicar los SGSST, por no existir PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL, por no existir valoraciones, calificaciones y se haya dictaminado esas ENFERMEDADES LABORALES que hoy me tienen al borde de la desesperación y angustiado  y al borde de angustias afectando no solo al trabajador olvidado y abandonado, sino también a sus HIJOS Y A TODO EL GRUPO FAMILIAR y deben INDEMNIZAR por todos los daños y perjuicios causados y si no se reconocen por este medio el JUEZ LABORAL O contencioso o constitucional  será quien atienda las peticiones que se formulen porque están probados esos daños y perjuicios por la OMISION en la atención integral del trabajador porque el SISTEMA DE SALUD formado por EPS, FONDO DE PENSIONES Y RIESGOS LABORALES tienen deberes que cumplir y la OMISION genera responsabilidad patrimonial y donde también esta implicado el MINTRABAJO al omitir el cumplimiento del articulo 25 de la CN

 

 

Señor FISCAL hoy me encuentro en situación de POBREZA EXTREMA, soy padre cabeza de familia, vivo del rebusque diario, vivo en condiciones anormales, soy una persona de alta vulnerabilidad por mi estado de enfermo y pobre sin OPCIONES LABORALES y existe un RETIRO INEFICAZ que debe declararse y la OMISION de los servidores públicos no solo viola en forma directa la CN sino también la ley y los tratados internacionales como lo explico ampliamente en mis repetitivos derechos de petición SIN CONTESTAR en forma argumentada y suficiente

 

Existe

Una RENUNCIA a la que RENUNCIE y es  NULA  y esta viciada en el consentimiento y viciada en la voluntad  y el EJERCITO no ha querido decidir sobre mis PETICIONES omitiendo el deber como servidores públicos y deben ser sancionados

 

 

Tengo o sufro de una enfermedad laboral critica, progresiva y destructora llamada STRESS POSTRAUMATICO LABORAL considerada por la OMS como una enfermedad laboral que si no se atiende en forma oportuna genera otras enfermedades que deben ser valoradas ahora por la ARL, por sanidad militar y por la JUNTA MEDICO LABORAL y el TRIBUNAL MEDICO LABORAL  y esas enfermedades laborales ya COLAPSARON destruyendo toda mi vida, mi integridad física y se generaron graves daños y perjuicios y debe ordenarse las atenciones inmediatas y urgentes para frenar esos daños y perjuicios generados por CULPA de UDENAR y de la ARL  y de SANIDAD y de la JUNTA  POR ESOS  ACOSOS LABORALES

 

Favor valorar todas las PRUEBAS aportadas y  LAS que solicito se pidan mediante oficios que se remitan escaneados todo expediente existente en el MINDEFENSA, en EL EJERCITO desde mi ingreso hasta mi retiro y después de este includos los examnes médicos de ingreso y retiro y también que se remitan al correo de FENALCOOPS registrado para las demandas

 

Favor ORDENAR a la ARL, a la JUNTA,  al SGSST y a salud ocupacional, se atienda con nota de urgencia en cada una de las patologías  se me alivie el dolor y el sufrimiento y que califique en forma INTEGRAL y TOTAL cada patología dándole un porcentaje de pérdida de capacidad laboral a cada una y totalizar para definir la PCL TOTAL y determinar si le asiste el derecho a la PENSION de INVALIDEZ o en su defecto le REUBICAN LABORALMENTE hasta completar la edad,  porque las semanas cotizadas están superadas y falta esa edad como requisito para retirarse a descansar. Se solicita ordenar con urgencia las atenciones y la calificación.

 

Favor consignar señor fiscal para decidir sobre mi denuncia de todas las pruebas que disponen el MINDEFENSA y el EJERCITO desde mi ingreso hasta mi retiro y después de este, y solicitarle remita a su correo y al mio todo escaneado sin dejarse ninguna prueba y solicitar la certificación de mi  HOJA LABORAL o HISTORIA LABORAL y debe incluirse el PAGO de las semanas dejadas de cotizar por los periodos que duro la vinculación y que dure el RETIRO INEFICAZ. Favor remitir a los correos abajo mencionados, el pago de la CUENTA DE COBRO actualizada.

 

PETICION ESPECIAL AL SEÑOR FISCAL

 

Con el debido respeto que se merece LE SOLICITO el favor de INVESTIGAR previa petición de todo expediente y pruebas desde mi ingreso hasta mi retiro que sea remitido a su correo y al correo de FENALCOOPS en forma escaneada para formar la sana critica del investigador y para soportar las demandas y las reparaciones y favor no exigirme costos ni gastos para ello por cuanto me encuentro en condición de alta vulnerabilidad y hoy en dia se obtiene mediante el sistema escaneado toda prueba y sin costos para el denunciante

 

Solicito el favor de  SANCIONAR y registrarme como VICTIMA e informarme para radicar el INCIDENTE DE REPARACION

 

Considerar TODOS los preceptos constitucionales existentes sobre RETIRO INEFICAZ y sobre los FUEROS ESPECIALES ampliamente soportados y probados y favor ORDENAR que contesten mis repetitivos derechos de petición PERO en forma argumentada y suficiente considerando las ratio decidendis y preceptos constitucionales vinculantes y obligatorios y con fundamento en ello que se declare la INEFICACIA del RETIRO y ordenar mi reintegro  sin solución de continuidad PERO con mayor importancia considerar la ORDEN a la ARL . a la junta medico laboral y a sanidad con nota de prioridad y urgencia se valore, califique, atienda y alivie el dolor y el sufrimiento y emitan DICTAMEN ACTUAL e INTEGRAL  Favor ordenar los tratamientos oportunos y  tratar todos los problemas de salud ORDENAR con nota de urgencia el REINTEGRO sin solución de continuidad y favor ORDENAR toda atención requerida dando un trato digno al enfermo trabajador.

