TEMA: Retiro INEFICAZ de TRABAJADOR ENFERMO DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA Y DEBIDO PROCESO-Vulneración por desconocimiento del precedente constitucional y violación directa de la constitucion
PEDRO LEON TORRES BURBANO – abogado - Contador Publico – Economista.
Especializado en Derecho Laboral y
Seguridad social – Derecho Administrativo- Revisoria Fiscal y Contraloria y 40
diplomados diversos
TEMA: Retiro INEFICAZ de TRABAJADOR ENFERMO
DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA Y DEBIDO
PROCESO-Vulneración por desconocimiento del precedente constitucional y
violación directa de la constitucion
Amigo lector del BLOG del abogado PEDRO LEON TORRES BURBANO,
con este escrito usted puede leer los preceptos y ratios decidendi que le permiten
defender sus derechos a una estabilidad laboral reforzada por salud y a ser
REINTEGRADO sin solución de continuidad si fue retirado de su cargo estando
enfermo y sin haber tramitado su empleador permiso ante el MINTRABAJO para
retirarlo o para terminar su contrato de trabajo por vencimiento del plazo, por
terminación de la obra o termina con justa causa.
Recuerde que si es retirado sin el cumplimiento del requisito
exigido en el articulo 26 de la ley 361 de 1997, ese retiro sea cual fuere la
causa es INEFICAZ y lo que es ineficaz no nace a la luz del derecho, no crea
derechos ni deberes, mantiene las cosas en el estado en que se encontraban
antes de producirse el acto de retiro. El retiro ineficaz no existe y usted
sigue vinculado o vinculada a su cargo y debe reclamar su reintegro cobrando
salarios y prestaciones por todo el tiempo que dure ese retiro mas las
indemnizaciones que informa la ley.
Recuerde que lo que es INEFICAZ no nace a la luz del derecho
y por tanto puede usted reclamar su REINTEGRO en cualquier tiempo por cuanto no
prescribe ese derecho a reclamar el reintegro.
Para tener una importante referencia al analizar ese RETIRO
INEFICAZ le sugiero leer las Sentencias de Unificación:
SU-061 de 2023
SU-087-22
SU-269 de 2023
SU-67 de 2023
SU-040 de 2018
SU-049/17
su-380 de 2021
SU-003/18
SU-063 de 2023
SU-75
SU446/11
SU - 040/18
SU-446 de 2011
SU-023/18
SU-070/13
SU-377 de 2014
SU-061/23
SU-250
Ademas considere y analise las ratio decidendi de las
sentencias:
T-279 de 2021
T-198 de 2006, T-906 de 2011,
C- 614 DE 2009.
T-1306 de 2001
T-478_2019
T-478/19.
T-362 de 1999
T-054/11
T-161/17
C-174 de
T-521/16
T-719 de 2003 T-340/17
T-320, 2016
T-7.742.471
T-438-20
T-685 de 2015. C-005
de 2017.
C 593 de 2014
T-760/08
T-305 de 2018
Todas las sentencias tienen relación directa con el Artículo
26 de la Ley 361 de 1997
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