peticiones dr petro y dra francia de un discapacitado y desplazado
Pasto, 29 de Junio de 2024
Señor Dr
GUSTAVO FRANCISO PETRO URREGO – Presidente de
Colombia
Dra FRANCIA HELENA MARQUEZ MINA –
Vicepresidenta de Colombia y Ministra de la IGUALDAD
E.S.C.E.
REF: DERECHO DE PETICION – INCLUSION de un
DISCAPACITADO y DESPLAZADO en las POLITICAS PUBLICAS DE EMPLEO
Favor registrar a la ONG FENALCOOPS como
defensora de los derechos humanos
SEGUNDO PEDRO LEON TORRES BURBANO,
persona mayor de edad, domiciliado en Pasto, identificado con c.c. No.
5.233.015 de Consaca Nariño, en mi condición de DISCAPACITADO con PCL del
83.68% certificada en dictamen expedido por la JNCI del que anexo copia, Y
CERTIFICACION EXPEDIDA por SALUD PUBLICA de PASTO pero TAMBIEN como desplazado
de la GUAYACANA TUMACO NARIÑO donde tuve que abandonar todas mis ilusiones e
inversiones de 15 años de trabajo y sacrificios y ahorros, y también COMO VITIMA del conflicto ASISTO
ante el Dr PETRO y la Dra FRANCIA
MARQUEZ para solicitarles con el debido respeto el favor de colaborarme
vinculándome a su GOBIERNO condirando su PLAN DE GOBIERNO llamado COLOMBIA
POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA y en el cual se estableció un capítulo especial de
apoyo al DISCAPACITADO y a los VULNERABLES
Favor vincularme
a cualquier cargo como DIRECTOR TERRITORIAL, como profesional especializado,
COMO asesor o en el cargo que estimen
conveniente y considerando que soy PROFESIONAL ESPECIALIZADO con tres profesiones
y tres especializaciones para lo cual anexo mi hoja de vida con los anexos y les solicito el favor de valorarla
teniendo en cuenta MI DISCAPACIDAD de VISION para decidir sobre esta petición
de INCLUSION en atención al PLAN y a la
LEY del PLAN y también considerar por
favor la ley del DISCAPACITADO garantizándome
esos derechos de IGUALDAD REAL Y MATERIAL y la no DISCRIMINACION y favor apoyarme
ya sea VINCULANDOME a un ministerio, a
un instituto, a una dirección o a cualquier dependencia y hasta puedo servir
como asesor en una EMBAJADA o CONSULADO donde pueden facilitarme los medios
para estudiar un DOCTORADO en derecho cooperativo, en derecho laboral, en
derecho administrativo, en comercio internacional, en derechos humanos o cualquiera
otra área del saber con el compromiso mio de DEDICARME tres años después de mi
doctorado a trabajar gratis en el sitio donde me asignen como recompensa a esa
importante inversión realizada para alcanzar mi DOCTORADO
Dr PETRO con el mas alto respeto le solicito el favor de de
RECOMENDARME ante embajadores o amigos suyos que puedan sentir el sufrimiento y
el dolor del DISCAPACITADO para apoyarme en todo lo que le sea posible Y
TAMBIEN estudiar mis multiples peticiones realizadas a varias entidades PERO
sin respuestas lo que constituye en CONDUCTA DISCIPLINABLE y hasta CONDUCTA PUNIBLE
por lo cual deben ser INVESTIGADOS y SANCIONADOS los servidores públicos que ni
siquiera quieren contestar las peticiones del DISCAPACITADO
Insisto, con todo respeto en el favor de considerar la ley del plan del
dr GUSTAVO PETRO llamado PLAN COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA donde existe
un capítulo especial para atender a los discapacitados y vulnerables como yo y
favor considerar TAMBIEN la ley del discapacitado y si no es posible vincularme
en su gobierno en COLOMBIA enviarme a trabajar a una embajada o recomendarme
con sus amigos embajadores
Vengo insistiendo ante el Director de
DANSOCIAL para que me reintegre sin solución de continuidad a un cargo de
carrera del que fui retirado estando enfermo PERO no quiere contestar mis
multiples y repetitivos derechos de petición y la ultima radicación la sustente
en la SENTENCIA SU-269 DE 2023 ya
que las anteriores están soportadas mis PETICIONES en otros preceptos constitucionales vinculantes
y obligatorios PERO no hay respuestas
Con el mas alto respeto me dirijo al Dr
GUSTAVO PETRO y ante la Dra FRANCIA MARQUEZ para solicit5arles el favor de
colabrarme vinculandome a cualquier cargo y en el sitio que ustedes me asignen
para trabajar y poder producir mis propios medios de subsistencia y considerar
que tengo tres profesiones y tres especializaciones y puedo servirles a las
COMUNIDADES aplicando todo lo que conozco de derecho, de contaduría publica y
de economía y las experiencias vividas como asesor en COOPERATIVISMO
Vengo insistiendo ante el DIRECTOR de
DANSOCIAL para que me reintegre a mi cargo que fue de carrera donde aprendí todo
lo que conozco sobre cooperativismo y quiero seguir ayudando a las comunidades
