PETICION FENALCOOPS HABILITACION MINTRANSPORTE SERVICIO BASICO

 


Pasto, 23 de junio de 2024

 

Señor

Ministro de TRANSPORTE

Señor SUPERPUERTOS Y TRANSPORTE

Señores CND

Señora MINISTRA DE LA IGUALDAD

E.S.C.E.

 

REF: DERECHO DE PETICION

 

SEGUNDO PEDRO LEON TORRES BURBANO, persona mayor de edad, domiciliado en Pasto, en mi condición DISCAPACITADO y VICTIMA por DESPLAZAMIENTO FORZADO ASISTO ante el señor Ministro de TRANSPORTE y ante su SUPERPUERTOS Y TRANSPORTES  Y DEMAS CONVOCADOS con el debido respeto para solicitarles e INSISTIR en mi petición de HABILITAR nuestra empresa llamada FENALCOOPS en el servicio de TRANSPORTE BASICO, ESPECIAL, CARGA y COLECTIVO URBANO en unas ciudades que indico pero en camionetas de 9 y 12 pasajeros para prestar un BUEN SERVICIO y OPORTUNO a las comunidades y favor considerar para resolver que la PETICION consiste en realizar directamente el MINISTERIO el estudio técnico sin costos para los discapacitados y desplazados afiliados a FENALCOOS por no contar con recursos y considerando como una verdadera ayuda del estado a nosotros los vulnerables aplicando la CN, los tratados internacionales, las normas del discapacitado, las ratio decidendis vinculantes y obligatorias pero especialmente aplicando la ley del PLAN y el PLAN del gobierno del Dr GUSTAVO PETRO llamado COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA donde existe un capitulo especial del DISCAPACITADO y con fundamento en ello colaborarnos INCLUYENDONOS a los discapacitados en las políticas publicas de empleo HABILITANDO nuestra empresa FENALCOOPS para generar empleos, ingresos y opciones laborales ciertas para los discapacitados y desplazados vinculados a nuestra ONG creada para la defensa y protección de nuestros derechos llamada FENALCOOPS y favor habilitarnos con una ruta en el servicio BASICO que vaya desde IPIALES NARIÑO hasta RIOHACHA GUAJIRA pasando por todos los terminales ubicados sobre la via panamericana REALIZANDO despachos cada DOS HORAS  de cada terminal durante las 24 horas del dia y durante los siete días de la semana y también colaborarnos HABILITANDO a FENALCOOPS para prestar el servicio BASICO del terminal de CALI, hacia PEREIRA, armenia, Manizales, Buga y otras ciudades intermedias y en estas ciudades HABILITARNOS para prestar el servicio URBANO de pasajeros colectivo en busetas de 9 y 12 pasajeros y poder vincular vehículos nuevos con socios aportantes a nuestra empresa y donde se vinculen nuestros discapacitados como ayudantes o colaboradores o auxiliares  de los conductores

 

Favor atender con NOTA DE URGENCIA nuestra petición de HABILITAR gratis para los afiliados a FENALCOOPS y otorgarnos la resolución de habilitación en estas modalidades

 

También colaborarnos para HABILITAR la empresa FENALCOOPS en el servicio de TURISMO y vincular buses y busetas para viajar por COLOMBIA y se pueda llevar el ARTE, los artistas, las artesanías a otras comunidades que visitemos y traer de ellas lo que produzcan y realizar los intercambios culturales

 

Tambien le solicitamos el favor de habilitarnos a FENALCOOPS en el servicio de transporte de CARGA y ENCOMIENDAS  en furgones por todo COLOMBIA

 

Favor colaborarnos con estas HABILITACIONES en forma urgente lo cual seria un verdadero apoyo a los DISCAPACITADOS y a los DESPLAZADOS quienes estamos a la espera de oportunidades y la INCLUSION en las POLITICAS PUBLICAS de EMPLEO  y estamos necesitados de la activación de los mecanismos de participación y este es una opción importante para otorgarnos ese beneficio de ser UTILES a la sociedad y producir nuestros propios medios de subsistencia

 

Anexo señor ministro mi certificado de DISCAPACITAD, mi DICTAMEN, mi copia de CEDULA, y también anexo el certificado de existencia y representación legal de FENALCOOPS y si se requiere otra documentacion favor requerirla y remitirnos un correo donde podamos enviar toda información.

