peticion al cnd oit y otros defnsores del trabajo
Pasto, 28 de febrero de 2025
Señores CND
Señores OIT
Señores OEA
Señores Presidente SINDICATO NACIONAL
DE EMPLEAOS PUBLICOS Y PRIVADOS DE COLOMBIA
Señor PROCURADOR
Señora FISCAL GENERAL DE LA NACION
Señore PRESIDENTE GUSTAVO PETRO
Señor MINISTRO DE LA IGUALDAD antes
FRANCIA MARQUEZ que no hizo nada en TRES AÑOS en el MINIGUALDAD
Señores SENADORES Y REPRESENTANTES del
CONGRESO DE COLOMBIA
Señor DIRECTOR DE PROSPERIDAD SOCIAL
Señora MINISTRO DE TRANSPORTE
Señor MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
Señor DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICIA
Señores MAGISTRADOS CORTE
CONSTITUCIONAL sala de revisión de TUTELAS
Señor MAGISTRADOS CONSEJO DE ESTADO
Señor Magistrado Ponente de tutela
IMPUGNADA: LUIS ALBERTO ÁLVAREZ PARRA
SElorees del CONSEJO NACIONAL DE
DISCAPACIDAD especialmente al DIRECTOR que es un DISCAPACITADO
E.S.C.E.
Referencia: DERECHO DE PETICION e INSISTENCIA de un
DISCAPACITADO Y ENFERMO y retirado por un FALSO POSITIVO no investigado y violando
todos mis derechos fundamentales como esta PROBADO pero NEGADA JUSTICIA en
todas las instancias
ANGEL JESUS CASTILLO CHICAIZA de las
NOTAS CIVILES ampliamente conocidas en la ADMINISTRACION DE JUSTICIA y en el
MINDEFNESA y POLICIA NACIONAL, en la PROCURADURIA, en la FISCALIA por mis
multiples y repetivos DERECHOS DE PETICION, QUEJAS Y DENUNCIAS sin responder y
existiendo un MAL SERVICIO PUBLICO frente a un discapacitado y enfermo y con
VIOLACION DIRECTA de la CN y de la LEY y de los TRATADOS y de los PRECEPTOS
CONSTITUCIONALES VINCULANTES Y OBLIGATORIOS y existiendo DELITOS Y FALTAS
DISCIPLINARIAS que debe investigar el PROCURADOR y LA FISCAL y no seguir guardando
silencio frente a tantas y tantas peticiones pero sin responder ni atender lo
que se llama OMISION y MAL SERVICIO asisto ante todos ustedes pero
especialmente ante los DIRECTIVOS de los ORGANISMOS INTERNACIONALES por no
encontrar soluciones ni en la RAMA JUDICIAL por el funcionamiento pesimo de
magistrados y jueces y negar justicia real y oportuna y por la NEGLIGENCIA
probada de los MINISTROS y de los DIRECTORES que se OLVIDARON de lo que es el
buen servicio y de cual es el FIN del estado social de derecho y les PIDO por favor
DELEGAR en sus mejores funcionarios y honestos y trasparentes para que se
revise cada uno de mis expedientes existentes en cada entidad OFICIANDO de cada
oficina para que REMITAN en forma integral y total pero escaneado cada PRUEBA,
cada EXPEDIENTE y se formen la sana critica real y verdadera sobre las suplicas
y denuncias radicadas por este agente de policia retirado en forma INEFICAZ de
la POLICIA NACIONAL siendo primero detenido en forma arbitraria y producto de
un FALSO POSITIVO inventado por un OFICIAL de la entidad y desaparecido después
todo ese falso proceso penal que se inventaron
para realizar la ORDEN DE CAPTURA y detenerme en forma arbitraria donde
permaneci en esas condiciones de detenido en forma arbitraria hasta el dia 29
de diciembre de 1986 y que ahora NO QUIEREN REGISTRAR el tiempo real en mi HOA
DE SERVICIOS para que se ordene MI ASIGNACION DE RETIRO o PENSION que vengo
solicitando desde esa fecha 29 de diciembre de 1986 cuando fui retirado en
forma absoluta existiendo el suficiente material probatorio pero que el primer
magistrado corrupto que me NEGO JUSTICIA
Y ME DEJO ABANDONADO COMO INDEFENSO fue el señor ALVARO MONTENEGRO CALVACHI y
luego se extiende a los magistrados del CONSEJO DE ESTADO y por ULTIMO los
magistrados constitucionales del mismo CONSEJO DE ESTADO negando la PROTECCION
via acción de tutela cuando esta PROBADO mi real retido absoluto de la POLICIA
NACIONAL el dia 29 de diciembre de 1986 PERO por la CORRUPCION y la SOLIDARIDAD
entre magistrados repiten los MISMOS ERRORES y DEFECTOS y nadie investiga ni sanciona