Con todo respeto le solicito el favor de considerar que fui retirado, encontrándose enfermo y programado para CIRUGIA en BOGOTA y no se cumplio la cirugía  por enfermedades laborales reportadas  al empleador, y todo esto me genero otra enfermedad laboral conocida como stress postraumático, que desencadeno una serie de patologías que al momento del retiro presentaba y siguen vigentes hoy   y que esta probado la violación directa del artículo 26 de la ley 361 de 1997 y viola la constitución nacional y desconociendo los preceptos vinculantes y obligatorios emitidos por las altas cortes.

El retiro es INEFICAZ y no ha nacido a la luz del derecho y por ello insisto en ordenar el reintegro sin solución de continuidad y ordenar el pago de salarios y prestaciones y demás pretensiones que indico en mi derecho de petición evitando de llegar a la demanda o la acción de tutela para reclamar los derechos fundamentales de la trabajadora enferma retirada.

No existe discusión alguna por cuanto estoy aportando el material probatorio suficiente que demuestra la ineficacia del retiro y por ello les solicito a ustedes el favor de declarar esa INEFICACIA sin necesidad de llegar ante el Juez Constitucional o laboral contencioso administrativo para reclamar ese derecho, y favor ordenar la reubicación de mi cliente en un cargo que pueda desempañar según sus capacidades psicofísicas, que no afecten las patologías que presenta producto de las enfermedades laborales ampliamente probadas y existentes desde y antes del retiro INEFICAZ . Favor no seguir manteniendo un RETIRO INEFICAZ que solo genera costos innecesarios a y genera altas responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios que ello genera y que en ultimas se repite contar el servidor público omitente en la garantía de los derechos fundamentales.

Si no se aceptan mis PETICIONES favor notificarme de la decisión para INTEPONER RECURSOS y agotar la vía gubernativa y acudir a la acción de tutela o a la demanda

Favor NOTIFICARME de sus decisiones a los correos informados y también remitir al correo de FENALCOOPS que es la organización creada para la defensa de víctimas, vulnerables y discapacitados en sus derechos y el correo es fenalcoopsas@gmail.com

 

Comedidamente solicito responder a los correos fenalcoopsas@gmail.com o fundempresas_pelet@hotmail.com o pedrotorres59@outlook.com, o llamar al celular 3146826158. Oficina está ubicada en la CALLE 18 No. 23 36 OFICINA 401 PASTO NARIÑO COLOMBIA

 

Con el mas ALTO RESPETO y CONSIDERACION solicito el favor de evaluar en forma integral todo el material probatorio aportado a mi derecho de petición, los expedientes que solicito se remitan escaneados a este derecho de petición y denuncia y toda prueba que exista por la vinculación laboral y el retiro desde el inicio de la elación laboral hasta el retiro ineficaz y favor ORDENAR su reintegro sin solución de continuidad y mantenerla en el cargo hasta su jubilación y considerar todos los FUEROS ESPECIALES y considerar la LEY del DISCAPACITADO para incluirla en ls políticas publicas no solo de EMPLEO sino sociales, de recreación, de salud ocupacional y demás actos para hacerme sentir bien como trabajador dependiente enfermo respetando mi dignidad humana

             

 

Favor responder a MIS CORREOS y también al CORREO de FENALCOOPS como ONG defensora de los derechos humanos y registrarla como tal en sus inventarios y reportar a cualquier organización defensora de esta organización

 

Se anexa fotocopia de cédula de ciudadanía y anexo dos escritos remitidos PERO existen muchos mas que deben ser trasladados desde las oficinas publicas y en forma escaneada a su correo y al correo de FENALCOOPS como ONG  que me afilio para realizar la defensa técnica en mis peticiones respetuosas y denuncias

 

Señor FISCAL con todo respeto INSISTO en oficiar a los denunciados para que remitan escaneado todo expediente existente desde mi ingreso hasta mi retiro y las peticiones formuladas con sus respuestas que no están AGRUMENTADAS  después de mi retiro

 

Notificaciones

 

Favor responder a los correos que informo y registrarme como VICTIMA

 

Con admiración y respeto

 

RICARDO ROSERO BONILLA

c.c. No.

 

Comentarios

Entradas populares de este blog

TEMA: Analisis Sentencia SU. 380 de 2021 Y SU. 087 de 2022

TEMA: Sentencia SU061-23 . Analisis

TEMA: INCREMENTO PENSION del 14% para CONYUGE Y 7% PARA HIJO SIN PENSION- Imprescriptibilidad sentencia T-369 de 2015 y Sentencia SU140/19