 

Favor darle tramite de urgencia considerando que llevamos CINCO AÑOS de desplazados y discapacitados y favor ayudarnos con los medios que esten a su disposición para colocar el marcha ese proyecto de HABILITACION a FENALCOOPS y brindarnos toda ayuda con su superpuertos y transportes

 

Favor aplicar  el articulo 13 de la CN y considerar para ayudar a los discapacitados  y CONSIDERAR la INCLUSION  y favor considerar para DECIDIR sobre nuestras peticiones que:   (i) pertenecemos  a un grupo de especial protección constitucional, (ii) nos hallamos “en una situación de riesgo (condición subjetivo-negativa)” y, (iii) carecemos  de resiliencia, “esto es, capacidad para asumir sus necesidades  básicas dada la discapacidad  que genero el hecho dañino del desplazamiento y de las enfermedades que nos afectan  y el mal actuar del servidor publico que dejo abandonado el TERRITORIO de la GUAYACANA TUMACO NARIÑO desde donde fuimos desplazados y tuvimos que abandonar todo ahorro, todo trabajo, toda inversion realizada durante 15 años de trabajo como esta probado y el señor MINISTRO debe valorar todos los efectos que genera ese abandono del TERRITORIO y todos los daños generados a los ciudadanos desplazados y NO  puede  sino aplicar el PLAN DE GOBIERNO y las leyes que amparan a las VICTIMAS y a los DISCAPACITADOS y DESPLAZADOS y no aislarse de la realidad probada y no puede dejar de ARGUMENTAR y MOTIVAR su decisión para ilustrar a las victimas las razones de su negación de justicia en caso de NO ACEPTARSE las peticiones

 

Señor MINISTRO DE TRANSPORTE  esta probado por el abandono del territorio por parte del GOBIERNO y permitir el DESPLAZAMIENTO FORZADO y destruir las vidas de las familias que invertimos nuestros ahorros, nuestro trabajo y nuestras ilusiones  en una FINCA en la GUAYACANA TUMACO NARIÑO  y con ese DESPLAZAMIENTO FORZADO no solo se generó un perjuicio irremediable probado por la NEGACION DEL SERVICIO DE VIGILAR Y CONTROLAR el territorio sino que nos dejaron a los discapacitados y desplazados y a sus familias formadas con menores, anciandos y padres y madres cabeza de familia, sin OPCIONES y sin OPORTUNIDADES situación que nos lleva a presentar OPCIONES con las organizaciones formadas y creadas por los mismos desplazados, victimas y discapacitados como es nuestra empresa que la llamamos FENALCOOPS y se creo como  ONG primero defensora de los derechos humanos y ahora queremos incursionar en el servicio de transporte con su valiosa ayuda y apoyo y la INCLSUION en las POLITICAS PUBLICAS de EMPLEO.

 

Con todo respeto le solicito al señor MINISTRO DE TRANSPORTE el favor de considerar el derecho  mas importante sobre TODOS los derechos fundamentales llamado de DIGNIDAD HUMANA sobre el cual esta construido el derecho constitucional, el supra derecho legal y el legal  y favor

considerar la condición de vulnerabilidad, la prolongación  del daño, la permanencia del daño, el sufrimiento que esta generando ese mal servicio y esos errores de los servidores públicos que  ABANDONARON los territorios

 

Favor considerar la CONDICION especial de las VICTIMAS  y ese estado de alta “circunstancia de debilidad manifiesta”, debido a su condición de discapacidad  o enferma crónica y totalmente destruida su integridad y su salud como consecuencia del hecho dañino y como resultado de ese acto  irresponsable y como resultado de ese mal servicio probado y la falta de VIGILANCIA REAL del estado en sus territorios PERMITIENDO que los delincuentes se apoderen de COLOMBIA, y de las propiedades privadas para extender las fronteras de cultivos de narcóticos como sucede en la GUAYACANA TUMACO NARIÑO y en otros territorios de COLOMBIA.