a pesar de estar probados todos los errores y probados mis derechos y solo se
requiere ORDENAR la modificación de mi HOJA DE SERVICIOS registrando el TIEMPO
REAL DE SERVICIO que va hasta el 29 de diciembre de 1986 como lo indica el acto
administrativo RESOLUCION aportado a la demanda de nulidad y restablecimiento
del derecho, a mi acción de tutela, a mis multiples y repetitivos derechos de petición,
a mis denuncias, a mis quejas y otros actos realizados durante todos estos años
transcurridos desde el 29 de diciembre de 1986 hasta hoy 28 de febrero de 2025
y son MUCHOS AÑOS de luchas por reclamar justicia pero negada siempre producto
de esa alta corrupción no solo en la JUSTICIA sino también en los empleados públicos
del MINDEFENSA y de la POLICIA NACIONAL y ahora de la PROCURADURIA y de la
FISCALIA
He radicado ante el MAGISTRADO del
CONSEJO DE ESTADO que me negó justicia via accion de tutela y radique ayer
recurso de impugnacion ESPERANDO que la sala plena estudie los fundamentos con
seriedad y saliéndose de la SOLIDARIDAD ahora considerando que existen muchas
denuncias y muchos ojos encima para evitar continue esa injusticia producto de
la solidaridad entre MAGISTRADOS y negar por negar la justicia vulnerando mis DERECHOS
FUNDAMENTALES y acudo ante la OIT, la
OEA y otros organismos responsables de atender al DISCAPACITADO y BUEN SERVIDOR
PUBLICOS y también acudo ante ustedes señores magistrados del CONSEJO DE ESTADO
y de la CORTE CONSTITUCIONAL para pedirles por favor estudiar y evaluar cada SUSTENTO
y evaluar la IMPUGNACION realizada al
FALLO DE TUTELA el dia 27 de febrero de 2025 y remitido al CORREO del HONORABLE
CONSEJO DE ESTADO y al MAGISTRADO PONENTE y mi sustentación consiste en lo
siguiente
1.- Dicen los magistrados referidos que
la DECISIÓN que es errada y violando la CN y la LEY en forma directa que en
mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Quinta, administrando justicia en nombre de la
República y por autoridad de la ley, FALLA: PRIMERO: NEGAR la solicitud de
desvinculación presentada por la Procuraduría General de la Nación y la Policía
Nacional - Dirección de Sanidad - Unidad Prestadora de Salud de Nariño.
SEGUNDO: DECLARAR improcedente la acción de tutela presentada por el señor
Ángel Jesús Castillo Chicaiza contra la sentencia de 9 de diciembre de 2024, de
la Sala Once Especial de Revisión del Consejo de Estado. Esto señores
magistrados no es nada mas que SOLIDARIDAD entre ustedes pero nada existe de
JUSTICIA porque existen muchos fallos que no quisieron considerar ni valorar
para SOLIDARIZARSE abandonando al DEBIL POLICIA retirado enfermo y con un falso
positivo y desapareciendo primero el PROCESO PENAL y no se ordenan investigaciones por tales falsos
positivos volviéndose costumbre en COLOMBIA los tales falsos positivos. TERCERO:
AMPARAR el derecho fundamental de petición del señor Ángel Jesús Castillo
Chicaiza. PERO nada se resuelve por cuanto vengo insistiendo ante el MINISTRO
DE DEFENSA que deja a COLOMBIA totalmente destruida por su OMISION y por su MAL
SERVICIO PUBLICO y la solución de petro solo fue aceptarle la renuncia PERO sin
responder por su pesimo servicio. CUARTO: ORDENAR al Ministerio de Defensa
Nacional que, en el término de las 48 horas siguientes a la notificación de
esta providencia, dé una respuesta de fondo a las peticiones radicadas el 1º
de agosto de 2022 y el 1º de agosto de 2023, por el señor Ángel
Jesús Castillo Chicaiza y le notifiquen su respectiva decisión. QUINTO: ORDENAR
a la Policía Nacional que, en el término de las 48 horas siguientes a la
notificación de esta providencia, dé una respuesta de fondo a la petición
radicada el 1º de agosto de 2023, por el señor Ángel Jesús Castillo
Chicaiza y le notifiquen su respectiva decisión.
