TEMA: PENSION DE SOBREVIVIENTES NEGADA POR CASUR y OTROS y ahora deben indemnizar a las victimas “UN CASO CONCRETO DE LA NEGACION DE UNA PENSION DE SOBREVIVIENTES POR CASUR, MINDEFENSA Y POLICIA NACIONAL. Caso denunciado a la fiscalía y esta en averiguación y las victimas deben reclamar ya NO SOLO la PENSION sino también la INDEMNIZACION por los daños y perjuicios”
PEDRO LEON TORRES BURBANO – abogado - Contador Publico – Economista.
Especializado en Derecho Laboral y
Seguridad social – Derecho Administrativo- Revisoria Fiscal y Contraloria y 40
diplomados diversos
TEMA: PENSION DE SOBREVIVIENTES NEGADA POR CASUR y
OTROS y ahora deben indemnizar a las victimas
“UN CASO CONCRETO DE LA NEGACION DE UNA PENSION DE
SOBREVIVIENTES POR CASUR, MINDEFENSA Y POLICIA NACIONAL. Caso denunciado a la fiscalía
y esta en averiguación y las victimas deben reclamar ya NO SOLO la PENSION sino
también la INDEMNIZACION por los daños y perjuicios”
Los ABOGADOS especializados vinculados a FENALCOOPS después de
evaluar un caso concreto de negación del PAGO de una PENSION de SOBREVIVIENTES
de dos hijos de un POLICIA que era pensionado y fallece, decidieron DENUNCIA a
los funcionarios públicos por la OMISION ya que esta probado el PREVARICATO y
deben ser sancionados y mediante escrito dirigido al CTI y a la FISCALIA
GENERAL DE LA NACION piden el favor de INDEMNIZAR y sancionar a los corruptos
funcionarios que después de tantos años no cancelan una PENSION a la que tienen
derecho dos hijos
Dice el escrito dirigido a la FISCALIA:
Cuerpo técnico de investigación de la Fiscalía General de la Nacion
Honorable FISCAL GENERAL DE LA NACION
Dra LUZ ADRIANA CAMARGO
GARZON
Señor MINISTRO DE LA DEFENSSA
Señor DIRECTOR DE LA POLICIA NACIONAL
Señor DIRECTOR de CASUR
Señor PROCURADOR DELEGADO ANTE LAS
FUERZAS ARMADAS Y DE POLICIA
Señor JEFE DE CONTROL INTERNO
DISCIPLINARIO de CASUR, del MIDENFENSA, de la POLICIA NACIONAL
E.S.C.E.
Ref: derecho de PETICION y entrega de DOCUMENTOS
PEDRO LEON TORRES BURBANO, persona mayor de edad, domiciliado
en Pasto, identificado con c.c. No. 5.233.015 de Consaca Nariño, abogado en
ejercicio con TP No. 127.875 del C.S.J, en mi condición de abogado defensor de
los señores SOFIA BURBANO SAPUYES y
JEFERSON BURBANO SAPUYES, asisto ante
los HONORABLES representantes del CTI y ante la Honorable fiscal
Dra LUZ ADRIANA CAMARGO GARZON para radicar el presente escrito: petición –
queja y solicitud de traslado de expedientes escaneados a este proceso Y
TAMBIEN a mi correo electrónico para tramites legales:
Informo a ustedes que Vengo reclamando una PENSION POR
SUSTITUCION a favor de mis clientes por
el fallecimiento de su padre quien fue
pensionado por CASUR en su condición de POLICIA y dicha pensión fue sustituida
por la ESPOSA del fallecido agente que no es la MADRE de mis clientes, y por
sus hijos menores de edad y los dos hijos estudiantes del fallecido agente de
policía PERO los funcionarios de CASUR y del MINDEFENSA comotambién el DIRECTOR de la POLICIA NACIONAL
y sus colaboradores no quieren atender con diligencia y oportunidad el PAGO real de las mesadas estando acumulada
durante años y ya ha pasado mucho tiempo desde que radique queja y denuncia
para que sean investigados pero ha existido tardanza también en la fiscalía