 

Ademas está en situación de riesgo por su vulnerabilidad económica extrema

 

Por otro lado señor MINISTRO favor considerar que  somos destinatarios de políticas públicas multisectoriales y de atención especial y con prioridad y existen normas especiales para protegernos como VICTIMAS y de brindarnos en forma real y efectiva la INCLUSION en las políticas de fomento del empleo y queremos con la HABILITACION generar esas oportunidades laborales a los discapacitados, desplazados y victimas vinculadas y no vinculadas a FENALCOOPS

 

Se pide la protección del  derecho fundamental al debido proceso, y no estamos en capacidad de resistir el dolor y el sufrimiento que  produjo el servidor publico que abandono el TERRITORIO desde donde se produjeron los desplazamiento de niños, niñas, jóvenes, ancianos, enfermos y discapacitados  y la condición de enferma solo esta destruyendo mas la salud, la vida, la integridad y se vincula toda su familia y hasta afecta la vida de relación y las oportunidades por cuanto fuimos RETIRADOS del mercado laboral y de sus relaciones personales, familiares y sociales a consecuencia del DAÑO producido por el mal servicio publico o por los servidores públicos OMITENTES en el cumplimiento de su deber PERO se puede corregir INCLUYENDONOS en las políticas publicas y una FORMA es la HABILITACION gratis de nuestra empresa FENALCOOPS para seguir soñando con una OPORTUNIDAD LABORAL cierta y permanente

 

El artículo 29 de la Constitución Política prevé que el debido proceso “se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas”. En relación con las actuaciones  de la administración le solicito con todo respeto el favor de estudiar las normas de amparo y proteccion al discapacitado, desplazado y victimas y analizar la ley del plan y los tratados internacionales sobre derechos de las victimas y de los discapacitados para que nos ayuden con la INCLUSION otorgando la habilitación a FENALCOOPS para los servicios de transporte que indicamos sin COSTOS para nosotros por esa alta vulnerabilidad y el perjuicio irremediable generado y favor considerar con NOTA DE URGENCIA para hacerlo y poder seguir despachando vehículos y generar nuestros propios empleos

 

El debido proceso “constituye un límite a la actividad  administrativa y judicial, por virtud del cual la autonomía conferida por la Constitución Política a los jueces y a los empleados públicos,  no puede convertirse en un pretexto para que estos incurran en arbitrariedades”. En relación con las actuaciones administrativas, el debido proceso “limita los poderes del Estado y establece las garantías de protección a los derechos de los administrados, de modo que ninguna de las actuaciones de las autoridades  dependa de su propio arbitrio, sino que se encuentren sujetas siempre a los procedimientos señalados en la ley”. Además, el debido proceso ha sido reconocido por distintos instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 14.1), la Declaración Universal de Derechos Humanos (arts. 8 y 10), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (arts. 8 y 25) y la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (art. 18).

       Finalidades y ámbito de protección del debido proceso administrativo y judicial. La Corte Constitucional ha identificado tres finalidades del debido proceso administrativo, a saber: “(i) asegurar el ordenado funcionamiento de la administración publica y de la justicia, (ii) garantizar la validez de sus propias actuaciones y (iii) resguardar el derecho a la seguridad jurídica y a la defensa de los administrados”. Estas finalidades se satisfacen a la luz de cuatro componentes del debido proceso: (i) el acceso a la  administración y a la justicia en libertad e igualdad de condiciones, (ii) el ejercicio de la legítima defensa, (iii) la determinación de trámites y plazos razonables y, por último, (iv) la imparcialidad en el ejercicio de la función pública y especialmente en la administración de justicia porque el servicio publico y la JUSTICIA no es una bandera, no es un símbolo sino que es el apego del servidor publico y del  JUEZ a la CN, a los TRATADOS INTERNACIONALES, al BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD y a las RATIO DECIDENDIS OBLIGATORIAS Y VINCULANTES so pena de cometer delitos si se separa de ellos sin argumentar ni motivar su decisión YA QUE PARA DECIDIR se debe considerar el PLAN del gobierno del Dr PETRO llamado COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA y en el existe ese capitulo especial del DISCAPACITADO y trata el tema de la INCLUSION en las POLITICAS PUBLICAS DE EMPLEO y estamos proponiendo con nuestra propia empresa esa INCLUSION y esa oportunidad laboral permanente para los discapacitados vinculados o afiliados a FENALCOOPS.

