victimas programa de vivienda alcaldes

 


Chachagui, 29 de septiembre de 2025

 

Señor ALCALDE MUNICIPIO DE CHACHAGUI

Señor PERSONERO MUNICIPAL DE CHACHAGUI

Señor SECRETARIO DE PLANEACION del Municipio de CHACHAGUI

E.S.C.E.

 

REF: DERECHO DE PETICION – INSISTENCIAS

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO, persona mayor de edad, domiciliado en Chachagui en la CASA 30 A del Conjunto Puertas del Sol identificado con c.c. No. 5.233.015 de Consaca Nariño, en mi condición de DISCAPACITADO, desplazado, victima y vulnerable y también actuando como representante legal de la ONG FENALCOOPS  asisto ante el Honorable Alcalde y demás funcionarios del Municipio de CHACHAGUI para pedirles en ejercicio del derecho depetición y con insistencia los favores ya pedidos en anteriores derechos de petición pero sin respuestas lo que constituye omision y hasta burla hacia los vulnerables violando en forma directa la CN, la LEY, los TRATADOS INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS HUMANOS y favor considerarnos como personas de trato especial dadas las condiciones especiales que presentamos por los efectos de la guerra que vive en forma absurda COLOMBIA y consisten en las siguientes peticiones:

 

1.-Favor colaborarnos con el mejoramiento y adecuación de la via de acceso en aproximadamente doscientos metros desde la panamericana al predio que nos aporta una familia solidaria con nosotros ubicado en el sector llamada la JOYA que queda en seguida del HOTEL y antes de iniciar la DOBLE CALZADA en CHHACHAGUI. Le solicitamos señor ALCALDE el favor de colaborarnos afirmando con materiales y demás adecuaciones de la via de acceso al predio ubicado en la JOYA para poder invertir los vulnerables en el Municipio de Chachagui donde nos hemos ubicado después del desplazamiento forzado y encontramos familias solidarias con las familias y especialmente con niños y niñas que son victimas de este conflicto absurdo que vivimos en COLOMBIA y requerimos de su apoyo para mejorar ese tramo de via para acceder al predio prestado para nuestros emprendimientos

 

2.-Igual es nuestro deseo realizar el emprendimiento de cultivo de CAFÉ y PLATANO en casabuy donde nos prestaron un terreno de siete hectáreas y deseamos invertir en ese predio explotándolo con nuestra fuerza laboral y buscando recursos donados de embajadas, consultados y otras fuentes para realizar el emprendimiento del CAFÉ y del PLATANO colocando valor agregado al producto CAFÉ y PLATANO para generar empleos y fuentes de ingresos PERO igual que en la JOYA requerimos del mejoramiento de la via colocando recebo o materiales para  adecuar la via y poder transportar los productos necesarios para el cultivo y explotación del predio y para regresar con los productos terminados y transformados para sacarlos al mercado. Consideramos que existen siete kilómetros para arreglar y mejorar la via y se requiere el material de recebo, una motoniveladora, volquetas y combustibles para ese fin y favor afirmar la via y colaborarnos a las VICTIMAS con nuestros emprendimientos

 

3.-Igualmente en el predio del señor LUIS EDUARDO ZAMBRANO MAFLA que es desplazado y victima del conflicto y esta vinculado a la ONG FENALCOOPS nos presta una finca que tiene de 12 hectareas donde queremos sembrar LIMON taiti y la UMATA nos prometio donarnos 1.000 arboles para sembrarlos y explotarlos en ese sector PERO igual se requiere arreglo y recebo para esa via que puede tener 3 o 2 kilometros desde la via que va a pazisara hacia la vereda llamada el COMUN via que sale a la pavimentada que conduce hacia BUESACO y se requiere mejorar esa via que se encuentra abandonada y la requerimos arreglada para llevar y sacar de la finca los productos requeridos y necesarios para los emprendimientos y le solicitamos el favor de regalarnos recebo, volquetas, motoniveladora, combustibles para realizar esa obra y le quedamos altamente agradecidos por tan importante proyecto y atencion a los vulnerables

 

4.- Insistimos igualmente en solicitarle el favor de DONARNOS un lote de una o dos hectáreas para construir un programa de vivienda por el sistema de autoconstruccion considerando que tenemos amplia experiencia en ese tema y si desea valorar nuestra experiencia favor revisar como se construyo en PASTO el barrio san albano con 300 viviendas para familias altamente vulnerables donde la MISION ALEMANA GTZ nos dono 91 mil marcos alemanes y fue la PRIMERA PIEDRA del proyecto y con esos recursos se logro comprar cinco hectáreas y media donde hoy se encuentra construido el barrio san albano con 300 casas y tambien se logro con esos recursos formar tres emprendimientos adicionales como fue la FABRICA de producción de LADRILLOS, otro emprendimiento que fue la PRODUCCION de TUBOS DE CEMENTO y ADOQUINES y el tercero fue la producción de materiales de ferreteria y soldadura para producir ventanas y puertas y con tales emprendimientos logramos el proyecto que al principio se miraba como IMPOSIBLE pero cuando existimos lideres que no renunciamos a nuestros proyectos logramos todo y acudimos a donantes y encontramos solidaridad para alcanzar las 300 viviendas construidas