para realizar la INVESTIGACION de los delitos por la OMISION y el MAL SERVICIO
PUBLICO y espero que ahora se revivan los términos y se agilice aplicando las
sanciones que corresponden y registrar a mis clientes COMO VICTIMAS para
radicar INCIDENTE de reparación integral, verdad, justicia y no repetición por
cuanto NO PUEDE EXISTIR tanta mora en el pago de unos derechos pensionales que
se constituyen en el MINIMO VITAL y la SUBSISTENCIA de quienes reclaman su
derecho PERO para los abusadores servidores públicos y OMITENTES nada sucede y
siguen vinculados a las instituciones sin atender su deber y sin cumplir sus
funciones y dando verdaderas soluciones a los problemas y en lugar de facilitar
el tramite lo dificultan y empeoran las condiciones de pobreza de los
reclamantes
Favor considerar que he oficiado a cantidad de veces a CASUR y a la FISCALIA y a
la PROCURADURIA pero sin soluciones
efectivas y seguimos a la espera de unos pagos de derechos pensionales y
nadie hace nada para agilizar el pago
Favor informarme al correo electronico fundempresas_pelet@hotmail.com
o llamar a mi celular 3146626158 o mi oficina de abogado esta ubicada en la
CALLE 18 No. 23 36 OFRICINA 401 PASTO NARIÑO
Favor considerar los preceptos y tratados firmados por
COLOMBIA con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (OEA) y considerar el documento guía sobre estándares de debida
diligencia en las investigaciones penales adelantadas por los Estados
Americanos, por delitos como el denunciado por mis clientes y el suscrito
abogado y del que colaboro nuestra actual FISCAL en su elaboración
Me dirigí ante el señor Director General CASUR Dr. JORGE
ALIRIO BARON LEGUIZAMON de la CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICIA NACIONAL
“CASUR” ubicada en la CARRERA 7 No. 13 – 58 – SANTAFE DE BOGOTA D.C y
dirigiendo escritos diversos a los correos a:
atencionalciudadano@casur.gov.co;
rindecuentas@casur.gov.co, pero sin
RESPUESTAS guardado silencio los servidores públicos dejando de cumplir con el
COMPROMISO de garantizar los derechos fundamentales y específicamente
incumpliendo con el articulo 23 de la CN sin existir sancionados o responsables
por tal OMISION
Actuando COMO APODERADO y en representación de los Señores
SARA SOFIA BURBANO SAPUYES y JHEFERSON ANDRES BURBANO SAPUYES, personas mayores
de edad, domiciliados en PASTO, residentes en la dirección CARRERA 35 No. 4 A –
08 – BARRIO SAN VICENTE, identificados con c.c. No. 1.082.748.542 de Consacá y
1.082.747.843 de Consaca respectivamente, asistI ante el Señor DIRECTOR GENERAL
de CASUR para INSISTIRLE en la PETICION formulada mediante escrito radicado con
fecha 10 de Junio del 2.015 y remitido mediante FACTURA 927675184 de
fecha 11 de JUNIO de 2015 de la empresa SERVIENTREGA de lo que anexe
FOTOCOPIA en la insistencia radicada con fecha 29 de MARZO del 2.017 para
que ordene a quien corresponda DAR RESPUESTA a mi petitum y que consiste en lo siguiente
Y COLOCO entre comillas para probar la exactitud de la PETICION pero sin
respuestas hasta la fecha: “1.- Solicité a su señoría el favor de REPORTAR el
recibido de la DOCUMENTACION requerida por su entidad y remitida a su despacho
mediante oficio de fecha 12 de Agosto del 2.014, el que según la empresa
DE CORREOS llamada CRONO ENTREGAS fue entregada según la factura No.