 

La Corte ha reconocido que, mediante estos componentes, “se garantiza el correcto y adecuado ejercicio de la función pública administrativa y de la justicia, con el fin de evitar posibles actuaciones abusivas o arbitrarias por parte de la administración  o de los jueces a través de la expedición de actos administrativos o decisiones judiciales que resulten lesivos de derechos o contrarios a los principios del Estado SOCIAL  de Derecho y puede afectar uno de los derechos fundamentales sobre los fundamentales y es la DIGNIDAD HUMANA como valor, principio y derecho sobra la cual se construyó todo el ordenamiento constitucional y supralegal y tambien el legal interno”.

 

El debido proceso garantiza, entre otros, los siguientes derechos y esta completamente ligados entre si: (i) “ser oído durante toda la actuación administrativa o judicial”; (ii) la “notificación oportuna y de conformidad con la ley y el derecho a los recursos en doble instancia y garantizando todo respeto digno y especialmente garantizando el respeto de la DIGNIDAD HUMANA”; (iii) que “la actuación se surta sin dilaciones injustificadas”; (iv) que “se permita la participación en la actuación desde su inicio hasta su culminación”; (v) que “la actuación se adelante por la autoridad competente y con el pleno respeto de las formas propias previstas en el ordenamiento”; (vi) “gozar de la presunción de inocencia”; (vii) el “ejercicio del derecho de defensa y contradicción”; (viii) “solicitar, aportar y controvertir pruebas” e (ix) “impugnar las decisiones y promover la nulidad de aquellas obtenidas con violación al debido proceso”.  Favor NOTIFICARME su decisión de incluirme o rechazar mi petición y favor ARGUMENTAR la decisión y que sea suficiente esa argumentación o contrario sensu favor HABILITAR a nuestra empresa FENALCOOPS para prestar los servicios de transporte BASICO, COLECTIVO URBANO, ESPECIAL TURISMO Y DE CARGA Y ENCOMIENDAS para viajar por COLOMBIA y por las vias autorizadas

A su vez, la Corte ha precisado que el debido proceso se concreta en tres subreglas, a saber, (i) el respeto por los principios reconocidos por el artículo 209 de la Constitución Política; (ii) que “ninguna actuación del servidor público puede ser resultado de la arbitrariedad” y, por último, (iii) el “deber que tiene toda autoridad administrativa de apreciar las pruebas conforme a los principios de legalidad y razonabilidad”. Con todo respeto le solicito el favor de valorar las PRUEBAS que aporto pero considerarlas con base en la LEY DEL PLAN, con la ley del DISCAPACITADO, con la OBLIGACION de INCLUIR a los discapacitados en las POLITICAS PUBLICAS DE EMPLEO y considerar que se esta planteando una buen opción para GENERAR empleos con la HABILITACION de FENALCOOPS y favor darle tramite de urgencia

 

NOTIFICACIONES

 

Favor notificarme al correo de FENALCOOPS  que es fenalcoopsas@gmail.com o llamar al 3146826158 o escribirnos a nuestra oficina ubicada en la CALLE 18 No. 23 36 OFICINA 401 PASTO NARIÑO COLOMBIA

 

Cordialmente

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO

c.c. No. 5.233.015 de Consaca

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