Si es posible señor ALCALDE  ADOQUINAR esas vias le agradecemos entregando los materiales en el sitio de colocación y brindarnos con su secretaria de infraestructura la ORIENTACION y ASESORIA de un ingeniero para que nos oriente en la COLOCADA de los adoquines y nosotros invertimos nuestra fuerza laboral y mil gracias por atendernos con nota de urgencia. Pero si no le es posible colaborenos con la entrega de recebo y prestarnos las maquinas y las asesorías para mejorar esas vias

 

Favor revisar las anteriores peticiones y le anexo los escritos remitidos a su correo

 

Honorable ALCALDE y demás funcionarios públicos recuerden que la Honorable Corte Constitucional, a través de sentencias de unificación como la SU-196/25, ha ordenado al Gobierno y a las entidades territoriales adoptar medidas para garantizar el derecho a la vivienda de víctimas del desplazamiento forzado, aunque la donación directa de lotes por parte de los alcaldes no es el enfoque principal; se enfoca más en la ejecución de subsidios y la corrección de fallas estructurales en las políticas de vivienda. Otra sentencia relevante es la T-025 de 2004, que declaró un estado de cosas inconstitucional en la atención a las víctimas, impulsando acciones para la garantía de sus derechos.

 

Como otras Sentencias Relevantes tenemos la SU-196/25 en la que ordena al Gobierno Nacional materializar subsidios de vivienda otorgados a la población desplazada que no fueron entregados, destacando la necesidad de proteger el derecho a la vivienda digna y la confianza legítima de las víctimas.

 

Otra sentencia de importancia a evaluar para decidir sobre nuestras peticiones esta la T-025 de 2004 en la que declaró la existencia de un "estado de cosas inconstitucional" en materia de atención a las víctimas de desplazamiento, lo que ha conllevado órdenes para el Estado y los municipios de diseñar y ejecutar políticas integrales para el goce efectivo de sus derechos.

Impacto en alcaldes y la donación de lotes

 

Si bien estas sentencias no obligan directamente a los alcaldes a donar lotes específicos para la construcción de viviendas en todos los casos, sí generan una responsabilidad en los alcaldes, pues son responsables de implementar y ejecutar las políticas de vivienda a nivel local.

 

Esto implica que deben participar en la ejecución de subsidios y los alcaldes son actores clave para que los subsidios de vivienda no se queden solo en el papel y se materialicen en la entrega de viviendas a las víctimas.

 

Deben garantizar el acceso a la tierra y la Corte ha enfatizado que se deben buscar soluciones estructurales para el acceso a la vivienda, lo cual puede incluir la facilitación del acceso a la tierra y la planificación urbana para la entrega de lotes con fines sociales.

Deben coordinarse con otras entidades la solución a la problemática de la vivienda de las víctimas  y requiere una articulación entre el nivel nacional y local, y los alcaldes son fundamentales en esta coordinación para asegurar el cumplimiento de las órdenes judiciales.

 

Otra importante a evaluar para resolver sobre nuestras peticiones es la Sentencia T-025 de 2004, y Autos 333, 334 y 335 de 2006 – ACNUR, la sentencia T-025 de 2004,  sentencia C-191 de 2021, Sentencia de Unificación SU-016 de 2021, sentencia de unificación SU-196/25, sentencia T-193/25, Sentencia SU 016 de 2021,  Resolución 1446 de 2024, Sentencia SU 016 de 2021, Sentencia de Unificación SU-648 de 2017, Sentencia T-450 de 2019, Ley 1448 de 2011, ley 2421 de 2024, Sentencia T-025 de 2004, sentencia de unificación 016 de 2021, entre otros fundamentos en los que el señor alcalde puede argumentar la destinación de recursos públicos para atender a las victimas del conflicto desplazados y abandonados como nosotros a nuestra suerte y favor darle tratamiento especial de prioridad para resolver lo pedido

 

NOTIFICACIONEES

 

Favor escribirnos al correo de la ONG FENALCOOPS que es fenalcoopsas@gmail.com o al celular 3146826158 o remitir correspondencia a la CASA 30 A del conjunto PUERTAS DEL SOL en CHACHAGUI

 

Anexo derechos de petición anteriores pero sin respuestas y también estoy remitiendo copia a la PROCURADURIAA, FISCALIA y a la UNIDAD DE VCTIMAS

 

Con admiración y respeto, atentamente

 

 

PEDRO LEON TORRES BURBANO

c.c. No. 5.233.015 de Consaca Nariño

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