21047993 del mismo 12 de agosto de 2014 y hasta HOY, no he recibido respuesta
alguna, existiendo OMISION y falta de un servicio publico eficiente y oportuno
lo que constituye en comportamiento disciplinable. Favor responder mis derechos
de petición y dar respuesta MOTIVADA y solucionando el problema y considerando
los preceptos o la ratio decidendi que es de obligatorio acatamiento por ser
parte del ORDENAMIENTO JURIDICO y por cuanto es deber de todo servidor publico
o particular que preste servicios públicos, considerar los preceptos y decidir
sobre las peticiones en DERECHO y motivando sus decisiones en esa ratio
decidendi expedida por las altas cortes de cierre
2.- Solicité además, con el debido respeto, el favor de
CONSIGNAR el valor retenido correspondiente al 25% de la MESADA PENSIONAL del
señor EUCLIDES OSWALDO BURBANO BURBANO, descuento que se viene realizando desde
el 28 de mayo de 2014, según reporte realizado por su entidad mediante OFICIO
GST-SDP-406:14 firmado por el BRIGADIER GENERAL JORGE ALIRIO BARON
LEGUIZAMON – Director General y en el que igualmente se me reconoció personería
para actuar. Como apoderado de SARA SOFIA BURBANO SAPUYES y JHEFERSON ANDRES
BURBANO SAPUYES. 3.- Solicito el favor de CONSIGNAR en la cuenta reportada ese
valor del 25% de la MESADA PENSIONAL del señor EUCLIDES OSWALDO BURBANO
BURBANO, y efectuado desde el 28 de mayo de 2014, según reporte
realizado por su entidad mediante OFICIO GST-SDP-406:14 firmado por el
BRIGADIER GENERAL JORGE ALIRIO BARON LEGUIZAMON – Director General.
La cuenta es la CORRIENTE del BANCO AV VILLAS a nombre de
PEDRO LEON TORRES BURBANO, identificada con NUMERO 203 – 04758-4 4.- Informé al
Señor DIRECTOR en el escrito del 14 de agosto de 2014, la situación de
los dos estudiantes universitarios y el contenido textual fue el siguiente: “La
estudiante SARA SOFIA BURBANO SAPUYES, por la falta de recursos, se le brindó
la oportunidad de laborar por el PERIDO DE VACACIONES en la ALCALDIA DE
CONSACA, en la época de diciembre y en el mes de agosto, sin dejar de cumplir
con su ESTUDIO en jornada diurna. Por esas vinculaciones en periodo de
vacaciones y que acepto por ese mes POR NECESIDAD y el abandono que dejo CASUR
a mi cliente, le obligaron a afiliarse a una EPS y así lo hizo, descuidando su
desafiliación, pero dejando de cancelar las mesadas o cotizaciones por sustracción
de materia: DEJAR DE SER EMPLEADA o TRABAJADORA de la ALCALDIA. Su vinculación
se hizo mediante contrato de prestación de servicios por un mes como esta probado
y ustedes pueden acudir al mecanismo del correo electrónico solicitando a la ALCALDIA
DE CONSACA que informe esa verdad y no cargarle la prueba a la JOVEN ESTUDIANTE
quien no cuenta con recursos para obtener certificaciones que cuestan o remitir
correos certificados tantas veces ya que UN PESO es difícil obtenerlo y ustedes
CASUR tienen la MESADA y no quieren cancelarla.
5.- Informo además que la Señora FLOR AMPARO RODRIGUEZ
MATABAJOY conoció de la existencia de los DOS HIJOS MATRIMONIALES del fallecido
POLICIA PENSIONADO el Señor OSWALDO EUCLIDES BURBANO BURBANO, identificado con
c.c. No. 87.490.691 de CONSACA y al manifestar bajo juramento en forma FALSA
que solos son dos hijos registrados como beneficiarios de la PENSION SUSTITUTA,
cometió conducta punible, constituye en PRUEBA FALSA y debe informarse a la
FISCALIA GENERAL DE LA NACION para que investigue el comportamiento y asi lo
pedi y nada se ha informado al respecto siendo OTRA OMISION del servidor
publico. 6.- Solicito con todo respeto el favor de ordenarse el pago de la
PENSION a favor de mis patrocinados a partir del dia siguiente al
fallecimiento. El pago retroactivo debe ordenarse por la entidad y realizar el
recobro respectivo. No tienen porqué mis clientes, dejar de percibir el valor
de las mesadas correspondientes a partir del dia siguiente al fallecimiento de
su padre.