SEXTO: ORDENAR a la Procuraduría
General de la Nación que, en el término de las 48 horas siguientes a la
notificación de esta providencia, en caso de no haberlo hecho, notifique al
señor Ángel Jesús Castillo Chicaiza, el contenido del oficio nro. DSP T5020
SIAF 19914 de 12 de mayo de 2023, relacionado con la petición radicada el 7 de
marzo de 2023. SÉPTIMO: NEGAR el amparo del derecho fundamental de petición
respecto del Consejo de Estado, la Junta Médico Laboral de la Policía Nacional
y del Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía. Y OCTAVO:
NOTIFICA a las partes y a los intervinientes en la forma prevista en el
artículo 30 del Decreto No. 2591 de 1991. Y dice que NOVENO: Si no se impugna
esta providencia dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación,
REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Claro que esta decisión corrupta será
IMPUGNADA esperando que en la segunda instancia si se me garantice justicia que
me viene siendo negada desde mi RETIRO INEFICAZ y desde mi SALIDA de la POLICIA
producto de la ALTA CORRUPCION que existe en esa entidad y con mas intensidad
hoy y se extiende a los JUECES y MAGISTRADOS y ya no solo CONTENCIOSOS, sino
también a los de TUTELA y a los MAGISTRADOS del CONSEJO DE ESTADO por cuanto
esta probada la violación directa de la CN y de la LEY y de los TRATADOS sobre
derechos humanos pero lo mas grave es el abandono total de la PROCURADURIA y la
FISCALIA al no ayudar al DEBIL TRABAJADOR ALTAMENTE VULNERABLE y se acaba de cometer
una INJUSTICIA GRAVE al desamparar al AGENTE DE POLICIA RETIRADO producto de un
FALSO POSITIVO que nadie ha querido investigar y porque se hizo desaparecer el
expediente que dio ORIGEN a mi DETENCION ARBITRARIA y sin existir delitos PERO
estuve detenido hasta el 29 de diciembre de 1986 y lo mas grave es que no se me
quiere registrar mi tiempo en esa HOJA DE SERVICIOS donde vaya mi tiempo
laborado hasta esa fecha 29 de diciembre de 1986 cuando me dejaron en LIBERTAD
después de ser detenido en forma ARBITRARIA y producto de un FALSO POSITIVO
inventado por un OFICIAL al no someterme a sus caprichos y arbitrariedades y no
cometer delitos con el para GANARSE unas dadivas producto de la CORRUPCION y
denuncie esos delitos y nadie quiere investigarlos y se UNEN para negarme todo
amparo y ni siquiera quieren corregir mi HOJA DE SERVICIOS con lo que supero
los 15 años de servicio y me asiste el DERECHO a reclamar mi ASIGNACION DE
RETIRO siendo esta el MINIMO VITAL y la SUBSISTENCIA pero a los magistrados del
CONSEJO DE ESTADO que conocieron mi tutela en la PRIMERA INSTANCIA nada de ello
les importo y declararon IMPROCEDNETE la ACCION DE TUTELA y espero que en la
segunda instancia encuentre la justicia que me fue negada y en caso de
ratificar el ERROR o los DEFECTOS espero acudir entonces a la revisión de
tutela para que la corte constitucional si imparta justicia negada hasta hoy o
en su defecto si también se solidariza con el consejo de estado tengo que
acudir como el Señor GUSTAVO PETRO que todo lo logra en la CIDH porque dice que
en COLOMBIA no existen decisiones justas y asi están con migo y entonces tendre
que acudir a la CIDH también para reclamar esa JUSTICIA que me viene siendo
negada en COLOMBIA
Señores magistrados de segunda
instancia favor considerar que esta probada la violación flagrante al «debido
proceso, violación del articulo 13 y 29 de la C.N, por no garantía de la justa
Justicia, por violación de la justicia Material y real. Afectación del mínimo
vital y la subsistencia de un Agente de Policía» y otros derechos fundamentales
pero además esta probada la CORRUPCION por cuanto se apartaron de los PRECEPTOS
CONSTITUCIONALES vinculantes y obligatorios informados en mis demandas y mi
tutela y nadie hacer nada para corregir tales defectos y vicios y para atacar
la CORRUPCIOM
El Tribunal Administrativo de Nariño negó
por intermedio de ALVARO MONTENEGRO CALVACHI JUSTICIA al negar las pretensiones
de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que adelantó contra la
Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Policía Nacional5.
Asimismo, por la presunta falta de
respuesta a las peticiones que elevó a la Procuraduría General de la Nación, al
Consejo de Estado, al Ministerio de Defensa Nacional, a la Policía Nacional, a
la Junta Médico Laboral de la Policía Nacional y al Tribunal Médico Laboral de
Revisión Militar y de Policía.
Tan solo deben ordenar incluir en mi
HOJA DE SERVICIOS los días que labore al servicio de mi POLICIA NACIONAL que
llega hasta el 29 de diciembre de 1986 y no otra fecha PUES es esa la fecha de
mi LIBERTAD después de estar detenido en forma arbitraria producto de un FALSO
POSITIVO y el acto llamado resolución
que aporte como PRUEBA pero que no fue valorada dice que mi RETIRO
DEFINITIVO de la INSTITUCION es el 29 de diciembre de 1986 y no otra fecha y
les duele atender las SUPLICAS con fundamento en lo probado que viene
realizando el agente CASTILLO CHICAIZA pero es tan alta la corrupción que hasta
los magistrados evaden su responsabilidad de aplicar justicia
Si fui DETENIDO en forma arbitraria por
un delito que jamás cometi y además desaparecieron ese proceso penal que dio
origen a la ORDEN DE DETENCION arbitraria y solo fui liberado por ser INOCENTE
de toda acusación producto del FALSO POSITIVO no queda otro camino que
registrar ese periodo laborado hasta el 29 de diciembre de 1986 fecha de mi
LIBERACION y corrección del error de la DETENCION ARBITRARIA pero los
magistrados nunca quisieron valorar en forma integral las pruebas violando el
DEBIDO PROCESO y cometiendo delitos y faltas disciplinarias y luego por
SOLIDARIZARSE entre magistrados se niega justicia al pobre agente de policía
vulnerable y enfermo
Estoy pidiendo una cosa facil de
cumplir y solo es aplicar justicia a mi favor ORDENANDO la corrección de mi
HOJA DE SERVICIOS registrando el TIEMPO de servicios hasta el ultimo dia que
permaneci en la POLICIA o sea hasta el 29 de diciembre de 1986 incluido el
tiempo de la detencion arbitraria y producto de FALSO POSITIVO inventado por un
OFICIAL en contra del AGENTE INDEFENSO y nada de ello se escucha y no es regalarme tiempo sino
REGISTRAR el tiempo real de servicios y ya con fundamento en ello reclamo el
reconocimiento y pago de la asignación de retiro como agente de policía a ANGEL JESUS CASTILLO CHICAIZA considerando
el tiempo servido a la institucional policial desde mi ingreso como agente a
hasta el día de mi retiro que es el 29 de diciembre de 1986 como está probado
en el proceso adelantado y que dio origen a la sentencia de revisión del 09 de
diciembre del 2024, decisión judicial que se ataca por medio de esta tutela, y
cuyas pruebas no quisieron valorar ni considerar los corruptos funcionarios del
Min defensa, Policía Nacional , ni los Magistrados, negando justicia real y
material porque los hechos prueban en forma clara y trasparente que mi periodo
laboral en la policía Nacional fue terminada en forma absurda el 29 de
diciembre de 1986 y no en otra fecha.
