CONDICION de DISCAPACIDAD

 


PEDRO LEON TORRES BURBANO – Abogado Especializado en Derecho Laboral y Derecho Administrativo – Revisoria Fiscal

 

TEMA: CONDICION de DISCAPACIDAD

 

Todo discapacitado esta amparado por los tratados internacionales y por la Constitución Nacional y existen infinidad de RATIOS DECIDENDI para proteger al ENFERMO o discapacitado y todo derecho de petición consagrado en la CN en su artículo 23 debe  ser contestado por todo servidor publico o privado que brinde cualquier servicio publico

 

Solicito con el RESPETO DEBIDO el favor de colaborarle revisando liquidaciones

 

Todo discapacitado debe ser atendido en forma urgente considerando su estado de vulnerabilidad y todo servidor publico o privado debe atender con toda la URGENCIA posible las peticiones y todo pago o trasferencia y consignar las PENSIONES o las ayudas humanitarias sin dilatar en el tiempo PUES la PENSION de invalidez o cualquier ayuda a su favor es de máximo de UN SMMLV y no cubre el MINIMO VITAL ni la SUBSISTENCIA del DISCAPACITADO y su FAMILIA pero se convierte en la UNICA FUENTE de ingresos para alimentarse y atender sus necesidades mas basicas

 

De igual manera debe ser INCLUIDO el y su familia en NOMINA DE PENSIONADO y se debe darle mesadas adicionales en los meses de DICIEMBRE  y enero

 

De igual manera ASISTEN ante el CND y ante el MINISTRO DE LA SALUD y la MINISTRO DE IGUALDAD para solicitarles el favor de REVISAR sus multiples peticiones y repetitivas sobre la INTERVENCION ante  los organismos de apoyo a la discapacidad para que sean vinculados a cargos que estimen conveniente e inclusive recomendar para contratar con los alcaldes amigos o gobernadores y vincular a la administración publica.

 

 

Favor colaborar y vincular a su administración o recomendar para servir a la sociedad ya que el discapacitado tiene sus cualidades y cuenta con experiencias importantes que puede ayudar a construir y no a destruir como muchos alentados lo hacen. Se debe ser solidarios con todo DISCAPACITADO pues su discapacidad es limitada a un área pero no a toda actividad y puede producir mejor que una persona alentada. Favor darle oportunidades al discapacitado

 

De igual manera les solicita el discapacitado el favor de colaborarle vinculándolo  a los programas sociales de sus entidades como DISCAPACITADO o como PENSIONADO por INVALIDEZ y brindarle los apoyos que sea posible y si el fondo de pensiones cuenta con recursos favor facilitarle un PRESTAMO para realizar emprendimientos.. Favor ayudar con cualquier crédito o con auxilios o donaciones para emprendimientos

 

Favor leer la ley 361 de 1997 y considerar el articulo 13 de la CN sobre la IGUALDAD real y material y leer igualmente los multiples preceptos existentes para proteger y amparar al DISCAPACITADO

 

Si usted quiere encontrar cualquier clase de ayudas como DISCAPACITADO acuda a FENALCOOP y a todo su equipo multidiciplinario que le brindara cualquier clase de orientación y ayuda y hasta le raliza tutelas y demandas para reclamar sus derechos. Llame al 3146826158 desde cualquier parte del país.

 

NOTIFICACIONES

 

correo fundempreas_pelet@hotmail.com teléfono 3146826158 CALLE 18 No. 23 36 OFICINA 401 PASTO NARIÑO

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO

 

FENALCOOP a su servicio. Afiliese y llame gratis desde cualquier parte del pais

Comentarios

Entradas populares de este blog

TEMA: Analisis Sentencia SU. 380 de 2021 Y SU. 087 de 2022

TEMA: Sentencia SU061-23 . Analisis

TEMA: INCREMENTO PENSION del 14% para CONYUGE Y 7% PARA HIJO SIN PENSION- Imprescriptibilidad sentencia T-369 de 2015 y Sentencia SU140/19