7.- Solicito con todo respeto el favor de registrar las
DESAFILIACIONES efectuadas por mi cliente quien como ya lo manifesté, laboró al
servicio de la alcaldía en calidad de ESTUDIANTE y por el término de un mes en
cada periodo de vacaciones, situación que le obligó a afiliarse a salud y por
desconocimiento no efectuó la desafiliación en el momento en que se terminaba
el contrato y si se cobra por la EPS debe hacerlo al EMPLEADOR y no al
trabajador y eso debe ordenarse por CASUR y no seguir negando el pago de la PE NSION
que para la estudiante se constituye en el MINIMO VITAL y la SUBSISTENCIA.
8.- Siempre ha mantenido su condición de ESTUDIANTE de
LICENCIATURA EN INGLES – FRANCES y requiere de la PENSION y solicito el favor
de ORDENAR el pago por cuanto la ORDEN de descuento de la PENSION que percibe
la esposa de BURBANO BURBANO ya esta autorizado y esta retenido por CASUR y
solo es ordenar el pago consignando en la cuenta reportada
9.- Solicito inclusive a CASUR y especialmente a su DIRECTOR
GENERAL, apoyo para los dos hijos ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS del fallecido
OSWALDO EUCLIDES BURBANO BURBANO, para la obtención de becas, de ayudas
laborales una vez obtengan su título y demás ayudas con que pueda colaborarles
CASUR o su DIRECTOR recomendándolos ante la CORPORACION MATAMOROS, o cualquiera
otra entidad de apoyo a los PENSIONADOS y a sus grupos familiares. Favor
otorgar BECA para continuar estudiando ESPECIALIZACION, MAESTRIA y DOCTORADO
por cuanto solo capacitados pueden superar la crisis que les genero el
fallecimiento de su padre 10.- Favor evaluar las PETICIONES, los documentos que
se aportaron y solicito el favor de investigar en la PAGINA de FOSYGA para
comprobar el NO REGISTRO en ninguna EPS de los DOS ESTUDIANTES DIURNOS
UNIVERSITARIOS”. Para el cobro del 25% que se viene descontando y acumulado en
las CUENTAS de CASUR, generando afectación y DAÑOS Y PERJUICIOS a mis clientes,
se entregó en forma oportuna los siguientes documentos:
1.- Fotocopia de cédula de ciudadanía de cada reclamante,
ampliadas al 150%
2.- Registro civil de nacimiento de cada reclamante, con
fecha reciente de expedición y en
original
3.- Certificado o CONSTANCIA de estudios de la UNIVERSIDAD DE
NARIÑO de cada
reclamante
4.- Solicitud para ser incluidos en nómina de los dos
reclamantes
5.- Manifestación escrita de cada reclamante 6.- Registro
civil de defunción de nuestro padre el Señor OSWALDO EUCLIDES BURBANO BURBANO,
identificado con c.c. No. 87.490.691 de CONSACA
6.- En el escrito de fecha 10 de Junio del 2.015 y remitido
mediante FACTURA 927675184 de fecha 11 de JUNIO de 2015 de la empresa
SERVIENTREGA, el CERTIFICADO expedido por EMSSANAR en el que consta que SARA
SOFIA se encuentra afiliada a SISBEN por no contar con recursos para cubrir
cotizaciones a EPSs y no se tuvo en cuenta y nada se respondió a mi PETITUM.