Hay OTRAS PETICIONES pero solo reclamo
que se ordenen estas y se nieguen si quieren las demás aunque tengo derecho a
ellas
Fundamento la TUTELA en hechos ciertos
y probados PERO nada les importo tales hechos a los magistrados y debe
corregirse los vicios y la corrupción y la solidaridad que se esta aplicando
entre magistrados para NEGAR justicia en forma descarada
Radique Acción de Tutela contra decisión Judicial por violación del debido
proceso, violación del articulo 13 y 29 de la C.N, por no garantía de la justa
Justicia, por violación de la justicia Material y real. Afectación del mínimo
vital y la subsistencia de un Agente de Policía. Violación del principio de
equilibrio en la valoración probatoria y negación de justicia a un ciudadano
altamente vulnerable que viene reclamando un derecho cierto e irrenunciable
desde diciembre de 1986, pero que la Justicia Injusta le sigue cerrando las
puertas y acude a la acción de tutela para que sea el Juez Constitucional quien
decida en Derecho y Justicia sobre mi asignación de retiro, derecho que no
puede ni siquiera conciliarlo y menos renunciar a él. Pero en caso de que el
Consejo de Estado, me niegue la protección reclamada, que sea la corte
constitucional vía revisión, corrija la injusticia y me garantice la justicia
material y real, o sea la CIDH quien revise las decisiones injustas de los
magistrados en Colombia.
Me identifico con c.c. No. 12.964.204
de Pasto, con dirección correo electrónico fenalcoopsas@gmail.com y
celular 3146826158 y vengo reclamando la PROTECCION de mis derechos pero sin
RESULTADOS y es tan alta la corrupción en todas las instancias que no ha sido
posible lograr que se corrija mi HOJA DE SERVICIOS
He acudido ante el Señor MINISTRO DE
DEFENSA, ante el Señor DIRECTOR de la POLICIA NACIONAL, ante el Señor JEFE DE
CONTROL INTERNO DE CADA ENTIDAD CUESTIONADA, ante los Señores del CND, ante el
Señor PROCURADOR, ante la Señora FISCAL GENERAL DE LA NACION, ante los Señores
de la OIT, ante los Señores de la OEA,
ante el Señor MINISTRO DE TRABAJO, ante la Señora MINISTRA DE LA IGUALDAD, ante
el Señor PRESIDENTE GUSTAVO PETRO, ante los señores magistrados corte constoticional sala de revsion de tutelas y ante muchas
otras organizaciones y solo me falta la CIDH donde acude el señor GUSTAVO PETRO
a pedir auxilio cuano las cortes en Colombia le niegan sus derechos
ANGEL JESUS CASTILLO CHICAIZA acude a
ustedes con todo respeto para pedirles el favor de evaluar todo el material que se dejo de
considerar por el juez contencioso y ahora el constitucional y con base en ello
favor colaborarme resolviendo mi suerte y ayudarme ordenando la asignacion de
retiro y favor RESPONDER GARANTIZANDO UN
TRATO DIGNO Y GARANTIZANDO ESOS DERECHOS FUNDAMENTALES AMPLIAMENTE PROBADA SU
VULNERACION PRODUCTO DE LA CORRUPCION
Favor considerar que el ESTADO se
olvido de la JUSTICIA y los servidores públicos se olvidaron del FIN DE ESE
ESTADO SOCIAL DE DERECHO y del DEBER de OFRECER un BUEN SERVICIO PUBLICO y existe
un clarísimo OLVIDO y existe un claro abuso y es otra FORMA de apoyar la
CORRUPCION tan fuerte existente en COLOMBIA y sin CONTROLES por las IAS y por
ninguna autoridad ni nacional ni internacional y por ello radico nueva denuncia y queja e IMPUGNO LA DECISION ERRADA
DEL CONSEJO DE estado EN ESTA TUTELA POR SOLIDARIZARSE CON SUS COLEGAS
MAGISTRADOS y solicito el favor de recepcionar y asignarle el MEJOR
INVESTIGADOR serio y profesional para que se sancione y se ordene el respeto de