en la formación de sus EMPRENDIMIENTOS COOPERATIVOS y mediante el trabajo
comunitario y solidario poder generar bienestar a las familias con su PLAN DE
GOBIERNO llamado COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE la vida
Apreciado Dr PETRO vengo insistiendo en mi REINTEGRO sin solución
de continuidad al cargo del DANSOCIAL por cuanto fui retirado de un cargo de
carrera estando enfermo y por secuelas de ACCIDENTE LABORAL y ENFERMEDADES
LABORALES y EXISTE interpretación errónea del artículo 26 de la Ley 361 de
1997 por parte de jueces, magistrados y servidores públicos PORQUE LA LEY NADA DICE DE QUE DEBE EXIGIRSE
para aceptar una RENUNCIA PROVOCADA o para RETIRAR a cualquier trabajador enfermo que pruebe la
existencia de UNA PCL DEFINIDA y solo exige el REQUISITO de
haber informado y conocido que el TRABAJADOR ESTAR ENFERMO y asi esta PROBADO
en todo el proceso PERO el director del
DANSOCIAL nada quiere escuchar y no decide sobre mis multiples y repetidas
peticiones Y también vengo insistiendo
ante la ARL POSITIVA SA para que me califique en forma INTEGRAL todas las patologías
generadas por el accidente laboral y por las enfermedades laborales PERO no ha
querido atender y le he solicitado que si la PCL es igual o superior al 50% que
por favor me pensione por INVALIDEZ y me INDEMNICE. Esta probado señor PRESIDEMTE
y señora VICEPRESIDENTE que fui retirado del CARGO estando enfermo y esta
probado que sufri accidente laboral el 17 de noviembre de 1989 y que sufrí de
enfermedad laboral de STRESS POSTRAUMATICO LABORAL al momento de mi retiro PERO
nada se quiere considerar a pesar de estar probado MIS DERECHOS y por ello
solicito se sancione al DIRECTOR de DANSOCIAL y se me registre como victima para
que me indemnice
Dr PETRO
son muchas las peticiones formuladas al director de DANSOCIAL para que
me reintegre pero no hace caso a las suplicas del DISCAPACITADO y DESPLAZADO y
acudo a usted para que me vincule a su plante de personal como MINISTRO, como
VICEMINISTRO, como DIRECTOR o como PROFESIONAL ESPECIALIZADO y para laborar en
el sitio de COLOMBIA donde me remita o en su defecto si no es posible mi vinculación en cualquier
cargo, FAVOR ordenarle al DIRECTOR de DANSOCIAL que revise mi caso, me conteste
y me permita agotar las instancias para acudir a la ACCION DE TUTELA o a la
DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA por cuanto existe un RETIRO INEFICAZ y lo
que es ineficaz no nace a la luz del derecho y mantiene las cosas en el estado
en que se encontraban antes del RETIRO y por ello insisto en mi reintegro
Señor PRESIDENTE existe existe una clara VIOLACION DIRECTA DE LA CN y
de la ley del discapacitado y existe desconocimiento sin argumentar de las
ratio decidendis vinculantes y obligatorias y por ello insisto en mis
peticiones y le solicito el favor de considerar mi condición de vulnerable para
que se ordene mi vinculación laboral o para que el DIRECTOR de DANSOCIAL me
reintegre sin solución de continuidad
Dr PETRO
existe clara FALTA DISCIPLINARIA y DELITOS probados y existen muchas ratio
decidendis como las indicadas en la Sentencia SU-049 de 2017y otras ampliamente
analizadas en este derecho de petición. Por tanto le solicito con todo respeto
el favor de SANCIONAR al director de DANSOCIAL, al JUEZ, a los MAGISTRADOS por
apartarse de su deber como servidores públicos e INSISTO no existe duda de los
comportamientos reprochables y de la separación sin argumentar de las ratio
decidendis y violaron en forma directa la CN y la LEY y todo servidor publico
esta obligado a acatar estas normas y garantizar justicia PERO esta probado lo
contrario y deben ser sancionados
Favor SANCIONAR al director de DANSOCIAL y
compulsar copias para que la FISCALIA acuse al funcionario por los DELITOS
COMETIDOS y me registren como VICTIMA y poder radicar el INCIDENTE DE
REPARACION INTEGRAL
Con todo respeto les solicito el favor de
colaborarme como DISCAPACITADO y DESPLAZADO y favor estudiar esta suplica y si
es posible vincularme considerando mi condición y en caso de no ser posible MI
VINCULACION a un cargo dentro de las políticas publicas de empleo de la
PRESIDENCIA favor ayudarme OREENANDOLE al director de DANSOCIAL para que me
reintegre sin solución de continuidad previa declaratori de ineficaz DE mi retiro
y que por favor argumente en forma
suficiente, exigente y rigurosa, donde
indique las razones para no reintegrarme
En la regulación del trabajo, desde sus
orígenes, se establecieron dispositivos de protección contra la discriminación.