Tambien se aportó certificación de la NUEVA EPS, en la que consta que se encuentra
CANCELADO el registro como COTIZANTE y la causal es por INACTIVIDAD MAYOR A
SEIS MESES y se anexó además fotocopia del CARNET expedido por EMSSANAR 11.- En
forma concreta solicito el favor de resolver de FONDO sobre el SIGUIENTE
PETITUM que fue formulado igualmente en el escrito de fecha 10 de Junio del
2.015 y remitido mediante FACTURA 927675184 de fecha 11 de JUNIO de 2015 de la
empresa SERVIENTREGA y solicito sea resuelto en forma concreta – clara –
precisa y concisa y consiste en lo siguiente
PETITUM EN CONCRETO:
En primer lugar SOLICITO con todo respeto el favor de
DESARCHIVAR el expediente y trasladarlo en forma escaneada al presente dereecho
de petición y también a mi correo para tramites legales de demandas que siguen
a continuacion y evaluar cada prueba entregada ya a su entidad
Además de desarchivar el expediente y trasladar a este
derecho de petición escaneado todo el expediente en forma integral , solicito
el favor de REMITRI escaneado ese expediente y todo acto que produzca su
entidad a mi correo electrónico para diligencias legales Teniendo en cuenta las
NORMAS que rigen la ADMINISTRACION PÚBLICA y especialmente lo previsto en la
CONSTITUCION y en la ley 1437 de 2011, solicito el favor de darle trámite especial
a la presente solicitud y con mensaje de urgencia se tramite el RECONOCIMIENTO Y
PAGO de la PENSION por SUSTITUCION a favor de mis patrocinados, a partir del
día siguiente al fallecimiento de su padre o a partir de la fecha en que se
iniciaron a realizar los DESCUENTOS del 25% de la PENSION como se registró en
el OFICIO GST-SDP-406:14 firmado por el BRIGADIER GENERAL JORGE ALIRIO BARON
LEGUIZAMON – Director General. En el referido oficio me reconoció su entidad
personería para actuar en calidad de apoderado de SARA SOFIA BURBANO SAPUYES y
JHEFERSON ANDRES BURBANO SAPUYES e igualmente me informan que se descuenta el
25% de la PENSION de EUCLIDES OSWALDO BURBANO BURBANO desde el 28 de mayo de
2014. Por tanto, debe ORDENARSE consignar en mi cuenta corriente el VALOR
correspondiente a ese 25% desde el 28 de mayo de 2014. OMITIR el deber legal de
CONSIGNAR el derecho ya DESCONTADO, se constituye en COMPORTAMIENTO PUNIBLE Solicitamos
con todo respeto el favor de ORDENAR incluirlos en nómina y ordenar el pago de
sus derecho reclamado para atender el MINIMO VITAL – LA SUBSISTENCIA y el
DERECHO a continuar el proceso de formación académica universitaria. Sin los
recursos que reclamamos, se ven afectados éstos derechos fundamentales Favor
ordenar expedir los respectivos carnets para identificación y para
reconocimiento ante las entidades públicas y/o privadas en su condición de
BENEFICIARIOS del fallecido agente de policía pensionado
Solicitamos con todo respeto el favor de considerar la
condición especial de INCAPACIDAD REAL Y MATERIAL para prodigarse su propia
subsistencia de mis CLIENTES y el mínimo vital, producto de LA condición de estudiantes
Solicitamos el favor de darle el trámite a la presente petición aplicando los
PRINCIPIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, previstos en la ley 1437 de 2011.”
Hasta aquí la PETICION QUE FORMULE pero sin respuestas y sin resultados
guardando silencio los servidores públicos, OMITIENDO su deber, cometiendo
delito de PREVARICATO y otros comportamientos punibles y disciplinables que
deben investigarse y sancionarse REGISTRANDO a mis clientes como VICTIMAS en
cada proceso para radicar INCIDENTE DE REPARACION INTEGRAL y favor informarme los
resultados de este proceso, las sanciones, las condenas y tambien informarme en
que momento puedo radicar el INCIDENTE DE REPARACION remitiendo a mi correo
fundempresas_pelet@hotmail.com o al correo de los abogados especializados
vinculados a FENALCOOPS que es fenalcoopsas@gmail.com
o llamando a mi celular 3146826158
o mi oficina esta ubicada en la
CALLE 18 No. 23 36 OFICINA 401 PASTO NARIÑO y recuerden que el CTI y la
FISCALIA lleva mucho tiempo sin realizar la INVESTIGACION y demostrar