los derechos fundamentales del CIUDADANO ENFERMO y VULNERABLE
Con un ultimo escrito fechado 15 de
FEBRERO de 2025 me dirigi ante el Señor
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL DE
COLOMBIA, ante el Señor DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICIA, ante el
Señor PROCURADOR DELEGADO PARA LAS FUERZAS MILITARES y de POLICIA, ante el Señor
PRESIDENTE GUSTAVO PETRO URREGO, ante los Señores OIT, ante los Señores JUNTA
MEDICO LABORAL DE la POLICIA, ante los Señores TRIBUNAL MEDICO LABORAL de la
POLICIA, ante la Señora MINISTRA DE LA IGUALDAD, ante los Señores CONSEJO
NACIONAL DE DISCAPACIDAD, ante la Señora DEFENSORA DEL PUEBLO, ante la Señora
PERSONERA MUNICIPAL DE PASTO y lo anexo para que lo revisen y sirva de soporte
para devolverme la confianza en la administracion de justicia que se ha
ensañado con migo negándome toda clase de protección producto de la CORRUPCION
Es que insisto NO EXISTE OTRA PRUEBA
diferente a mi retiro real de la POLICIA despues de esa detencion arbitraria
producto de un falso positivo inventado y esta probado con la desaparición del
PROCESO PENAL que origino mi ORDEN DE CAPTURA ilegal y mi salida de la POLICIA
en forma ilegal producto de un falso positivo se dio el 29 de diciembre de
1986 y vengo insistiendo por mi
RREINTEGRO, por mi inclusión y he llegado hasta a la demanda de nulidad y
restablecimiento del derecho donde he probado que mi retiro efectivo y real es
esa fecha 29 de diciembre de 1986 y no otra fecha PERO los corruptos
funcionarios siguen manteniendo una teoría falsa de decir que fue el 15 de
octubre de 1986 y asi me siguen negando mi REINTEGRO y siguen DESAMPARANDO al
ciudadano enfermo, discapacitado, victima de un FALSO POSITIVO y nadie quiere
asumir la investigación seria y verdadera sobre la REALIDAD vivida en la
POLICIA NACIONAL por este agente que se vinculo toda su juventud al servicio
del estado PERO se le niega la ASIGNACION DE RETIRO cuando he probado haber
laborado mas de 15 años al servicio de la POLICIA NACIONAL y le solicito al
PROCURADOR, a la FISCAL y al CND asuman la INVESTIGACION SERIA de mi caso y
revisen cada parte procesal oficiando a cada ENTIDAD remitan a sus correos en
forma escanead todo expediente formado por el suscrito desde mi INGRESO a la
POLICIA hasta mi RETIRO INEFICAZ y NULO
pero además después hasta la fecha porque se ha acudido a todas las instancias
y siguen negando un DERECHO CIERTO, un derecho IRRENUNCIABLE, un derecho ni
siquiera conciliable y que tiene que ver con el MINIMO VITAL y la SUBSISTENCIA
y con la DIGNIDAD HUMANA
Favor CONSIDERAR todos los fundamentos
en los que esta soportada esta IMPUGNACION y dictar una nueva sentencia donde
se ORDENE la MODIFICACION de mi HOJA DE SERVICIO registrando el tiempo servidor
hasta el 29 de diciembre de 1986 cuando fui liberado de esa detención
arbitraria producto del falso positivo probado
Favor ordenar el RECONOCIMIENTO Y PAGO
de mi asignación de retiro por haber completado mas de 15 años al servicio de
la policía teniendo en cuenta la NUEVA HOJA DE SERVICIOS
Favor ordenar mi REINTEGRO sin solución
de continuidad y el pago de mis derechos salariales y prestacionales
Favor ordenar otorgarme una beca para
estudiar derecho y servir a mis compañeros policías en forma gratuita y
defender sus derechos
Favor colaborarme registrando a mi
familia en los proyectos sociales de la POLICIA y de las FUNDACIONES y
CORPORACIONES como la CORPORACION GUSTAVO MATAMOROS y otras.