Por ejemplo, en los primeros Convenios de la OIT sobre
maternidad, asociación sindical y negociación colectiva que preceden a
la regulación autónoma laboral que existe actualmente, se consideró necesario
que, dadas las especiales circunstancias en las que podía encontrarse una
persona en relación con su empleador – entre ellas las mujeres ante el embarazo
o la lactancia o cualquier trabajador o trabajadora que decidiera conformar y
dirigir un sindicato- era necesario contar con mecanismos previos al despido,
que permitieran que una autoridad, bien judicial o administrativa, pudiera
definir si el despido era viable o si no se autorizaba al fundarse en un
criterio odioso e injustificado de discriminación.
La Ley 361 de 1997 introdujo en su artículo
26, similar dispositivo, esta vez por razones de salud. Así determinó que la
terminación de una relación laboral de una persona que tuviera afectaciones en
su salud, debía contar con la autorización de la oficina de Trabajo, esto es
quien debe evaluar si el retiro se encuentra o no justificado por razones
objetivas.
Es por esa razón que la jurisprudencia
constitucional ha señalado que no contar con dicha autorización, en los eventos
previstos para ello, no es una simple infracción a una formalidad que sea
posible ponderar, sino una verdadera afectación al principio de no
discriminación y al de estabilidad laboral que, en esos eventos es
reforzada. Esta ha sido la posición invariable de esta Corte
Constitucional, que además la ha justificado a partir de los contenidos de la
Constitución Política y del bloque de constitucionalidad.
Pese a tal previsión legal, la corte ha señalado que la estabilidad
laboral por razones de salud no deriva exclusivamente de aquella sino que
encuentra su amparo, como se explicó en otros derechos y principios
fundamentales como la estabilidad en el empleo (Art. 53, CP); el derecho de las
personas que se encuentren en situaciones de debilidad manifiesta a ser
protegidas en aras de hacer efectiva la igualdad real (Arts. 13 y 93, CP), el
trabajo, en todas sus modalidades y en condiciones dignas y justas que esta
también ligado a contar con un mínimo vital para satisfacer las propias
necesidades humanas (Arts. 25 y 53, CP), en el deber del Estado de adelantar
políticas de integración social de las personas con capacidades diversas (Art.
47, CP) y en uno transversal a todas las relaciones sociales, el de la
solidaridad (Arts. 1, 48 y 95, CP).