resultados por esa negligencia y esas omisiones de los servidores públicos de
CASUR y del MINDEFENSA y de la POLICIA NACIONAL y se ha generado daños y
perjuicios que se cuantifican en 500 smmlv por DAÑOS MORALES para SOFIA e igual
valor para JEFERSON y también para su
madre, abuela, tias en la misma cantidad que se determinaran en las demandas
respectivas; daños en la salud por valor de 500 smmlv para cada uno de los
pensionados por sustitución; daños en la vida de relación por cantidad de 500
smmlv para cada uno de los hijos afectados hoy reclamantes; por daños de
oportunidad la cantidad de 500 smmlv para cada hijo afectado; daños por no
poder disfrutar los placeres y el goce de todos los beneficios que brinda al
llegar a la condicion de PROFESIONALES que se limito por la falta del pago
oportuno de esos valores de la PENSION se estiman en la cantidad de 500 smmlv
para cada hijoa que INSISTO serán liquidados y cobrados en las demandas y en
los incidentes de reparación integral a las victimas
Con todo respeto, solicito al señor investigador del CTI, a la señora FISCAL
GENERAL DE LA NACIONA y al DIRECTOR de CASUR, al ministro de la defensa y al
director de la POLICIA NACIONAL, el favor de colaborarnos ORDENANDO el pago del
valor acumulado por descuento del 25% de la PENSION a favor de mis clientes
SARA SOFIA BURBANO SAPUYES y JHEFERSON ANDRES BURBANO SAPUYES, incluyendo esos daños y perjuicios liquidados
y ordenar incluir a los hijos del fallecido policía sea incluidos en los
programas de la POLICIA NACIONA, y del MINDEFENSA y vincularlos laboralmente
como profesionales actuales que son permitiendoles radicar sus hojas de vida
sin RESTRICCIONES ni LIMITACIONES y favor otorgarles UNA BECA para estudiar
maestrías y doctorados y puedan ser mas útiles a la sociedad y no llevarlos a
las fuerzas oscuras de la sociedad por esa FALTA DE OPORTUNIDADES que les
cierran las puertas generando violencia y favor considerar para decidir el PLAN
del gobierno del Dr GUSTAVO PETRO llamado COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA
donde se incluye ayudar hasta a los delincuentes para lograr esa PAZ TOTAL y
alcanzar que COLOMBIA supere ese ciclo de violencia y se enrumbe por los
caminos de la convivencia pacifica aportando cada ciudadano con lo que sabe en
bien y en la búsqueda del BIENESTAR DE TODOS. Favor INCLUIRLOS en los programas
oficiales y la CORPORACION GUSTAVBO MATAMOROS que no ha servido para ayudar a
los necesitados y solo sirve para ayudar a los generales y sus familias, que
por favor se extienda sus beneficios a los HIJOS de los agentes que han tenido
que enfrentar solos los probleas de la vida y que CASUR hasta les ha negado esa
pequeña ayuda ya reconocida pero SIN PAGO hasta la fecha desde el año 2014 y
después de mas de 14 años de estarla reclamando
Favor consignar en la CUENTA CORRIENTE DEL BANCO AV VILLAS
No. 203 – 04758-4 a nombre del suscrito abogado los valores debidos a mis
clientes o en su defecto consignarles en el BANCO AGRARIO DE CONSACA a nombre
de ellos y que sean ellos quien reclamen lo debido por CASUR y lo que debe
indemnizar el MINDEFENSA, la POLICIA NACIONAL y CASUR sin discutir valor alguno
sino atendiendo la NECESIDAD y URGENCIA de los reclamantes y ELIMINAR barreras
que obstaculicen el pago de lo debido y el valor de lo cobrado que es UN JUSTO
DERECHO pero en MORA por la OMISION de los servidores públicos por lo que deben
ser investigados y sancionados e informar a mis clientes registrándolos
previamente como VICTIMAS para que radiquen el INCIDENTE DE REPARACION.
Favor ORDENAR BECAS a favor de mis clientes para estudiar
ESPECIALIZACIONES, MAESTRIAS Y DOCTORADOS e inclusive vincularlos al servicio
de la POLICIA NACIONAL en las áreas que se puedan desempeñar como profesionales
y como especialistas, magisters O doctores y si es posible vincularlos a los
programas sociales de CASUR, de la CORPORACION GUSTAVO MATAMOROS o cualquier
otro programa de bienestar social y de formación académica.