Favor ayudar al discapacitado agente
vinculando hasta la fecha a la POLICIA por existir un retico nulo y retiro
ineficaz y lo que es INEFICAZ no nace a la luz del derecho
Solicito a las
autoridadesINTERNACIONALES defensoras de los derechos de los TRABAJADORES y
especialmente a los vulnerables como yo para que se nombre una COMISION con
alta ética, con altos valores de profesionalismo y que CONOZCAN en forma amplia el CST y de la
SS y las normas sobre RIESGOS LABORALES y que conozcan de cerca la CN y la LEY
del DISCAPACITADO pero especialmente que conozcan los PRECEPTOS CONSTITUCIONALES
vinculantes y obligatorios y sus RATIO DECIDENDIS y que son OBLIGATORIAS y
VINCULANTES y que todo JUEZ y MAGISTRADO tiene el DEBER de argumentar y en
forma suficiente para retirarse de estos al dictar sentencia y si no lo hacen COMETEN DELITOS y FALTAS DISCIPLINARIAS
que he denunciado porque VIOLAN EN FORMA DIRECTA LA CN Y LA LEY y esto se llama
PREVARICAR y se llama MAL SERVICIO PUBLICO DE JUSTICIA y también se llama
CORRUPCION lo que no ha querido investigar la PROCURADURIA y tampoco la
FISCALIA lo que debe llevar a INVESTIGAR y sancionar tales omisiones y sancionar
al MINISTRO y al DIRECTOR de la POLICIA TAMBIEN porque son OMITENTES y por prestar
un MAL SERVICIO violando el articulo 2 de la CN y otras normas y también el
CODIGO PENAL y DISIPLINARIO y favor presentar su INFORME después de revisar
cada expediente formado por el suscrito ante JUECES, MAGISTRADOS y SERVIDORES PUBLICOS
del MINDEFENSA Y DE LA POLICIA NACIONAL y remitir copia del INFORME a mi correo
fenalcoopsas@gmail.com que es el
correo de la ONG FENALCOOPS que se ha convertido con todo su equipo de abogados
en nuestra defensora de los derechos humanos y quienes después de sus
respuestas o de la OMISION se tramitaran las demandas y denuncias respetivas
Con el mas alto respeto les solicito el
favor de ORDENAR después de investigar y probar el verdadero tiempo servido por
el suscrito a la POLICIA NACIONAL la modificación de mi HOJA DE SERVICIOS y
solo falta INCLUIR en ella o en la
referida hoja de servicios ese tiempo que
SI LABORE durante el periodo de la detención arbitraria comprendido entre el 16
de octubre de 1986 y el 29 de diciembre de 1986 y corregida mi
HOJA DE SERVICIO ordenar el reconocimiento y pago con retroactividad de mi
ASIGNACION DE RETIRO por estar probado que SI LABORE al servicio de la
POLICIA NACIONAL más de 15 años continuos como se encuentra probado en el
PROCESO pero que se niega justicia sin valorar en forma integral las pruebas y
violando el DEBIDO PROCESO.
Favor revisar todo el expediente y
extraer la INFORMACION real y probada sobre mi periodo laborado que supera esos
15 años para tener derecho a la ASIGNACION DE retiro. Segundo.
Favor considerar que existe un RETIRO
INEFICAZ que no se quiso considerar por los magistrados corruptos y violaron
con sus decisiones erradas la CN, la LEY y los TRATADOS y ordenar mi REINTEGRO
SIN SOLUCION DE CONTINUDAD con los ascensos a los que tengo derecho y además
ordenar el PAGO de salarios y prestaciones sociales por todo ese periodo del
retiro ineficaz y que se ORDENEN los ascensos hasta llegar al grado de OFICIAL
que más alto corresponda considerando que cada cinco años existe un ascenso
por servicios prestados.
Favor ordenar ese reintegro sin
solución de continuidad Y QUE NO SEA la
CIDH quien tenga que actuar ante la
INCOMPETENCIA de la JUSTICIA injusta de COLOMBIA porque ssera mi ULTIMA
INSTANCIA si con este ultimo derecho depetición y co la IMPUGNACION o REVISION
de mi TUTELA se mantiene el VICIO DE LA CORRUPCION y se sigue negando lo que es
justo y consiste en MODIFICAR mi HOJA DE SERVICIOS y ordenar el PARO de mi
ASIGNACION DE RETIRO sin atenderse hasta la fecha afectando a toda mi familia y
generando graves daños y perjuicios
Solicito con todo respeto el favor de
considerar mi estado de total vulnerabilidad e indefensión por haber perdido la
VISION como lo probé ante los magistrados, PERO nada les importo mi condición
especial violando el AMPARO del indefenso y violando el FIN del estado social
de derecho y vulnerando mi dignidad humana.
Por favor ordenar que el DISCAPACITADO
y ENFERMO sea vinculado a los programas sociales que dispone el ESTADO por
medio del MINDEFENSA y sus organizaciones como las CORPORACIONES entre otras y
que se me CALIFIQUE en forma INTEGRAL Y TOTAL por la JUNTA MEDICO LABORAL y el
TRIBUNAL MEDICO LABORAL y emitan el NUEVO DICTAMEN actual, integral, con ética
y valorando todas mis patologías definiendo por cada una la PCL individual para
luego TOTALIZARLA e indicar en el nuevo dictamen cual es mi PCL TOTAL e
INTEGRAL y notificarme de ese nuevo dictamen para aceptarlo o impugnarlo lo que
pedí a los MAGISTRADOS pero jamás se quiso atender a favor del DEBIL TRABAJADOR
agente de policía lo que debe ser considerado y valorado y compulsarse copias a
la PROCURADURIA, a la FISCALIA, al CSJ, y a otros organismos de INVESTIGACION
para que sean sancionados los corruptos magistrados y me registren como VICTIMA
en cada proceso para radicar mi INCIDENTE DE REPARACION INTEGRAL a las VICTIMAS.