Favor valorar no solo la sentencia ya referida
para apoyar al DISCAPACITADO sino tambien la Sentencia SU-049 de 2017, en
la que la Corte Constitucional unificó su jurisprudencia en lo relativo a la
aplicación del artículo 26 de la Ley 361 de 1997. Otra es la Sentencia SU-087 de 2022
entre otras
Señor PRESIDENTE y señora VICEPRESIDENTE, con todo respeto les
solicito el favor de considerar la CONDICION de vulnerabilidad del suscrito
discapacitado y desplazado que lo perdió
todo y necesita volver a empezar de ceros para reconstruir mi vida y son
ustedes los llamados a ayudarme para enfrentar esa realidad y favor VINCULARME
a un cargo como PROFESIONAL ESPECIALIZADO o tambien puede ser ordenarle al
DIRECTOR de DANSOCIAL que declare mi retiro como INEFICAZ y ordene mi reintegro
sin solución de continuidad con reubicación laboral o que me acredite como
INSTRUCTOR DE COOPERATIVISMO considerando mi hoja de vida y que por favor al
menos se pronuncie frente a mis multiples peticiones teniendo en cuenta que son
SUPLICAS de un discapacitado y desplazado que requiere de la solidaridad de
ustedes para salir adelante. Favor ayudarme y colaborarme valorando las
sentencias que indico y también valorar la Sentencia C-1507 de 2000
y la Sentencia SU-256 de 1996; la
Sentencia T-1040 de 2001, entre otras y USTEDES como JEFES DE GOBIERNO,
como JEFES del director de DANSOCIAL pueden ordenarle que al menos respete a
este discapacitado vulnerable y se agote la via gubernativa para seguir
adelante realizando las reclamaciones PERO frente al silencio el POBRE
discapacitado no puede hacer nada
Favor analizar la Sentencia T-198 de 2006,
en la que la CORTE al estudiar el caso de una persona que había sido despedida
sin justa causa de la empresa en la que laboraba, pese a encontrarse en
situación de indefensión por el deterioro grave de su salud y sin haber sido
calificado su grado de invalidez, ordenó el reintegro del trabajador sin
solución de continuidad e indicó que “la facultad legal del empleador
de despedir sin justa causa a sus trabajadores, se encuentra restringida en los
casos en que estos cuentan con una protección constitucional que refuerza su
estabilidad, tal y como se presenta en los casos de las mujeres embarazadas y
en personas con discapacidad. En efecto, en este último caso resulta
imprescindible la autorización del Ministerio de Trabajo, procedimiento que se
extraña en el presente proceso.”
La Sentencia SU-087 de 2022 señaló
que la configuración jurisprudencial del derecho a la estabilidad laboral
reforzada busca eliminar las barreras sociales y culturales que enfrenta este
colectivo, a la par que maximiza la autonomía y la participación de las
personas con capacidades diversas quienes, con ajustes razonables, pueden
llevar a cabo su propio proyecto de vida, que incluye el trabajo en condiciones
dignas y justas. Le
PIDO con todo respeto al Dr PETRO y a la Dra FRANCIA el favor de ordenarle al
DIRECTOR de DANSOCIAL elimine toda clase de barreras colocadas en contra del suscrito discapacitado y
desplazado y que por favor al menos conteste los derechos de petición por
cuanto la OMISION es probar el MAL SERVICIO PUBLICO y esta OMITIENDO su deber y
esta cometiendo delitos y faltas disciplinarias por las que puede ser
investigado y sancionado y YO constituirme en VICTIMA en cada proceso para
reclamar la INDEMNIZACION o REPARACION INTEGRAL
Favor REGISTRAR a FENALCOOPS en la defensoria
del pueblo, en la fiscalía, en la contraloria y en organizaciones
internacionales de apoyo a las victimas para que nos atiendan como ONG y nos
colaboren en esta lucha contra la CORRUPCION y contra el MAL GOBIERNO y demás actos
en los que pedimos ayudas
PETICION ESPECIAL
Con todo respeto le solicito el favor de
considerar esta petición como especial POR CUANTO la escribe un discapacitado y
desplazado que requiere de ayudas especiales y hoy escribo en mi dia de SAN
PEDRO quien me ha iluminado para redactar estas peticiones respetuosas y
espero CONTAR con su valiosa ayuda y con todo su respaldo para alcanzar ese
REINTEGRO sin solución de continuidad al DANSOCIAL o mi vinculación a su
ENTIDAD como PROFESIONAL ESPECIALIZADO y este seguro que sere uno de sus
funcionarios mas eficientes y me desplazado a cualquier parte del país a
trabajar y requiero con urgencia de ese valioso aporte suyo y de la ayuda
incondicional como discapacitado y desplazado
Mil disculpas por los errores, PERO busco únicamente
motivar para que mi petición sea atendida con NOTA DE URGENCIA y favor
colaborarme con ello y mil gracias y que DIOS la vendiga siempre
NOTIFICACIONES
Favor responder al correo fenalcoopsas@gmail.com o llamar al 3146826258
o nuestra oficina esta ubicada en la CALLE 18 No- 23 36 OFICINS 401 PASTO
NARIÑO
Cordialmente
PEDRO LEON TORRES BURBANO
c.c. No. 5.233.015 de Consaca
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