Favor resolver en forma favorable SOBRE cada petitum y que no
se oficie con discursos rebuscados sino SOLUCIONANDO el problema porque se
requiere con URGENCIA ese porcentaje del 25% de la PENSION DE SOBREVIVIENTE
descontada pero NO PAGADA desde el año 2014 y esto si que es NEGLIGENCIA y
falta de compromiso con el servicio publico y la FISCALIA GEBE INVESTIGAR y
SANCIONAR
PETITUM ESPECIAL al CTI, a la
FISCALIA, al MINDEFENSA, al director de la POLICIA y de CASUR
Con todo respeto les solicito el favor de CONSIGNAR con
MULTAS, sanciones, indemnizaciones, y los valores actualizados las MESADAS
debidas, los daños y perjuicios y vincular a mis clientes que ya son
PROFESIONALES a un cargo en la POLICIA NACIONAL o dentro de cualquiera entidad
y como PROGRAMA de ayuda a las victimas y a los huérfanos de los POLICIAS Y
MITILARES que requieren del apoyo del estado y de las POLITICAS PUBLICAS que
tenga ese plan de gobierno del Dr GUSTAVO PETRO llamado COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL
DE LA VIDA que suena muy especial pero que no se aplica o al menos no a los
huérfanos aunque si para los GENERALES y los altos servidores públicos. Favor considerar la SUPLICA de los
huérfanos OLVIDADOS por ustedes para
vincularlos o para otorgarles becas de estudio para que sigan estudiando
y mejorando sus condiciones de vida
Les recuerdo que he sido INSISTENTE en mis peticiones y
radique denuncia y el JUEVES PASADO un funcionario del CTI me llamo para que
presentara pruebas sobre mi denuncia y con este derecho de petición estoy
aportandolas y solicito oficiar a CASUR,
al MINDEFENSA, a la POLICIA NACIONAL y a todas las autoridades REMITAN escaneado todo expediente
que soporta mis multiples peticiones sin RESPUESTAS y que prueban la OMISION y
los DELITOS DENUNCIADOS y favor investigar y sancionar y registrar a mis
clientes como VICTIMAS para radicar INCIDENTE de reparación integral en el
momento oportuno
Favor responder en forma concreta, clara, precisa y
solucionando los problemas
PRUEBAS
Anexé y existen en sus archivos:
El ESCRITO DE DERECHO DE PETICION que no ha sido resuelto de
fondo con la factura de
envio ya indicado
DERECHO DE PETICION de fecha 10 de Junio del 2.015 y remitido
mediante FACTURA
927675184 de fecha 11 de JUNIO de 2015 de la empresa
SERVIENTREGA
Las pruebas relacionados en esta insistencia y las diversas
insistencias remitidas a CASUR y
sin respuestas guardando silencio frente a las PETICIONES y
cometiendo DELITO y
comportamiento disciplinable por archivar los derechos de
petición existiendo el DEBER de
contestar y definir en forma clara, expresa y concisa sobre
lo pedido y con respuestas en
derecho
Favor desarchivar el expediente y trasladar a este derecho de
petición escaneado todo el
expediente en forma integral y tambien remitirlo a mi correo
para tramites legales
favor REMITIR todo expediente y pruebas a mi correo para
tramites legales incluido este expediente formado con la presente respuesta al
CTI y pedirle a CASUR remita todo expediente a este proceso y también
remitirlos escaneados a mi correo para esos tramites legales
NOTIFICACIONES:
Mi correo electrónico es fundempresas_pelet@hotmail.com
celular 3146826158.
Direccion. CALLE 18 No. 23 – 36. OFICINA 401 – PASTO NARIÑO..
t
También pueden remitir al correo de los abogados especializados de
FENALCOOPS que es fenalcoopsas@gmail.com
También registro mi Correo electrónico:
pedrotorres59@outlook.com
Favor remitir a mi correo electrónico copia del ACTO
ADMINISTRATIVO que produzca su
entidad, para efectos de notificación
Cordialmente
PEDRO LEON TORRES BURBANO
c.c. No. 5.233.015 de CONSACA NARIÑO
T.P No. 127.875 del C.S.J.”

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