Acudo ante la OIT, ante la OEA, ante el
CND, ante el señor PROCURADOR par que se revise todo mi expediente en forma
integral formado desde mi INGRESO a la POLICIA NACIONAL totalmente alentado y
joven y haber sido retirado en forma ilegal y también revisar todos los procesos
tramitados ante los JUECES Y MAGISTRADOS pero últimamente hacer el seguimiento
al JUEZ de tutela y a los MAGISTRADOS de tutela para que CORRIJAN los errores
probados y la falsa justicia ofrecida que se debe llamar INJUSTICIA y por la
vagancia judicial y la CORRUPCION que se
apartaron del deber de valorar en forma integral todas las pruebas aportadas s
los procesos existente y espero encontrar unos resultados positivos a mis
peticiones y la garantía de JUSTICIA que se me viene negando por años y años de
espera y no existiendo IMPULSO de los procesos porque la VAGANCIA judicial no
los deja operar y permite que se tarde la JUSTICIA muchos años y espero que
desde la PRIMERA instancia se ordene medidas cautelares de protección especial
al DISCAPACITADO y ENFERMO retirado en forma ILEGAL de la POLICIA NACIONAL y a
pesar de estar probado el derecho a la ASIGNACION DE RETIRO se me viene negando
desde el año 1986 sin que sea atendido con nota especial a pesar de mis
suplicas.
Favor compulsar copias a las
autoridades de investigación para que sean sancionados los magistrados
corruptos y favor registrarme como VICTIMA y considerar que todo servidor público
que CONOCE de la COMSION DE DELITOS está en el deber de DENUNCIAR y compulsar
copias para que sean investigados así sean sus COLEGAS y compañeros de trabajo.
Señores
INVITADOS a este derecho de petición y señores magistrados de mi acción de
tutela CON TODO RESPETO les solicito el favor de considerar que
no existe discusión alguna sobre mi retiro real, efectivo, material, de
la institución policial y solo fue el 29 de diciembre de 1986, lo
que no quiso valorar ALVARO MONTENEGRO CALVACHI y ahora los magistrados del
CONSEJO DE ESTADO y lo demás es una suspensión arbitraria y con
abuso de poder, que no se quiere reconocer por solidaridad entre magistrados y
solidaridad con el director de la policía Nacional y con el Ministro de defensa
y es que la misma magistrada, ratifica en su sentencia, diciendo que: “El
director de la Policía nacional tiene facultades para suspender mientras se
investiga el delito o la falta disciplinaria, pero también dice que cuando no
se prueba el delito y la falta disciplinaria, es deber del mismo directos,
levantar las sanciones y ordenar el pago de derechos y acreencias laborales,
por ese interdicto de la suspensión ilógica, ilegal, arbitraria y con abuso de
poder y garantizando los derechos fundamentales al debido proceso, al derecho
de defensa, al derecho de controversia y en mi caso jamás se me ha garantizado
estos, lo que debe ser valorado por el juez de tutela, para que se revoque la
sentencia absurda objeto de esta acción, porque si que este probado que jamás
existió delito ni falta disciplinaria, ni fui vencido en Juicio, pero para los
magistrados corruptos, nada de ello existe, violando en forma directa la
constitución y la ley y los tratados internacionales de los derechos humanos, y
por ello si el fallo de ustedes es ratificar el error judicial por la solidaridad
entre colegas, debe revisar la Tutela la Corte Constitucional y la CIDH, como
organismos justos de la justicia material que vengo reclamando y que me ha sido
negada desde 1986, cuando esta probado que si labore al servicio de la policía
Nacional, 15 años y 13 días, incluyendo el tiempo de mi detención arbitraria,
de mi suspensión ilógica y con abuso de poder, si que se haya asumido la
responsabilidad de la justa justicia por esa solidaridad entre magistrados.
Señores
CONVOCADOS por el POLICIA INDEFENSO y abandonado enfermo a su suerte después de
haberle servido toda su juventud a la POLICIA NACIONAL, haber sido detenido en
forma arbitraria y haber sido retirado enfermo de la INSTICION y sin realizarme
examen medico de retiro siendo OTRO ERROR LABORAL que debe investigarse y que
los magistrados no consideraron para amparar la CORRUPCION y negar justicia, y vengo señores CONVOCADS denunciado la
corrupción en la justicia, por cuanto no puede existir tanta solidaridad y
menos violación directa de la constitución y la ley y los tratados, cuando está
probado la inexistencia de delitos en mi
contra y faltas disciplinarias atribuidas al suscrito agente y a pesar de haber
probado todo ello se mantiene el error judicial, cuando es deber de declarar la
nulidad del acto administrativo de retiro absurdo realizado el 29 de
diciembre de 1986 porque se ha probado muchos vicios y todo acto con
VICIOS es nulo y se debe declarar asi en la demanda o en la acción de tutela y
ordenar mi reintegro sin solución de continuidad al cargo de agente con los
ascensos respectivos y el pago de salarios y prestaciones a los que tengo
derecho y el pago de los demás derechos reclamados en la demanda como son: las
sanciones moratorias, los aportes al fondo de pensiones actualizados, la
reubicación laboral, los ascensos, la
ineficacia de mi retiro, pero más importante ordenarle al corrupto Director de
la policía Nacional que anule el acto de suspensión al suscrito agente y que
ordene el pago de todos mis derechos reclamados y negados desde el 16
de octubre de 1986 hasta la fecha o sea hoy 28 de febrero de 2025 y
sigue mi vinculación y sigo devengando salarios y prestaciones, ordenando la
indexación de las cifras y que los
ascensos míos sean considerados por cada cuatro o cinco años de servicio
comprendido entre ese rango de tiempo, del 16 de octubre de 1986 hasta el día
que se ordene mi reintegro sin solución de continuidad.
Señores
CONVOCADOS no existe discusión alguna sobre mi retiro absoluto de la Policía
Nacional, y sin argumentos y con violación del debido proceso y con violación
del derecho de defensa y con violación del derecho de controversia y se
apartaron ustedes para decidir en forma errada y solidarizarse con sus colegas
lo escrito por el jefe de grupo de asuntos penales de la Policía Nacional y el
ratifica que se ordenó el reintegro del agente de policía por no probarse
delitos, ni faltas disciplinarias y no considerarse esa prueba es violar el
debido proceso y es vulnerar mis
derechos fundamentales y no entiendo porque se salen por la tangente,
existiendo pruebas suficientes para demostrar la inexistencia del delito y de
la falta disciplinaria y así los recursos interpuestos sean tan formalistas, la
justicia material no puede llevarlos a cerrar los ejes, frente a la realidad
privada y por ello les solicito con todo respeto, el favor de corregir esos
errores y vicios emitiendo sentencia de acción de tutela, ordenando mi
reintegro sin solución de continuidad y ahora no solo que se me reconozca la
pensión o asignación de retiro desde el 29 de diciembre de 1986, sino
que también se ordene el pago de salario y prestaciones desde el 16 de octubre
de 1986 hasta la fecha de mi reintegro y ordenar la reubicación laboral hasta
que me califiquen en forma integral y total.
Favor
valorar todas mis patologías y emitan dictamen nuevo e integrado para definir cuál
es mi PCL total y si esta es del mas de 50%, se ordene la pensión por invalidez
y ya no por vejez, pero si es inferior me mantengan reintegrado con os ascensos
respetivos en un caro que pueda desempeñarme según mis patologías, pero si
ustedes no lo hacen, que sea la Corte Constitucional la que lo ordene, vía
revisión de mi tutela, o sea también la CIDH la que corrija los defectos y
garantice la justicia que me viene siendo negada.
JURAMENTO
Juro
a los señores magistrados que no he presentado otra PETICION argumentada y
soportada en forma tan amplia como esta
y también soportada en mi acción de tutela y mi demanda de nulidad y
restablecimiento del derecho que solicito el favor de OFICIAR A CADA ENTIDAD
CORRUPTA remita en forma INTEGRAL Y TOTAL pero escaneado utilizando los
sistemas modernos actuales aprobados después
de la pandemia y que INFORMAN los mismos
hechos y pretensiones que siempre he
formulado y narrado en todo derecho depetición constante y repetitivo desde mi
RETIRO ABSURDO y ARBITRARIO y les solicito el favor de valorar en forma
integral todo mi expediente que si es abundante y resume mas de 30 años de
luchas incansables y peticiones justas pero que la corrupción en la
justicia no ha permitido el reconocimiento de un derecho cierto e
irrenunciables.
NOTIFICACIONES
Favor
notificarme en la vereda el Guabo municipio de Consaca, donde estoy viviendo
como discapacitado, pero también puede notificarme con los datos de mi abogado:
Dirección: calle 18 No. 23-36 Oficina 401 Altos del Banco de Occidente:
Celular: 3146826158 – Correo: fenalcoopsas@gmail.com o pedrotorres59@outlook.com
Favor notificarme cualquier respuesta a mis correos informados y también a los
abogados de la ONG FENALCOOPS y favor OFICIAR al TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE
NARIÑO, al CONSEJO DE ESTADO en sus salas para que remitan en forma escaneada e
integral a su correo electrónico todo expediente que exista al IGUAL que remita
el MINDEFENSA y la POLICIA NACIONAL todo expediente existente desde mi ingreso
SANO a la POLICIA NACIONAL y mi RETIRO INEFICAZ y desconociendo la REALIDAD
PROBADA sobre el TIEMPO REAL laborado hasta el 29 de diciembre de 1986 que no
se ha querido registrar cuando esta probada la DETENCION ARBITRARIA sin existir
delitos ni faltas disciplinarias y sin existir un debido proceso para ese
retiro y desconociendo los preceptos constitucionales obligatorios y
vinculantes ampliamente analizados por mi abogado en la demanda de nulidad y
restablecimiento del derecho conocido y que dio origen a esta acción de tutela
por todos los defectos probados en los fallos.
Favor NOTIFICARME de su decisión para
aceptarla o impugnarla y agotar la via interna de la justicia y poder acudir a
la JUSTICIA INTERNACIONAL por existir clara violación de los derechos humanos y
ser la ASIGNACION DE RETIRO un derecho irrenunciable, imprescriptible, ni
siquiera conciliable y que todo juez tiene el DEBER de ordenarlo en justicia.
Cordialmente,
ANGEL JESUS CASTILLO CHICAIZA
C.C. No. 12.964.204 de Pasto
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